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Sala Electoral
  • Fecha: 11 de noviembre de 2009





CUENTA Nº 143

CUENTA Nº 143

 

 

Despacho del miércoles once (11) de noviembre de 2009. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.

 

SECRETARÍA

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente N° 2009-000082: Enrique Sánchez Falcón y Jorge Planas Hernández, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 4.580 y 86.770, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la ciudadana ROSA OLINDA SUÁREZ DE NAVAS, titular de la cédula de identidad N° 3.314.277, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Comisión Electoral Central y el Consejo Universitario de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (UPEL), respecto a la elección de las autoridades rectorales de la mencionada Casa de Estudios, período 2009-2013, específicamente el cargo de Rector o Rectora, cuya segunda vuelta fue realizada los días 2, 3 y 4 de julio de 2009.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE:

 

2.- Expediente N° 2008-000068: Silvia Cecilia Marín, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.732, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARLENE COROMOTO PRIMERA GALUÉ, titular de la cédula de identidad N° 4.537.656, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el acto identificado como CE.469-2008  dictado en fecha 08-10-2008, por la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, que declaró improcedente el recurso de nulidad interpuesto contra el acto de totalización y adjudicación de votos del candidato a Secretario, en  el proceso de elecciones celebrado en la referida Casa de Estudios los días 10 y 17 de julio de 2008, así como del acto de proclamación del Secretario, llevado a cabo el día 22-07-2008.

 

Visto el escrito presentado en fecha 09-11-2009, por la abogada VEXAIDA PRIMERA GALUÉ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 34.108, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, mediante el cual solicitó la ejecución forzosa de la Sentencia N° 103 de fecha 18-06-2009, así como el escrito presentado en la misma fecha por la ciudadana ROSA AÑEZ, actuando con el carácter de Presidenta de la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, asistida por el abogado Marino Faria, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 14.401, en el cual expresó las "circunstancias de hecho sobrevenidas que impiden legal y materialmente a la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia dar cumplimiento al dispositivo del fallo" y solicitó a este “Supremo Tribunal el que le instruya de los mecanismos sustitutivos de ejecución que, legal y reglamentariamente, pudieran proceder para la tutela efectiva del derecho reclamado por la recurrente y reconocido por el fallo judicial”, la Sala designó Ponente al Magistrado Doctor FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

SECRETARÍA EN:

 

3.- Expediente N° 2008-000068: Silvia Cecilia Marín, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.732, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARLENE COROMOTO PRIMERA GALUÉ, titular de la cédula de identidad N° 4.537.656, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el acto identificado como CE.469-2008  dictado en fecha 08-10-2008, por la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, que declaró improcedente el recurso de nulidad interpuesto contra el acto de totalización y adjudicación de votos del candidato a Secretario, en  el proceso de elecciones celebrado en la referida Casa de Estudios los días 10 y 17 de julio de 2008, así como del acto de proclamación del Secretario, llevado a cabo el día 22-07-2008.

 

Se abrió la tercera (3era) pieza.

 

 

4.- Expediente N° 2008-000068: Silvia Cecilia Marín, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.732, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARLENE COROMOTO PRIMERA GALUÉ, titular de la cédula de identidad N° 4.537.656, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el acto identificado como CE.469-2008  dictado en fecha 08-10-2008, por la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, que declaró improcedente el recurso de nulidad interpuesto contra el acto de totalización y adjudicación de votos del candidato a Secretario, en  el proceso de elecciones celebrado en la referida Casa de Estudios los días 10 y 17 de julio de 2008, así como del acto de proclamación del Secretario, llevado a cabo el día 22-07-2008.

 

 

Vista la diligencia presentada en fecha 03-11-2009, por la abogada Silvia Cecilia Marín, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 33.732, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana Marlene Coromoto Primera Galué, mediante la cual solicita tres (3) copias certificadas de los documentos que cursan a los folios 638 al 755 Vto. del expediente, la Sala ACORDÓ expedir la certificación solicitada.

 

 

5.- Expediente N° 2009-000081: HERNÁN JOSÉ ZURITA y WILLIAM URLEY VIELMA GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad números 8.420.478 y 1.588.081, respectivamente, asistidos por los abogados Juan García Gago y Carlos Sánchez Aullon, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 27.398 y 27.829, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra el acto administrativo N° CEP-N° 030, de fecha 04-11-2009, emanado de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, mediante el cual se excluyen a los referidos ciudadanos del listado definitivo de candidatos para elegir a los miembros del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros del C.I.C.P.C.

 

Se libró Oficio N° 09-309, mediante la cual se notifica a la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, el fallo dictado en fecha 11-11-2009.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

6.- Expediente N° 2009-000080: ZULY DEL VALLE MILLÁN  BOADAS, JOSÉ LUIS MORALES, OSWALDO  RAMOS, GUSTAVO SOSA, RAMÓN LA CRUZ, DELVIS JIMÉNEZ  y JULIO CASTILLO, titulares de las cédulas de identidad números 5.887.102, 5.978.031, 6.029.008, 6.001.120, 5.432.802, 20.664.509 y 18.819.237, respectivamente, asistidos por el abogado Pablo Briceño Zabala, titular de la cédula de identidad N° 640.972 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.765, quien a su vez actúa en su propio nombre, interponen recurso contencioso de nulidad conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra la Comisión Electoral Central de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador y la Comisión Electoral Institucional del Instituto Pedagógico de Caracas, por omitir al personal administrativo, obreros y profesores instructores en el padrón electoral publicado para el proceso comicial para elegir a la Directiva del referido Instituto Pedagógico y la vacante absoluta de la Dirección del Instituto Pedagógico de Maracay, cuya primera vuelta está fijada para los días 26, 27 y 28 de noviembre de 2009.

 

El abogado PABLO BRICEÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 77.765, consignó diligencia mediante la cual ratificó la solicitó la suspensión de efectos para lo cual jura la urgencia del caso.

 

 

7.- Expediente N° 2005-000127: Ricardo Baroni Uzcátegui, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.220, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANA TERESA HEREDIA, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral celebrado en el Colegio de Odontólogos del Estado Lara, para elegir a la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del referido Colegio, cuyo acto de votación y escrutinio fue realizado en fecha 29-11-2005  y cuya el Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación fue dictada por la Comisión Electoral “Ad-Hoc” de ese Gremio en fecha 07-12-2005.

 

El abogado Ricardo Baroni Uzcategui, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 49.220, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual reitero la solicitud de  ejecución forzosa de la Sentencia N° 15 dictada por la Sala en fecha 06-02-2007.

 

 

8.- Expediente N° 2008-000068: Silvia Cecilia Marín, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.732, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARLENE COROMOTO PRIMERA GALUÉ, titular de la cédula de identidad N° 4.537.656, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el acto identificado como CE.469-2008  dictado en fecha 08-10-2008, por la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, que declaró improcedente el recurso de nulidad interpuesto contra el acto de totalización y adjudicación de votos del candidato a Secretario, en  el proceso de elecciones celebrado en la referida Casa de Estudios los días 10 y 17 de julio de 2008, así como del acto de proclamación del Secretario, llevado a cabo el día 22-07-2008.

 

El abogado Alfredo José Ferrer Núñez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 46.674, consignó diligencia mediante la cual retiró copia certificada acordada por auto de fecha 10-11-2009.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

9.- Expediente N° 2005-000127: Ricardo Baroni Uzcátegui, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.220, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANA TERESA HEREDIA, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral celebrado en el Colegio de Odontólogos del Estado Lara, para elegir a la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del referido Colegio, cuyo acto de votación y escrutinio fue realizado en fecha 29-11-2005  y cuya el Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación fue dictada por la Comisión Electoral “Ad-Hoc” de ese Gremio en fecha 07-12-2005.

 

El abogado Ricardo Baroni Uzcategui, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 49.220, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó escrito mediante el cual se opone a los pedimentos formulados por el ciudadano Pablo Quintero en escrito presentado en fecha 07-10-2009 (Acompañó anexos).

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

10.- Expediente N° 2009-000074: JULIO ALBERTO ÁLVAREZ RAMOS, titular de la cédula de identidad N° 5.534.241, interpone acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral de la Asociación de Profesores de la Universidad Central de Venezuela por la no inclusión de sus datos en el Registro Electoral para la elección de la nueva Comisión Electoral de dicha Asociación para el período 2009-2011.

 

El ciudadano Alguacil consignó boleta librada a la Comisión Electoral de la Asociación de Profesores de la Universidad Central de Venezuela, mediante la cual se le notificó de la decisión dictada en fecha 21-10-2009.

 

 

11.- Expediente N° 2009-000074: JULIO ALBERTO ÁLVAREZ RAMOS, titular de la cédula de identidad N° 5.534.241, interpone acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral de la Asociación de Profesores de la Universidad Central de Venezuela por la no inclusión de sus datos en el Registro Electoral para la elección de la nueva Comisión Electoral de dicha Asociación para el período 2009-2011.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 09-291, mediante el cual se notificó a la Defensoría del Pueblo de la decisión dictada en fecha 21-10-2009.

 

 

12.- Expediente N° 2009-000074: JULIO ALBERTO ÁLVAREZ RAMOS, titular de la cédula de identidad N° 5.534.241, interpone acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral de la Asociación de Profesores de la Universidad Central de Venezuela por la no inclusión de sus datos en el Registro Electoral para la elección de la nueva Comisión Electoral de dicha Asociación para el período 2009-2011.

 

El ciudadano Alguacil consignó boleta librada a la parte accionante, mediante la cual se le notificó de la  decisión dictada en fecha 21-10-2009.

 

 

13.- Expediente N° 2009-000074: JULIO ALBERTO ÁLVAREZ RAMOS, titular de la cédula de identidad N° 5.534.241, interpone acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral de la Asociación de Profesores de la Universidad Central de Venezuela por la no inclusión de sus datos en el Registro Electoral para la elección de la nueva Comisión Electoral de dicha Asociación para el período 2009-2011.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 09-290, mediante el cual se notificó a la Fiscalía General de República de la decisión dictada en fecha 21-10-2009.

 

 

 

AUDIENCIA CONSTITUCIONAL EN:

 

 

14.- Expediente N° 2009-000074: JULIO ALBERTO ÁLVAREZ RAMOS, titular de la cédula de identidad N° 5.534.241, interpone acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral de la Asociación de Profesores de la Universidad Central de Venezuela por la no inclusión de sus datos en el Registro Electoral para la elección de la nueva Comisión Electoral de dicha Asociación para el período 2009-2011.

 

Se fijo el día martes 17-11-2009, a las 9:30 a.m.,_a los fines de que tenga lugar la audiencia oral y pública, oportunidad en la cual  las partes podrán exponer  sus alegatos y defensas. Se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ,  a los fines de dictar el pronunciamiento correspondiente en la solicitud de amparo constitucional.

 

 

SENTENCIA

 

 

15.- Expediente N° 2009-000081: HERNÁN JOSÉ ZURITA y WILLIAM URLEY VIELMA GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad números 8.420.478 y 1.588.081, respectivamente, asistidos por los abogados Juan García Gago y Carlos Sánchez Aullon, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 27.398 y 27.829, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra el acto administrativo N° CEP-N° 030, de fecha 04-11-2009, emanado de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, mediante el cual se excluyen a los referidos ciudadanos del listado definitivo de candidatos para elegir a los miembros del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros del C.I.C.P.C. La Sala declaró: 1.- COMPETENTE para conocer el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos. 2.- ADMITIÓ el  recurso interpuesto. 3.- PROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar interpuesta, y en consecuencia, se suspendió el proceso electoral para la escogencia de las autoridades de la Caja de Ahorro para el Personal del Cuerpo de Investigaciones Científicas; Penales y Criminalísticas, cuyo acto de votación está pautado para el día 12-11-2009, hasta tanto se dicte la decisión definitiva en el recurso. Ponente: FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA. Sentencia N° 146.

 

 

16.- Expediente N° 2009-000062: MARIEBE DEL CARMEN CALDERÓN RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 10.712.332 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 63.905, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la convocatoria a elección de los Consejeros Parroquiales del Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Libertador del Estado Mérida realizada por el Presidente del Consejo Local del referido Municipio. La Sala declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer del recurso interpuesto. SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral. TERCERO: ADMITIÓ la intervención de los terceros intervinientes, ciudadanos Félix Barloil León Carrero, Luz Mayeli Molina y Jesús Araque Ruíz, titulares de las cédulas de identidad números 8.043.077, 12.352.018 y 17.341.823, respectivamente. CUARTO: IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innominada.  Ponencia Conjunta. Sentencia N° 147.

 

 

17.- Expediente N° 2009-000077: EDGAR PARRA MORENO, JOSÉ GREGORIO CHUECOS y JESÚS DÍAZ, titulares de las cédulas de identidad números 1.648.952, 8.002.095 y 11.410.357, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 18.386, 132.322 y 70.823, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada contra  “el acto y la conducta desplegada por el CONSEJO FEDERAL del Partido Social Cristiano COPEI, con fecha 14 de agosto de 2.009, quien (…) procedió a destituirnos de nuestros cargos como miembros de la COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL”. La Sala declaró: 1.- COMPETENTE para conocer de la causa. 2.- ADMITIÓ la acción de amparo y ACORDÓ tramitarla conforme a lo establecido en la parte motiva del fallo. 3.- PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innominada interpuesta y en consecuencia, se suspendió los efectos del acto de fecha 14 de agosto de 2009, mediante el cual el CONSEJO FEDERAL del Partido Social Cristiano COPEI, procedió a reestructurar la Comisión Electoral Nacional y ordenó la reincorporación de los ciudadanos Edgar Parra Moreno, José Gregorio Chuecos y Jesús Díaz, en la Comisión Electoral Nacional del Partido Social Cristiano COPEI, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la causa.  Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia N° 148.

 

 

 

 

El Presidente,               

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

           

 

                                                                                  La Secretaria,

 

 

 

PATRICIA CORNET GARCÍA

 

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