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CUENTA Nº 53
Despacho del jueves veintitrés (23) de abril de 2009. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
NUEVO ASUNTO:
1.- Expediente N° X-2009-000004 (CUADERNO SEPARADO): JESÚS RANGEL RACHADEL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 26.906, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CÉSAR PÉREZ VIVAS, apeló del auto dictado por el Juzgado de Sustanciación de fecha 20-04-2009 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesto por el ciudadano José Euclides Quevedo Abril, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.079, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LEONARDO ALÍ SALCEDO RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad N° 4.091.569, contra el proceso electoral mediante el cual se declaró al ciudadano “César Pérez Vivas, ganador del acto de votación y en consecuencia, PROCLAMADO para el ejercicio del cargo de GOBERNADOR DEL ESTADO TÁCHIRA, todas estas, actuaciones de los órganos del Poder Electoral, del Acta de Totalización y Proclamación del gobernador y de la elecciones realizadas el domingo 23 de noviembre de 2008”. (Recurso Principal Expediente N° 2008-000089)
Se dio cuenta a la Sala.
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
2.- Expediente N° X-2009-000004 (CUADERNO SEPARADO): JESÚS RANGEL RACHADEL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 26.906, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CÉSAR PÉREZ VIVAS, apeló del auto dictado por el Juzgado de Sustanciación de fecha 20-04-2009 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesto por el ciudadano José Euclides Quevedo Abril, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.079, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LEONARDO ALÍ SALCEDO RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad N° 4.091.569, contra el proceso electoral mediante el cual se declaró al ciudadano “César Pérez Vivas, ganador del acto de votación y en consecuencia, PROCLAMADO para el ejercicio del cargo de GOBERNADOR DEL ESTADO TÁCHIRA, todas estas, actuaciones de los órganos del Poder Electoral, del Acta de Totalización y Proclamación del gobernador y de la elecciones realizadas el domingo 23 de noviembre de 2008”. (Recurso Principal Expediente N° 2008-000089)
Se designó ponente al Magistrado Doctor FERNÁNDO RAMÓN VEGAS TORREALBA.
SECRETARÍA EN:
3.- Expediente N° 2008-000089: José Euclides Quevedo Abril, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.079, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LEONARDO ALÍ SALCEDO RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad N° 4.091.569, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso electoral mediante el cual se declaró al ciudadano “César Pérez Vivas, ganador del acto de votación y en consecuencia, PROCLAMADO para el ejercicio del cargo de GOBERNADOR DEL ESTADO TÁCHIRA, todas estas, actuaciones de los órganos del Poder Electoral, del Acta de Totalización y Proclamación del gobernador y de la elecciones realizadas el domingo 23 de noviembre de 2008”.
Visto el escrito presentado, en fecha 22-04-2009, por el abogado JESÚS RANGEL RACHADEL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 26.906, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CÉSAR PÉREZ VIVAS, mediante el cual apeló del auto dictado por el Juzgado de Sustanciación de fecha 20-04-2009, en el cual se acordó la prórroga del lapso de promoción de pruebas en la causa, se acordó abrir cuaderno separado a los fines de su correspondiente decisión.
4.- Expediente N° 2008-000089: José Euclides Quevedo Abril, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.079, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LEONARDO ALÍ SALCEDO RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad N° 4.091.569, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso electoral mediante el cual se declaró al ciudadano “César Pérez Vivas, ganador del acto de votación y en consecuencia, PROCLAMADO para el ejercicio del cargo de GOBERNADOR DEL ESTADO TÁCHIRA, todas estas, actuaciones de los órganos del Poder Electoral, del Acta de Totalización y Proclamación del gobernador y de la elecciones realizadas el domingo 23 de noviembre de 2008”.
Se dejó constancia que se abrió cuaderno separado a los fines de la decisión de la apelación interpuesta por el abogado JESÚS RANGEL RACHADEL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 26.906, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CÉSAR PÉREZ VIVAS, contra el auto dictado por el Juzgado de Sustanciación de fecha 20 de abril de 2009, en el cual se acordó la prórroga del lapso de promoción de pruebas en la causa. Cuaderno Separado al cual le fue asignado el Nº AA70-X-2009-000004, nomenclatura de esta Sala.
5.- Expediente N° 2009-000010: FRANCISCO JAVIER SUAREZ SCHANELY, RICARDO LUDWIG ESTÉVEZ MAZZA Y EDGAR JOSÉ SALDIVIA, titulares de las cédulas de identidad números 18.588.268, 6.557.725 y 1.869.694, respectivamente, asistidos por el abogado Alfredo Zuloaga, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.291, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra las Resoluciones números 090116-0005, 090116-0006, 090116-0010 y 090116-0011, publicadas en Gaceta Electoral N° 474, de fecha 26-01-2009, y de las Resoluciones números 090116-061 y 090122-0060, publicadas en Gaceta Electoral N° 475, de fecha 29-01-2009, todas emanadas del Consejo Nacional Electoral.
Visto que en la foliatura del expediente existe un error a partir del folio ciento veinte tres (123), se ordenó testar foliatura a partir de éste (exclusive) y volver a foliar el expediente desde el referido folio en adelante.
6.- Expediente N° 2009-000010: FRANCISCO JAVIER SUAREZ SCHANELY, RICARDO LUDWIG ESTÉVEZ MAZZA Y EDGAR JOSÉ SALDIVIA, titulares de las cédulas de identidad números 18.588.268, 6.557.725 y 1.869.694, respectivamente, asistidos por el abogado Alfredo Zuloaga, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.291, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra las Resoluciones números 090116-0005, 090116-0006, 090116-0010 y 090116-0011, publicadas en Gaceta Electoral N° 474, de fecha 26-01-2009, y de las Resoluciones números 090116-061 y 090122-0060, publicadas en Gaceta Electoral N° 475, de fecha 29-01-2009, todas emanadas del Consejo Nacional Electoral.
Dando cumplimiento a la sentencia dictada en fecha 31-03-2009, mediante la cual esta Sala se declaró incompetente y declinó en la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, se libró Oficio N° 09-147, anexo al cual se remite a la referida Sala Constitucional, constante de ciento cuarenta y cinco (145) folios útiles, en una (1) pieza, las actuaciones contenidas en el expediente.
DILIGENCIA EN:
7.- Expediente N° 2007-000060: JOSÉ GREGORIO PÉREZ HERRERA, VLADIMIR SUÁREZ, YRMA FLOR PINTO y LUIS FELIPE SUÁREZ MARTÍNEZ, titulares de las cédulas de identidad números 6.081.852, 6.280.462, 3.364.999 y 16.380.723, respectivamente, asistidos por la abogada Doris Zabaleta, inscrita en el Inpreabogado Bajo el N° 31.452, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra la Resolución N° 070503-0413, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 03-05-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 380, de fecha 10-07-2007, en la cual se declaró sin lugar la impugnación interpuesta contra las actuaciones o vías de hecho de la Comisión Electoral Nacional del Sindicato Nacional Autónomo y Social de Obreros y Trabajadores en General de la Industria de la Construcción y Afines (S.I.N.A.S.O.I.C.A.), respecto al proceso electoral celebrado en el referido Sindicato cuyo acto de votación tuvo lugar el 18-04-2007. (Recibido en fecha 27-07-2007).
Los ciudadanos JOSÉ PÉREZ y VLADIMIR SUÁREZ, titulares de las cédulas de identidad números 6.081.852 y 6.280.462, respectivamente, actuando en su carácter de recurrentes, asistidos por el abogado EDGAR PARRA MORENO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, presentaron diligencia mediante la cual solicitaron tres (03) copias certificadas de los folios 1.476 al 1.514 y quince (15) copias certificadas de la sentencia Nº 21 de fecha 19-02-2009.
8.- Expediente N° 2008-000025: HERMINIA MERCEDES HERNÁNDEZ HERRERA, MADGIORY LEI JESÚS FARRERA GAMARDO y GLENY ENEIDA INOJOSA ZERPA, titulares de las cédulas de identidad números 9.486.907, 6.922.460 y 4.164.226, respectivamente, asistidos por el abogado Guillermo Miguel Reina Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.894, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada contra la decisión del Consejo Universitario de la Universidad del Zulia, de fecha 15-05-2008, en la cual se declaró procedente el recurso jerárquico interpuesto en contra del acto administrativo emanado de la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, que declaró sin lugar la impugnación del padrón electoral; y en razón de esa declaratoria revocó el acto administrativo recurrido y ordena la exclusión del padrón electoral para las elecciones de cogobierno estudiantil de la Universidad del Zulia, a los estudiantes de cualquier plan especial de estudio.
El abogado RAFAEL BERMEGUI HOLCBLAT, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.923 actuando con el carácter de apoderado judicial de la UNIVERSIDAD DEL ZULIA, presentó diligencia mediante la cual consignó recaudos. La Sala ordenó agregar la referida diligencia así como los tres (3) primeros recaudos al expediente y formar cinco (05) piezas de anexos identificados con los números 1, 2, 3, 4 y 5 con los recaudos restantes.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
9.- Expediente N° 2008-000040: Hugolino Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.954, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana PATRICIA ROSENZWEIG LEVY, titular de la cédula de identidad N° 3.018.355, interpone recurso contencioso electoral con medida cautelar innominada contra la resolución dictada, en fecha 16 de julio de 2008, por la Comisión Electoral Central de la Universidad de Los Andes, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de reconsideración formulado contra las actas de instalación, votación, escrutinio, totalización, adjudicación y proclamación del candidato a Vicerrector Académico de la Universidad de Los Andes (período 2008-2012), de fechas 11 y 16 de junio de 2008
La abogada ANA AZARAK, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 10.244, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Universidad de Los Andes, consignó escrito mediante el cual solicita aclaratoria de la Sentencia N° 55, de fecha 22-04-2009.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
ESCRITO PRESENTADO EN:
10.- Expediente N° 2009-000002: GERARDO LUNA TORRADO, titular de la cédula de identidad N° 9.359.325, asistido por el abogado José Enrique Pernía Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.981, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra “…las Actas de Escrutinios…”, “…el Registro Electoral Permanente del 23 de noviembre de 2008…” y el “…Acta de Totalización y Proclamación Alcaldesa o Alcalde del Municipio Panamericano del Estado Táchira…”. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario, Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de conformidad con lo previsto en los artículos 242 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política). (Remitido mediante Oficio N° 0530-458, de fecha 15-12-08).
La abogada RAQUEL SUE, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.198, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano Gerardo Luna Torrado (parte recurrente), consignó escrito de promoción de pruebas. Se ordenó reservar el referido escrito hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.
DILIGENCIA EN:
11.- Expediente N° 2008-000090: JOSÉ ENRIQUE PERNÍA SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 8.099.306 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.981, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada “para DECLARAR LA NULIDAD de las Actas de Escrutinio y como consecuencia IMPUGNACION Y NULIDAD del Acta ELECCIONES REGIONALES 23 DE NOVIEMBRE 2008 ACTA TOTALIZACIÓN Y PROCLAMACIÓN Alcaldesa o Alcalde del Municipio MICHLENA del Estado TACHIRA”.
La abogada RAQUEL SUE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 80.198, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, presentó diligencia anexa a la cual consignó la página 59 del diario “Últimas Noticias” de fecha 23-04-2009, donde apareció publicado el cartel de emplazamiento a los interesados.
12.- Expediente N° 2008-000089: José Euclides Quevedo Abril, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.079, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LEONARDO ALÍ SALCEDO RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad N° 4.091.569, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso electoral mediante el cual se declaró al ciudadano “César Pérez Vivas, ganador del acto de votación y en consecuencia, PROCLAMADO para el ejercicio del cargo de GOBERNADOR DEL ESTADO TÁCHIRA, todas estas, actuaciones de los órganos del Poder Electoral, del Acta de Totalización y Proclamación del gobernador y de la elecciones realizadas el domingo 23 de noviembre de 2008”.
El abogado Jesús Cristóbal Rangel Rachadell, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 26.906, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano César Pérez Vivas, consignó diligencia mediante la cual indica que la abogada Raquel Sue, apoderada judicial de la parte recurrente, es funcionaria de la Asamblea Nacional, y por ende no tiene el libre ejercicio de la profesión de abogado.
13.- Expediente N° 2009-000002: GERARDO LUNA TORRADO, titular de la cédula de identidad N° 9.359.325, asistido por el abogado José Enrique Pernía Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.981, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra “…las Actas de Escrutinios…”, “…el Registro Electoral Permanente del 23 de noviembre de 2008…” y el “…Acta de Totalización y Proclamación Alcaldesa o Alcalde del Municipio Panamericano del Estado Táchira…”. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario, Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de conformidad con lo previsto en los artículos 242 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política). (Remitido mediante Oficio N° 0530-458, de fecha 15-12-08).
El abogado Jesús Cristóbal Rangel Rachadell, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 26.906, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Lluvane Álvarez, Alcalde del Municipio Panamericano del estado Táchira, consignó diligencia mediante la cual indica que la abogada Raquel Sue, apoderada judicial de la parte recurrente, es funcionaria de la Asamblea Nacional, y por ende no tiene el libre ejercicio de la profesión de abogado.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
14.- Expediente N° 2009-000036: Héctor Blanco-Fombona, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.120, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano FRANCISCO JAVIER REYNA BELLO, titular de la cédula de identidad N° 5.539.346, interpone amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra la decisión emanada de la Junta Directiva de la Asociación Civil, Carenero Yacht Club, contenida en el punto N° 3 de la Convocatoria a la Asamblea General Extraordinario de Socios, a celebrarse el día 27-04-2009, referido a la elección de la integrante de la Comisión Veedora, que se encargara de hacer el seguimiento de la ejecución del proyecto de construcción del muelle en la sede de la Asociación.
Se designó ponente al Magistrado Doctor RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO, a los fines de que se pronuncie sobre la admisión de la acción de amparo.
DILIGENCIA EN:
15.- Expediente N° 2008-000079: Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad números 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Electoral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta directiva.
El abogado EDGAR PARRA MORENO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte agraviada, presentó diligencia mediante la cual consigna publicación en el diario El Nacional, de fecha 14-04-2009, y se opone a la solicitud del levantamiento de la medida acordada por la Sala.
16.- Expediente N° 2009-000025: CARLOS RAMIRO PALACIOS, titular de la cédula de identidad N° 10.283.175, asistido por la abogada Nelly Escalante, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 53.370, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Levantamiento de Pesas, respecto al proceso de elecciones de las autoridades de dicha asociación deportiva para el período 2009-2013, a realizarse el 28-03-2009.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 09-097, mediante el cual se notificó a la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Levantamiento de Pesas la Sentencia N° 38, de fecha 26-03-2009, mediante la cual se ADMITIÓ y ACORDÓ TRAMITAR dicha acción conforme al procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión número 7 de fecha 01-02-2000.
17.- Expediente N° 2009-000025: CARLOS RAMIRO PALACIOS, titular de la cédula de identidad N° 10.283.175, asistido por la abogada Nelly Escalante, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 53.370, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Levantamiento de Pesas, respecto al proceso de elecciones de las autoridades de dicha asociación deportiva para el período 2009-2013, a realizarse el 28-03-2009.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 09-098, mediante el cual se notificó al Ministerio Público la Sentencia N° 38, de fecha 26-03-2009, mediante la cual se ADMITIÓ y ACORDÓ TRAMITAR dicha acción conforme al procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión número 7 de fecha 01-02-2000.
18.- Expediente N° 2009-000029: SERVILIANO ABACHE BLANCO, titular de la cédula de identidad N° 2.968.970 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 12.530, actuando en su propio nombre interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Junta Directiva de la Asociación de Propietarios y Residentes de la Urbanización Miranda (APRUM), respecto al proceso electoral fijado para el 01 de abril de 2009, a los fines de elegir la nueva junta directiva de la referida Asociación.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 09-104, mediante la cual notificó a la Junta Directiva de la Asociación de Propietarios y Residentes de la Urbanización Miranda (APRUM) la Sentencia N° 41 de fecha 31-03-2009, mediante la cual se ADMITIÓ y ACORDÓ TRAMITAR dicha acción conforme al procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión número 7 de fecha 01-02-2000.
19.- Expediente N° 2009-000029: SERVILIANO ABACHE BLANCO, titular de la cédula de identidad N° 2.968.970 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 12.530, actuando en su propio nombre interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Junta Directiva de la Asociación de Propietarios y Residentes de la Urbanización Miranda (APRUM), respecto al proceso electoral fijado para el 01 de abril de 2009, a los fines de elegir la nueva junta directiva de la referida Asociación.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 09-105, mediante la cual notificó al Ministerio Público la Sentencia N° 41, de fecha 31-03-2009, mediante la cual se ADMITIÓ y ACORDÓ TRAMITAR dicha acción conforme al procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión número 7 de fecha 01-02-2000.
AUDIENCIA CONSTITUCIONAL EN:
20.- Expediente N° 2009-000029: SERVILIANO ABACHE BLANCO, titular de la cédula de identidad N° 2.968.970 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 12.530, actuando en su propio nombre interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Junta Directiva de la Asociación de Propietarios y Residentes de la Urbanización Miranda (APRUM), respecto al proceso electoral fijado para el 01 de abril de 2009, a los fines de elegir la nueva junta directiva de la referida Asociación.
Se fijo el día martes 28-04-2009, a las 10:30 a.m.,_a los fines de que tenga lugar la audiencia oral y pública, oportunidad en la cual las partes podrán exponer sus alegatos y defensas. Se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines de dictar el pronunciamiento correspondiente en la presente solicitud de amparo constitucional.
21.- Expediente N° 2009-000025: CARLOS RAMIRO PALACIOS, titular de la cédula de identidad N° 10.283.175, asistido por la abogada Nelly Escalante, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 53.370, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Levantamiento de Pesas, respecto al proceso de elecciones de las autoridades de dicha asociación deportiva para el período 2009-2013, a realizarse el 28-03-2009.
Se fijó el día jueves 30-04-2009, a las 10:30 a.m.,_a los fines de que tenga lugar la audiencia oral y pública, oportunidad en la cual las partes podrán exponer sus alegatos y defensas. Se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines de dictar el pronunciamiento correspondiente en la presente solicitud de amparo constitucional.
SENTENCIA
22.- Expediente N° 2009-000026: Mélida Gallardo Mier y Terán, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 3.790, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano FERNANDO JOSÉ LLORENTE GALLARDO, titular de la cédula de identidad N° 6.366.406, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra el acto de expulsión definitiva del referido ciudadano de la Asociación Civil Carenero Yacht Club, emanado de la Junta Directiva de la misma, de fecha 17 de febrero de 2009. La Sala declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la acción de amparo; la cual ADMITIÓ y ACORDÓ TRAMITAR conforme al procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión de fecha 1º de febrero de 2000; SEGUNDO: PROCEDENTE la medida cautelar innominada, en consecuencia de la cual, se suspende el acto de expulsión del ciudadano Fernando José Llorente Gallardo, como miembro de la Asociación Civil Carenero Yacht Club, hasta tanto se resuelva el amparo. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N° 56.
23.- Expediente N° 2008-000072: Omar José González Lameda, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 51.075, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano YSRRAEL ANTONIO CUBERO, titular de la cédula de identidad N° 4.914.888, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 080916-928, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-09-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 459 de fecha 08-10-2008, que declaró improcedente el recurso de impugnación interpuesto contra la Resolución dictada por la Junta Municipal Electoral del municipio Guanipa del estado Anzoátegui, en la cual se admitió la postulación del ciudadano Jesús Rafael Paraqueima Aricaguán como candidato a Alcalde del referido Municipio. La Sala declaró DESISTIDO el recurso contencioso electoral interpuesto. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N° 57.
El Presidente,
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA
La Secretaria (E),
PATRICIA CORNET GARCÍA
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