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Sala Electoral
  • Fecha: 17 de marzo de 2009





CUENTA Nº 35

CUENTA Nº 35

 

 

Despacho del martes diecisiete (17) de marzo de 2009. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente N° 2009-000020: ZULAY EMILIA PINEDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 72.972, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano LINO BENCOMO, titular de la cédula de identidad N° 958.054, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el proceso de elecciones parciales realizado en los centros de votación Malariología, Hospital J.M.B. Sanare y Dirección de Salud del Estado Lara, para elegir a la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), celebrado el 03-03-2009 y el proceso de  elecciones realizado en el Hospital Victorino Santaella.

 

Se acordó solicitar a la Comisión Electoral Principal  de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular Para La Salud (CAHORMINSA) el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el  recurso. Se libró Oficio N° 09-083. Finalmente, la Sala observó que conjuntamente con el recurso contencioso electoral se solicitó medida cautelar innominada, en tal sentido, en aras de garantizar al máximo el derecho a la tutela judicial efectiva, se designó ponente al Magistrado Doctor JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

2.- Expediente N° 2008-000024: LORENZO ROBERTO SANTANA Y JOSE LUIS GÁMEZ, titulares de las cédulas de identidad números 6.854.403 y 9.596.529, e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 39.062 y 123.485, respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral contra el silencio negativo del Consejo Nacional Electoral, respecto al recurso jerárquico interpuesto el día 14-03-2008, contra la Resolución N° 20080215-05, emanada de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores del Poder Electoral (SINTRAPEL), que declaró sin lugar la impugnación intentada contra el Acta de totalización, adjudicación y proclamación del Comité Ejecutivo, Tribunal Disciplinario y Comité de Higiene y Salud del Sindicato Nacional de Trabajadores del Poder Electoral (SINTRAPEL),  del proceso electoral celebrado en el referido Sindicato en fecha 29-01-2008. 

 

Vista la Sentencia N° 30 dictada por la Sala en fecha 12-03-2009, se acordó notificar a la Comisión Electoral Nacional del Sindicato Nacional de Trabajadores del Poder Electoral (SINTRAPEL), al Consejo Nacional Electoral y a los ciudadanos Reynaldo Morales, Alberto Muñoz, Angic Oviedo, Javier Ramírez, Marcos Gutiérrez y Mircymar Terán (terceros verdadera parte). Se libraron Oficios números 09-081, 09-082 y boleta.

 

 

3.- Expediente N° X-2009-000001 (CUADERNO SEPARADO):  Jesús Cristóbal Rangel Rachadell, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.906, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano César Alejandro Pérez Vivas, se opone a la medida cautelar acordada en Sentencia N° 07 dictada en fecha 21-01-2009, en la cual se admitió y declaró procedente la medida cautelar en el expediente contentivo DEL recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesto por el abogado José Euclides Quevedo Abril, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.079, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LEONARDO ALÍ SALCEDO RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad N° 4.091.569, contra el proceso electoral mediante el cual se declaró al ciudadano “César Pérez Vivas, ganador del acto de votación y en consecuencia, PROCLAMADO para el ejercicio del cargo de GOBERNADOR DEL ESTADO TÁCHIRA, todas estas, actuaciones de los órganos del Poder Electoral, del Acta de Totalización y Proclamación del gobernador y de la elecciones realizadas el domingo 23 de noviembre de 2008”. (Expediente Principal N° 2008-000089).

 

Vista la Sentencia N° 28 dictada en fecha 11-03-2009, se acordó librar Oficios al Ministerio Público,  al Consejo Nacional Electoral, y boletas a la parte recurrente ciudadano Leonardo Ali Salcedo Ramírez y al ciudadano César Pérez Vivas (tercero verdadera parte),  mediante los cuales se les notifica el referido fallo. Se libraron Oficios números 09-079 y 09-080 y boleta. Asimismo, se comisionó Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, Bancario y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los fines de notificar a la parte recurrente. Se libró Oficio N° 09-078 y despacho.

 

 

4.- Expediente N° 2008-000095: Mélida Gallardo Mier y Terán, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 3.790, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano FERNANDO JOSÉ LLORENTE GALLARDO, titular de la cédula de identidad N° 6.366.406, miembro de la Asociación Civil Carenero Yacht Club, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar, contra el “procedimiento disciplinario abierto en contra del querellante Fernando José Llorente Gallardo (…)” contenido en comunicación de fecha 10-09-2008, emanado de la Junta Directiv a del referido Club conjuntamente con la Comisión Asesora de Administración de la referida Asociación.

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 11-03-2009, por la abogada Mélida Gallardo Mier y Terán, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 3.790, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte accionante, mediante la cual solicita copia certificada del expediente, esta Sala acordó y negó las copias certificadas según el caso.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

5.- Expediente N° 2008-000079:  Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad números 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Electoral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta directiva.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 09-069, mediante el cual se notificó al Consejo Bancario Nacional la Sentencia N° 26 dictada en fecha 09-03-2009.

 

 

6.- Expediente N° 2008-000079:  Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad números 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Electoral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta directiva.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 09-070, mediante el cual se notificó a la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico la Sentencia N° 26 dictada en fecha 09-03-2009.

 

 

7.- Expediente N° 2008-000079:  Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad números 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Electoral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta directiva.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 09-071, mediante el cual se notificó al Ministerio Público la Sentencia N° 26 dictada en fecha 09-03-2009.

 

 

8.- Expediente N° 2008-000031: TEODORO SILVA, titular de la cédula de identidad N° 2.999.277, asistido por el abogado Jesús Onofre Araujo Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 76.492, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso mediante el cual se eligió a la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), cuyo acto de votación tuvo lugar el día 29-05-2008.

 

La abogada OLYMAR ZURITA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 89.138, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSAS), presentó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber retirado las copia  acordadas en auto de fecha 25-02-2009.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

9.- Expediente N° 2009-000015: HUMBERTO JESÚS FRANKA SALAS, titular de la cédula de identidad N° 9.162.624, asistido por el abogado Hugo Antonio García Alfonso, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.455, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el Consejo Nacional Electoral, respecto, en primer lugar, a la impugnación presentada en fecha 15-08-2008, contra la Resolución N° NO.080721-658, emanada de la Junta Electoral del Municipio Sucre del Estado Zulia, en la cual se admitió  la candidatura del ciudadano Jorge Alberto Barboza Gutiérrez al cargo de Alcalde del mencionado Municipio,  y, en segundo lugar, contra el Registro Electoral Permanente del Municipio Sucre del Estado Zulia utilizado para las Elecciones Regionales de Gobernadores y Alcaldes, celebradas el 23-11-2008.

 

La abogada Dahiana García Ocando, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 78.644, actuando con el carácter de apoderada judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del mencionado Órgano Electoral y formar una (01) pieza separada con los restantes recaudos que acompañaron al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

10.- Expediente N° 2009-000002: GERARDO LUNA TORRADO, titular de la cédula de identidad N° 9.359.325, asistido por el abogado José Enrique Pernía Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.981, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra “…las Actas de Escrutinios…”, “…el Registro Electoral Permanente del 23 de noviembre de 2008…” y el “…Acta de Totalización y Proclamación Alcaldesa o Alcalde del Municipio Panamericano del Estado Táchira…”. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario, Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de conformidad con lo previsto en los artículos 242  de la Ley Orgánica del Sufragio  y Participación Política). (Remitido mediante Oficio N° 0530-458, de fecha 15-12-08).

 

Por recibido, en fecha 16-03-2009,  Oficio N° 0570-115, de fecha 06-03-2009, emanado del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida por la Sala en fecha 22-01-2009, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

11.- Expediente N° 2008-000091: RICHARD MIGUEL MARDO MARDO, titular de la cédula de identidad N° 9.649.681, asistido por el abogado José Andrés Rodríguez Galán, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.575, interpone recurso contencioso electoral contra los actos de totalización y proclamación dictados por la Junta Municipal Electoral del Municipio Girardot del Estado Aragua, en las elecciones celebrada 23-11-2008 para elegir al Alcalde del mencionado Municipio, así como contra las Actas de Escrutinio que se especifican.

 

La abogada MAGHLY KARINA QUERO CEQUEA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 49.424, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, presentó diligencia anexa a la cual consignó la página 5 del cuerpo Ciudadanos del diario “El Nacional” de fecha 17-03-2009, donde apareció publicado el cartel de emplazamiento a los interesados.

 

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

12.- Expediente N° 2008-000086: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia remite expediente contentivo del conflicto de competencia surgido entre el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón y el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, con ocasión de la acción de amparo constitucional con medida cautelar interpuesta por el ciudadano FRANKLIN RAFAEL CONDE, titular de la cédula de identidad N° 7.434.714, asistido por el abogado Oswaldo Jesús Madriz Roberty, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.864, contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Trabajadores de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Falcón, cuyo acto de votación estaba pautado para el día 01-08-2008. Oficio Nº 08-1628, de fecha 08-12-2008, remitiendo el expediente Nº AA50-T-2008-001195 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza).

 

Los ciudadanos GABRIEL ROJAS, ALEXANDER GUTIÉRREZ y WILMER GONZÁLEZ, Presidente, Vice-presidente y Secretario, respectivamente, de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Trabajadores de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Falcón, asistidos por el abogado HERTZEN ANTONIO VILELA SIBADA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 8.616, presentaron diligencia mediante la cual otorgan poder APUD-ACTA, a su abogado asistente, así como al abogado CARLOS MARTINI MEZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 49.428.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

13.- Expediente N° 2008-000086: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia remite expediente contentivo del conflicto de competencia surgido entre el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón y el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, con ocasión de la acción de amparo constitucional con medida cautelar interpuesta por el ciudadano FRANKLIN RAFAEL CONDE, titular de la cédula de identidad N° 7.434.714, asistido por el abogado Oswaldo Jesús Madriz Roberty, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.864, contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Trabajadores de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Falcón, cuyo acto de votación estaba pautado para el día 01-08-2008. Oficio Nº 08-1628, de fecha 08-12-2008, remitiendo el expediente Nº AA50-T-2008-001195 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza).

 

Los ciudadanos GABRIEL ROJAS, ALEXANDER GUTIÉRREZ y WILMER GONZÁLEZ, Presidente, Vice-presidente y Secretario, respectivamente, de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Trabajadores de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Falcón, asistidos por los abogados Ivellie Figueroa, Carlos Martín y Hertzen  Vilela, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 29.242, 49.428 y 8.616, respectivamente, consignaron escrito mediante el cual exponen alegatos y solicitan la improcedencia de la acción.

 

 

 

AUDIENCIA CONSTITUCIONAL EN:

 

 

14.- Expediente N° 2008-000086: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia remite expediente contentivo del conflicto de competencia surgido entre el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón y el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, con ocasión de la acción de amparo constitucional con medida cautelar interpuesta por el ciudadano FRANKLIN RAFAEL CONDE, titular de la cédula de identidad N° 7.434.714, asistido por el abogado Oswaldo Jesús Madriz Roberty, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.864, contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Trabajadores de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Falcón, cuyo acto de votación estaba pautado para el día 01-08-2008. Oficio Nº 08-1628, de fecha 08-12-2008, remitiendo el expediente Nº AA50-T-2008-001195 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza).

 

La Sala declaró: PRIMERO: CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta, en consecuencia de lo cual se desaplica parcialmente el contenido del artículo 26 del Reglamento Interno de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Trabajadores de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Falcón, en los términos expuestos. SEGUNDO: A los fines del restablecimiento de la situación jurídica infringida, SE DEJÓ SIN EFECTO la decisión de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Trabajadores de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Falcón, a través de la cual se inadmitió la postulación de la candidatura del ciudadano Franklin Rafael Conde, como Presidente del Consejo de Vigilancia de dicha Caja de Ahorros. TERCERO: Se ORDENÓ a la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Trabajadores de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Falcón, admitir la postulación del ciudadano Franklin Rafael Conde, y se reanude el proceso electoral en la fase en que fue suspendido.

 

 

 

SENTENCIA

 

15.- Expediente N° 2009-000013: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia remite expediente contentivo del conflicto de competencia surgido entre el  Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, la Corte de Apelaciones, Sala Tercera, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia y el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, con ocasión de la acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar interpuesta por los ciudadanos IVÁN ORTEGA CHÁVEZ Y WILLIAN BRICEÑO, titulares de las cédulas de identidad números 4.539.376 y 5.167.918, respectivamente, asistidos por la abogada Julián Barrios de Ortega, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 16.451, contra la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores del Carbón, Minerales, Químicos y sus Similares del Estado Zulia (SINTRACARMIQUIM), respecto al proceso electoral en ese Sindicato, cuyo acto de votación estaba fijado para el 05-09-2001. Oficio Nº 09-0038, de fecha 16-02-2009, remitiendo el expediente Nº AA50-T-2008-001306 (nomenclatura de esa Sala). (1 pieza). La Sala declaró: PRIMERO: ACEPTÓ la declinatoria de competencia que le fuera formulada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia mediante decisión número 24 del 30 de enero de 2009 y, en consecuencia, COMPETENTE para conocer del acción de amparo constitucional ejercida conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada. SEGUNDO: La PÉRDIDA DEL INTERÉS de los ciudadanos IVÁN ORTEGA CHÁVEZ y WILLIAN BRICEÑO. TERCERO: TERMINADO EL PROCEDIMENTO en la acción de amparo constitucional ejercida conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada. Ponente:  RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N° 35.  

 

 

 

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

 

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