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Sala Electoral
  • Fecha: 21 de abril de 2009





CUENTA Nº 51

CUENTA Nº 51

 

 

Despacho del martes veintiuno (21) de abril de 2009. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia  del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente N° 2009-000033: RAFAEL ANTONIO DUARTE MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad N° 3.661.846, asistido por el abogado David Salomón Plaza Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.774, interpone solicitud de convocatoria a elecciones conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Sindicato Único Nacional de los Trabajadores de los Supermercados Unicasa C.A. de los Estados Miranda, Aragua, Carabobo, Anzoátegui, Guárico, Nueva Esparta, Monagas y Distrito Capital (SUNTRASUPERUNICASA).

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

2.- Expediente N° 2009-000034: FRANCISCO SUÁREZ SCHANELY, RICARDO LUDWING ESTÉVEZ MAZZA y EDGAR JOSÉ SALDIVIA, titulares de las cédulas de identidad números 18.588.268, 6.557.725 y 1.869.694, respectivamente, asistidos por el abogado Alfredo Zuloaga, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.291, interponen recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral por “la omisión o carencia de actividad por parte del CNE en convocar, mediante publicación en Gaceta Electoral, a la celebración de las elecciones Municipales y Parroquiales de Concejales, de los Alcaldes del Municipio Achaguas del Estado Apure y del Municipio Miranda del Estado Carabobo, y del Gobernador del Estado Amazonas, en el tercer trimestre de 2009”.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

3.- Expediente N° 2009-000035: LUIS BELTRAN BASTARDO MUÑOZ, titular de la cédula de identidad N° 8.269.189, asistido por el abogado Jesús Rafael Rodríguez Bermúdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.062, interpone  recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en la Federación Venezolana de Potencia, para elegir la Junta Directiva y el Consejo de Honor de la referida Federación, período 2009-2013.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

SECRETARIA EN:

 

 

4.- Expediente N° 2008-000057: LUIS FERNANDO RODRÍGUEZ LEDEZMA y LUIS ALBERTO RODRIGUEZ PINTO, titulares de las cédulas de identidad números 15.995.353 y 15.455.049, respectivamente, asistido por el abogado Antonio Canova González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 45.088, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080916-934, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 08-09-2008, que declaró sin lugar la impugnación interpuesta contra el acto de admisión de la postulación del ciudadano Tulio Tomas Salvatierra Ortega, como candidato a Alcalde del Municipio Bejuma del Estado Carabobo, por la organización con fines políticos (POR MI PUEBLO).

 

Se libró Oficio N° 09-142 al Consejo Nacional Electoral, anexo al cual se remite una (01) pieza contentiva de los antecedentes administrativos consignados por ese Órgano Electoral.  Asimismo, se remite copia certificada de la Sentencia N° 50 de fecha 02-04-2009.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

5.- Expediente N° 2009-000033: RAFAEL ANTONIO DUARTE MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad N° 3.661.846, asistido por el abogado David Salomón Plaza Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.774, interpone solicitud de convocatoria a elecciones conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Sindicato Único Nacional de los Trabajadores de los Supermercados Unicasa C.A. de los Estados Miranda, Aragua, Carabobo, Anzoátegui, Guárico, Nueva Esparta, Monagas y Distrito Capital (SUNTRASUPERUNICASA).

 

El ciudadano RAFAEL ANTONIO DUARTE MARTÍNEZ, asistido por el abogado David Salomón Plaza Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.774, consignó diligencia mediante el cual otorga poder al referido abogado para que lo represente.

 

 

6.- Expediente N° 2009-000010:  FRANCISCO JAVIER SUAREZ SCHANELY, RICARDO LUDWIG ESTÉVEZ MAZZA Y EDGAR JOSÉ SALDIVIA, titulares de las cédulas de identidad números 18.588.268, 6.557.725 y 1.869.694, respectivamente, asistidos por el abogado Alfredo Zuloaga, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.291, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra las Resoluciones números 090116-0005, 090116-0006, 090116-0010 y 090116-0011, publicadas en Gaceta Electoral N° 474, de fecha 26-01-2009, y de las Resoluciones números 090116-061 y 090122-0060, publicadas en Gaceta Electoral N° 475, de fecha 29-01-2009, todas emanadas del Consejo Nacional Electoral. 

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 09-115, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral de la Sentencia N° 42 dictada por la Sala en fecha 31-03-2009, mediante la cual la Sala declaró su INCOMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto, y DECLINÓ la competencia en la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.

 

 

7.- Expediente N° 2009-000010:  FRANCISCO JAVIER SUAREZ SCHANELY, RICARDO LUDWIG ESTÉVEZ MAZZA Y EDGAR JOSÉ SALDIVIA, titulares de las cédulas de identidad números 18.588.268, 6.557.725 y 1.869.694, respectivamente, asistidos por el abogado Alfredo Zuloaga, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.291, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra las Resoluciones números 090116-0005, 090116-0006, 090116-0010 y 090116-0011, publicadas en Gaceta Electoral N° 474, de fecha 26-01-2009, y de las Resoluciones números 090116-061 y 090122-0060, publicadas en Gaceta Electoral N° 475, de fecha 29-01-2009, todas emanadas del Consejo Nacional Electoral. 

 

El ciudadano Alguacil consignó boleta librada a la parte recurrente, mediante la cual se le notificó de la Sentencia N° 42 dictada por la Sala en fecha 31-03-2009, mediante la cual la Sala declaró su INCOMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto, y DECLINÓ la competencia en la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

8.- Expediente N° 2009-000020: ZULAY EMILIA PINEDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 72.972, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano LINO BENCOMO, titular de la cédula de identidad N° 958.054, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el proceso de elecciones parciales realizado en los centros de votación Malariología, Hospital J.M.B. Sanare y Dirección de Salud del Estado Lara, para elegir a la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), celebrado el 03-03-2009 y el proceso de  elecciones realizado en el Hospital Victorino Santaella.

 

La abogada MARÍA RIVERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 49.921, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano Teodoro Silva, asociado de CAHORMINSA y candidato a Presidente de la Caja de Ahorros de CAHORMINSA, consignó escrito mediante el cual solicita la desestimación del recurso contencioso electoral con medida cautelar innominada interpuesto

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

9.- Expediente N° 2009-000018: Felipe Nerio Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 79.653, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MARCOS ANTONIO RONDON RODRÍGUEZ, GUSTAVO ENRIQUE VILLARREAL FUNES y WILLIAMS JESÚS ARMAO, titulares de las cédulas de identidad números 7.663.744, 6.166.016 y 4.817.646, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el Reglamento de la Comisión Electoral y los actos emanados de la Comisión Electoral de la Asociación Civil El Dorado Country Club de fechas 06 y 18 de enero de 2009, mediante los cuales no se permitió la inscripción de la Plancha N° 2 para participar en el proceso comicial y se proclamó, sin realizar acto de votación, a la Plancha N° 1, como Junta Directiva y Tribunal Disciplinario  electas para el período 2009 -2011.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 09-116, anexo al cual se remitió comisión al Juzgado Segundo del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, a los fines de notificar de la Sentencia N° 40 de fecha 31-03-2009 y del auto dictado en fecha 02-04-2009 a la referida Comisión Electoral de la Asociación Civil El Dorado Country Club. Oficio que fue enviado a través de la Empresa de Encomiendas MRW.

 

 

10.- Expediente N° 2009-000018: Felipe Nerio Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 79.653, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MARCOS ANTONIO RONDON RODRÍGUEZ, GUSTAVO ENRIQUE VILLARREAL FUNES y WILLIAMS JESÚS ARMAO, titulares de las cédulas de identidad números 7.663.744, 6.166.016 y 4.817.646, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el Reglamento de la Comisión Electoral y los actos emanados de la Comisión Electoral de la Asociación Civil El Dorado Country Club de fechas 06 y 18 de enero de 2009, mediante los cuales no se permitió la inscripción de la Plancha N° 2 para participar en el proceso comicial y se proclamó, sin realizar acto de votación, a la Plancha N° 1, como Junta Directiva y Tribunal Disciplinario  electas para el período 2009 -2011.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 09-118, mediante el cual se notificó al Ministerio Público de la Sentencia N° 40 de fecha 31-03-2009 y del auto dictado en fecha 02-04-2009.

 

 

11.- Expediente N° 2009-000018: Felipe Nerio Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 79.653, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MARCOS ANTONIO RONDON RODRÍGUEZ, GUSTAVO ENRIQUE VILLARREAL FUNES y WILLIAMS JESÚS ARMAO, titulares de las cédulas de identidad números 7.663.744, 6.166.016 y 4.817.646, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el Reglamento de la Comisión Electoral y los actos emanados de la Comisión Electoral de la Asociación Civil El Dorado Country Club de fechas 06 y 18 de enero de 2009, mediante los cuales no se permitió la inscripción de la Plancha N° 2 para participar en el proceso comicial y se proclamó, sin realizar acto de votación, a la Plancha N° 1, como Junta Directiva y Tribunal Disciplinario  electas para el período 2009 -2011.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a la parte recurrente, mediante la cual se les notificó de la Sentencia N° 40 de fecha 31-03-2009 y del auto dictado en fecha 02-04-2009. Boleta que fue dejada en el domicilio procesal de la referida parte, de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

12.- Expediente N° 2009-000018: Felipe Nerio Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 79.653, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MARCOS ANTONIO RONDON RODRÍGUEZ, GUSTAVO ENRIQUE VILLARREAL FUNES y WILLIAMS JESÚS ARMAO, titulares de las cédulas de identidad números 7.663.744, 6.166.016 y 4.817.646, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el Reglamento de la Comisión Electoral y los actos emanados de la Comisión Electoral de la Asociación Civil El Dorado Country Club de fechas 06 y 18 de enero de 2009, mediante los cuales no se permitió la inscripción de la Plancha N° 2 para participar en el proceso comicial y se proclamó, sin realizar acto de votación, a la Plancha N° 1, como Junta Directiva y Tribunal Disciplinario  electas para el período 2009 -2011.

 

La ciudadana Secretaria (E) de la Sala dejó constancia que en esta fecha el ciudadano Alguacil le manifestó que, el día 17-04-2009, se había trasladado al domicilio procesal de los ciudadanos Marcos Antonio Rondón Rodríguez, Gustavo Enrique Villareal Funes y Williams Jesús Armao (parte recurrente), y dejado la boleta de notificación librada, de conformidad con lo previsto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

13.- Expediente N° 2008-000047: Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Occidental, remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con medidas cautelar interpuesto por el abogado MERVY ENRIQUE GONZÁLEZ FUENMAYOR, titular de la cédula de identidad N° 4.522.116 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 12.159, actuando en su propio nombre, contra la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, respecto a la elección de los Decanos, Representantes a los Consejos de Facultad, Escuela, Consejo de Apelaciones y Representantes al Consejo Universitario de la referida Casa de Estudios, cuyo acto de votación estaba fijado en primera vuelta para el día 10-07-2008 y en segunda vuelta para el día 17-07-2008. Oficio Nº 1.720-08, de fecha 09-09-2008, remitiendo el expediente Nº 12364 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal).

 

Vista la Sentencia Nº 44, de fecha 02-04-2009, se comisionó al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, a los fines de notificar de la referida decisión a la parte accionante, ciudadano Mervy Enrique González Fuenmayor. Se libró Oficio N° 09-141, boleta y despacho.

 

 

14.- Expediente N° 2006-000065: Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Central, remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Luis Fernando Miclos Salinas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 108.088, actuando en representación de la Asociación de Vecinos de la Urbanización San Carlos, contra la ciudadana Juana González de Curbelo, respecto a la elección celebrada para elegir a la Junta Directiva de la referida Asociación. Oficio Nº 703-06, de fecha 08-05-2006, remitiendo el expediente Nº 7825 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal).

 

Se acordó librar boleta de conformidad con lo previsto en el artículo 174 de la Código de Procedimiento Civil,  a la parte accionante, Asociación de Vecinos de la Urbanización San Carlos, a los fines de notificarle la Sentencia Nº 45 de fecha 02-04-2009.

 

 

 

COMUNICACIÓN RECIBIDA EN:

 

 

15.- Expediente N° 2008-000079:  Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad números 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Electoral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta directiva.

 

Por recibida, Comunicación N° ADO/2009-149, de fecha 27-03-2009, suscrita por el ciudadano José González, Vicepresidente Área de Operaciones del Banco Industrial de Venezuela, en atención al Oficio N° 09-069, emanado de la Sala,  mediante el cual informa que el Instituto de Previsión Social del Médico (IMPRES), no mantiene ningún tipo de cuenta con esa Institución.

 

 

16.- Expediente N° 2008-000079:  Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad números 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Electoral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta directiva.

 

Por recibida, Comunicación N° 517, de fecha 01-04-2009, suscrita por el ciudadano Alejandro Andrade, Presidente de Bandes, en atención al Oficio N° 09-069, emanado de la Sala,  mediante el cual informa que las personas que se señalan en la comunicación no mantiene ningún tipo de relación con esa Institución.

 

 

SENTENCIA

 

17.- Expediente N° 2009-000009: PEDRO RAMÓN AGUIAR MAIZO, titular de la cédula de identidad N° 12.608.213, asistido por el abogado José Nabor Escalante Méndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.520, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral pautado para los días 29, 30 y 31 de enero de 2009, en el Instituto Pedagógica Rural El Mácaro, de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (UPEL), para elegir a los representantes estudiantiles ante el co-gobierno Universitario, los Consejos Directivos y Académicos y el Consejo Universitario. La Sala declaró DESISTIDO el  recurso contencioso electoral interpuesto,  conjuntamente con amparo cautelar.  Ponente: LUIS ALFREDO SUCRE CUBA. Sentencia N° 53.

 

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

           

 

                                                                                  La Secretaria (E),

 

 

 

PATRICIA CORNET GARCÍA

 

 

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