Principal Contáctenos
Sala Electoral
  • Fecha: 16 de febrero de 2009





CUENTA Nº 20

CUENTA Nº 20

 

 

Despacho del lunes dieciséis (16) de febrero de 2009. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente N° 2009-000010:  FRANCISCO JAVIER SUAREZ SCHANELY, RICARDO LUDWIG ESTÉVEZ MAZZA Y EDGAR JOSÉ SALDIVIA, titulares de las cédulas de identidad números 18.588.268, 6.557.725 y 1.869.694, respectivamente, asistidos por el abogado Alfredo Zuloaga, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.291, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra las Resoluciones números 090116-0005, 090116-0006, 090116-0010 y 090116-0011, publicadas en Gaceta Electoral N° 474, de fecha 26-01-2009, y de las Resoluciones números 090116-061 y 090122-0060, publicadas en Gaceta Electoral N° 475, de fecha 29-01-2009, todas emanadas del Consejo Nacional Electoral. 

 

Se acordó solicitar al Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Se libró Oficio N° 09-055. Finalmente, la Sala observó que conjuntamente con el recurso contencioso electoral se solicitó medida cautelar innominada, en tal sentido, en aras de garantizar al máximo el derecho a la tutela judicial efectiva, se designó ponente al Magistrado Doctor JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

 

2.- Expediente N° 2006-000035: Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declinó la competencia para conocer de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por los ciudadanos SOFÍA VALLES, MARTHA ORTUÑO, ALEJANDRO BLANCO, LINDA MARTINI, NANETTE TORE, ADELAIDA RODRÍGUEZ, FRANCISCO MARÍN, JOSÉ MARÍN, JEANNETTE GONZÁLEZ, NATALIE D’ONOFRIO Y CARMEN LUCIANA RUIZ, titulares de las cédulas de identidad números 12.924.035, 14.344.983, 12.108.862, 5.720.673, 12.110.180, 4.114.387, 12.431.588, 14.914.698, 7.090.938, 12.524.957 y 13.045.953, respectivamente, asistidos por el abogado Josblan Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 106.912, en el Sindicato Único De Empleados Públicos De La Alcaldía Del Municipio  San Diego del Estado Carabobo (SINUEPSAND). Oficio N° 957/2006, de fecha 23-02-2006, remitiendo el expediente Nº GP02-L-2004-001280 (nomenclatura de ese Juzgado). (Recibido el 06-03-2006).

 

Visto que en fecha 19-07-2007, la Sala comisionó al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil  y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los fines de notificar el fallo dictado en fecha 03-07-2007,  y hasta la presente fecha no se han recibido las resultas de la misma, se ordenó solicitar al referido Juzgado la remisión de la comisión que le fuera conferida; en caso de no haberse cumplido la misma se le exhortó al cumplimiento de ésta. Se libró Oficio N° 09-054.

 

 

3.- Expediente N° 2009-000001: ARMENIO RAMÍREZ CHACÓN, titular de la cédula de identidad N° 8.099.306, asistido por el abogado José Enrique Pernía Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.981, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra “…las Actas de Escrutinios…”, “…el Registro Electoral Permanente del 23 de noviembre de 2008…” y el “…Acta de Totalización y Proclamación Alcaldesa o Alcalde del Municipio Ayacucho del Estado Táchira…”. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario, Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de conformidad con lo previsto en los artículos 242  de la Ley Orgánica del Sufragio  y Participación Política). (Remitido mediante Oficio N° 0530-457, de fecha 15-12-08).

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se retiró de la  cartelera de la Sala boleta librada a la parte recurrente, ciudadano Armenio Ramírez Chacón de conformidad con el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil  mediante la cual se le notificó el fallo dictado en fecha 21-01-2009.

 

 

4.- Expediente N° 2008-000088: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia remite expediente contentivo del conflicto de competencia surgido entre el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas y la Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, del Tránsito, Menores y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Región Amazonas de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, con ocasión de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano BERNABE ARANA ARANA, titular de la cédula de identidad N° 10.024.124, asistido por los abogados Antonio Morales y Edita Frontado Jiménez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 68.907 y 93.784, respectivamente, contra la Junta Electoral Regional del Estado Amazonas, por haber rechazado su postulación para optar al cargo de Legislador Lista al Consejo Legislativo Estadal del Estado Amazonas. . Oficio Nº 08-1631, de fecha 08-12-2008, remitiendo el expediente Nº AA50-T-2008-001392 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza).

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se retiró de la  cartelera de la Sala boleta librada al ciudadano Bernabé Arana Arana (parte accionante) de conformidad con el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, mediante la cual se le notificó del fallo dictado en fecha 16-12-2008.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

DILIGENCIA EN:

 

 

5.- Expediente N° 2008-000089: José Euclides Quevedo Abril, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.079, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LEONARDO ALÍ SALCEDO RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad N° 4.091.569, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso electoral mediante el cual se declaró al ciudadano “César Pérez Vivas, ganador del acto de votación y en consecuencia, PROCLAMADO para el ejercicio del cargo de GOBERNADOR DEL ESTADO TÁCHIRA, todas estas, actuaciones de los órganos del Poder Electoral, del Acta de Totalización y Proclamación del gobernador y de la elecciones realizadas el domingo 23 de noviembre de 2008”.

 

La abogada Raquel Sue, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 80.198, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, presentó diligencia anexa a la cual consignó la página 91 del diario “Últimas Noticias” de fecha 10-02-2009, donde apareció publicado el cartel de emplazamiento a los interesados.   

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

6.- Expediente N° 2008-000095: Mélida Gallardo Mier y Terán, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 3.790, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano FERNANDO JOSÉ LLORENTE GALLARDO, titular de la cédula de identidad N° 6.366.406, miembro de la Asociación Civil Carenero Yacht Club, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar, contra el “procedimiento disciplinario abierto en contra del querellante Fernando José Llorente Gallardo (…)” contenido en comunicación de fecha 10-09-2008, emanado de la Junta Directiva del referido Club conjuntamente con la Comisión Asesora de Administración de la referida Asociación.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 09-051, mediante el cual se remitió copia certificada de la Sentencia N° 17 dictada en fecha 05-02-2009, a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines legales consiguientes.

 

 

SENTENCIA

 

 

7.- Expediente N° 2009-000007: Juzgado Superior de lo Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar declinó competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar innominada por el abogado GILBERTO RUA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 120.862, actuando en su propio nombre, contra “LA AMENAZA O VULNERACIÓN DIRECTA AL PRINCIPIO DE LA PERSONALIZACION DEL VOTO Y SEPARACION DE LOS PODERES”, presuntamente permitida por la Junta Regional Electoral de Ciudad Bolívar, referido a las elecciones regionales celebradas el 23-11-2008.  Oficio Nº 08-1.514, de fecha 27-11-2008, remitiendo el expediente Nº FE11-N-2008-000202 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza). La Sala declaró INADMISIBLE el amparo constitucional. Ponente:  FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA. Voto Salvado: JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 19.

                                                                                                                

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

Ir al tope

Recomendar esta página a un amigo(a)

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Sistemas del Tribunal Supremo de Justicia
Todos los Derechos Reservados