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Sala Electoral
  • Fecha: 20 de abril de 2009





CUENTA Nº 50

CUENTA Nº 50

 

 

Despacho del lunes veinte (20) de abril de 2009. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia  del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

RECEPCIÓN DE OFICIO EN:

 

 

1.- Expediente N° 2008-000040: Hugolino Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.954, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana PATRICIA ROSENZWEIG LEVY, titular de la cédula de identidad N° 3.018.355, interpone recurso contencioso electoral con medida cautelar innominada contra la resolución dictada, en fecha 16 de julio de 2008, por la Comisión Electoral Central de la Universidad de Los Andes, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de reconsideración formulado contra las actas de instalación, votación, escrutinio, totalización, adjudicación y proclamación del candidato a Vicerrector Académico de la Universidad de Los Andes (período 2008-2012), de fechas 11 y 16 de junio de 2008

 

Por recibido, en fecha 17-04-2009,  Oficio N° 0480-145-09, de fecha 06-04-2009, emanado del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida por la Sala en fecha 14-12-2008, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

2.- Expediente N° X-2009-000002 (CUADERNO SEPARADO): JESÚS ALBERTO GARCÍA, FREDDY TORRES, PABLE VIRGUEZ, ORLANDO RAFAEL PERDOMO VALERA, ANTONIO JOSÉ OLIVAR BETANCOURT y REIMUNDO URDANETA, titulares de las cédulas de identidad números 3.512.572, 3.787.007, 4.387.825, 4.918.694, 4.169.885 y 9.354.044, respectivamente, asistidos por la abogada Rosa Rondón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 46.467, solicitan medida cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en la Asociación Civil “Unión Valencia A.C.”, para elegir a la Junta Directiva de la referida Asociación Civil. (Expediente Principal N° 2008-000012).

 

Por recibido, en fecha 17-04-2009,  Oficio N° 2009/116, de fecha 02-04-2009, emanado del Juzgado Superior Primero en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida por la Sala en fecha 18-03-2009, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

 

COMUNICACIÓN RECIBIDA EN:

 

 

3.- Expediente N° 2008-000079:  Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad números 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Electoral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta directiva.

 

Por recibida, en fecha 17-04-2009, Comunicación 0-03-09-404, de fecha 24-03-2009, suscrita por el ciudadano Miguel Velásquez, Vicepresidente de Seguridad del Banco Caroni, en atención al Oficio N° 09-069, emanado de la Sala,  mediante el cual informa que el Instituto de Previsión Social del Médico (IMPRES), no tiene relación  con esa Institución.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

4.- Expediente Nº 2000-000068: Sala Político Administrativa, declina competencia en el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano SIMÓN HEBERT FAULL, asistido por los abogados Heriberto Bravo Amado, Marcos Lozada Moreno y José Delfín Carrillo Sánchez, contra la postulación del ciudadano Andrés Velásquez como candidato a la Presidencia de la República por el Partido La Causa Radical (La Causa R), para las elecciones a celebrarse el  día 05-12-93. Oficio Nº 1675 de fecha 15-06-2000, remitiendo el expediente Nº 10.075 de su nomenclatura.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 09-130, mediante el cual se notificó al Ministerio Público del auto dictado en fecha 14-04-2009 en el cual se acordó la reconstrucción del expediente.

 

 

5.- Expediente N° 2008-000053: RAMÓN ÁVILA NÚÑEZ, titular de la cédula de identidad N° 5.165.975 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 40.768, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos contra la Resolución N° 080820-804, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 20-08-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 452, de fecha 08-09-2008, que declaró improcedente el recurso de impugnación interpuesto contra la decisión de la Junta Municipal Electoral del Municipio Machiques de Perijá del estado Zulia, que admitió la postulación del ciudadano Alberto José Chapín Corona, al cargo de Alcalde del referido Municipio y que fuera postulado por iniciativa propia, por las organizaciones Un Nuevo Tiempo (UNTC), Acción Democrática (AD) y otras, contenidas en las Resoluciones números 080814-12147 a la 080814-12170, todas de fecha 14-08-2008.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 09-090, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral de la Sentencia N° 34 dictada en fecha 16-03-2009.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

6.- Expediente N° 2008-000089: José Euclides Quevedo Abril, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.079, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LEONARDO ALÍ SALCEDO RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad N° 4.091.569, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso electoral mediante el cual se declaró al ciudadano “César Pérez Vivas, ganador del acto de votación y en consecuencia, PROCLAMADO para el ejercicio del cargo de GOBERNADOR DEL ESTADO TÁCHIRA, todas estas, actuaciones de los órganos del Poder Electoral, del Acta de Totalización y Proclamación del gobernador y de la elecciones realizadas el domingo 23 de noviembre de 2008”.

 

Visto el escrito presentado en fecha 15-04-2009, por el abogado Jesús Cristóbal Rangel Rachadell, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.906, actuado con el carácter de apoderado judicial del ciudadano César Alejandro Pérez Vivas, mediante el cual solicita tiempo suficiente para acceder a las pruebas y que se permita el acceso a todo el material electoral declarado como confidencial, a las persona que tenga a bien identificar. En tal sentido, en atención a la primera de las solicitudes, el Juzgado de Sustanciación acordó conceder una prorroga del lapso de promoción de pruebas, que será de cinco (05) días de despacho, el cual comenzará a correr a partir del día 21-04-2009, inclusive. Por lo que atañe a la segunda de solicitudes, el Juzgado negó la petición.

 

 

7.- Expediente N° 2008-000038: JOSÉ LUIS ZAPATA y FRED MILLÁN, titulares de las cédulas de identidad números 4.459.981 y 4.076.197, respectivamente, asistidos por el abogado Argenis Asunción Flores, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 16.122, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra el proceso electoral llevado a cabo en la Asociación Civil La Hacienda Country Club, en fecha 04-05-2008. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Segundo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, de conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política). (Remitido mediante Oficio N° 4430-306-A, de fecha 28-05-2008,  Expediente N° 1328-08 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Visto el auto de admisión de  pruebas dictado en fecha 16-04-2009, mediante el cual se comisionó al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de que practicara las diligencias necesarias para evacuar las pruebas de testigos admitidas; se revocó la referida comisión. Se libró Oficio N° 09-138. Asimismo, se comisionó al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los fines de la evacuación de la prueba de testigos admitida en auto de fecha 16-04-2009. Se libró Oficio N° 09-137 y despacho.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

8.- Expediente N° 2008-000038: JOSÉ LUIS ZAPATA y FRED MILLÁN, titulares de las cédulas de identidad números 4.459.981 y 4.076.197, respectivamente, asistidos por el abogado Argenis Asunción Flores, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 16.122, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra el proceso electoral llevado a cabo en la Asociación Civil La Hacienda Country Club, en fecha 04-05-2008. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Segundo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, de conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política). (Remitido mediante Oficio N° 4430-306-A, de fecha 28-05-2008,  Expediente N° 1328-08 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 09-133, anexo al cual se remitió comisión conferida al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los fines de la evacuación de la prueba indicada en el despacho. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

9.- Expediente N° 2008-000038: JOSÉ LUIS ZAPATA y FRED MILLÁN, titulares de las cédulas de identidad números 4.459.981 y 4.076.197, respectivamente, asistidos por el abogado Argenis Asunción Flores, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 16.122, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra el proceso electoral llevado a cabo en la Asociación Civil La Hacienda Country Club, en fecha 04-05-2008. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Segundo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, de conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política). (Remitido mediante Oficio N° 4430-306-A, de fecha 28-05-2008,  Expediente N° 1328-08 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 09-134, anexo al cual se remitió comisión conferida al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de la evacuación de la prueba indicada en el despacho.

 

 

10.- Expediente N° 2008-000089: José Euclides Quevedo Abril, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.079, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LEONARDO ALÍ SALCEDO RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad N° 4.091.569, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso electoral mediante el cual se declaró al ciudadano “César Pérez Vivas, ganador del acto de votación y en consecuencia, PROCLAMADO para el ejercicio del cargo de GOBERNADOR DEL ESTADO TÁCHIRA, todas estas, actuaciones de los órganos del Poder Electoral, del Acta de Totalización y Proclamación del gobernador y de la elecciones realizadas el domingo 23 de noviembre de 2008”.

 

El abogado Jesús Cristóbal Rangel Rachadell, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.906, actuado con el carácter de apoderado judicial del ciudadano César Alejandro Pérez Vivas, presentó diligencia anexa al cual consignó escrito de promoción de pruebas. Se ordenó reservar la referida diligencia así como su anexo hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

11.- Expediente N° 2008-000073: Juzgado del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar interpuesta por el ciudadano LUIS AGUILAR, titular de la cédula de identidad N° 12.939.459, actuando con el carácter de Director General del Comité Ejecutivo y en representación del Consejo Comunal Bethania, asistido por el abogado Darío Olano, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.307, contra la Coordinación Municipal de Fundacomunal, representada por la ciudadana Maryulis Meza y el ciudadano Juan Sánchez, Coordinador de la Cooperativa de Administración de Recursos del  Consejo Comunal Bethania, respecto a la elección de la Directiva del referido Consejo Comunal. Oficio Nº 3350-428, de fecha 21-10-2008, remitiendo el expediente Nº 01430 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza).

 

Vencido como se encuentra el lapso de cuarenta y ocho (48) horas siguientes, y el término de distancia de ocho (08) días, otorgado al accionante, para corregir las imprecisiones que se le indican en la Sentencia N° 201 de fecha 19-11-2008, se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

 

12.- Expediente N° 2008-000079:  Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad números 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Electoral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta directiva.

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 16-04-2009, por el abogado José Santiago de los Ríos, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 16.553, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico (IMPRES), mediante la cual expone que consigna Inspección Judicial practicada en la Asamblea General celebrada el día 04-04-2009 en la que se eligió a la Comisión Electoral, en razón de lo cual solicita la suspensión de la medida acordada en Sentencia N° 26 de fecha 09-03-2009,  que ordenó inmovilizar las cuentas bancarias del referido Instituto, se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

 

13.- Expediente N° 2008-000086: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia remite expediente contentivo del conflicto de competencia surgido entre el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón y el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, con ocasión de la acción de amparo constitucional con medida cautelar interpuesta por el ciudadano FRANKLIN RAFAEL CONDE, titular de la cédula de identidad N° 7.434.714, asistido por el abogado Oswaldo Jesús Madriz Roberty, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.864, contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Trabajadores de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Falcón, cuyo acto de votación estaba pautado para el día 01-08-2008. Oficio Nº 08-1628, de fecha 08-12-2008, remitiendo el expediente Nº AA50-T-2008-001195 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza).

 

Vista la decisión dictada por la Sala en fecha 25-03-2009, se comisionó  al Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los fines de notificar de la referida decisión a la parte accionante, así como a la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Trabajadores de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Falcón (C.A.P.T.F.A.P.E.F.). Se libró Oficio N° 09-139, boletas y despacho. Finalmente, se libró Oficio N° 09-140, mediante el cual se notificada a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia del fallo dictado en fecha 25 -03-2009.

 

 

 

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

           

 

                                                                                  La Secretaria (E),

 

 

 

PATRICIA CORNET GARCÍA

 

 

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