CUENTA
Nº 28
Despacho del miércoles veintisiete (27) de febrero de 2008. Se abrió la sesión
Presidida por el Magistrado Luis
Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández,
Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo
Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y
fue aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
1.- Expediente N° 2008-000002: Alirio José García Chirino, inscrito en
el Inpreabogado bajo el N° 68.661, actuando con el carácter de apoderado
judicial del ciudadano MANUEL PARAO MUÑOZ, titular de la cédula de identidad N°
8.766.217, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución
dictada en fecha 10-10-2007, por “la Junta Municipal Electoral del Municipio San José
de Guaribe del Estado Guarico y avalada por el
Consejo Nacional Electoral”, referida al referendo revocatorio del Alcalde del
mencionado Municipio, celebrado el 07-10-2007.
Vista la diligencia
presentada, en fecha 21-02-2008, por el abogado Alirio
García, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 68.661, actuando con el carácter
de apoderado judicial de la parte recurrente, mediante la cual solicita copia
certificada de los folios 01 y Vto., 02 y Vto., 09, 30, 31 y 32 del expediente,
la Sala ACORDÓ
expedir la certificación solicitada.
2.- Expediente N° 2008-000005: MARÍA LUISA BRICEÑO PARRA, titular de la cédula de identidad N°
15.293.374, asistida por el abogado Edilberto Natera, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 47.548,
interpone recurso de interpretación respecto al alcance e inteligencia del
artículo 85 de la Ley Orgánica
del Poder Público Municipal.
Vista la Sentencia N° 25
dictada en fecha 26-02-2008, la
Sala comisionó al Juzgado Superior en lo Civil y
Contencioso-Administrativo de la Región Centro Occidental, a los fines de
notificar del referido fallo a la parte recurrente, ciudadana María Luisa
Briceño Parra. Se libró Oficio N° 08-071, boleta y despacho.
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
3.- Expediente N° 2007-000082: Ricardo Enrique Guzmán Ortiz y Airam
Verónica Escalona Ibarra, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 14.578
y 80.338, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del
ciudadano VÍCTOR MANUEL MACHUCA, titular de la cédula de identidad N°
14.640.427, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N°
070510-505, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 10-05-2007,
publicada en Gaceta Electoral N° 379, de fecha 21-06-2007, que declaró sin
lugar el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra la
postulación y posterior elección de la ciudadana Beatriz Papua Correa, como
concejala en el Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui.
Visto el escrito
presentado, en fecha 21-02-2008, por el abogado David Matheus
Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el
carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, mediante el cual señala dar cumplimiento a lo
ordenado en Sentencia N° 16 de fecha
18-02-2008, y, vencido como se encuentra
el plazo de tres (03) días de Despacho siguientes a su notificación, otorgado a
la
Coordinación General de la Defensa Pública,
a los fines de informar a la Sala respecto si la ciudadana
BEATRIZ PADUA CORREA, titular de la cédula de identidad número V-645.929, se
desempeñó como Defensora Pública o en otra función en esa institución, y de ser
así, señale el cargo y período durante el cual la referida ciudadana prestó sus
servicios, se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ,
a los fines del pronunciamiento correspondiente.
DILIGENCIA EN:
4.- Expediente N° 2008-000008: José Ramón Sevilla Mata, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°
63.576, actuando con el carácter de
apoderado judicial de los ciudadanos FELIPE MOYA, WILLIAM BELLO, MARGARITO
MENDOZA, ISIDRO AGUILERA, AURELIANO MARCANO y ADELSO BALSA, titulares de las
cédulas de identidad números 1.169.731, 3.885.837, 2.994.176, 1.305.076, 2.119.564
y 918.894, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral
conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Comisión
Electoral de la
Asociación Civil de Extrabajadores
Jubilados y Pensionados Obreros del Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI).
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-069, mediante el cual se solicitó a la Comisión Electoral
de la Asociación
Civil de Extrabajadores Jubilados y
Pensionados Obreros del Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI) el expediente administrativo, así como
también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con
el recurso.
5.- Expediente N° 2007-000054: Tulio Sánchez González y Susy Martínez Ducreaux, inscritos en el Inpreabogado bajo lo números
7.282 y 52.527, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados
judiciales del ciudadano FRANCISCO GAMALLO, titular de la cédula de identidad
N° 6.010.333, interponen recurso contencioso electoral contra la designación de
la Autoridad
Provisional, Comisión Electoral, Proceso Electoral y Elección
de la Junta Directiva
y Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Surfing para el período
2007-2009, que se efectuó el 22-06-2007.
El
ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-066, mediante el cual se
notificó al Directorio del Instituto Nacional de Deportes del fallo dictado en
fecha 19-02-2008.
6.- Expediente N° 2007-000061: Carlos Alberto Guevara
Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.575, actuando con el carácter
de apoderado judicial del ciudadano LUIS GONZAGA LINARES ROJAS, titular de la cédula de identidad N°
3.043.515, Alcalde del Municipio Anzoátegui del Estado Cojedes, interpone
recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el acto
administrativo emanado del Consejo Nacional Electoral mediante el cual se
convoca el referéndum revocatorio del cargo de elección popular del Alcalde del
Municipio Anzoátegui del Estado Cojedes.
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-065, mediante el cual se notificó al
Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 18-02-2008.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
7.- Expediente N° 2007-000029: Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara remite
expediente contentivo del recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano JOSÉ LOZADA, titular de la
cédula de identidad N° 6.143.086, asistido por la abogada Lourdes Celeste
Barrios, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 34.649, contra las
actuaciones contenidas en el Expediente signado con el N° 307 (nomenclatura de la Inspectoría del
Trabajo del Estado Lara), referidas a la relegitimación de las autoridades
del Sindicato Único de Trabajadores de la Empresa Urbaser
Venezolana S.A., del Estado Lara (SINTRAURBASER). Oficio Nº J1-2007-175, de
fecha 08-03-2007, remitiendo el expediente Nº KP02-R-2003-000394 (nomenclatura
de ese Juzgado) (3 Piezas principales). (Recibido en fecha 09-04-2007).
El Juzgado de Sustanciación,
de conformidad con lo previsto en los artículos 233 y 174 de la Código de Procedimiento Civil, acordó librar boleta de notificación a los
ciudadanos José González, Fernando Vizcaya, Eberto
Guerra, Eber Rodríguez, Ali Perozo,
Edwar Mendoza, Manuel Martínez, José Rodríguez y
Carlos Guarache, mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha
19-06-2007 y del auto de fecha 27-02-2008. Asimismo, se acordó notificar a la parte recurrente ciudadano José Lozada Martínez, al ciudadano Alcides
Rodríguez, a la Inspectoría del
Trabajo del Estado Lara y al Sindicato Único de Trabajadores de la Empresa Urbaser
Venezolana S.A. del Estado Lara (SINTRAURBASER) del auto dictado en fecha
27-02-2008. Se libraron boletas, Oficios
números 08-073 y 08-074. Se comisionó al Juzgado Primero de Primera Instancia
de Juicio del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Estado Lara, a
los fines de notificar al ciudadano José Lozada
Martínez (parte recurrente); al ciudadano Alcides Rodríguez; a la Inspectoría del
Trabajo del Estado Lara y el Sindicato Único de Trabajadores de la Empresa Urbaser
Venezolana S.A. del Estado Lara (SINTRAURBASER). Se libró Oficio N° 08-072 y
despacho. Finalmente, se dejó constancia, que una vez que conste en autos las
notificaciones ordenadas, se procederá a librar cartel de emplazamiento a los
interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”.
DILIGENCIA EN:
8.- Expediente N° 2007-000078: MIGUEL ANTONIO PRIETO NARVAEZ, titular de la cédula de identidad N°
3.354.837, asistido por los abogados Julio Antonio Segovia y Juan José Rosillo,
inscrito en el Inpreabogado bajo los números 53.488 y 39.676, interpone recurso
contencioso electoral contra la
Resolución N° 070607-841 emanada del
Consejo Nacional Electoral de fecha 07-06-2007, publicada en Gaceta Electoral
N° 391, de fecha 30-08-2007, que declaró: 1.- Sin efecto la solicitud de
referendo revocatorio de mandato de cargo de elección popular presentado por la
organización MOVIMIENTO PRO DEFENSA DE LA COMUNIDAD (PROCOMUNIDAD), en el Estado
Aragua. 2.- Levantó la sanción de la
solicitud de Referendos Revocatorios de Mandatos de Cargos de Elección Popular
efectuado en contra del ciudadano Emilio Ruiz, Alcalde del Municipio Páez del
Estado Aragua.
El ciudadano Miguel
Antonio Prieto Narváez, asistido por el abogado Juan José Rosillo, inscrito en
el Inpreabogado bajo el N° 39.676, consignó diligencia mediante la cual dejó
constancia de haber retirado el original del cartel de emplazamiento.
9.- Expediente N° 2007-000078: MIGUEL ANTONIO PRIETO NARVAEZ, titular de la cédula de identidad N°
3.354.837, asistido por los abogados Julio Antonio Segovia y Juan José Rosillo,
inscrito en el Inpreabogado bajo los números 53.488 y 39.676, interpone recurso
contencioso electoral contra la
Resolución N° 070607-841 emanada del
Consejo Nacional Electoral de fecha 07-06-2007, publicada en Gaceta Electoral
N° 391, de fecha 30-08-2007, que declaró: 1.- Sin efecto la solicitud de
referendo revocatorio de mandato de cargo de elección popular presentado por la
organización MOVIMIENTO PRO DEFENSA DE LA COMUNIDAD (PROCOMUNIDAD), en el Estado
Aragua. 2.- Levantó la sanción de la
solicitud de Referendos Revocatorios de Mandatos de Cargos de Elección Popular
efectuado en contra del ciudadano Emilio Ruiz, Alcalde del Municipio Páez del
Estado Aragua.
El ciudadano
Miguel Antonio Prieto Narváez, asistido por el abogado Juan José Rosillo,
inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.676, presentó diligencia anexa a la
cual consignó la página 55 del diario “Últimas Noticias” de fecha 20-02-2008,
donde apareció publicado el cartel de emplazamiento a los interesados.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
10.-
Expediente N° 2008-000006: Francisco Salvador Lugo Dorta,
inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.892, actuando con el carácter de
apoderado judicial de los ciudadanos Ninoska
Meléndez, Rannefer Valbuena, Julián Inciarte, Luis Roa, Joaquín Soto, Néstor Pirela, Marilyn Navas, Jesús
Rojas, Favio Rivas y Francisco Jiménez, titulares de
las cédulas de identidad números 11.803.794, 4.994.374, 7.828.293, 4.208.851,
4.154.652, 7.820.308, 7.869.426, 3.636.894, 8.754.879, y 4.531.513,
respectivamente, miembros del Sindicato Autónomo de Empleados Públicos del
Instituto Nacional de Canalizaciones (SAEPINC), interpone acción de amparo
constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada de suspensión de
efectos contra la decisión dictada por el Juzgado Superior en lo Civil y
Contencioso Administrativo de la Región
Centro Occidental, de fecha 31-05-2007, que ordenó la
reincorporación de los ciudadanos Fernando José Hevia
Araujo, Rubén Darío Navarro Reyes y Alberto Enrique Molero Valbuena al
Instituto Nacional de Canalizaciones.
Se libró boleta
a la parte recurrente, mediante la cual se le comunica del fallo dictado en
fecha 26-02-2008.
SENTENCIA
11.-
Expediente N° 2007-000072: Juzgado Primero de Primera
Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, remite expediente contentivo de la acción de
amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesta
por el ciudadano HÉCTOR LUIS CARDOZO SUÁREZ, titular de la cédula de identidad
N° 5.088.724, asistido por el abogado Wilmer Gil Jaime, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°
43.752, contra las actuaciones materiales y vías de hecho efectuadas por la Comisión
Electoral de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio
Caroni del Estado Bolívar, respecto a la elección de la Junta Directiva de la referida
Cámara. Oficio Nº 07-1.418, de fecha
15-08-2007, remitiendo el expediente Nº 39746-07 (nomenclatura de ese Juzgado)
(1 Pieza principal). La Sala
declaró CON LUGAR la acción de
amparo constitucional interpuesta, en
virtud de lo cual, se ordenó la
reposición del proceso electoral a la fase de admisión o rechazo de las
postulaciones presentadas, debiendo el Órgano electoral cuidar que tales
decisiones se tomen en el marco de un procedimiento que garantice el derecho a
la defensa de los involucrados. Se fijó un plazo de diez (10) días continuos
contados a partir de la audiencia constitucional celebrada el día 14 de febrero
de 2008, para que la referida Comisión
Electoral se pronuncie sobre la admisión o rechazo de las postulaciones presentadas,
reparándose de esta manera la situación jurídica infringida. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO.
Sentencia N° 30.
El Presidente,
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO PÉREZ