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CUENTA Nº 108
Despacho del martes (03) de agosto de 2010. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luís Alfredo Sucre Cuba, con la asistencia del Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.
SECRETARÍA
SECRETARÍA EN:
1.- Expediente N° 2010-000076: JOSÉ VALENTÍN URBINA PERDOMO, JOSÉ ROSARIO CASTILLO e IGNACIO RAFAEL ÁVILA GUERRA, titulares de la cédula de identidad N° 6.375.244, 3.624.821 y 9.482.546, respectivamente, asistidos por la abogada Mónica Andrea Rodríguez Flores, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 47.565, Defensora Pública con Competencia para actuar ante la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, interponen demanda contencioso electoral contra la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros y Previsión Social de Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), relativo al proceso electoral celebrado el día 29-05-2009, en la mencionada Caja de Ahorros.
Se solicitó a la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros y Previsión Social de Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional, los antecedentes administrativos, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con la demanda. Se libró Oficio N° 10-311.
2.- Expediente N° X-2010-000009: (CUADERNO SEPARADO) RAFAEL ANTONIO ARRIECHE VIRGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 7.444.842, asistido por la abogada Elayne Sánchez Álvarez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 92.120, solicitó "EXTENSIÓN DE LOS EFECTOS DE LA MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DE CUALQUIER ELECCIÓN DE AUTORIDADES DECANALES EN LA UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL 'LISANDRO ALVARADO' Y EN ESPECIAL LA DE LOS DECANATO DE CIENCIAS DE LA SALUD Y EL DECANATO DE CIENCIAS Y TECNOLOGÍA", cuyo acto de votación está fijado para los días 19 y 28 de julio de 2010, acordada en Sentencia N° 59 de fecha 04-05-2010, dictada en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar interpuesto por los ciudadanos PEDRO ROSAS, JHONNY VÁSQUEZ, RAFAEL SILVA, HENRY YÉPEZ y CARYELI PÉREZ, titulares de la cédula de identidad N° 5.931.609, 11.791.505, 2.915.762, 18.137.083 y 18.527.609, respectivamente, contra la Comisión Electoral Central de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado” y el Consejo Universitario de la referida Casa de Estudios, respecto al proceso electoral para la escogencia de las autoridades de dicha Universidad, período 2010-2014. (Acumulado con Expediente N° 2010-000048 interpuesto por AGABO PALMA, ROBERTO GUEDEZ, PAUSIDES ANTONIO VIRGUEZ GUTIÉRREZ y RAFAEL ANTONIO ARRIECHE, titulares de la cédula de identidad N° 7.985.862, 7.365.735, 4.065.584 y 7.444.842, respectivamente) (Expediente Principal N° 2010-000044).
Vista las notificaciones practicadas el 27-07-2010 por el ciudadano Alguacil de la Sala Electoral, mediante las cuales dejó constancia de haber notificado a la ciudadana Rossi D´Apollo, en su carácter de Presidenta de la Comisión Electoral de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado; y a la ciudadana Sandra Arcec, en su carácter de Consultora Jurídica de la referida universidad, Se dejó sin efecto la comisión librada al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Circunscripción Judicial del estado Lara (Distribuidor), por lo que corresponde a la notificación de la Comisión Electoral Central de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado” y al Consejo Universitario de la referida Universidad.
3.- Expediente N° 2010-000003: LUIS SÁNCHEZ ESCALONA, titular de la cédula de identidad N° 4.867.379, asistido por el abogado Wladimir Villegas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 78.992, interpone recurso de nulidad conjuntamente con amparo cautelar contra la Resolución N° 091007-0417 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 07-10-2009 que declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra el Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación, emanada de la Comisión Electoral Ad-hoc, con ocasión al acto de votación celebrado en fecha 21-05-2009, en cumplimiento a lo ordenado por el Consejo Nacional Electoral a través de la Resolución N° 090311-122 de fecha 11-03-2009 referido al proceso electoral para la renovación de las autoridades del Sindicato Único de Trabajadores de la Salud de Instituciones Públicas y Privadas de la Seguridad Social del Estado Carabobo.
Vista la Sentencia N°113 dictada por la Sala Electoral el 27-07-2010, se acordó comisionar al Juzgado Primero del Municipio Valencia de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, a los fines de notificar al ciudadano LUIS SÁNCHEZ ESCALONA, (parte recurrente). Se Libraron boleta, Oficio N° 10-308 y Despacho. Asimismo se ordenó librar Oficio N° 10-309 al Ministerio Público.
4.- Expediente N° 2010-000069: PEDRO RAMÓN MACHADO MARTÍNEZ, SEBASTIAN DE JESÚS BETANCOURT CERMEÑO, JOSÉ LUIS FARIAS y LUISA MARGARITA ARAGORT, titulares de la cédula de identidad N° 8.885.904, 11.170.787, 9.421.611 y 5.485.213, respectivamente, asistidos por el abogado PABLO BRICEÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.765, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra la Comisión Electoral de la Universidad de Oriente, respecto a la elección de las autoridades de la referida Casa de Estudios cuyo acto de votación se fijó para el 28 de julio de 2010.
Vista la Sentencia N° 117 del 02-07-2010 mediante la cual se ORDENÓ ACUMULAR el Expediente AA70-E-2010-000074 al Expediente AA70-E-2010-000069, se acordó notificar el referido fallo a los litisconsortes activos, a la Comisión Electoral de la Universidad de Oriente, al Consejo Universitario de la referida Casa de Estudios, así como a la ciudadana Reina Gedeón Serpa. Se libraron Boletas y Oficios N° 10-313 y 10-314. Asimismo, se comisionó al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre (Distribuidor), a los fines de notificar el referido fallo a los ciudadanos PEDRO RAMÓN MACHADO MARTÍNEZ y otros. Se libró Oficio N° 10-312 y despacho. del mismo modo, se ordenó librar Oficio N°10-315 al Ministerio Público. Finalmente una vez que conste las notificaciones ordenadas se procederá a librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado el diario “El Nacional”.
5.- Expediente N° 2010-000061: Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia declina la competencia en el expediente contentivo de la demanda de nulidad interpuesta por el abogado Rafael Suarez Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.604, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano ELIMEDO SEGUNDO MORALES, titular de la cédula de identidad N°7.875.992, contra la “proclamación y disolución como miembros de la junta directiva” del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de Alfarerías, Bloqueras, Distribución y Venta de Materiales de Construcción Similares y Conexos del Estado Zulia, en el proceso electoral celebrado el 21 de septiembre de 2001. Oficio N° T8PJ-2010-1520 de fecha 28-05-2010, remitiendo el expediente N° VH02-L- 2002-000081 (nomenclatura de ese Juzgado). (2 piezas).
Vista la Sentencia N° 112 dictada en fecha 27-07-2010, la Sala ordenó notificar al ciudadano ELIMEDO SEGUNDO MORALES (parte demandante). Se acordó comisionar al Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, a los fines de notificar al referido ciudadano. Se libraron Boleta, Oficio Nº 10-310 y Despacho. Igualmente, la Sala de conformidad con lo establecido en el artículo 93 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia acordó notificar al SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE ALFARERIAS, BLOQUERAS, DISTRIBUCIÓN Y VENTA DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN, SIMILARES Y CONEXOS DEL ESTADO ZULIA, del fallo dictado en fecha 27-07-2010, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días calendarios, contados a partir de la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
OFICIO RECIBIDO EN:
6.- Expediente N° 2009-000015: HUMBERTO JESÚS FRANKA SALAS, titular de la cédula de identidad N° 9.162.624, asistido por el abogado Hugo Antonio García Alfonso, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.455, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el Consejo Nacional Electoral, respecto, en primer lugar, a la impugnación presentada en fecha 15-08-2008, contra la Resolución N° NO.080721-658, emanada de la Junta Electoral del Municipio Sucre del Estado Zulia, en la cual se admitió la candidatura del ciudadano Jorge Alberto Barboza Gutiérrez al cargo de Alcalde del mencionado Municipio, y, en segundo lugar, contra el Registro Electoral Permanente del Municipio Sucre del Estado Zulia utilizado para las Elecciones Regionales de Gobernadores y Alcaldes, celebradas el 23-11-2008.
Por recibido en fecha 02-08-2010 Oficio N° 3430-429 de fecha 06-07-2010, emanado del Juzgado del Municipio Sucre de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada por la Sala en fecha 07-06-2010, se acordó agregar al expediente el referido oficio, así como su anexo.
7.- Expediente N° 2010-000041: ÁNGEL RICARDO OLIVO y JOSÉ OLIVERA, titulares de la cédula de identidad N° 1.567.593 y 4.340.118, respectivamente, asistidos por la abogada Gladys Parra, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 34.959, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 100122-0025 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 22-01-2010 publicada en Gaceta Electoral N° 519 del 18-03-2010 en la cual resolvió: 1.- Abstenerse de conocer los recaudos consignados en fecha 02-11-2009, relativos a “la supuesta elección efectuada el 21 de octubre del mismo año por la FEDERACIÓN UNITARIA DEL MAGISTERIO DE VENEZUELA (FETRAMAGISTERIO)” y 2.- Repuso el proceso electoral de la referida Federación a la fase de “Resolución de las Impugnaciones por parte de la Junta Electoral Nacional”.
Por recibido en fecha 03-08-2010 Oficio N° 0840-9315 de fecha 07-07-2010, emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada por la Sala en fecha 15-06-2010, se acordó agregar al expediente el referido oficio, así como su anexo.
DILIGENCIA EN:
8.- Expediente N° 2009-000014: PEDRO RAFAEL ACUÑA, titular de la cédula de identidad N° 5.422.028, asistido por el abogado Jesús Onofre Araujo Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.492, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso de elecciones parciales realizado en los centros de votación Malariología, Hospital J.M.B. Sanare y Dirección de Salud del estado Lara, para elegir la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (COHORMINSA), celebrado el 03-03-2009. (Acumulado con Exp. Nº 2009-000020 interpuesto por el ciudadano LINO BENCOMO, titular de la cédula de identidad N° 958.054, asistido por la abogada ZULAY PINEDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.972).
La abogada OLYMAR ZURITA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.138, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), presentó diligencia mediante la cual "denunció desacato de la Sentencia de fecha 25-03-2010" por parte del ciudadano Teodoro Silva, así como solicitó a la Sala "se aclare cual candidato debe proclamar y Juramentar esta Comisión".
9.- Expediente N° 2010-000074: Ángel García Avilés, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.244, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos WILLIAM SENIOR GALINDO, JULIO MARÍN, NEY LUIGGI, JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ, NAHUN SALAZAR BENÍTEZ, ANTONIO CURCU y ALBERTO SOLÓRZANO, titulares de la cédula de identidad N° 3.958.450, 9.427.575, 4.029.742, 9.897.847, 14.284.017, 9.274.138 y 16.145.365, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos contra la Comisión Electoral y el Consejo Universitario de la Universidad de Oriente, respecto al proceso electoral para la escogencia de las autoridades universitarias período 2010-2014, cuyo acto de votación está pautado para el día 28-07-2010.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 10-287, anexo al cual se remitió comisión al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre (Distribuidor), a los fines de notificar a la Comisión Electoral y al Consejo Universitario de la Universidad de Oriente del auto dictado en 19-07-2010. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.
10.- Expediente N° 2009-000083: PRISCILIANO ALFONSO RODRÍGUEZ, CASTO GIL RIVERA, WLADIMIR JOSÉ GENER CARABALLO, LUIS FELIPE GENER CASTRO y CARLOS LUIS FUENMAYOR, titulares de las cédulas de identidad número 3.850.984, 582.445, 8.973.422, 1.309.868 y 142.008, respectivamente, asistidos por el abogado MIGUEL GENER MORANTES, titular de la cédula de identidad N° 2.984.567 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 3.477, quien a su vez actúa en nombre propio, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la convocatoria a Asamblea Nacional fijada para el día 21-11-2009, a los fines de elegir a las autoridades del Movimiento Electoral del Pueblo (MEP), Partido Socialista de Venezuela, período 2009-2013.
El abogado TOBÍAS CARMELO GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 31.316, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Andrés Luciano Lara y Wilmer Nolasco, parte demandada, presentó diligencia mediante la cual consignó Acta de fecha 02-08-2010, dando cumplimiento con lo solicitado en la Sentencia de fecha 16-06-2010.
El Presidente,
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA
La Secretaria,
PATRICIA CORNET GARCÍA
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