CUENTA Nº 47

 

 

Despacho del martes catorce (14) de abril de 2009. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente N° 2009-000032: Susy Martínez Dicreaux y Tulio Sánchez González, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 52.527 y 7.282, respectivamente,  actuando con el carácter de apoderados judiciales de las Asociaciones de Esgrima del Distrito Metropolitano de Caracas y Estado Mérida, interponen recurso contencioso electoral contra el proceso electoral de la Federación Venezolana de Esgrima desde su fase de designación de la Comisión Electoral hasta el acto de votación y proclamación de autoridad efectuado el día 11-03-2009.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

SECRETARIA EN:

 

 

2.- Expediente Nº 2000-000068: Sala Político Administrativa, declina competencia en el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano SIMÓN HEBERT FAULL, asistido por los abogados Heriberto Bravo Amado, Marcos Lozada Moreno y José Delfín Carrillo Sánchez, contra la postulación del ciudadano Andrés Velásquez como candidato a la Presidencia de la República por el Partido La Causa Radical (La Causa R), para las elecciones a celebrarse el  día 05-12-93. Oficio Nº 1675 de fecha 15-06-2000, remitiendo el expediente Nº 10.075 de su nomenclatura.

 

Visto que en fecha 06-04-2009, con ocasión de la realización de un inventario del archivo de la Secretaría de la Sala Electoral, el Secretario tuvo conocimiento de la no aparición del expediente signado con el N° AA70-2000-000068, el mismo giró instrucciones al personal adscrito a la Secretaría de la Sala a los fines de efectuar una revisión del archivo y demás dependencias de la Secretaría de la Sala, con el objeto de localizar el referido expediente, pero éstas resultaron infructuosas, quedando verificado así el extravío del referido expediente. En consecuencia, la Sala Electoral ordenó su reconstrucción. Por último, se acordó notificar al Ministerio Público a los fines legales consiguientes. Se libró Oficio N° 09-130.

 

 

 

COMUNICACIÓN RECIBIDA EN:

 

 

3.- Expediente N° 2008-000079:  Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad números 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Electoral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta directiva.

 

Por recibida Comunicación B.A.-PCLC-09-03-0288, de fecha 23-03-2009, suscrita por la Licenciada Maribel García López, Oficial de Cumplimiento del ACTIVO, Banco Universal, en atención al Oficio N° 09-069, emanado de la Sala,  mediante el cual informa que las personas a las que se refiere la comunicación, no tiene relación  con esa Institución.

 

 

4.- Expediente N° 2008-000025: HERMINIA MERCEDES HERNÁNDEZ HERRERA, MADGIORY LEI JESÚS FARRERA GAMARDO y GLENY ENEIDA INOJOSA ZERPA, titulares de las cédulas de identidad números 9.486.907, 6.922.460 y 4.164.226, respectivamente,  asistidos por el abogado Guillermo Miguel Reina Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.894, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada contra la  decisión del Consejo Universitario de la Universidad del Zulia, de fecha 15-05-2008, en la cual se declaró procedente el recurso jerárquico interpuesto en contra del acto administrativo emanado de la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, que declaró sin lugar la impugnación del padrón electoral; y en razón de esa declaratoria  revocó el acto administrativo recurrido y ordena la exclusión del padrón electoral para las elecciones de cogobierno estudiantil de la Universidad del Zulia, a los estudiantes de cualquier plan especial de estudio.

 

Por recibido,  Oficio N° 602-09, de fecha 23-03-2009, emanado del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida por la Sala en fecha 03-12-2008, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

5.- Expediente N° 2009-000023: ANTONIO QUINTERO RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 18.039.717, y el abogado Antonio Quintero Viloria, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.633, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano NELSON CARRERO HERA, titular de la cédula de identidad N° 5.521.034, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el proceso electoral de la Asociación de Fútbol del Distrito Metropolitano de Caracas, efectuado el día 19 de febrero de 2009, para la elección de la Junta Directiva y Consejo de Honor de la referida Asociación, para el período 2009-2013.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 09-088, mediante el cual se solicitó a la Comisión Electoral Nacional de la Federación Venezolana de Fútbol el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el  recurso.

 

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

6.- Expediente N° 2008-000091: RICHARD MIGUEL MARDO MARDO, titular de la cédula de identidad N° 9.649.681, asistido por el abogado José Andrés Rodríguez Galán, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.575, interpone recurso contencioso electoral contra los actos de totalización y proclamación dictados por la Junta Municipal Electoral del Municipio Girardot del Estado Aragua, en las elecciones celebrada 23-11-2008 para elegir al Alcalde del mencionado Municipio, así como contra las Actas de Escrutinio que se especifican.

 

Vistos los escritos de promoción de pruebas presentados, en fecha 02-04-09, por el abogado David Matheus, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral, y el abogado José Andrés Rodríguez Galán, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.575, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Richard Mardo, parte recurrente, el Juzgado de Sustanciación pasó a pronunciarse sobre la admisión de éstas, admitiendo e inadmitiendo las pruebas según el caso.

 

 

7.- Expediente N° 2009-000003: KARINA ADILET CASTILLO SOLORZANO, titular de la cédula de identidad N° 13.094.552, asistida por el abogado Bernardo Patiño Márquez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 63.104, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso electoral celebrado en fecha 14-11-2008, mediante el cual se eligió al ciudadano Bladimir José Lozada, Secretario de Reclamos y a los ciudadanos  Edgar Alexander Gómez y Argenis Rodríguez, Presidente y  Relator del Tribunal de Ética y Disciplina, respectivamente, todos de la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores de la Empresa Tubería Helicoidales del Estado Lara, C.A. (SUTRATUBHELCA), celebrado en fecha 14-11-2008.  (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, de conformidad con lo previsto en los artículos 242  de la Ley Orgánica del Sufragio  y Participación Política y 19 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política). (Remitido mediante Oficio N° 2578-08, de fecha 10-12-2008). (Recibido en fecha 09-01-2009).

 

Vista la Sentencia N° 47 dictada por la Sala en fecha 02-04-2009, se acordó librar Oficio al Ministerio Público, boleta a la parte recurrente, ciudadana Karina Adilet Castillo Solorzano, y Oficios a la Comisión Electoral y a la Junta Directiva  del Sindicato Único de Trabajadores de la Empresa Tubería Helicoidales del Estado Lara, C.A. (SUTRATUBHELCA), a los fines de notificarles del fallo dictado en fecha 02-04-2009. Se libraron Oficios 09-125, 09-123, 09-124 y boleta. Asimismo, se comisionó al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro-Occidental, a los fines de notificar a la parte recurrente, y a las referidas Comisión Electoral y Junta Directiva. Se libró Oficio N° 09-122 y despacho. Finalmente, se dejó constancia que una vez que conste en autos las notificaciones ordenadas, se procedería a librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “El Nacional”.

 

 

8.- Expediente N° 2009-000004: KARINA ADILET CASTILLO SOLORZANO, titular de la cédula de identidad N° 13.094.552, asistida por el abogado Bernardo Patiño Márquez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 63.104, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso electoral celebrado en fecha 14-11-2008, mediante el cual se eligió a la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores de la Empresa Tubería Helicoidales del Estado Lara, C.A. (SUTRATUBHELCA).  (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, de conformidad con lo previsto en los artículos 242  de la Ley Orgánica del Sufragio  y Participación Política y 19 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política). (Remitido mediante Oficio N° 2611-08, de fecha 16-12-2008). (Recibido en fecha 09-01-2009.

 

Vista la Sentencia N° 48 dictada por la Sala en fecha 02-04-2009, se acordó librar Oficio al Ministerio Público, boleta a la parte recurrente, ciudadana Karina Adilet Castillo Solorzano, y Oficios a la Comisión Electoral y a la Junta Directiva  del Sindicato Único de Trabajadores de la Empresa Tubería Helicoidales del Estado Lara, C.A. (SUTRATUBHELCA), a los fines de notificarles del fallo dictado en fecha 02-04-2009. Se libraron Oficios 09-129, 09-127, 09-128 y boleta. Asimismo, se comisionó al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro-Occidental, a los fines de notificar a la parte recurrente, y a las referidas Comisión Electoral y Junta Directiva. Se libró Oficio N° 09-126 y despacho. Finalmente, se dejó constancia que una vez que conste en autos las notificaciones ordenadas, se procedería a librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “El Nacional”.

 

 

9.- Expediente N° 2008-000038: JOSÉ LUIS ZAPATA y FRED MILLÁN, titulares de las cédulas de identidad números 4.459.981 y 4.076.197, respectivamente, asistidos por el abogado Argenis Asunción Flores, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 16.122, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra el proceso electoral llevado a cabo en la Asociación Civil La Hacienda Country Club, en fecha 04-05-2008. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Segundo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, de conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política). (Remitido mediante Oficio N° 4430-306-A, de fecha 28-05-2008,  Expediente N° 1328-08 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

El abogado Ángel Antonio Segura Bazan, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.336, actuando con el carácter de apoderado judicial de La Hacienda Country Club, A.C., consignó escrito de promoción de pruebas (Acompañó anexos). Se ordenó reservar el referido escrito así como sus anexos hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

 

10.- Expediente N° 2008-000073: Juzgado del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar interpuesta por el ciudadano LUIS AGUILAR, titular de la cédula de identidad N° 12.939.459, actuando con el carácter de Director General del Comité Ejecutivo y en representación del Consejo Comunal Bethania, asistido por el abogado Darío Olano, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.307, contra la Coordinación Municipal de Fundacomunal, representada por la ciudadana Maryulis Meza y el ciudadano Juan Sánchez, Coordinador de la Cooperativa de Administración de Recursos del  Consejo Comunal Bethania, respecto a la elección de la Directiva del referido Consejo Comunal. Oficio Nº 3350-428, de fecha 21-10-2008, remitiendo el expediente Nº 01430 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza).

 

Por recibido,  Oficio N° 239-09, de fecha 16-03-2009, emanado del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida por la Sala en fecha 24-11-2008, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

 

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