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Sala Electoral
  • Fecha: 17 de noviembre de 2009





CUENTA Nº 146

CUENTA Nº 146

 

Despacho del martes diecisiete (17) de noviembre de 2009. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.

 

SECRETARÍA

 

1.- Expediente N° 2009-000071: DANIEL CASTELLANO, titular de la cédula de identidad N° 11.806.098, asistido por el abogado José Delgado Pelayo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 60.212, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 090603-0307 de fecha 03-06-2009 emanada del Consejo Nacional Electoral en la cual se declaró NULA la Resolución N° 080514-537 de fecha 14-05-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 436 de fecha 19-06-2008 y RECONOCIÓ el proceso electoral efectuado en fecha 27-06-2007 en el Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras Administrativos y Técnicos de la Universidad Nacional Experimental Francisco de Miranda (SEAUNEFM).

 

Se acordó solicitar al Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Se libró Oficio N° 09-322. Asimismo, teniendo en cuenta que el recurso se interpuso conjuntamente con medida cautelar, se designó ponente al Magistrado Dr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO.

 

 

2.- Expediente N° 2009-000073: Eduardo García, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 110.153, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos LUIS RODRÍGUEZ, NELLY COLMENARES, GLADYS DE GONZÁLEZ, GLADYS FUENTES, ISABEL RENGIFO, ANTONIO SHICK, ESTEBAN LOBO, MIREYA LUGO, FREDDY GONZÁLEZ, MANUELA TANCREDI, DIANORA GUEVARA, LORENZO QUINTERO, RAFAEL GONZÁLEZ, DICIA UGAS, EDITH HERRERA, RAMÓN LORETO, BEATRIZ HERRERA, HERSA BOLÍVAR y MAYRA RODRÍGUEZ, titulares de las cédulas de identidad números 2.107.302, 2.082.782, 1.418.915, 144.439, 1.998.448, 2.942.174, 5.220.058, 1.415.911, 1.861.784, 6.005.134, 742.432, 680.614, 906.852, 2.144.257, 5.413.390, 1.888.140, 6.101.101, 3.250.870 y 2.119.574, respectivamente, interpone recurso contencioso de nulidad conjuntamente con medida cautelar contra la Asamblea General de la Asociación de Trabajadores Jubilados Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela, (AJUPTEL-CARACAS), celebrada el 10-03-2009, en la cual se reestructuró y renovó la Junta Directiva de la referida Asociación.

 

Se acordó solicitar a la Junta Directiva de la Asociación de Trabajadores Jubilados Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela, (AJUPTEL-CARACAS) los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Se libró Oficio N° 09-323. Asimismo, teniendo en cuenta que el recurso se interpuso conjuntamente con medida cautelar, se designó ponente al Magistrado Dr. LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

 

3.- Expediente N° 2009-000076: YULISSA CECILIA GONZÁLEZ FLORES, FERMÍN DEL VALLE GUTIÉRREZ CORREDOR y MARTA SALCEDO DE CALZADILLA, titulares de las cédulas de identidad  números 8.679.172, 10.531.375 y 5.614.753 respectivamente, asistidos por el abogado Wilmer Partidas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, interponen recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar contra el proceso electoral celebrado el 21-09-2009, para la elección del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia y Delegados de la Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados Públicos de la Gobernación del Estado de Miranda (CAPEM), período 2009-2012.

 

Se acordó solicitar a la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados Públicos de la Gobernación del Estado de Miranda (CAPEM) los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Se libró Oficio N° 09-321. Asimismo, teniendo en cuenta que el recurso se interpuso conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, se designó ponente al Magistrado Dr. FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA.  Finalmente, se comisionó al Juzgado Primero del Municipio Guacaipuro de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a los fines de notificar a la referida Comisión Electoral del auto de fecha 18-11-2009. Se libraron Oficio N° 09-326 y Despacho.

 

 

4.- Expediente N° 2009-000083: PRISCILIANO ALFONSO RODRÍGUEZ, CASTO GIL RIVERA, WLADIMIR JOSÉ GENER CARABALLO, LUIS FELIPE GENER CASTRO y CARLOS LUIS FUENMAYOR, titulares de las cédulas de identidad números 3.850.984, 582.445, 8.973.422, 1.309.868 y 142.008, respectivamente, asistidos por el abogado MIGUEL GENER MORANTES, titular de la cédula de identidad N° 2.984.567 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 3.477, quien a su vez actúa en nombre propio, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la convocatoria a Asamblea Nacional fijada para el día 21-11-2009, a los fines de elegir a las autoridades del  Movimiento Electoral del Pueblo (MEP), Partido Socialista de Venezuela, período 2009-2013.

 

Se acordó solicitar a la Dirección Nacional del Movimiento Electoral del Pueblo (MEP), Partido Socialista de Venezuela, los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Se libró Oficio N° 09-324. Asimismo, teniendo en cuenta que el recurso se ha interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, se designó ponente al Magistrado Dr. LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

5.- Expediente N° 2009-000062: MARIEBE DEL CARMEN CALDERÓN RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 10.712.332 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 63.905, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la convocatoria a elección de los Consejeros Parroquiales del Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Libertador del Estado Mérida realizada por el Presidente del Consejo Local del referido Municipio.

 

Vista la Sentencia Nº 147 de fecha 11-11-2009, se acordó notificar al Ministerio Público y al Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Libertador del Estado Mérida el referido fallo. Se libraron Oficios números 09-318 y 09-320. Asimismo, se comisionó al Juzgado Primero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los fines de notificar al aludido Consejo Local. Se libraron Oficio N° 09-319 y Despacho. Finalmente, dando cumplimiento con la referida Sentencia, en la cual se ordenó publicar el mencionado fallo en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, se libró Oficio N° 09-317 a la Oficina del Consejo de Ministros de la Vicepresidencia de la República Bolivariana de Venezuela.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

6.- Expediente N° 2009-000081: HERNÁN JOSÉ ZURITA y WILLIAM URLEY VIELMA GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad números 8.420.478 y 1.588.081, respectivamente, asistidos por los abogados Juan García Gago y Carlos Sánchez Aullon, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 27.398 y 27.829, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra el acto administrativo N° CEP-N° 030, de fecha 04-11-2009, emanado de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, mediante el cual se excluyen a los referidos ciudadanos del listado definitivo de candidatos para elegir a los miembros del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros del C.I.C.P.C.

 

El ciudadano Juan Pablo Peñaloza, titular de la cédula de identidad N° 8.253.489, asistido por el abogado Mauricio Subero Mujica, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.667, consignó escrito mediante el cual solicita se le tenga como tercero opositor en la causa y se opuso a la medida cautelar acordada por la Sala en Sentencia N° 146 de fecha 11-11-2009.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

AUDIENCIA CONSTITUCIONAL EN:

 

 

7.- Expediente N° 2009-000074: JULIO ALBERTO ÁLVAREZ RAMOS, titular de la cédula de identidad N° 5.534.241, interpone acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral de la Asociación de Profesores de la Universidad Central de Venezuela por la no inclusión de sus datos en el Registro Electoral para la elección de la nueva Comisión Electoral de dicha Asociación para el período 2009-2011.

 

La Sala declaró CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta y ORDENÓ a la Comisión Electoral de la Asociación de Profesores de la Universidad Central de Venezuela, que procediera a incorporar en el registro electoral del referido ente a la parte accionante. Asimismo, se dejó constancia que el texto íntegro del fallo sería publicado dentro del lapso de cinco días continuos, contados a partir de la presente fecha.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

8.- Expediente N° 2009-000074: JULIO ALBERTO ÁLVAREZ RAMOS, titular de la cédula de identidad N° 5.534.241, interpone acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral de la Asociación de Profesores de la Universidad Central de Venezuela por la no inclusión de sus datos en el Registro Electoral para la elección de la nueva Comisión Electoral de dicha Asociación para el período 2009-2011.

 

Los abogados León Arismendi y Daniela Arnstein Hung, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 28.562 y 47.569, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Asociación de Profesores de la Universidad Central de Venezuela y del Instituto de Previsión del Profesorado de la referida Universidad, presentaron diligencia anexa a la cual consignaron copia del instrumento poder que acredita su representación.

 

 

9.- Expediente N° 2009-000077: EDGAR PARRA MORENO, JOSÉ GREGORIO CHUECOS y JESÚS DÍAZ, titulares de las cédulas de identidad números 1.648.952, 8.002.095 y 11.410.357, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 18.386, 132.322 y 70.823, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada contra  “el acto y la conducta desplegada por el CONSEJO FEDERAL del Partido Social Cristiano COPEI, con fecha 14 de agosto de 2.009, quien (…) procedió a destituirnos de nuestros cargos como miembros de la COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL”.

 

Los abogados Edgar Parra Moreno, José Gregorio Chuecos y Jesús Díaz, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 18.386, 132.322 y 70.823, respectivamente, consignaron diligencia mediante la cual se dieron por notificados de la Sentencia N° 148 de fecha 11-11-2009.

 

 

10.- Expediente N° 2009-000077: EDGAR PARRA MORENO, JOSÉ GREGORIO CHUECOS y JESÚS DÍAZ, titulares de las cédulas de identidad números 1.648.952, 8.002.095 y 11.410.357, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 18.386, 132.322 y 70.823, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada contra  “el acto y la conducta desplegada por el CONSEJO FEDERAL del Partido Social Cristiano COPEI, con fecha 14 de agosto de 2.009, quien (…) procedió a destituirnos de nuestros cargos como miembros de la COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL”.

 

El ciudadano Alguacil consignó Boleta librada a la parte accionante mediante la cual se notificó el fallo dictado en fecha 11-11-2009.

 

 

11.- Expediente N° 2009-000077: EDGAR PARRA MORENO, JOSÉ GREGORIO CHUECOS y JESÚS DÍAZ, titulares de las cédulas de identidad números 1.648.952, 8.002.095 y 11.410.357, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 18.386, 132.322 y 70.823, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada contra  “el acto y la conducta desplegada por el CONSEJO FEDERAL del Partido Social Cristiano COPEI, con fecha 14 de agosto de 2.009, quien (…) procedió a destituirnos de nuestros cargos como miembros de la COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 09-310 mediante el cual se notificó al Consejo Federal Demócrata Cristiano del Partido Social Cristiano COPEI el fallo dictado en fecha 11-11-2009. Oficio que fue dejado en la Sede del Partido COPEI, de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

12.- Expediente N° 2009-000077: EDGAR PARRA MORENO, JOSÉ GREGORIO CHUECOS y JESÚS DÍAZ, titulares de las cédulas de identidad números 1.648.952, 8.002.095 y 11.410.357, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 18.386, 132.322 y 70.823, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada contra  “el acto y la conducta desplegada por el CONSEJO FEDERAL del Partido Social Cristiano COPEI, con fecha 14 de agosto de 2.009, quien (…) procedió a destituirnos de nuestros cargos como miembros de la COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL”.

 

La Secretaria de la Sala dejó constancia que en esta fecha el ciudadano Alguacil le manifestó que el día 13-11-2009, se había trasladado a la Sede del Partido COPEI y dejado el Oficio de notificación librado al Consejo Federal Demócrata Cristiano del Partido Social Cristiano COPEI, de conformidad con lo previsto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

13.- Expediente N° 2009-000074: JULIO ALBERTO ÁLVAREZ RAMOS, titular de la cédula de identidad N° 5.534.241, interpone acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral de la Asociación de Profesores de la Universidad Central de Venezuela por la no inclusión de sus datos en el Registro Electoral para la elección de la nueva Comisión Electoral de dicha Asociación para el período 2009-2011.

 

Se libró Oficio N° 09-325 al Consejo Nacional Electoral mediante el cual se notifica el Acta de Audiencia Constitucional celebrada el 17-11-2009.

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

                                                                                              La Secretaria,

 

 

 

PATRICIA CORNET GARCÍA

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