Principal Contáctenos
Sala Electoral
  • Fecha:09 de noviembre de 2009





CUENTA Nº 141

CUENTA Nº 141

 

 

Despacho del lunes nueve (09) de noviembre de 2009. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.

 

SECRETARÍA

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente N° 2009-000081: HERNÁN JOSÉ ZURITA y WILLIAM URLEY VIELMA GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad números 8.420.478 y 1.588.081, respectivamente, asistidos por los abogados Juan García Gago y Carlos Sánchez Aullon, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 27.398 y 27.829, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra el acto administrativo N° CEP-N° 030, de fecha 04-11-2009, emanado de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, mediante el cual se excluyen a los referidos ciudadanos del listado definitivo de candidatos para elegir a los miembros del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros del C.I.C.P.C.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

SECRETARÍA EN:

 

 

2.- Expediente N° 2008-000068: Silvia Cecilia Marín, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.732, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARLENE COROMOTO PRIMERA GALUÉ, titular de la cédula de identidad N° 4.537.656, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el acto identificado como CE.469-2008  dictado en fecha 08-10-2008, por la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, que declaró improcedente el recurso de nulidad interpuesto contra el acto de totalización y adjudicación de votos del candidato a Secretario, en  el proceso de elecciones celebrado en la referida Casa de Estudios los días 10 y 17 de julio de 2008, así como del acto de proclamación del Secretario, llevado a cabo el día 22-07-2008.

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se retiró de la cartelera de la Sala boleta librada a los ciudadanos Omar Ferrer, Ricardo Espejo, Yoelkis Narváez, Mayra Castillo, María Lourdes Castillo, Carlos Aseches, Bernardo Pérez, Ángel Romero, David Jiménez, Jesús Montiel, Franklin Lugo, Hernán Ferrer, Juan Moreno, Sonia Atencio, Nathali González, Jean Carlos Baptista y Carlos Meleán (terceros verdadera parte), de conformidad con lo previsto en el artículo 174 de la Código de Procedimiento Civil, mediante la cual se les notificó la Sentencia dictada en fecha 21-10-2009.

 

 

3.- Expediente N° 2008-000068: Silvia Cecilia Marín, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.732, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARLENE COROMOTO PRIMERA GALUÉ, titular de la cédula de identidad N° 4.537.656, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el acto identificado como CE.469-2008  dictado en fecha 08-10-2008, por la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, que declaró improcedente el recurso de nulidad interpuesto contra el acto de totalización y adjudicación de votos del candidato a Secretario, en  el proceso de elecciones celebrado en la referida Casa de Estudios los días 10 y 17 de julio de 2008, así como del acto de proclamación del Secretario, llevado a cabo el día 22-07-2008.

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se retiró de la cartelera de la Sala boleta librada de los ciudadanos Aura Tarazón, Ernesto Mora Queipo, Liliana Del Valle Fernández, Jhonny Alarcón, Antonio Matheus, Antonio Márquez Morales, Ricaute Salóm Gil, Maricruz Pacheco, Jorge Sánchez, Reinaldo Guerrero, Alberto Barry, Arnedo Arteaga, Claudio García, Margarita Becerra de Fernández y José Rafael Fernández Paz (terceros coadyuvantes), de conformidad con lo previsto en el artículo 174 de la Código de Procedimiento Civil, mediante la cual se les notificó la Sentencia dictada en fecha 21-10-2009.

 

 

4.- Expediente N° 2008-000068: Silvia Cecilia Marín, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.732, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARLENE COROMOTO PRIMERA GALUÉ, titular de la cédula de identidad N° 4.537.656, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el acto identificado como CE.469-2008  dictado en fecha 08-10-2008, por la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, que declaró improcedente el recurso de nulidad interpuesto contra el acto de totalización y adjudicación de votos del candidato a Secretario, en  el proceso de elecciones celebrado en la referida Casa de Estudios los días 10 y 17 de julio de 2008, así como del acto de proclamación del Secretario, llevado a cabo el día 22-07-2008.

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se retiró en la cartelera de la Sala boleta librada al ciudadano Melvin Gutiérrez, de conformidad con lo previsto en el artículo 174 de la Código de Procedimiento Civil, mediante la cual se le notificó la Sentencia dictada en  fecha 21-10-2009.

 

 

5.- Expediente N° 2009-000034: FRANCISCO SUÁREZ SCHANELY, RICARDO LUDWING ESTÉVEZ MAZZA y EDGAR JOSÉ SALDIVIA, titulares de las cédulas de identidad números 18.588.268, 6.557.725 y 1.869.694, respectivamente, asistidos por el abogado Alfredo Zuloaga, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.291, interponen recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral por “la omisión o carencia de actividad por parte del CNE en convocar, mediante publicación en Gaceta Electoral, a la celebración de las elecciones Municipales y Parroquiales de Concejales, de los Alcaldes del Municipio Achaguas del Estado Apure y del Municipio Miranda del Estado Carabobo, y del Gobernador del Estado Amazonas, en el tercer trimestre de 2009”.

 

Vista la Sentencia N° 142 dictada por la Sala en fecha 21-10-2009, se  acordó notificar al Consejo Nacional Electoral y a la parte recurrente, de la aludida decisión. Se libró Oficio  N° 09-304 y boleta.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

6.- Expediente N° 2009-000076: YULISSA CECILIA GONZÁLEZ FLORES, FERMÍN DEL VALLE GUTIÉRREZ CORREDOR y MARTA SALCEDO DE CALZADILLA, titulares de las cédulas de identidad  números 8.679.172, 10.531.375 y 5.614.753 respectivamente, asistidos por el abogado Wilmer Partidas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, interponen recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar contra el proceso electoral celebrado el 21-09-2009, para la elección del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia y Delegados de la Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados Públicos de la Gobernación del Estado de Miranda (CAPEM), período 2009-2012.

 

El abogado Wilmer Partidas, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 39.279, apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento sobre la admisión del recurso y la medida cautelar.

 

 

7.- Expediente N° 2008-000090: JOSÉ ENRIQUE PERNÍA SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 8.099.306 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.981, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada “para DECLARAR LA NULIDAD de las Actas de Escrutinio y como consecuencia IMPUGNACIÓN Y NULIDAD del Acta  ELECCIONES REGIONALES 23 DE NOVIEMBRE 2008 ACTA TOTALIZACIÓN Y PROCLAMACIÓN Alcaldesa o Alcalde del Municipio MICHLENA del Estado  TÁCHIRA”.

 

La abogada RAQUEL SUE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 80.198, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante el cual retiró copia certificada acordada por auto de fecha 05-11-2009.

 

 

8.- Expediente N° 2008-000090: JOSÉ ENRIQUE PERNÍA SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 8.099.306 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.981, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada “para DECLARAR LA NULIDAD de las Actas de Escrutinio y como consecuencia IMPUGNACIÓN Y NULIDAD del Acta  ELECCIONES REGIONALES 23 DE NOVIEMBRE 2008 ACTA TOTALIZACIÓN Y PROCLAMACIÓN Alcaldesa o Alcalde del Municipio MICHLENA del Estado  TÁCHIRA”.

 

La abogada RAQUEL SUE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 80.198, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante el cual retiró copia certificada acordada por auto de fecha 03-11-2009.

 

 

9.- Expediente N° 2009-000001: ARMENIO RAMÍREZ CHACÓN, titular de la cédula de identidad N° 8.099.306, asistido por el abogado José Enrique Pernía Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.981, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra “…las Actas de Escrutinios…”, “…el Registro Electoral Permanente del 23 de noviembre de 2008…” y el “…Acta de Totalización y Proclamación Alcaldesa o Alcalde del Municipio Ayacucho del Estado Táchira…”. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario, Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de conformidad con lo previsto en los artículos 242  de la Ley Orgánica del Sufragio  y Participación Política). (Remitido mediante Oficio N° 0530-457, de fecha 15-12-08).

 

La abogada RAQUEL SUE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 80.198, actuando en su propio nombre, consignó diligencia mediante la cual solicitó copia certificada de los documentos que cursan a los folios 2 al 24, 76 al 88 y 93 al 96 del expediente.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

10.- Expediente N° 2008-000068: Silvia Cecilia Marín, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.732, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARLENE COROMOTO PRIMERA GALUÉ, titular de la cédula de identidad N° 4.537.656, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el acto identificado como CE.469-2008  dictado en fecha 08-10-2008, por la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, que declaró improcedente el recurso de nulidad interpuesto contra el acto de totalización y adjudicación de votos del candidato a Secretario, en  el proceso de elecciones celebrado en la referida Casa de Estudios los días 10 y 17 de julio de 2008, así como del acto de proclamación del Secretario, llevado a cabo el día 22-07-2008.

 

La abogada VEXAIDA PRIMERA GALUÉ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 34.108, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, presentó escrito mediante el cual solicitó la ejecución forzosa de la Sentencia N° 103 de fecha 18-06-2009.

 

 

 

11.- Expediente N° 2008-000068: Silvia Cecilia Marín, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.732, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARLENE COROMOTO PRIMERA GALUÉ, titular de la cédula de identidad N° 4.537.656, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el acto identificado como CE.469-2008  dictado en fecha 08-10-2008, por la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, que declaró improcedente el recurso de nulidad interpuesto contra el acto de totalización y adjudicación de votos del candidato a Secretario, en  el proceso de elecciones celebrado en la referida Casa de Estudios los días 10 y 17 de julio de 2008, así como del acto de proclamación del Secretario, llevado a cabo el día 22-07-2008.

 

La ciudadana ROSA AÑEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 4.516.315, actuando con el carácter de Presidenta de la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia,  asistida por el abogado Marino Faria, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 14.401, consignó escrito mediante el cual expresó, - a su decir-, las "circunstancias de hecho sobrevenidas que impiden legal y materialmente a la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia dar cumplimiento” a la sentencia de fecha 18-06-2009, así como su aclaratoria de fecha 21-10-2009. Asimismo, solicitó a este “Supremo Tribunal el que le instruya de los mecanismos sustitutivos de ejecución que, legal y reglamentariamente, pudieran proceder para la tutela efectiva del derecho reclamado por la recurrente y reconocido por el fallo judicial”.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

12.- Expediente N° 2008-000066: Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos TIBISAY DELGADO, YOADIMAR SANTA MARÍA, MOSQUERA GUARUTO MARCILIO, MONTAÑES MARISBEL, MARTÍNES LUIS, LUGO MARÍA ANTONHIA, CORONADO MAYRIS y ELSA RITO, titulares de las cédulas de identidad números 14.469.315, 16.206.126, 22.956.028, 4.702.080, 14.061.746, 4.565.237, 16.536.907 y 9.494.822, respectivamente, contra los ciudadanos Marlen Díaz y José Julián Cortez, respecto a la revocatoria de la ciudadana Marlen Díaz, del cargo de Vocera Principal del Consejo Comunal Agrícola “Hugo Chávez Frías”. Oficio Nº 08-1874, de fecha 14-10-2008, remitiendo el expediente Nº 08-15205 (nomenclatura de ese Juzgado).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-499, mediante el cual se notificó a la Fiscalía General de la República del fallo dictado en fecha 10-11-2008.

 

 

OFICIO RECIBIDO EN:

 

 

13.- Expediente N° 2008-000079: Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad números 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Electoral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta Directiva.

 

Por recibida comunicación de fecha 31-07-2009, suscrita por la ciudadana Betzaida Romero, en su carácter de Directora Principal de la Junta Directiva de Mi Casa, en respuesta al Oficio N° 09-245 emanado de la Sala, mediante la cual informó que el Instituto de Previsión Social del Médico (IMPRES) no posee cuentas bancarias ni otros instrumentos financieros en esa entidad.

El Presidente,               

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

           

                                                                                  La Secretaria,

 

 

 

PATRICIA CORNET GARCÍA

 

Ir al tope

Recomendar esta página a un amigo(a)

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Sistemas del Tribunal Supremo de Justicia
Todos los Derechos Reservados