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Sala Electoral
  • Fecha: 26 de marzo de 2009





CUENTA Nº 41

CUENTA Nº 41

 

 

Despacho del jueves veintiséis (26) de marzo de 2009. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente N° 2009-000024: Zully Betancourt Valera, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 70.646, actuando con el carácter de apoderada judicial del Sindicato Único Bolivariano de Trabajadores de la Empresa Indust rias Jade C.A. (SUNBTRAJADE), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra el acto de fecha 09-03-2009, emanado de la Inspectoría del Trabajo “José Rafael Núñez Tenorio” en el cual se ordenó la realización de un Referéndum Sindical, celebrado el 17-03-2009, a los fines de determinar que organización Sindical debía representar a los trabajadores de la referida Empresa en la discusión de la Contratación Colectiva, el Sindicato Profesional Bolivariano de Trabajadores (as) de las Industrias del Cosmético, Enseres, Fantasías, Ropa y Artículos del Hogar o el Sindicato Único Bolivariano de Trabajadores de la Empresa Industrias Jade C.A..

 

Se acordó solicitar a la Inspectoría del Trabajo “José Rafael Núñez Tenorio” el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el  recurso. Se libraron Oficio N° 09-096. Asimismo se acordó notificar al Ministerio del Poder Popular del Trabajo y la Seguridad Social. Se libró Oficio N°  09-094. Igualmente, se comisión al Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a los fines de  notificar a la referida Inspectoría. Se libró Oficio N° 09-095 y despacho. Finalmente, la Sala observó que conjuntamente con el recurso contencioso electoral se solicitó medida cautelar, en tal sentido, en aras de garantizar al máximo el derecho a la tutela judicial efectiva, se designó ponente al Magistrado Doctor FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

2.- Expediente N° 2008-000024: LORENZO ROBERTO SANTANA Y JOSE LUIS GÁMEZ, titulares de las cédulas de identidad números 6.854.403 y 9.596.529, e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 39.062 y 123.485, respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral contra el silencio negativo del Consejo Nacional Electoral, respecto al recurso jerárquico interpuesto el día 14-03-2008, contra la Resolución N° 20080215-05, emanada de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores del Poder Electoral (SINTRAPEL), que declaró sin lugar la impugnación intentada contra el Acta de totalización, adjudicación y proclamación del Comité Ejecutivo, Tribunal Disciplinario y Comité de Higiene y Salud del Sindicato Nacional de Trabajadores del Poder Electoral (SINTRAPEL),  del proceso electoral celebrado en el referido Sindicato en fecha 29-01-2008.

 

El abogado VERNE QUINTERO MATA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 70.425, actuando en su propio nombre como miembro de la Comisión Electoral Nacional de Trabajadores del Poder Electoral (SINTRAPEL), presentó escrito anexo al cual consignó Actas de Adjudicación y Proclamación, Acta de Desproclamación y copias de credenciales de proclamación.

 

 

3.- Expediente N° 2009-000022: EVONNE JESUS MORILLO CASTILLO, titular de la cédula de identidad N° 10.206.143, asistido por la abogada Maria Carolina Gallardo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 68.708, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 081211-1135, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 11-12-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 479, de fecha 27-02-2009, mediante la cual se declaró improcedente el recurso jerárquico interpuesto contra la elección del Alcalde del Municipio Lagunilla del Estado Zulia, celebrada el 23-11-2008.

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito y la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del mencionado Órgano Electoral.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

4.- Expediente N° 2009-000014: PEDRO RAFAEL ACUÑA, titular de la cédula de identidad N° 5.422.028, asistido por el abogado Jesús Onofre Araujo Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.492, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso de elecciones parciales realizado en los centros de votación Malariología, Hospital J.M.B. Sanare y Dirección de Salud del estado Lara, para elegir la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (COHORMINSA), celebrado el 03-03-2009.

 

La abogada ZULAY PINEDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.972, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano Pedro Acuña, parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual cuestiona  la cualidad con la que actúa la ciudadana Tivisay Boyer, así como el poder otorgado por la referida ciudadana a la abogada Olymar Zurita Pinero (Acompaña anexos).

 

 

5.- Expediente N° 2009-000020: ZULAY EMILIA PINEDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 72.972, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano LINO BENCOMO, titular de la cédula de identidad N° 958.054, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el proceso de elecciones parciales realizado en los centros de votación Malariología, Hospital J.M.B. Sanare y Dirección de Salud del Estado Lara, para elegir a la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), celebrado el 03-03-2009 y el proceso de  elecciones realizado en el Hospital Victorino Santaella.

 

La abogada ZULAY PINEDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.972, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano Pedro Acuña, parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual cuestiona  la cualidad con la que actúa la ciudadana Tivisay Boyer, así como el poder otorgado por la referida ciudadana a la abogada Olymar Zurita Pinero (Acompaña anexos).

 

 

6.- Expediente N° 2008-000056: EDGAR EDUARDO SILVA HERRERA, titular de la cédula de identidad N° 3.533.456, actuando con el carácter de representante de la organización política UNIDOS POR LOS DERECHOS HUMANOS, asistido por la abogada Urimare Graciela Capote Díaz, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 29.448, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 080903-863, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 03-09-2008, publicada en Gaceta Electoral de fecha 24-09-2008, que declaró inadmisible por extemporáneo la impugnación contra la postulación que hiciese dicha organización política de los candidatos a Alcaldes de los municipios San Diego, Montalbán, Diego Ibarra, Guacara, San Joaquín y Libertador, todos del estado Carabobo.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada al ciudadano EDGAR EDUARDO SILVA HERRERA (parte recurrente), mediante la cual se le notifica de la  Sentencia N° 18 dictada por la Sala en fecha 09-02-2009. . Boleta que fue dejada en el domicilio procesal del referido ciudadano, de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

7.- Expediente N° 2008-000056: EDGAR EDUARDO SILVA HERRERA, titular de la cédula de identidad N° 3.533.456, actuando con el carácter de representante de la organización política UNIDOS POR LOS DERECHOS HUMANOS, asistido por la abogada Urimare Graciela Capote Díaz, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 29.448, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 080903-863, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 03-09-2008, publicada en Gaceta Electoral de fecha 24-09-2008, que declaró inadmisible por extemporáneo la impugnación contra la postulación que hiciese dicha organización política de los candidatos a Alcaldes de los municipios San Diego, Montalbán, Diego Ibarra, Guacara, San Joaquín y Libertador, todos del estado Carabobo.

 

El ciudadano Secretario de la Sala dejó constancia que en esta fecha el ciudadano Alguacil le manifestó que, el día 18-03-09, se había trasladado al domicilio procesal del ciudadano EDGAR EDUARDO SILVA HERRERA (parte recurrente), y dejado la boleta de notificación librada, de conformidad con lo previsto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

8.- Expediente N° 2009-000018: Felipe Nerio Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 79.653, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MARCOS ANTONIO RONDON RODRÍGUEZ, GUSTAVO ENRIQUE VILLARREAL FUNES y WILLIAMS JESÚS ARMAO, titulares de las cédulas de identidad números 7.663.744, 6.166.016 y 4.817.646, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el Reglamento de la Comisión Electoral y los actos emanados de la Comisión Electoral de la Asociación Civil El Dorado Country Club de fechas 06 y 18 de enero de 2009, mediante los cuales no se permitió la inscripción de la Plancha N° 2 para participar en el proceso comicial y se proclamó, sin realizar acto de votación, a la Plancha N° 1, como Junta Directiva y Tribunal Disciplinario  electas para el período 2009 -2011.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 09-076, anexo al cual se remitió comisión conferida Juzgado Segundo del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, a los fines de solicitar a la Comisión Electoral de la Asociación Civil El Dorado Country Club los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

9.- Expediente N° 2008-000091: RICHARD MIGUEL MARDO MARDO, titular de la cédula de identidad N° 9.649.681, asistido por el abogado José Andrés Rodríguez Galán, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.575, interpone recurso contencioso electoral contra los actos de totalización y proclamación dictados por la Junta Municipal Electoral del Municipio Girardot del Estado Aragua, en las elecciones celebrada 23-11-2008 para elegir al Alcalde del mencionado Municipio, así como contra las Actas de Escrutinio que se especifican.

 

Se abrió la causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

 

10.- Expediente N° 2009-000017: WILIAMS DAVILA BARRIOS, titular de la cédula de identidad N° 3.030.368, asistido por la abogada Mercedes Díaz, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 25.098, interpone recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, por denegación del recurso Jerárquico por silencio administrativo, contra la anulación de las Actas de Escrutinios correspondiente a la elección de Gobernador del Estado Mérida, celebrada el 23-11-2008.

 

El Juzgado de Sustanciación declaró INADMISIBLE el recurso interpuesto,  de conformidad con el artículo 237 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

11.- Expediente N° 2008-000093: Sala Político Administrativo  del Tribunal Supremo de Justicia remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos ÁNGEL VÍCTOR LOZADA ZAMBRANO, JOSÉ ELOY SÁNCHEZ MORENO, JUAN DE DIOS GUERRERO PÉREZ, PEDRO RIGOBERTO VARGAS CONTRERAS, RICHARD ORLANDO LOZADA ZAMBRANO, OLGA LILIBE LOZADA PERNÍA, JANETH DEL CARMEN MONTOYA PÉREZ, YONNY JAVIER REY y JOSÉ ALBERTO DUQUE GUERRERO, titulares de las cédulas de identidad Nos. 9.193.865, 5.445.699, 6.689.032, 2.554.731, 6.689.065, 13.142.684, 9.354.954, 13.142.541 y 5.125.948, respectivamente, asistidos por los abogados Luis Noguera Ostos y Omar Monsalve Contreras, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 74.894 y 31.070, respectivamente, contra el Registro Electoral Permanente (R.E.P.) del Municipio San Judas Tadeo del Estado Táchira. Oficio Nº 4338, de fecha 04-12-2008, remitiendo el expediente Nº AA40-A-2008-000862 (nomenclatura de esa Sala). (1 pieza).

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del mencionado Órgano Electoral y Gaceta Electoral N° 420 de fecha 17 de abril de 2008.

 

 

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

12.- Expediente N° 2009-000009: PEDRO RAMÓN AGUIAR MAIZO, titular de la cédula de identidad N° 12.608.213, asistido por el abogado José Nabor Escalante Méndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.520, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral pautado para los días 29, 30 y 31 de enero de 2009, en el Instituto Pedagógica Rural El Mácaro, de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (UPEL), para elegir a los representantes estudiantiles ante el co-gobierno Universitario, los Consejos Directivos y Académicos y el Consejo Universitario.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 09-075, mediante el cual se notificó al Ministerio Público el auto dictado en fecha 12-03-2009, mediante el cual se admitió el recurso interpuesto respecto a las causales de caducidad y agotamiento de la vía administrativa.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

13.- Expediente N°  2009-000025: CARLOS RAMIRO PALACIOS, titular de la cédula de identidad N° 10.283.175, asistido por la abogada Nelly Escalante, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 53.370, interpone  acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Levantamiento de Pesas, respecto al proceso de elecciones de las autoridades de dicha asociación deportiva para el período 2009-2013, a realizarse el 28-03-2009.

 

Se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

14.- Expediente N°  2009-000025: CARLOS RAMIRO PALACIOS, titular de la cédula de identidad N° 10.283.175, asistido por la abogada Nelly Escalante, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 53.370, interpone  acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Levantamiento de Pesas, respecto al proceso de elecciones de las autoridades de dicha asociación deportiva para el período 2009-2013, a realizarse el 28-03-2009.

 

El ciudadano CARLOS PALACIOS, parte accionante, asistido por la abogada Nelly Escalante, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 53.370, consignó escrito de ampliación (Acompañó anexos).

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

15.- Expediente N° 2008-000079:  Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad números 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Electoral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta directiva.

 

El abogado EDGAR PARRA MORENO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte agraviada, presentó diligencia anexa a la cual consignó la página 5 del diario El Nacional, de fecha 21-03-2009, donde apareció publicada la Convocatoria a una Asamblea General a los fines de la elección de la comisión electoral. Asimismo formula consideración referidas a la causa y solicita pronunciamiento respecto a los mismos.

 

 

 

OTRO:

 

16.- Por recibido Oficio N° 09-0224, de fecha 24-03-2009, emanado a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, anexo al cual remitió copia certificada de la Sentencia 240, dictada en fecha 16-03-2009, en la cual se resolvió el conflicto de competencia surgido en la acción de amparo constitucional interpuesta por JULIO CÉSAR MARÍN, JUAN PABLO RODRÍGUEZ, JOSÉ MIGUEL GONZÁLEZ, ROBERT SÁNCHEZ Y NORLY PALACIOS, contra la Inspectoría del Trabajo en el Estado Lara. (Expediente 2006-000044 nomenclaturas de la Sala Electoral). Sentencia en la cual se declaró COMPETENTE al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental.  

 

 

 

 

SENTENCIA

 

 

17.- Expediente N°  2009-000025: CARLOS RAMIRO PALACIOS, titular de la cédula de identidad N° 10.283.175, asistido por la abogada Nelly Escalante, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 53.370, interpone  acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Levantamiento de Pesas, respecto al proceso de elecciones de las autoridades de dicha asociación deportiva para el período 2009-2013, a realizarse el 28-03-2009. La Sala declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada. SEGUNDO: ADMITIÓ la acción de amparo y ACORDÓ TRAMITAR conforme al procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión de fecha 1º de febrero de 2000. TERCERO: PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar, y en consecuencia, se ordenó la suspensión de toda Asamblea para la escogencia de la Junta Directiva y el Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Levantamiento de Pesas para el período 2009-2013, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en este proceso. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia N° 38.

 

 

 

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 


 

 

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