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Sala Electoral
  • Fecha: 26 de noviembre de 2008





CUENTA Nº 159

 

CUENTA Nº 159

 

 

Despacho del miércoles veintiséis (26) de noviembre de 2008. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente N° X-2008-000018 (CUADERNO SEPARADO): MANUEL ALFREDO DAGERT BOYER, titular de la cédula de identidad Nº 2.997.215, asistido por el abogado Genis Arbey Navarro Serna, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 78.58, y HUMBERTO RUIZ CALDERÓN, titular de la cédula de identidad Nº 3.038.246, actuando con el carácter de Vice-Rector Académico de la Universidad de Los Andes, asistido por el abogado Marcos Trejo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 7.453, se oponen a la decisión dictada en fecha 11-08-2008, en la cual se admitió y declaró procedente la medida cautelar acordada en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral con medida cautelar innominada interpuesto por el ciudadano Hugolino Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.954, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana PATRICIA ROSENZWEIG LEVY, titular de la cédula de identidad N° 3.018.355, contra la resolución dictada, en fecha 16-07-2008, por la Comisión Electoral Central de la Universidad de Los Andes, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de reconsideración formulado contra las actas de instalación, votación, escrutinio, totalización, adjudicación y proclamación del candidato a Vicerrector Académico de la Universidad de Los Andes (período 2008-2012), de fechas 11 y 16 de junio de 2008. (Recurso Principal Expediente N° 2008-000040).

 

Vista la Sentencia Nº 165, de fecha 28-10-2008, se comisionó al Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los fines de notificar de la referida decisión a la ciudadana Patricia Rosenzweig Levy (parte recurrente), al ciudadano Manuel Dagert Boyer (parte opositora)  y Humberto Ruiz Calderón (tercero opositor). Se libraron Oficio N° 08-522, boletas y despacho.

 

 

 

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

2.- Expediente N° 2008-000082: CARLOS LÓPEZ GARCÉS, titular de la cédula de identidad N° 3.166.772, asistido por la abogada Ailin Lisboa Iguaro, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 101.191, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 080917-947, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 17-09-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 459, de fecha 08-10-2008, que declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto contra la Resolución N° 0809-449 de fecha 09-08-2008 emanada de la Junta Electoral Municipal del Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guarico, que admitió la postulación hecha por el partido Patria Para Todos y otros del ciudadano Orlando José Zambrano como candidato a Alcalde del referido Municipio.

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral, presentó escrito mediante el cual solicita el decaimiento de la acción. (Acompañó anexos).

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

3.- Expediente N° 2008-000065: Antonio Morales Fermín, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 68.907, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos BERNABÉ ARANA ARANA, ALBERTINA CUICHE, MELICIA VELÁSQUEZ DE GUEVARA, GUILLERMO ARANA ARANA, LUIS ALBERTO NIEVES y ANA ROSALIA CHIRINOS GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad números 10.024.124, 10.606.569, 8.414.273, 10.024.126, 1.567.507 y 6.722.142, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080916-930, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-09-2008, que declaró inadmisible las impugnaciones presentadas por los referidos ciudadanos y el ciudadano Jorge Otero contra la Resolución emanada de la Junta Regional Electoral del estado Amazonas, que rechazó sus postulaciones al cargo de Legisladora o Legislador Lista al Consejo Legislativo Estadal, por parte de la organización política PUEBLO UNIDO MULTIETNICO DE AMAZONAS (PUAMA).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-484, anexo al cual se remitió al Consejo Nacional Electoral tres (03) piezas contentivas de los antecedentes administrativos consignados por ese Órgano Electoral.  

 

 

4.- Expediente N° 2008-000046: NICOLÁS MOZES, titular de la cédula de identidad N° 6.184.593, asistido por la abogada Lucero Vera de Ferreira, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 63.281,  interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 080721-628 dictada por el Consejo Nacional Electoral, en fecha 21 de julio de 2008, contentiva de las "Normas para regular la postulación de Candidatas o Candidatos a Gobernadora y Gobernador, Legisladora o legislador al Consejo Legislativo, Alcaldesa o Alcalde del Distrito Metropolitano de Caracas, Concejala o Concejal al Cabildo Metropolitano de Caracas, Alcaldesa o Alcalde del Distrito del Alto Apure, Concejala o Concejal al Cabildo Distrital del Alto Apure y Alcaldesa o Alcalde de Municipio, para las elecciones a celebrarse en noviembre de 2008".

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-473, anexo al cual se remitió al Consejo Nacional Electoral una (01) pieza contentiva de los antecedentes administrativos consignados por ese Órgano Electoral.    

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

5.- Expediente N° 2008-000038: JOSÉ LUIS ZAPATA y FRED MILLÁN, titulares de las cédulas de identidad números 4.459.981 y 4.076.197, respectivamente, asistidos por el abogado Argenis Asunción Flores, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 16.122, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra el proceso electoral llevado a cabo en la Asociación Civil La Hacienda Country Club, en fecha 04-05-2008. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Segundo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, de conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política). (Remitido mediante Oficio N° 4430-306-A, de fecha 28-05-2008,  Expediente N° 1328-08 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Se admitió el recurso interpuesto, sin emitir pronunciamiento en cuanto a las causales de inadmisibilidad relativas a la caducidad y al agotamiento de la vía administrativa.  Se ordenó notificar a la Fiscala  General de la República, a la Junta Directiva y a la Comisión Electoral, ambas  de La Hacienda Country Club,  a la parte recurrente y  emplazar a los interesados mediante la publicación de un cartel en el diario “El Universal”. Se libraron Oficios números 08-523,  08-525, 08-524 y boleta.

 

 

 

6.- Expediente N° 2008-000056: EDGAR EDUARDO SILVA HERRERA, titular de la cédula de identidad N° 3.533.456, actuando con el carácter de representante de la organización política UNIDOS POR LOS DERECHOS HUMANOS, asistido por la abogada Urimare Graciela Capote Díaz, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 29.448, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 080903-863, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 03-09-2008, publicada en Gaceta Electoral de fecha 24-09-2008, que declaró inadmisible por extemporáneo la impugnación contra la postulación que hiciese dicha organización política de los candidatos a Alcaldes de los municipios San Diego, Montalbán, Diego Ibarra, Guacara, San Joaquín y Libertador, todos del estado Carabobo.

 

Se abrió la causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

7.- Expediente N° X-2008-000020 (CUADERNO SEPARADO): Esteban Sánchez Barboza, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 89.848, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Universidad del Zulia, se opone a la medida cautelar acordada en Sentencia  N° 185 dictada en fecha 11-11-2008, en la cual se admitió y declaró procedente la medida cautelar en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesto por la abogada Silvia Cecilia Marín, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.732, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARLENE COROMOTO PRIMERA GALUÉ, titular de la cédula de identidad N° 4.537.656, contra el acto identificado como CE.469-2008  dictado en fecha 08-10-2008, por la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, que declaró improcedente el recurso de nulidad interpuesto contra el acto de totalización y adjudicación de votos del candidato a Secretario, en  el proceso de elecciones celebrado en la referida Casa de Estudios los  días 10 y 17 de julio de 2008, así como del acto de proclamación del Secretario, llevado a cabo el día 22-07-2008.  (Expediente Principal N° 2008-000068).

 

El abogado Esteban Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 89.848, apoderado judicial de la Universidad del Zulia, presentó escrito de promoción de pruebas (Acompañado anexo).

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

8.- Expediente N° 2008-000061: JOSÉ GREGORIO RUIZ, titular de la cédula de identidad N° 5.153.464, asistido por el abogado Pablo Eduardo Ramos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 79.466, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la Resolución N° 080916-942, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-09-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 459, de fecha 08-10-2008, en la cual se revocaron las Resoluciones números 2327, 2328, 2334, 2337, 2342, 2347, 2349, 2352, 2356, 2359, 2361, 6549, 6551 y 6970 dictadas por la Junta Electoral Municipal del Municipio San Diego del Estado Carabobo, mediante las cuales se admitió postulación del referido ciudadano como candidato a Alcalde del mencionado municipio, propuestas por las organizaciones con fines políticos SEGUIMOS, MEP, CONSENSO, UDEMO, ACTIVE, URD, JUAN BIMBA, OPINA, NFP, DR, LA PLATAFORMA, MCP, VIVZLA y DP. (Recibido en fecha 10-10-2008).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-495, anexo al cual se remitió comisión conferida al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, a los fines de notificar a la parte recurrente, así como al  ciudadano Carlos Salas de la Sentencia N° 183 dictada por la Sala en fecha 10-11-2008, mediante la cual se admitió el recurso interpuesto y se declaró sin lugar la solicitud de amparo cautelar. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

9.- Expediente N° 2008-000061: JOSÉ GREGORIO RUIZ, titular de la cédula de identidad N° 5.153.464, asistido por el abogado Pablo Eduardo Ramos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 79.466, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la Resolución N° 080916-942, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-09-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 459, de fecha 08-10-2008, en la cual se revocaron las Resoluciones números 2327, 2328, 2334, 2337, 2342, 2347, 2349, 2352, 2356, 2359, 2361, 6549, 6551 y 6970 dictadas por la Junta Electoral Municipal del Municipio San Diego del Estado Carabobo, mediante las cuales se admitió postulación del referido ciudadano como candidato a Alcalde del mencionado municipio, propuestas por las organizaciones con fines políticos SEGUIMOS, MEP, CONSENSO, UDEMO, ACTIVE, URD, JUAN BIMBA, OPINA, NFP, DR, LA PLATAFORMA, MCP, VIVZLA y DP. (Recibido en fecha 10-10-2008).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-497, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral de la Sentencia N° 183 dictada por la Sala en fecha 10-11-2008, mediante la cual se admitió el recurso interpuesto y se declaró sin lugar la solicitud de amparo cautelar.

 

 

10.- Expediente N° 2008-000061: JOSÉ GREGORIO RUIZ, titular de la cédula de identidad N° 5.153.464, asistido por el abogado Pablo Eduardo Ramos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 79.466, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la Resolución N° 080916-942, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-09-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 459, de fecha 08-10-2008, en la cual se revocaron las Resoluciones números 2327, 2328, 2334, 2337, 2342, 2347, 2349, 2352, 2356, 2359, 2361, 6549, 6551 y 6970 dictadas por la Junta Electoral Municipal del Municipio San Diego del Estado Carabobo, mediante las cuales se admitió postulación del referido ciudadano como candidato a Alcalde del mencionado municipio, propuestas por las organizaciones con fines políticos SEGUIMOS, MEP, CONSENSO, UDEMO, ACTIVE, URD, JUAN BIMBA, OPINA, NFP, DR, LA PLATAFORMA, MCP, VIVZLA y DP. (Recibido en fecha 10-10-2008).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-496, mediante el cual se notificó al Ministerio Público de la Sentencia N° 183 dictada por la Sala en fecha 10-11-2008, mediante la cual se admitió el recurso interpuesto y se declaró sin lugar la solicitud de amparo cautelar.

 

 

11.- Expediente N° 2008-000053: RAMÓN ÁVILA NÚÑEZ, titular de la cédula de identidad N° 5.165.975 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 40.768, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos contra la Resolución N° 080820-804, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 20-08-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 452, de fecha 08-09-2008, que declaró improcedente el recurso de impugnación interpuesto contra la decisión de la Junta Municipal Electoral del Municipio Machiques de Perijá del estado Zulia, que admitió la postulación del ciudadano Alberto José Chapín Corona, al cargo de Alcalde del referido Municipio y que fuera postulado por iniciativa propia, por las organizaciones Un Nuevo Tiempo (UNTC), Acción Democrática (AD) y otras, contenidas en las Resoluciones números 080814-12147 a la 080814-12170, todas de fecha 14-08-2008.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-482, mediante el cual se notificó al Ministerio Público de la Sentencia N° 178 dictada por la Sala en fecha 05-11-2008.

                                

 

OFICIO RECIBIDO EN:

 

 

12.- Expediente N° 2008-000068: Silvia Cecilia Marín, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.732, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARLENE COROMOTO PRIMERA GALUÉ, titular de la cédula de identidad N° 4.537.656, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el acto identificado como CE.469-2008  dictado en fecha 08-10-2008, por la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, que declaró improcedente el recurso de nulidad interpuesto contra el acto de totalización y adjudicación de votos del candidato a Secretario, en  el proceso de elecciones celebrado en la referida Casa de Estudios los  días 10 y 17 de julio de 2008, así como del acto de proclamación del Secretario, llevado a cabo el día 22-07-2008.

 

Por recibido  Oficio N° TSP-CMTEZ-2008-0211 de fecha 04-11-2008, emanado del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida por la Sala en fecha 23-10-2008, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO EN:

 

 

13.- Expediente N° 2008-000059: ATILIO RAFAEL MALDONADO LÓPEZ, titular de la cédula de identidad N° 2.860.888, actuando con el carácter de Presidente de la organización con fines políticos Unidos para Venezuela (UNPARVE), asistido por el abogado Humberto Decarli, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.928, interpone  recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080916-940, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-09-2008, que declaró con lugar el recurso de impugnación interpuesto contra la admisión de la postulación de Nixon Moreno Merchán, al cargo de Diputado al Consejo Legislativo del estado Mérida por parte de la referida organización política. 

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito de promoción de pruebas. Se ordenó reservar el referido escrito hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

14.- Expediente N° 2008-000067: JENNYS BASALO, titular de la cédula de identidad N° 9.413.542, asistida por el abogado Tito Sánchez Ruiz, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 11.698, interpone  recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080903-858, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 03-09-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 456 de fecha 24-09-2008, que declaró improcedente el recurso interpuesto por los ciudadanos Luisa Sánchez, César Cordero, Luis Clemente y otros  contra el proceso electoral celebrado en fecha 25-06-2008 para la renovación de las autoridades del SINDICATO NACIONAL DE LOS TRABAJADORES DE FONDO COMÚN C.A. BANCO UNIVERSAL (SINTRAFOCO), período 2007-2010.

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito de promoción de pruebas. Se ordenó reservar el referido escrito hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

 

 

 

El Presidente,

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

                                                                                  La Secretaria Accidental,

 

 

 

PATRICIA CORNET GARCÍA

 

 

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