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CUENTA Nº 48
Despacho del miércoles quince (15) de abril de 2009. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
1.- Expediente N° 2009-000032: Susy Martínez Dicreaux y Tulio Sánchez González, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 52.527 y 7.282, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de las Asociaciones de Esgrima del Distrito Metropolitano de Caracas y Estado Mérida, interponen recurso contencioso electoral contra el proceso electoral de la Federación Venezolana de Esgrima desde su fase de designación de la Comisión Electoral hasta el acto de votación y proclamación de autoridad efectuado el día 11-03-2009.
Se acordó solicitar a la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Esgrima, así como a la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Esgrima el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Se libraron Oficios números 09-132 y 09-131.
2.- Expediente N° 2008-000024: LORENZO ROBERTO SANTANA Y JOSE LUIS GÁMEZ, titulares de las cédulas de identidad números 6.854.403 y 9.596.529, e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 39.062 y 123.485, respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral contra el silencio negativo del Consejo Nacional Electoral, respecto al recurso jerárquico interpuesto el día 14-03-2008, contra la Resolución N° 20080215-05, emanada de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores del Poder Electoral (SINTRAPEL), que declaró sin lugar la impugnación intentada contra el Acta de totalización, adjudicación y proclamación del Comité Ejecutivo, Tribunal Disciplinario y Comité de Higiene y Salud del Sindicato Nacional de Trabajadores del Poder Electoral (SINTRAPEL), del proceso electoral celebrado en el referido Sindicato en fecha 29-01-2008.
Vista la diligencia presentada, en fecha 02-04-2009, por el abogado Lorenzo Santana, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.062, parte recurrente, mediante el cual solicita cinco (05) copias certificadas de los documentos que cursan a los folios 287 al 290, 292, 304 y 309 del expediente, la Sala ACORDÓ expedir las certificaciones.
3.- Expediente Nº 0068: Sala Político Administrativa, declina competencia en el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano SIMÓN HEBERT FAULL, asistido por los abogados Heriberto Bravo Amado, Marcos Lozada Moreno y José Delfín Carrillo Sánchez, contra la postulación del ciudadano Andrés Velásquez como candidato a la Presidencia de la República por el Partido La Causa Radical (La Causa R), para las elecciones a celebrarse el día 05-12-93. Oficio Nº 1675 de fecha 15-06-2000, remitiendo el expediente Nº 10.075 de su nomenclatura.
El Secretario, dando cumplimiento con lo ordenado en el auto dictado en fecha 14-04-2009, mediante el cual se ordenó la reconstrucción del expediente signado con el N° AA70-E-2000-000068 (nomenclatura de esta Sala), y una vez revisados los libros diarios de la Sala, hizo constar que de los mismos se verificaron los siguientes asientos de diario: 1.- Despacho del miércoles veintiuno (21) de junio de 2000, punto 2, Recibido Oficio Nº 1675 de fecha 15-06-2000, emanado de la Sala Político Administrativa, anexo al cual remitió el expediente Nº 10.075 de su nomenclatura, contentivo del recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano SIMÓN HEBERT FAULL, asistido por los abogados Heriberto Bravo Amado, Marcos Lozada Moreno y José Delfín Carrillo Sánchez, contra la postulación del ciudadano Andrés Velásquez como candidato a la Presidencia de la República por el Partido La Causa Radical (La Causa R), para las elecciones a celebrarse el día 05-12-93. Al cual fue signado con el N° 2000-000068 (nomenclatura de esta Sala). 2.- Despacho del jueves veintidós (22) de junio de 2000, punto 3, Expediente, N° 2000-000068, Sala Político Administrativa, declina competencia en el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano SIMÓN HEBERT FAULL, asistido por los abogados Heriberto Bravo Amado, Marcos Lozada Moreno y José Delfín Carrillo Sánchez, contra la postulación del ciudadano Andrés Velásquez como candidato a la Presidencia de la República por el Partido La Causa Radical (La Causa R), para las elecciones a celebrarse el día 05-12-93. Se designó Ponente al Magistrado OCTAVIO SISCO RICCIARDI, a los fines del pronunciamiento correspondiente. 3.- Despacho del viernes treinta (30) de junio de 2000, Punto 7, Expediente Nº 2000-000068: Sala Político Administrativa, declina competencia en el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano SIMÓN HEBERT FAULL, asistido por los abogados Heriberto Bravo Amado, Marcos Lozada Moreno y José Delfín Carrillo Sánchez, contra la postulación del ciudadano Andrés Velásquez como candidato a la Presidencia de la República por el Partido La Causa Radical (La Causa R), para las elecciones a celebrarse el día 05-12-93. La Sala asumió la competencia y declaró que NO HAY MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR en relación con el recurso interpuesto. Ponente: OCTAVIO SISCO RICCIARDI. Sentencia Nº 75. No se encontraron más actuaciones referidas al expediente N° 2000-000068.
4.- Expediente Nº 0068: Sala Político Administrativa, declina competencia en el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano SIMÓN HEBERT FAULL, asistido por los abogados Heriberto Bravo Amado, Marcos Lozada Moreno y José Delfín Carrillo Sánchez, contra la postulación del ciudadano Andrés Velásquez como candidato a la Presidencia de la República por el Partido La Causa Radical (La Causa R), para las elecciones a celebrarse el día 05-12-93. Oficio Nº 1675 de fecha 15-06-2000, remitiendo el expediente Nº 10.075 de su nomenclatura.
El Secretario de la Sala dejó constancia que se agregó al expediente Nº 2000-000068, copia certificada de la Sentencia N° 75 de fecha 30 de junio de 2000, dando cumplimiento con lo ordenado en el auto dictado en fecha 14-04-2009, mediante el cual se ordenó la reconstrucción del expediente.
5.- Expediente N° 2008-000063: Edilberto José Natera Barreto, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 47.548, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano RAMÓN ANTONIO RODRÍGUEZ PEÑA, titular de la cédula de identidad N° 4.828.429, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080910-895, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 10-09-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 456 de fecha 24-09-2008, que declaró sin lugar el recurso de impugnación interpuesto por el referido ciudadano contra la decisión de la Junta Electoral del Municipio Baralt del Estado Zulia, en la cual se admitió la postulación hecha por la organización con fines políticos Acción Democrática del ciudadano Ramón Bracho Fonseca al cargo de Alcalde del Municipio Baralt del Estado Zulia.
Por recibido, en fecha 14-04-2009, Oficio N° 96-2009, de fecha 03-04-2009, emanado del Juzgado Tercero de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida por la Sala en fecha 29-10-2008, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
6.- Expediente N° 2008-000031: TEODORO SILVA, titular de la cédula de identidad N° 2.999.277, asistido por el abogado Jesús Onofre Araujo Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 76.492, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso mediante el cual se eligió a la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), cuyo acto de votación tuvo lugar el día 29-05-2008.
La abogada MARÍA ELOISA RIVERO QUIJADA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 49.921, apoderada judicial de la ciudadana Sulimar Flames Ochoa, tercero adhesivo, consignó escrito mediante el cual se adhiere al escrito de impugnación presentado por el ciudadano Teodoro Silva López.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
7.- Expediente N° 2008-000038: JOSÉ LUIS ZAPATA y FRED MILLÁN, titulares de las cédulas de identidad números 4.459.981 y 4.076.197, respectivamente, asistidos por el abogado Argenis Asunción Flores, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 16.122, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra el proceso electoral llevado a cabo en la Asociación Civil La Hacienda Country Club, en fecha 04-05-2008. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Segundo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, de conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política). (Remitido mediante Oficio N° 4430-306-A, de fecha 28-05-2008, Expediente N° 1328-08 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).
Se agregó a los autos el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 14-04-2009, por el abogado Ángel Antonio Segura Bazan, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.336, actuando con el carácter de apoderado judicial de La Hacienda Country Club, A.C., así como los recaudos que acompañaron al referido escrito.
8.- Expediente N° 2008-000038: JOSÉ LUIS ZAPATA y FRED MILLÁN, titulares de las cédulas de identidad números 4.459.981 y 4.076.197, respectivamente, asistidos por el abogado Argenis Asunción Flores, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 16.122, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra el proceso electoral llevado a cabo en la Asociación Civil La Hacienda Country Club, en fecha 04-05-2008. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Segundo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, de conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política). (Remitido mediante Oficio N° 4430-306-A, de fecha 28-05-2008, Expediente N° 1328-08 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).
Se fijó el día de hoy a los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas promovidas.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
9.- Expediente N° 2009-000002: GERARDO LUNA TORRADO, titular de la cédula de identidad N° 9.359.325, asistido por el abogado José Enrique Pernía Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.981, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra “…las Actas de Escrutinios…”, “…el Registro Electoral Permanente del 23 de noviembre de 2008…” y el “…Acta de Totalización y Proclamación Alcaldesa o Alcalde del Municipio Panamericano del Estado Táchira…”. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario, Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de conformidad con lo previsto en los artículos 242 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política). (Remitido mediante Oficio N° 0530-458, de fecha 15-12-08).
El abogado JESÚS RANGEL RACHADELL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.906, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LLUVANE ÁLVAREZ, presentó escrito mediante el cual solicita se le tenga como terceros interesados, expone alegatos y solicita se declare sin lugar el recurso interpuesto (acompañó anexos).
10.- Expediente N° 2008-000089: José Euclides Quevedo Abril, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.079, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LEONARDO ALÍ SALCEDO RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad N° 4.091.569, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso electoral mediante el cual se declaró al ciudadano “César Pérez Vivas, ganador del acto de votación y en consecuencia, PROCLAMADO para el ejercicio del cargo de GOBERNADOR DEL ESTADO TÁCHIRA, todas estas, actuaciones de los órganos del Poder Electoral, del Acta de Totalización y Proclamación del gobernador y de la elecciones realizadas el domingo 23 de noviembre de 2008”.
El abogado JESÚS RANGEL RACHADELL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.906, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano César Pérez Vivas, consignó escrito mediante el cual solicita la prorroga del lapso de promoción de pruebas a los fines de revisar el material que fuera declarado confidencial por la Sala.
El Presidente,
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA
El Secretario,
ALFREDO DE STEFANO PÉREZ
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