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Sala Electoral
  • Fecha: 29 de octubre de 2009





CUENTA Nº 136

CUENTA Nº 136

 

Despacho del jueves veintinueve (29) de octubre de 2009. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.

 

SECRETARÍA

 

1.- Expediente N° 2008-000019: LUIS CENTENO, DOMINGO ARIAS, ANA MARÍA RUIZ Y LUISA ELENA RUIZ, titulares de las cédulas de identidad números 4.625.018, 640.259, 4.361.360 5.315.294, respectivamente, asistidos por la abogada Maigualida Pérez Figuera, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 36.588,  interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente suspensión de efectos, contra la Resolución N° 080228-235, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 28-02-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 417, de fecha 18-03-2008, que declaró 1.- con lugar el recurso jerárquico planteado contra la decisión emanada de la Comisión Electoral del Sindicato Bolivariano de Empleados Públicos de la Alcaldía del Municipio Libertador Distrito Capital (SIRBEPA ML-DC), la cual declaró sin lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Ali Gerber y Carlos Besson; 2.- nula la decisión de la referida Comisión Electoral, de fecha 04-04-2007; 3.- inelegible los ciudadanos Luis Centeno, Domingo Arias, Ana María Ruiz, Luisa Elena Ruiz y Jorge Ibarra; 4.- vacante los cargos de Presidencia, Secretaría de Organización, Secretaría de Asuntos de la Mujer, Secretaría de Pensiones y/o Jubilaciones y Secretaría General del referido Sindicato; 5.- elegible el ciudadano Jorge Nilson Ibarra Sánchez; 6.- ordenó a la Comisión Electoral presentar un cronograma electoral para la elección de los cargos declarados vacantes; y 7.- autorizó a los ciudadanos declarados inelegibles ejercer de manera provisoria los referidos cargos.

 

Vista la Sentencia N° 145 dictada en fecha 22-10-2009, se libró Oficio N° 09-298 al Consejo Nacional Electoral y  Oficio N° 09-297 a la Junta Directiva del Sindicato Bolivariano de Empleados Públicos de la Alcaldía del Municipio Libertador Distrito Capital (SIRBEPA ML-DC), a fin de notificarles el referido fallo. Igualmente, se libró boleta a la parte recurrente mediante la cual se le notifique la aludida decisión.

 

 

2.- Expediente N° 2007-000036:  JOSÉ LUIS ROMERO FARRERA, JOSÉ RAFAEL NIETO, MARLENI PÁEZ, IRWIN DEPABLOS, ROMMEL HERNÁNDEZ Y  FRANCISCO HERNÁNDEZ, titulares de las cédulas de identidad números 9.894.475, 4.179.350, 3.985.443, 10.540.167, 8.029.658 y 8.651.766,  asistidos por el abogado Pedro José María Valladares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.247, interponen recurso contencioso electoral  contra el acto de elección de las autoridades sindicales del Sindicato Único de Trabajadores del Consejo Nacional Electoral (SUTCNE), el cual se realizó el 25-04-2007 y contra el acta de totalización, adjudicación y proclamación, de fecha 27-04-2007, emitida por la Comisión Nacional Electoral del  Sindicato Único de Trabajadores del Consejo Nacional Electoral.

 

Vista la diligencia presentada en fecha 22-10-2009, por el abogado Cesar Augusto Arias Fernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 56.479, mediante la cual solicitó copia certificada de los documentos que corren insertos a los folios 1 al 15 Vto., 23 al 32, 41 al 42, 59 al 74 Vto., 86 al 103 Vto., 105 al 108, 114 al 116, 127 y Vto., 187 al 193, 244 al 255 Vto., 259 al 290 y 296 y Vto. del expediente, la Sala ACORDÓ y NEGÓ según el caso.

 

 

3.- Expediente N° 2007-000051: EFREN ANTONIO PÉREZ URQUIOLA,  titular de la cédula de identidad N° 4.925.838, asistido por el abogado César Dávila, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.639, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 070418-0353, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 18-04-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 377, en la cual se declaró extemporáneo el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra las Actas de Escrutinio que se señalan y el acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación correspondientes a la Elección de Diputados Nominales a la Asamblea Nacional por el estado Portuguesa (Circuito N° 3), celebrada el 04-12-2005. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Segundo del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, de conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política). (Remitido mediante Oficio N° 215-2007, de fecha 09-07-2007,  Expediente N° 759-2007 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Vista la diligencia presentada en fecha 26-10-2009, por el abogado Luis Figuera, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 37.185, apoderado judicial de la parte recurrente, mediante la cual solicitó copia certificada de los documentos que corren insertos a los folios 291 al 327 del expediente, esta Sala ACORDÓ expedir la certificación solicitada.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

4.- Expediente N° 2008-000090: JOSÉ ENRIQUE PERNÍA SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 8.099.306 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.981, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada “para DECLARAR LA NULIDAD de las Actas de Escrutinio y como consecuencia IMPUGNACIÓN Y NULIDAD del Acta  ELECCIONES REGIONALES 23 DE NOVIEMBRE 2008 ACTA TOTALIZACIÓN Y PROCLAMACIÓN Alcaldesa o Alcalde del Municipio MICHLENA del Estado  TÁCHIRA”.

 

El abogado Jesús Rangel Rachadell, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.906, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Fernando Andrade, consignó diligencia mediante la cual se dio por notificado de la sentencia N° 134 de fecha 21-10-2009.

 

 

5.- Expediente N° 2007-000071: NELSON ROMERO CASTILLO y ROBERTO LA TORRE, titulares de las cédulas de identidad números 1.064.602 y 1.850.287, respectivamente, asistidos por el abogado Quiro Rafael Arvelaez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.265, interponen recurso contencioso de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo y medida cautelar, contra el proceso electoral celebrada el 30-08-2007 en la Caja de Ahorro de los Jubilados y Pensionados del INOS-MARN (CANJUPINOS). (Recibido el 03-09-2007).

 

El abogado León Manuel Mass Aquino, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 78.248, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Rito De León, Trinidad Alemán y Luis Medina, consignó diligencia mediante la cual solicitó la devolución del Instrumento poder que cursa a los folios 62 y 63 del expediente.

 

 

6.- Expediente N° 2007-000071: NELSON ROMERO CASTILLO y ROBERTO LA TORRE, titulares de las cédulas de identidad números 1.064.602 y 1.850.287, respectivamente, asistidos por el abogado Quiro Rafael Arvelaez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.265, interponen recurso contencioso de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo y medida cautelar, contra el proceso electoral celebrada el 30-08-2007 en la Caja de Ahorro de los Jubilados y Pensionados del INOS-MARN (CANJUPINOS). (Recibido el 03-09-2007).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 09-282, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral el fallo dictado en fecha 13-08-2009.

 

 

7.- Expediente N° 2007-000071: NELSON ROMERO CASTILLO y ROBERTO LA TORRE, titulares de las cédulas de identidad números 1.064.602 y 1.850.287, respectivamente, asistidos por el abogado Quiro Rafael Arvelaez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.265, interponen recurso contencioso de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo y medida cautelar, contra el proceso electoral celebrada el 30-08-2007 en la Caja de Ahorro de los Jubilados y Pensionados del INOS-MARN (CANJUPINOS). (Recibido el 03-09-2007).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la Boleta mediante el cual se notificó a los ciudadanos Rito De León, Trinidad Alemán y Luís Medina el fallo dictado en fecha 13-08-2009.

 

 

8.- Expediente N° 2007-000071: NELSON ROMERO CASTILLO y ROBERTO LA TORRE, titulares de las cédulas de identidad números 1.064.602 y 1.850.287, respectivamente, asistidos por el abogado Quiro Rafael Arvelaez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.265, interponen recurso contencioso de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo y medida cautelar, contra el proceso electoral celebrada el 30-08-2007 en la Caja de Ahorro de los Jubilados y Pensionados del INOS-MARN (CANJUPINOS). (Recibido el 03-09-2007).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 09-280 mediante el cual se notificó a la Caja de Ahorro de los Jubilados y Pensionados del INOS-MARN (CANJUPINOS) el fallo dictado en fecha 13-08-2009.

 

 

9.- Expediente N° 2007-000071: NELSON ROMERO CASTILLO y ROBERTO LA TORRE, titulares de las cédulas de identidad números 1.064.602 y 1.850.287, respectivamente, asistidos por el abogado Quiro Rafael Arvelaez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.265, interponen recurso contencioso de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo y medida cautelar, contra el proceso electoral celebrada el 30-08-2007 en la Caja de Ahorro de los Jubilados y Pensionados del INOS-MARN (CANJUPINOS). (Recibido el 03-09-2007).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 09-281 mediante el cual se notificó al Consejo de Vigilancia de la Caja de Ahorro de los Jubilados y Pensionados del INOS-MARN (CANJUPINOS) el fallo dictado en fecha 13-08-2009.

 

 

10.- Expediente N° 2007-000071: NELSON ROMERO CASTILLO y ROBERTO LA TORRE, titulares de las cédulas de identidad números 1.064.602 y 1.850.287, respectivamente, asistidos por el abogado Quiro Rafael Arvelaez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.265, interponen recurso contencioso de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo y medida cautelar, contra el proceso electoral celebrada el 30-08-2007 en la Caja de Ahorro de los Jubilados y Pensionados del INOS-MARN (CANJUPINOS). (Recibido el 03-09-2007).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 09-283 mediante el cual se notificó al Consejo de Administración de la Caja de Ahorro de los Jubilados y Pensionados del INOS-MARN (CANJUPINOS) el fallo dictado en fecha 13-08-2009.

 

 

 

11.- Expediente N° 2007-000071: NELSON ROMERO CASTILLO y ROBERTO LA TORRE, titulares de las cédulas de identidad números 1.064.602 y 1.850.287, respectivamente, asistidos por el abogado Quiro Rafael Arvelaez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.265, interponen recurso contencioso de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo y medida cautelar, contra el proceso electoral celebrada el 30-08-2007 en la Caja de Ahorro de los Jubilados y Pensionados del INOS-MARN (CANJUPINOS). (Recibido el 03-09-2007).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la Boleta librada a los ciudadanos Nelson Romero Castillo y Roberto La Torre mediante la cual se les notifica del fallo dictado en fecha 13-08-2009. Boleta que fue dejada en el domicilio procesal de los referidos ciudadanos, de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

12.- Expediente N° 2007-000071: NELSON ROMERO CASTILLO y ROBERTO LA TORRE, titulares de las cédulas de identidad números 1.064.602 y 1.850.287, respectivamente, asistidos por el abogado Quiro Rafael Arvelaez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.265, interponen recurso contencioso de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo y medida cautelar, contra el proceso electoral celebrada el 30-08-2007 en la Caja de Ahorro de los Jubilados y Pensionados del INOS-MARN (CANJUPINOS). (Recibido el 03-09-2007).

 

La Secretaria de la Sala dejó constancia que en esta fecha el ciudadano Alguacil le manifestó que el día 19-10-2009, se había trasladado al domicilio procesal de los ciudadanos Nelson Romero Castillo y Roberto La Torre y dejado la boleta de notificación librada, de conformidad con lo previsto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

13.- Expediente N° 2009-000054: GUILLERMO GABRIEL CEDEÑO VERA, titular de la cédula de identidad Nº 13.656.885, asistido por la abogada Alcaliz Morales de Rosales, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 12.618, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el Consejo Nacional Electoral por no haber dado respuesta al recurso jerárquico ejercido contra el Acta de Totalización y Proclamación de fecha 24-11-2008, emanada de la Junta Municipal Electoral del Municipio Santa María de Ipire del Estado Guárico, mediante la cual se proclamó al ciudadano Denal El Achauch Lamas como Alcalde del referido Municipio.

 

El abogado Guillermo Gabriel Cedeño Vera, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 108.581,  actuando con el carácter de parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual solicitó se notifique al Consejo Nacional Electoral la decisión N° 140 en fecha 21-10-2009, y se remita el expediente administrativo al referido Órgano Comicial.

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

                                                                                             

 

                                                                                              La Secretaria,

 

 

 

PATRICIA CORNET GARCÍA


 

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