CUENTA Nº 46

 

 

Despacho del lunes trece (13) de abril de 2009. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

COMUNICACIÓN RECIBIDA EN:

 

 

1.- Expediente N° 2008-000079:  Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad números 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Electoral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta directiva.

 

Por recibida Comunicación C-036/2009, de fecha 17-03-2009, suscrita por el ciudadano Jorge Arnó, Oficial de Cumplimiento de Prevención de Legitimación de Capitales del Banco Nacional de Crédito, en atención al Oficio N° 09-069, emanado de la Sala,  mediante el cual informa que la persona jurídica a la que se refiere la comunicación, no tiene relación  con esa Institución.

 

 

2.- Expediente N° 2008-000079:  Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad números 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Electoral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta directiva.

 

Por recibida Comunicación de fecha 27-03-2009, suscrita por el ciudadano Oswaldo Buznego, Gerente de Asuntos Judiciales VPD/ Asesoría Legal del Banco Fondo Común, en atención al Oficio N° 09-069, emanado de la Sala,  mediante el cual informa que “no se puede proceder a la suspensión de la Movilización de las cuentas pertenecientes al Instituto de Previsión Social del Médico (IMPRES) en la forma solicitada en (la) comunicación, por cuanto desconocemos que cuentas se utilizan para el funcionamiento de la Comisión Electoral del Instituto; para los gastos relativos al pago de las pólizas de Hospitalización, Cirugía y Maternidad; así como los planes de vivienda de los integrantes de la referida corporación gremial”.

 

 

 

OFICIO LIBRADO EN:

 

 

3.- Expediente N° 2008-000077: Carlos Manuel Reyes Kinsler, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.175, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Aragua, interpone acción mero declarativa conjuntamente con medida cautelar, referida a la “ILEGITIMIDAD E ILEGALIDAD DEL SINDICATO SUNEP-SUREPMEA, SECCIÓN SUCRE, (…) SINDICATO UNITARIO REGIONAL DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS MUNICIPALES DEL ESTADO ARAGUA (SUNEP-SUREPMEA). (Recibido el 07-11-2008).

 

Dando cumplimiento a la sentencia dictada   en fecha 02-04-2009, mediante la cual esta Sala se declaró incompetente y determinó competente para conocer de la causa al Juzgado en Primera Instancia, de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, se libró Oficio N° 09-121, anexo al cual se remite al Coordinador del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, constante de  setenta y un (71) folios útiles, en una (1) pieza, las actuaciones contenidas en el expediente.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

4.- Expediente N° 2008-000091: RICHARD MIGUEL MARDO MARDO, titular de la cédula de identidad N° 9.649.681, asistido por el abogado José Andrés Rodríguez Galán, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.575, interpone recurso contencioso electoral contra los actos de totalización y proclamación dictados por la Junta Municipal Electoral del Municipio Girardot del Estado Aragua, en las elecciones celebrada 23-11-2008 para elegir al Alcalde del mencionado Municipio, así como contra las Actas de Escrutinio que se especifican.

 

Se agregó a los autos los escritos de promoción de pruebas presentados en fecha 02-04-2009, por el abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral, y por el abogado José Andrés Rodríguez Galán, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.575, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, así como los recaudos que acompañaron al primero de los escritos señalados.

 

 

5.- Expediente N° 2008-000091: RICHARD MIGUEL MARDO MARDO, titular de la cédula de identidad N° 9.649.681, asistido por el abogado José Andrés Rodríguez Galán, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.575, interpone recurso contencioso electoral contra los actos de totalización y proclamación dictados por la Junta Municipal Electoral del Municipio Girardot del Estado Aragua, en las elecciones celebrada 23-11-2008 para elegir al Alcalde del mencionado Municipio, así como contra las Actas de Escrutinio que se especifican.

 

Se fijó el día de hoy a los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas promovidas.

 

 

6.- Expediente N° 2008-000090: JOSÉ ENRIQUE PERNÍA SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 8.099.306 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.981, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada “para DECLARAR LA NULIDAD de las Actas de Escrutinio y como consecuencia IMPUGNACION Y NULIDAD del Acta  ELECCIONES REGIONALES 23 DE NOVIEMBRE 2008 ACTA TOTALIZACIÓN Y PROCLAMACIÓN Alcaldesa o Alcalde del Municipio MICHLENA del Estado  TACHIRA”.

 

Vista la sentencia dictada por la Sala en fecha 28-01-2009, mediante la cual se admitió el recurso y se declaró improcedente la solicitud de medida cautelar innominada formulada por la parte recurrente y visto igualmente que consta en autos las notificaciones ordenadas en auto de fecha 03-02-2009, se acordó librar cartel de emplazamiento a los interesados ordenado en el referido auto, a los fines de su publicación en el diario “El Universal”. Se libró Cartel de Emplazamiento.

 

 

7.- Expediente N° 2008-000089: José Euclides Quevedo Abril, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.079, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LEONARDO ALÍ SALCEDO RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad N° 4.091.569, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso electoral mediante el cual se declaró al ciudadano “César Pérez Vivas, ganador del acto de votación y en consecuencia, PROCLAMADO para el ejercicio del cargo de GOBERNADOR DEL ESTADO TÁCHIRA, todas estas, actuaciones de los órganos del Poder Electoral, del Acta de Totalización y Proclamación del gobernador y de la elecciones realizadas el domingo 23 de noviembre de 2008”.

 

Vista la Sentencia N° 46 dictada por esta Sala, en fecha 02 de abril de 2009, mediante la cual se declaró sin lugar la solicitud formulada por el abogado Jesús Cristóbal Rangel Rachadell, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.906, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano César Alejandro Pérez Vivas, observó el Juzgado que para el momento en el cual se designó ponente en la causa, había concluido el lapso de emplazamiento a los terceros, en consecuencia,  quedó abierta la causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive, de conformidad con lo previsto en el artículo 245, primer aparte, de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

8.- Expediente N° 2009-000018: Felipe Nerio Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 79.653, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MARCOS ANTONIO RONDON RODRÍGUEZ, GUSTAVO ENRIQUE VILLARREAL FUNES y WILLIAMS JESÚS ARMAO, titulares de las cédulas de identidad números 7.663.744, 6.166.016 y 4.817.646, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el Reglamento de la Comisión Electoral y los actos emanados de la Comisión Electoral de la Asociación Civil El Dorado Country Club de fechas 06 y 18 de enero de 2009, mediante los cuales no se permitió la inscripción de la Plancha N° 2 para participar en el proceso comicial y se proclamó, sin realizar acto de votación, a la Plancha N° 1, como Junta Directiva y Tribunal Disciplinario  electas para el período 2009 -2011.

 

El abogado FELIPE NERIO TORRES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 79.653, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual se dio por notificado de la Sentencia Nº 40 del 31-03-2009.

 

 

9.- Expediente N° 2008-000091: RICHARD MIGUEL MARDO MARDO, titular de la cédula de identidad N° 9.649.681, asistido por el abogado José Andrés Rodríguez Galán, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.575, interpone recurso contencioso electoral contra los actos de totalización y proclamación dictados por la Junta Municipal Electoral del Municipio Girardot del Estado Aragua, en las elecciones celebrada 23-11-2008 para elegir al Alcalde del mencionado Municipio, así como contra las Actas de Escrutinio que se especifican.

 

El abogado DAVID MATHEUS, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 46.212, consignó diligencia mediante la cual se opone a las pruebas presentadas por la parte recurrente.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

NUEVO ASUNTO:

 

 

10.- Expediente N°  X-2009-000003 (CUADERNO SEPARADO): TULIO SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.282, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Levantamiento de Pesas, se opone a la medida cautelar acordada en Sentencia N° 38 dictada en fecha 26-03-2009, en la cual se admitió y declaró procedente la medida cautelar en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar interpuesta por CARLOS RAMIRO PALACIOS, titular de la cédula de identidad N° 10.283.175, asistido por la abogada Nelly Escalante, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 53.370, contra la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Levantamiento de Pesas, respecto al proceso de elecciones de las autoridades de dicha asociación deportiva para el período 2009-2013. (Expediente Principal N° 2009-000025).

 

Se dio cuenta a la Sala

 

 

 

11.- Expediente N°  X-2009-000003 (CUADERNO SEPARADO): TULIO SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.282, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Levantamiento de Pesas, se opone a la medida cautelar acordada en Sentencia N° 38 dictada en fecha 26-03-2009, en la cual se admitió y declaró procedente la medida cautelar en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar interpuesta por CARLOS RAMIRO PALACIOS, titular de la cédula de identidad N° 10.283.175, asistido por la abogada Nelly Escalante, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 53.370, contra la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Levantamiento de Pesas, respecto al proceso de elecciones de las autoridades de dicha asociación deportiva para el período 2009-2013. (Expediente Principal N° 2009-000025).

 

Se abrió una articulación probatoria de ocho (08) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive, para que los interesados promuevan y hagan evacuar las pruebas que convengan a sus derechos.

 

 

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

12.- Expediente N° 2009-000031: Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, declinó la competencia en el expediente contentivo de la  acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos Yulimar Hernández, Roberto Sánchez, Alfredo Jesús Hernández, Paula Jacinta Colmenárez Nieves y Estaley Falcón, titulares de las cédulas de identidad números 15.830.818, 8.168.906, 10.583.098, 14.932.486 y 4.587.890, respectivamente, contra la ciudadana Diana Rua, relacionada con el referendo revocatorio contra el “consejo Comunal Omar Zambrano” celebrado en fecha 16-11-2008. Oficio Nº 5236, de fecha 08-12-2008, remitiendo el expediente Nº 7882 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza).

 

Se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS ALFREDO SUCRE CUBA, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

 

SECRETARIA EN:

 

 

13.- Expediente N°  2009-000025: CARLOS RAMIRO PALACIOS, titular de la cédula de identidad N° 10.283.175, asistido por la abogada Nelly Escalante, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 53.370, interpone  acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Levantamiento de Pesas, respecto al proceso de elecciones de las autoridades de dicha asociación deportiva para el período 2009-2013, a realizarse el 28-03-2009.

 

Visto el escrito presentado en fecha 02-04-2009, por el abogado TULIO SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.282, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Levantamiento de Pesas, mediante el cual se opone a la medida cautelar acordada en Sentencia N° 38 dictada en fecha 26-03-2009, se  acordó abrir cuaderno separado a los fines de la tramitación de la referida solicitud.

 

 

14.- Expediente N°  2009-000025: CARLOS RAMIRO PALACIOS, titular de la cédula de identidad N° 10.283.175, asistido por la abogada Nelly Escalante, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 53.370, interpone  acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Levantamiento de Pesas, respecto al proceso de elecciones de las autoridades de dicha asociación deportiva para el período 2009-2013, a realizarse el 28-03-2009.

 

Se dejó constancia que se abrió cuaderno separado a los fines de la tramitar la oposición a la medida cautelar acordado por esta Sala mediante Sentencia N° 38 de fecha 26 de marzo de 2009. Cuaderno separado que le fue asignado el Nº X-2009-000003.

 

 

 

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

 


 

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