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Sala Electoral
  • Fecha: 04 de febrero de 2009





CUENTA Nº 15

CUENTA Nº 15

 

Despacho del miércoles cuatro (04) de febrero de 2009. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente N° 2008-000059: ATILIO RAFAEL MALDONADO LÓPEZ, titular de la cédula de identidad N° 2.860.888, actuando con el carácter de Presidente de la organización con fines políticos Unidos para Venezuela (UNPARVE), asistido por el abogado Humberto Decarli, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.928, interpone  recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080916-940, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-09-2008, que declaró con lugar el recurso de impugnación interpuesto contra la admisión de la postulación de Nixon Moreno Merchán, al cargo de Diputado al Consejo Legislativo del estado Mérida por parte de la referida organización política. 

 

Vista la Sentencia N° 04 dictada por la Sala en fecha 21-01-2009, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso interpuesto,  la Sala acordó librar Oficios al Consejo Nacional Electoral y al Ministerio Público, a los fines de notificarlos del referido fallo. Se libraron Oficios números 09-040 y 09-041.

 

 

2.- Expediente N° 2008-000059: ATILIO RAFAEL MALDONADO LÓPEZ, titular de la cédula de identidad N° 2.860.888, actuando con el carácter de Presidente de la organización con fines políticos Unidos para Venezuela (UNPARVE), asistido por el abogado Humberto Decarli, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.928, interpone  recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080916-940, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-09-2008, que declaró con lugar el recurso de impugnación interpuesto contra la admisión de la postulación de Nixon Moreno Merchán, al cargo de Diputado al Consejo Legislativo del estado Mérida por parte de la referida organización política. 

 

Se libró Oficio N° 09-042 al Consejo Nacional Electoral, anexo al cual se remite dos (02) piezas contentivas de los antecedentes administrativos consignados por ese Órgano Electoral.

 

 

 

3.- Expediente N° 2008-000059: ATILIO RAFAEL MALDONADO LÓPEZ, titular de la cédula de identidad N° 2.860.888, actuando con el carácter de Presidente de la organización con fines políticos Unidos para Venezuela (UNPARVE), asistido por el abogado Humberto Decarli, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.928, interpone  recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080916-940, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-09-2008, que declaró con lugar el recurso de impugnación interpuesto contra la admisión de la postulación de Nixon Moreno Merchán, al cargo de Diputado al Consejo Legislativo del estado Mérida por parte de la referida organización política. 

 

Vista la diligencia presentada en fecha 29-01-2009, por el ciudadano ATILIO RAFAEL MALDONADO LÓPEZ, titular de la cédula de identidad Nº 2.860.888, actuando con el carácter de recurrente, asistido por el abogado Humberto Decarli, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 9.928, mediante la cual solicita copia certificada de la Sentencia Nº 4 de fecha 21-01-2009, que corre inserta a los folios 190 al 202 del expediente, la Sala ACORDÓ expedir la certificación solicitada.

 

 

4.- Expediente N° 2008-000063: Edilberto José Natera Barreto, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 47.548, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano RAMÓN ANTONIO RODRÍGUEZ PEÑA, titular de la cédula de identidad N° 4.828.429, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080910-895, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 10-09-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 456 de fecha 24-09-2008, que declaró sin lugar el recurso de impugnación interpuesto por el referido ciudadano contra la decisión de la Junta Electoral del Municipio Baralt del Estado Zulia, en la cual se admitió la postulación hecha por la organización con fines políticos Acción Democrática del ciudadano Ramón Bracho Fonseca al cargo de Alcalde del Municipio Baralt del Estado Zulia.

 

Vista la Sentencia N° 10 dictada por la Sala en fecha 28-01-2009, la Sala  acordó librar Oficio al Consejo Nacional Electoral a los fines de comunicarle el referido fallo.  Del mismo modo, se acordó librar boleta a la parte recurrente, mediante la cual se le comunica el fallo dictado en fecha 28-01-2009. Se libraron Oficio N° 09-045 y boleta. Igualmente se comisionó al Juzgado del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los fines de comunicarle al ciudadano Ramón Antonio Rodríguez Peña (parte recurrente)  el fallo dictado en fecha 28-01-2009. Se libró Oficio N° 09-044 y despacho.

 

 

5.- Expediente N° 2008-000063: Edilberto José Natera Barreto, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 47.548, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano RAMÓN ANTONIO RODRÍGUEZ PEÑA, titular de la cédula de identidad N° 4.828.429, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080910-895, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 10-09-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 456 de fecha 24-09-2008, que declaró sin lugar el recurso de impugnación interpuesto por el referido ciudadano contra la decisión de la Junta Electoral del Municipio Baralt del Estado Zulia, en la cual se admitió la postulación hecha por la organización con fines políticos Acción Democrática del ciudadano Ramón Bracho Fonseca al cargo de Alcalde del Municipio Baralt del Estado Zulia.

 

Se libró Oficio N° 09-043 al Consejo Nacional Electoral, anexo al cual se remite dos (02) piezas contentivas de los antecedentes administrativos consignados por ese Órgano Electoral.

 

 

6.- Expediente N° 2008-000056: EDGAR EDUARDO SILVA HERRERA, titular de la cédula de identidad N° 3.533.456, actuando con el carácter de representante de la organización política UNIDOS POR LOS DERECHOS HUMANOS, asistido por la abogada Urimare Graciela Capote Díaz, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 29.448, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 080903-863, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 03-09-2008, publicada en Gaceta Electoral de fecha 24-09-2008, que declaró inadmisible por extemporáneo la impugnación contra la postulación que hiciese dicha organización política de los candidatos a Alcaldes de los municipios San Diego, Montalbán, Diego Ibarra, Guacara, San Joaquín y Libertador, todos del estado Carabobo.

 

Se difirió el lapso para dictar sentencia en la presente causa por un plazo de siete (07) días de despacho siguientes al de hoy, dentro del cual se procederá a dictar sentencia.

 

 

7.- Expediente N° 2007-000060: JOSÉ GREGORIO PÉREZ HERRERA, VLADIMIR SUÁREZ, YRMA FLOR PINTO y LUIS FELIPE SUÁREZ MARTÍNEZ, titulares de las cédulas de identidad números 6.081.852, 6.280.462, 3.364.999 y 16.380.723, respectivamente, asistidos por la abogada Doris Zabaleta, inscrita en el Inpreabogado Bajo el N° 31.452, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra  la Resolución N° 070503-0413, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 03-05-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 380, de fecha 10-07-2007, en la cual se declaró sin lugar la impugnación interpuesta contra las actuaciones o vías de hecho de la Comisión Electoral Nacional del Sindicato Nacional Autónomo y Social de Obreros y Trabajadores en General de la Industria de la Construcción y Afines (S.I.N.A.S.O.I.C.A.), respecto al proceso electoral celebrado en el referido Sindicato cuyo acto de votación tuvo lugar el 18-04-2007. (Recibido en fecha 27-07-2007).

 

Visto que en la foliatura del expediente existe un error a partir del folio mil quinientos veintinueve (1529), se ordena testar dicha  foliatura a partir  de éste (exclusive). Asimismo, se acordó volver a foliar el expediente desde el referido folio en adelante.

 

 

RECEPCIÓN DE OFICIO EN:

 

 

8.- Expediente N° 2008-000053: RAMÓN ÁVILA NÚÑEZ, titular de la cédula de identidad N° 5.165.975 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 40.768, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos contra la Resolución N° 080820-804, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 20-08-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 452, de fecha 08-09-2008, que declaró improcedente el recurso de impugnación interpuesto contra la decisión de la Junta Municipal Electoral del Municipio Machiques de Perijá del estado Zulia, que admitió la postulación del ciudadano Alberto José Chapín Corona, al cargo de Alcalde del referido Municipio y que fuera postulado por iniciativa propia, por las organizaciones Un Nuevo Tiempo (UNTC), Acción Democrática (AD) y otras, contenidas en las Resoluciones números 080814-12147 a la 080814-12170, todas de fecha 14-08-2008.

 

Por recibido, en fecha 03-021-2009,  Oficio N° TSP-CMTEZ-2009-000006, de fecha 13-01-2009, emanado del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida por la Sala en fecha 06-11-2008, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

9.- Expediente N° 2007-000060: JOSÉ GREGORIO PÉREZ HERRERA, VLADIMIR SUÁREZ, YRMA FLOR PINTO y LUIS FELIPE SUÁREZ MARTÍNEZ, titulares de las cédulas de identidad números 6.081.852, 6.280.462, 3.364.999 y 16.380.723, respectivamente, asistidos por la abogada Doris Zabaleta, inscrita en el Inpreabogado Bajo el N° 31.452, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra  la Resolución N° 070503-0413, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 03-05-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 380, de fecha 10-07-2007, en la cual se declaró sin lugar la impugnación interpuesta contra las actuaciones o vías de hecho de la Comisión Electoral Nacional del Sindicato Nacional Autónomo y Social de Obreros y Trabajadores en General de la Industria de la Construcción y Afines (S.I.N.A.S.O.I.C.A.), respecto al proceso electoral celebrado en el referido Sindicato cuyo acto de votación tuvo lugar el 18-04-2007. (Recibido en fecha 27-07-2007).

 

 

El ciudadano ASDRÚBAL GÓMEZ, miembro de la Directiva del Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Nacional Autónomo y Social de Obreros y Trabajadores en General de la Industria de la Construcción y Afines (SINASOICA), asistido por el abogado Leopoldo Cadavid Rubio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 2.996, consignó escrito solicitando se constituya una comisión electoral y se convoque a elecciones para designar una nueva Junta Directiva.

 

 

10.- Expediente N° 2008-000031: TEODORO SILVA, titular de la cédula de identidad N° 2.999.277, asistido por el abogado Jesús Onofre Araujo Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 76.492, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso mediante el cual se eligió a la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), cuyo acto de votación tuvo lugar el día 29-05-2008.

 

El abogado JESÚS ONOFRE ARAUJO GUTIERREZ, inscrito en el Inpreabogado Nº 76.492, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó escrito mediante el cual solicita pronunciamiento (Acompañó anexos).

 

 

11.- Expediente N° 2008-000040: Hugolino Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.954, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana PATRICIA ROSENZWEIG LEVY, titular de la cédula de identidad N° 3.018.355, interpone recurso contencioso electoral con medida cautelar innominada contra la resolución dictada, en fecha 16 de julio de 2008, por la Comisión Electoral Central de la Universidad de Los Andes, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de reconsideración formulado contra las actas de instalación, votación, escrutinio, totalización, adjudicación y proclamación del candidato a Vicerrector Académico de la Universidad de Los Andes (período 2008-2012), de fechas 11 y 16 de junio de 2008

 

La abogada ANA AZARAK, inscrita en el Inpreabogado bajo el 10.244, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Universidad de Los Andes, consignó escrito mediante el cual expone aspectos relacionados con la ejecución de la Sentencia 220 de fecha 15-12-2008 y solicita se desestime la denuncia de desacato formulada por los recurrentes.

 

 

12.- Expediente N° 2008-000040: Hugolino Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.954, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana PATRICIA ROSENZWEIG LEVY, titular de la cédula de identidad N° 3.018.355, interpone recurso contencioso electoral con medida cautelar innominada contra la resolución dictada, en fecha 16 de julio de 2008, por la Comisión Electoral Central de la Universidad de Los Andes, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de reconsideración formulado contra las actas de instalación, votación, escrutinio, totalización, adjudicación y proclamación del candidato a Vicerrector Académico de la Universidad de Los Andes (período 2008-2012), de fechas 11 y 16 de junio de 2008

 

El ciudadano MANUEL DAGERT, titular de la cédula de identidad Nº 2.997.215, asistido por el abogado Carlos Amador, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 101.891, consignó escrito mediante el cual asume como propio los fundamentos y alegatos esgrimidos por la representación de la Universidad de Los Andes, en el escrito consignado en esta misma fecha. 

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

13.- Expediente N° 2008-000055: José Clemente Bolívar Torrealba y Nancy Ysabel Rivas Acosta, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.819 y 78.328, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la ciudadana ZORAIDA COROMOTO BASTIDAS, titular de la cédula de identidad N° 10.526.124, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar, contra la Comisión Interventora de la Caja de Ahorro de Empleados y Jubilados de la Cámara Municipal del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital (C.A.E.J.C.M.M.B.L.D.C.), actuando como Comisión Electoral, respecto al rechazo de la postulación de la referida ciudadana al cargo de Presidente Principal de la mencionada Caja de Ahorro.

 

El abogado Sergio Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 15.755, presentó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber retirado la copia certificada acordada en auto de fecha 20-11-2008.

 

 

14.- Expediente N° 2008-000087: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia remite expediente contentivo del conflicto de competencia surgido entre el Juzgado del Municipio Jiménez de la Circunscripción Judicial del Estado Lara y el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con ocasión de la acción de amparo constitucional con solicitud cautelar interpuesta por el ciudadano NELSON JOSÉ PINEDA COLMENÁRES,  titular de la cédula de identidad N° 3.746.593, asistido por el abogado Carlos Ildemaro Hernández Arévalo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 47.429, contra la Junta Electoral Municipal del Municipio Jiménez del Estado Lara, por negarse a inscribir su candidatura como Alcalde del referido Municipio. Oficio Nº 08-1629, de fecha 08-12-2008, remitiendo el expediente Nº AA50-T-2008-001197 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 09-019, anexo al cual se remitió comisión conferida al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, a los fines de notificar del  fallo dictado en fecha 16-12-2008 a la parte accionante ciudadano Nelson José Pineda Colmenares. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

 

15.- Expediente N° 2008-000060: José Ramón Sevilla Mata, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.576, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARÍA DE LOURDES HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° 3.415.635, interpone acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral Principal Ad-Hoc de la Caja de Ahorro Sector Empleados Públicos del MINFRA, MARN, Jubilados del INOS, INPARQUES, FEA, ICCLAM, FIBV, CONAVI, HIDROVEN y sus filiales, SETRA, IGVSB (CASEP), respecto al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva de la referida Caja.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a los ciudadanos a los ciudadanos ALFREDO CARRERO, JUAN RAMÓN MEJÍAS, GRACY CHIRAPO Y ARELYS CABRERA (terceros opositores) mediante la cual se le notificó el fallo dictado en fecha 12-12-2008.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

DILIGENCIA EN:

 

 

16.- Expediente N° 2009-000002: GERARDO LUNA TORRADO, titular de la cédula de identidad N° 9.359.325, asistido por el abogado José Enrique Pernía Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.981, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra “…las Actas de Escrutinios…”, “…el Registro Electoral Permanente del 23 de noviembre de 2008…” y el “…Acta de Totalización y Proclamación Alcaldesa o Alcalde del Municipio Panamericano del Estado Táchira…”. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario, Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de conformidad con lo previsto en los artículos 242  de la Ley Orgánica del Sufragio  y Participación Política). (Remitido mediante Oficio N° 0530-458, de fecha 15-12-08).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 09-023, anexo al cual se remitió comisión al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, Bancario y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los fines de notificar a la parte recurrente, así como al referido Alcalde del fallo dictado en fecha 21-01-2009 y del auto dictado en fecha 22-01-2009. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

 

SENTENCIA

 

 

17.- Expediente N° 2008-000079:  Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad números 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Electoral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta directiva. La Sala ordenó notificar a la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, a los fines de que, en un lapso de tres (3) días hábiles siguientes a la notificación, remita la información y documentación detallada relativa a los aspectos señalados en el fallo. Ponente:  LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia N° 15.

 

 

18.- Expediente N° 2008-000031: TEODORO SILVA, titular de la cédula de identidad N° 2.999.277, asistido por el abogado Jesús Onofre Araujo Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 76.492, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso mediante el cual se eligió a la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), cuyo acto de votación tuvo lugar el día 29-05-2008. La Sala declaró: 1.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto. 2.- ANULÓ el acta de fecha 6 de junio de 2008, emanada de la Comisión Electoral Principal de CAHORMINSA, mediante la cual fue dejada sobrevenidamente sin efecto la distribución de mesas electorales en el estado Zulia. 3.- ANULARÓN las actas de escrutinio correspondientes a los centros de votación Malariología, Hospital J.M.B. Sanare y Dirección de Salud del estado Lara. 4.- ORDENÓ a la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA) convocar a una nueva elección en las mesas de votación ubicadas en los centros de votación Malariología, Hospital J.M.B. Sanare y Dirección de Salud del estado Lara, dentro del plazo de quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación. 5.- ORDENÓ incluir en la nueva totalización que ha de realizar la comisión electoral una vez efectuadas las votaciones parciales ordenadas, el resultado contenido en el acta del centro de votación Dirección de Malariología/Maracaibo del Estado Zulia, así como el resto de los resultados no impugnados mediante el recurso bajo análisis. Ponente:  JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 16. 

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

 

 

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