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Sala Electoral
  • Fecha: 27 de noviembre de 2009





El viernes veintisiete (27) de noviembre de 2009, no hubo despacho en esta Sala

El viernes veintisiete (27) de noviembre de 2009, no hubo despacho en esta Sala.

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

1.- Expediente N° 2008-000079: Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad número 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Electoral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta Directiva.

 

El abogado JOSÉ SANTIAGO DE LOS RIOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 16.553, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico (IMPRES), presentó escrito mediante el cual relata hechos relacionados con la Junta Directiva de ese Instituto.

 

SENTENCIA

 

2.- Expediente N° 2009-000068: Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos GAUDY ESCORCHA, titular de la cédula 12.708.125, en carácter de tesorera del “Club de Judo Escuela Estadal Jesús Alvarado Núñez”, MANUEL JOSÉ KHUFASH YÉPEZ, titular de la cédula de identidad N°  13.228.234, en su carácter de Presidente del “Club de Judo Liceo Dr. Pablo Herrera Campins, RIDER GUEDEZ, titular de la cédula de identidad N°  16.964.127, en su carácter de Vicepresidente del “Club de Judo Okinawa”, JUAN FRANCISCO CIVIRA RODRÍGUEZ, titular de la cédula N°  16.041.008, en su carácter de Presidente  del “Club de Judo Escuela Técnica” JAIMARIS MAIRELIS RODRÍGUEZ OLIVARES, titular de la cédula de identidad N° 17.276.390, en su carácter de Presidente del “Club de Judo Escuela Básica Píritu”, asistidos por el abogado Carlos Enrique Rodríguez Torrealba, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.120, contra la Asociación de Judo del Estado Portuguesa, referida a su afiliación como miembros de dicha Asociación, así como, a la solicitud de anulación de los comicios celebrados en fecha 27-02-2009  y la convocatoria de nuevas elecciones. Oficio N° 614-2009, de fecha 19-08-2009, remitiendo el expediente Nº C 2009000592 (nomenclatura de ese Juzgado). La Sala declaró:  PRIMERO: ACEPTÓ LA COMPETENCIA declinada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Acarigua. SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional. Ponente: FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA. Sentencia N° 172.

 

 

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

           

 

                                                                                 

                                                                                   La Secretaria,

 

 

 

PATRICIA CORNET GARCÍA

 

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