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Sala Electoral
  • Fecha: 04 de febrero de 2010





CUENTA Nº 16

CUENTA Nº 16

Despacho del jueves cuatro (04) de febrero de 2010. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.

                                  

SECRETARÍA

 

1.- Expediente N° 2009-000091: Raisath Padrinos Malpica, inscrita en el Inpreabogado  bajo el N° 102.505, actuando con el carácter de apoderada judicial de  la ciudadana CARMEN TOVAR, titular de la cédula de identidad N° 5.614.102, interpone “Recurso Contencioso Electoral de Nulidad Absoluta simultáneamente con la acción de amparo Autónomo” contra “actuación de la comisión electoral de CAHORMINSAS”.

 

Vista la Sentencia dictada en fecha 03-02-2010, se  acordó notificar a la parte recurrente y a la Comisión Electoral Principal  de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA). Se libraron boleta y Oficio N° 10-044.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

2.- Expediente N° 2010-000017: Glen Mirabal Alvarado y Nabor Jesús Lanz Calderón, inscritos en el Inpreabogado bajo los número  59.343 y 79.342, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del  ciudadano BOFIL TORRES, titular de la cédula de identidad N° 4.669.980, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el acto administrativo signado con el N° SCA-DL-7250 proferido por la Superintendencia de Cajas de Ahorro, adscrita al Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas, en fecha 08-01-2010, referida a la  escogencia de las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, cuyo acto de votación se fijó para el día 05-02-2010.

Los abogados Glen Mirabal Alvarado y Nabor Lanz, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 59.343 y 79.342, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la parte recurrente, consignaron escrito mediante el cual reformaron parcialmente el recurso interpuesto y sustituyeron  el amparo cautelar ejercido por medida cautelar.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

3.- Expediente N° 2009-000014: PEDRO RAFAEL ACUÑA, titular de la cédula de identidad N° 5.422.028, asistido por el abogado Jesús Onofre Araujo Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.492, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso de elecciones parciales realizado en los centros de votación Malariología, Hospital J.M.B. Sanare y Dirección de Salud del estado Lara, para elegir la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (COHORMINSA), celebrado el 03-03-2009. (Acumulado con Exp. Nº 2009-000020 interpuesto por el ciudadano LINO BENCOMO, titular de la cédula de identidad N° 958.054, asistido por la abogada ZULAY PINEDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.972).

 

El abogado DAVID PLAZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 72.774, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Oscar Perdigón  y Wilfredo Flores, terceros intervinientes, consignó diligencia mediante la cual se dio por notificado y "reconoce las resultas judiciales".

 

 

4.- Expediente N° 2009-000014: PEDRO RAFAEL ACUÑA, titular de la cédula de identidad N° 5.422.028, asistido por el abogado Jesús Onofre Araujo Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.492, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso de elecciones parciales realizado en los centros de votación Malariología, Hospital J.M.B. Sanare y Dirección de Salud del estado Lara, para elegir la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (COHORMINSA), celebrado el 03-03-2009. (Acumulado con Exp. Nº 2009-000020 interpuesto por el ciudadano LINO BENCOMO, titular de la cédula de identidad N° 958.054, asistido por la abogada ZULAY PINEDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.972).

 

La abogada OLYMAR ZURITA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.138, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSAS), presentó diligencia mediante la cual se dio por notificada de la Sentencia Nº 07 de fecha 03-02-2010 y solicitó copia certificada de la misma y consignó acta de totalización y acta de proclamación de los candidatos electos.

 

 

5.- Expediente N° 2009-000014: PEDRO RAFAEL ACUÑA, titular de la cédula de identidad N° 5.422.028, asistido por el abogado Jesús Onofre Araujo Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.492, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso de elecciones parciales realizado en los centros de votación Malariología, Hospital J.M.B. Sanare y Dirección de Salud del estado Lara, para elegir la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (COHORMINSA), celebrado el 03-03-2009. (Acumulado con Exp. Nº 2009-000020 interpuesto por el ciudadano LINO BENCOMO, titular de la cédula de identidad N° 958.054, asistido por la abogada ZULAY PINEDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.972).

 

La abogada María Eloisa Rivero Quijada, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 49.921, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos Teodoro Silva López y Sulimar Flames Ochoa, consignó diligencia mediante la cual se dio por notificada de la Sentencia N° 7 de fecha 03-02-2010 y solicitó aclaratoria de la misma.

 

 

6.- Expediente N° 2009-000091: Raisath Padrinos Malpica, inscrita en el Inpreabogado  bajo el N° 102.505, actuando con el carácter de apoderada judicial de  la ciudadana CARMEN TOVAR, titular de la cédula de identidad N° 5.614.102, interpone “Recurso Contencioso Electoral de Nulidad Absoluta simultáneamente con la acción de amparo Autónomo” contra “actuación de la comisión electoral de CAHORMINSAS”.

 

La abogada OLYMAR ZURITA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.138, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSAS), consignó diligencia mediante la cual se dio por notificada de la Sentencia Nº 06 de fecha 03-02-2010, y solicitó copia certificada de la misma, la cual cursa a los folios 300 al 307 vuelto del expediente.

 

 

7.- Expediente N° 2010-000009: ISALY JOSEFINA MATHEUS SPÍNDOLA, WILMER ORLANDO SANTIAGO SANTIAGO y VIRGILIO ALFONSO ROA RIVAS, titulares de la cédula de identidad número 6.563.683, 11.467.814 y 6.431.513, respectivamente, asistidos por la abogada Nelly Justina Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 57.358, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra los actos realizados por la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Abierta y la decisión del Consejo de Apelación de la referida Universidad respecto a no permitir la participación del personal docente con categoría de instructor, personal administrativo, obrero, estudiantes y egresados de la Universidad –Nacional Abierta en el proceso eleccionario para la escogencia de las autoridades de dicha Casa de Estudios, período 2010-2014, cuyo acto de votación se fijó para el día 23-02-2010.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 10-025 mediante el cual se solicitó a la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Abierta los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

8.- Expediente N° 2010-000009: ISALY JOSEFINA MATHEUS SPÍNDOLA, WILMER ORLANDO SANTIAGO SANTIAGO y VIRGILIO ALFONSO ROA RIVAS, titulares de la cédula de identidad número 6.563.683, 11.467.814 y 6.431.513, respectivamente, asistidos por la abogada Nelly Justina Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 57.358, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra los actos realizados por la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Abierta y la decisión del Consejo de Apelación de la referida Universidad respecto a no permitir la participación del personal docente con categoría de instructor, personal administrativo, obrero, estudiantes y egresados de la Universidad –Nacional Abierta en el proceso eleccionario para la escogencia de las autoridades de dicha Casa de Estudios, período 2010-2014, cuyo acto de votación se fijó para el día 23-02-2010.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 10-026 mediante el cual se solicitó los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso al Consejo de Apelación de la Universidad Nacional Abierta.

 

9.- Expediente N° 2009-000089: Maritza Elena Hernández Aldana, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 60.007, actuando con el carácter de apoderada judicial de la CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO LARA, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar contra el proceso electoral celebrado el 25-09-2009 en el Sindicato de Empleados Públicos de la Contraloría General del Estado Lara (SEPCEL), para elegir a las autoridades de dicho Sindicato, período 2009-2012.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 09-346 anexo al cual se remitió comisión al Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a fin de solicitar a la Junta Directiva y a la Junta Electoral del Sindicato de Empleados Públicos de la Contraloría General del Estado Lara (SEPCEL) los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO EN:

 

 

10.- Expediente N° 2009-000086: YRMA PAZOS DE FUENMAYOR e YRIA PÉREZ SALAS, titulares de las cédulas de identidad número 4.684.158 y 3.805.861, e inscritas en el Inpreabogado bajo los números 16.491 y 66.927 respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos administrativos emanados de la Superintendencia de Cajas de Ahorro identificados como Oficio N° SCA-DL-6870 de fecha 17 de Noviembre de 2009 y Oficio N° SCA-DL-6913 de fecha 19 de Noviembre de 2009, respecto al proceso para la elegir a las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ministerio Público (CAPMP), período 2009-2012.

 

Las abogadas Yrma Pazos e Yria Pérez, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 16.491 y 66.927, respectivamente, consignaron escrito de promoción de pruebas, (acompañaron anexos). Se ordenó reservar el referido escrito, así como sus anexos, hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

11.- Expediente N° 2010-000007: Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, declinó competencia en el expediente contentivo del recurso contencioso de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por el ciudadano RICHARD FERMÍN PRIETO, titular de la cédula de identidad número 17.418.274, asistido por el abogado José Agustín Brito Salazar, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 83.820, contra el acto administrativo dictado en fecha 14-12-2009 por la Cámara Municipal del Municipio Arismendi del Estado Nueva Esparta, que acordó que hasta tanto no se realicen las elecciones para cubrir la vacante por ausencia absoluta del Alcalde del referido Municipio, para el período 2008-2012, el Alcalde o Alcaldesa será el concejal o concejala que resulte electo el día 07-01-2010. Oficio N° 035-10 de fecha 15-01-2010, remitiendo el expediente N° N-06040-10 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal y 1 cuaderno separado).

El ciudadano Luis José Figueroa, titular de la cédula de identidad N° 11.536.506, actuando con el carácter de Alcalde designado del Municipio Arismendi del Estado Nueva Esparta, asistido por el abogado David Plaza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 52.119, presentó escrito mediante el cual consignó recaudos.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

12.- Expediente N° 2009-000076: YULISSA CECILIA GONZÁLEZ FLORES, FERMÍN DEL VALLE GUTIÉRREZ CORREDOR y MARTA SALCEDO DE CALZADILLA, titulares de las cédulas de identidad  número 8.679.172, 10.531.375 y 5.614.753 respectivamente, asistidos por el abogado Wilmer Partidas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, interponen recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar contra el proceso electoral celebrado el 21-09-2009, para la elección del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia y Delegados de la Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados Públicos de la Gobernación del Estado de Miranda (CAPEM), período 2009-2012.

 

El abogado WILMER PARTIDAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 39.279, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual ratificó las diligencias consignadas por él en fecha 01-02-2010 y 03-02-2010, y dejó constancia de no haberse librado cartel de emplazamiento.

 

 

13.- Expediente N° 2010-000007: Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, declinó competencia en el expediente contentivo del recurso contencioso de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por el ciudadano RICHARD FERMÍN PRIETO, titular de la cédula de identidad número 17.418.274, asistido por el abogado José Agustín Brito Salazar, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 83.820, contra el acto administrativo dictado en fecha 14-12-2009 por la Cámara Municipal del Municipio Arismendi del Estado Nueva Esparta, que acordó que hasta tanto no se realicen las elecciones para cubrir la vacante por ausencia absoluta del Alcalde del referido Municipio, para el período 2008-2012, el Alcalde o Alcaldesa será el concejal o concejala que resulte electo el día 07-01-2010. Oficio N° 035-10 de fecha 15-01-2010, remitiendo el expediente N° N-06040-10 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal y 1 cuaderno separado).

El ciudadano LUIS JOSÉ FIGUEROA, titular de la cédula de identidad N° 11.536.506, asistido por el abogado David Plaza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.774, presentó diligencia mediante la cual solicitó copia certificada de la Sentencia N° 03 de fecha 28-01-2010.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

14.- Expediente N° 2010-000015: MANUEL ERNESTO COLMENARES MENDOZA, titular de la cédula de identidad N° 5.673.189, asistido por el abogado Felipe Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 99.340, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra el Consejo de Administración y Vigilancia de la Caja de Ahorros y Previsión Social de los Trabajadores del Ministerio de Infraestructura (CAPREMINFRA), a los fines que se “ordene de manera inmediata a los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de esa Caja de Ahorro a que convoquen de manera inmediata a una Asamblea General de Delegados para la elección de la Comisión Electoral Principal” para elegir la Junta Directiva de la referida Caja de Ahorros.

El ciudadano Manuel Colmenares, asistido por el abogado Felipe Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 99.340, presentó escrito anexo al cual consignó recaudos.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

15.- Expediente N° 2010-000015: MANUEL ERNESTO COLMENARES MENDOZA, titular de la cédula de identidad N° 5.673.189, asistido por el abogado Felipe Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 99.340, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra el Consejo de Administración y Vigilancia de la Caja de Ahorros y Previsión Social de los Trabajadores del Ministerio de Infraestructura (CAPREMINFRA), a los fines que se “ordene de manera inmediata a los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de esa Caja de Ahorro a que convoquen de manera inmediata a una Asamblea General de Delegados para la elección de la Comisión Electoral Principal” para elegir la Junta Directiva de la referida Caja de Ahorros.

El ciudadano Manuel Colmenares, asistido por el abogado Felipe Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 99.340, consignó diligencia mediante la cual otorgó poder Apud-Acta al abogado asistente.

 

 

COMUNICACIÓN RECIBIDA EN:

 

 

16.- Expediente N° 2008-000079: Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad número 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Electoral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta Directiva.

 

Por recibida comunicación GS. 0007/10 de fecha 15-01-2010, suscrita por el ciudadano Oswaldo Patiño González, Gerente de  Seguridad de Banco Sofitasa, Banco Universal, en respuesta al Oficio N° 09-390 emanado de la Sala, mediante la cual informó que el Instituto de Previsión Social del Médico no tiene relación con ese Banco.

 

 

17.- Expediente N° 2008-000079: Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad número 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Elect oral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta Directiva.

 

Por recibida comunicación GRC-2010-3753 de fecha 25-01-2010, suscrita por el ciudadano Alvaro Iturriza Vicepresidente de Asuntos Judiciales del Banco de Venezuela, en respuesta al Oficio N° 09-390 emanado de la Sala, mediante la cual informó que el Instituto de Previsión Social del Médico no fue ubicado en la base de datos y solicitó se le suministre el número de registro de información fiscal de dicho Instituto a fin de realizar nueva búsqueda.

 

 

18.- Expediente N° 2008-000079: Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad número 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Electoral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta Directiva.

 

Por recibida comunicación de fecha 28-01-2010, suscrita por la ciudadana Ana Ritondale Oficial de Cumplimiento del 100% Banco, Banco Comercial, en respuesta al Oficio N° 09-390 emanado de la Sala, mediante la cual informó que el Instituto de Previsión Social del Médico no mantiene ni ha mantenido relación financiera con ese Banco.

 

 

 

SENTENCIA

 

 

19.- Expediente N° 2010-000001: GIAN LUIS LIPPA PREZIOSI, titular de la cédula de identidad N° 2.725.334, asistido por la abogada Mirtha Josefina Guedez Campero, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 6.768, interpone acción de amparo constitucional referida a la sanción de “inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por un período de dos (02) años” impuesta a su persona por parte de la Contraloría General de la República. La Sala declaró: 1.- Su INCOMPETENCIA para conocer de la acción de amparo constitucional intentada. 2.- REMITIR el expediente a la Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia. Ponente. JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 8.

 

 

20.- Expediente N° 2009-000073: Eduardo García, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 110.153, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos LUIS RODRÍGUEZ, NELLY COLMENARES, GLADYS DE GONZÁLEZ, GLADYS FUENTES, ISABEL RENGIFO, ANTONIO SHICK, ESTEBAN LOBO, MIREYA LUGO, FREDDY GONZÁLEZ, MANUELA TANCREDI, DIANORA GUEVARA, LORENZO QUINTERO, RAFAEL GONZÁLEZ, DICIA UGAS, EDITH HERRERA, RAMÓN LORETO, BEATRIZ HERRERA, HERSA BOLÍVAR y MAYRA RODRÍGUEZ, titulares de las cédulas de identidad número 2.107.302, 2.082.782, 1.418.915, 144.439, 1.998.448, 2.942.174, 5.220.058, 1.415.911, 1.861.784, 6.005.134, 742.432, 680.614, 906.852, 2.144.257, 5.413.390, 1.888.140, 6.101.101, 3.250.870 y 2.119.574, respectivamente, interpone recurso contencioso de nulidad conjuntamente con medida cautelar contra la Asamblea General de la Asociación de Trabajadores Jubilados Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela, (AJUPTEL-CARACAS), celebrada el 10-03-2009, en la cual se reestructuró y renovó la Junta Directiva de la referida Asociación. La Sala ADMITIÓ el recurso contencioso electoral interpuesto y declaro IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada.  Ponente. LUIS ALFREDO SUCRE CUBA. Sentencia N° 9.

 

 

21.- Expediente N° 2009-000077: EDGAR PARRA MORENO, JOSÉ GREGORIO CHUECOS y JESÚS DÍAZ, titulares de las cédulas de identidad número 1.648.952, 8.002.095 y 11.410.357, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 18.386, 132.322 y 70.823, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada contra  “el acto y la conducta desplegada por el CONSEJO FEDERAL del Partido Social Cristiano COPEI, con fecha 14 de agosto de 2.009, quien (…) procedió a destituirnos de nuestros cargos como miembros de la COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL”. La Sala ORDENÓ la ejecución forzosa de la sentencia número 176 del 9-12-2009, y en consecuencia: 1.- SUSPENDIÓ los procedimientos disciplinarios iniciados en contra de los ciudadanos Edgar Parra Moreno, José Gregorio Chuecos, José Hernández y Jesús Díaz, miembros de la Comisión Electoral. 2.- DEJÓ SIN EFECTO la orden de reestructurar el cronograma electoral contenida en la Resolución número 3 emanada de la Asamblea Nacional Extraordinaria del Partido COPEI del 16-01-2010. 3.- ORDENÓ a la Asamblea Nacional del Partido COPEI y al resto de los órganos de dirección de dicha organización política, abstenerse de realizar actos que incidan en el desarrollo del proceso electoral, toda vez que son actos propios de la Comisión Electoral. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia N° 10.

 

 

22.- Expediente N° 2010-000002: Roberto Moreno de Gregorio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 64.326, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JORGE PEROZO, titular de la cédula de identidad N° 2.879.612, interpone acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro de los Empleados del Ministerio del Interior y Justicia respecto a la elección de la Junta Directiva de la referida Caja, período 2009-2012. La Sala declaró: 1.-  COMPETENTE para decidir la acción de amparo constitucional. 2.- ADMITIÓ la acción de amparo constitucional interpuesta. 3.-  ACORDÓ TRAMITAR conforme al procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión número 7 de fecha 01-02-2000.  Ponente. FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA. Sentencia N° 11.

 

 

23.- Expediente N° 2010-000014: Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, declinó competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar por la ciudadana ROSALVA JOSEFINA ARACAS GARCÍA, titular de la cédula de identidad número 6.936.119, asistida por la abogada Mary Graterol Petti, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 120.388, contra el acto contenido en el Oficio N° CEP 01112-09 dictado por la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, en fecha 07 de diciembre de 2009, en el cual -a decir de la accionante- se le “ordenó (…) abstener(se) de presentar postulación a cualquier cargo del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia y Delegados Municipales”, cuyo acto de votación se fijó para el día 05 de febrero de 2010. Oficio N° 0300-2010 de fecha 21 de enero de 2010, remitiendo el expediente N° 3997 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal). La Sala declaró: PRIMERO: Aceptó la declinatoria de competencia del Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas. SEGUNDO:  ADMITIÓ la acción de amparo y ACORDÓ TRAMITAR conforme al procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión de fecha 01-02-2000. TERCERO: IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar planteada por la parte accionante. Ponente. LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia N° 12.

 

24.- Expediente N° 2009-000090: Robert Rodríguez Noriega, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 19.238, actuando con el carácter de apoderado judicial del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO (SUTRAUC), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Resolución N° 091028-0463, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 28-10-2009, en la cual se declaró: 1) sin lugar el escrito de impugnación  de fecha 02-08-2005, presentado por el referido abogado; 2) revocó la medida cautelar de suspensión de elecciones de las autoridades del mencionado Sindicato acordada en fecha 14-05-2005; y 3) Ordenó a la Comisión Electoral del SINDICATO que presente nuevo Proyecto Electoral. La Sala declaró: 1.-     COMPETENTE para conocer el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por el Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad de Carabobo (SUTRAUC).  2.- ADMITIÓ el recurso interpuesto. 3.- IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada. Ponente. FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA. Sentencia N° 13.

 

 

25.- Expediente N° X-2009-000011 (CUADERNO SEPARADO): JUAN PABLO PEÑALOZA, titular de la cédula de identidad N° 8.253.489, asistido por el abogado Mauricio Subero Mujica, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.667, se opone al amparo cautelar dictado mediante Sentencia de fecha 11-11-2009, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto por los ciudadanos HERNÁN JOSÉ ZURITA y WILLIAM URLEY VIELMA GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad número 8.420.478 y 1.588.081, respectivamente, asistidos por los abogados Juan García Gago y Carlos Sánchez Aullon, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 27.398 y 27.829, respectivamente, contra el acto administrativo N° CEP-N° 030, de fecha 04-11-2009, emanado de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, mediante el cual se excluyen a los referidos ciudadanos del listado definitivo de candidatos para elegir a los miembros del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros del C.I.C.P.C.  (Expediente Principal N° 2009-000081). La Sala  ADMITIÓ la intervención del ciudadano Juan Pablo Peñaloza, y declaró  SIN LUGAR la oposición formulada por el ciudadano Juan Pablo Peñaloza, contra la solicitud de amparo cautelar acordada por la Sala en sentencia número 146, del 11-11-2009. Ponente. FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA. Sentencia N° 14.

 

 

26.- Expediente N° 2009-000018: Felipe Nerio Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 79.653, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MARCOS ANTONIO RONDON RODRÍGUEZ, GUSTAVO ENRIQUE VILLARREAL FUNES y WILLIAMS JESÚS ARMAO, titulares de las cédulas de identidad números 7.663.744, 6.166.016 y 4.817.646, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el Reglamento de la Comisión Electoral y los actos emanados de la Comisión Electoral de la Asociación Civil El Dorado Country Club de fechas 06 y 18 de enero de 2009, mediante los cuales no se permitió la inscripción de la Plancha N° 2 para participar en el proceso comicial y se proclamó, sin realizar acto de votación, a la Plancha N° 1, como Junta Directiva y Tribunal Disciplinario  electas para el período 2009 -2011. La Sala declaró IMPROCEDENTE  las solicitudes formuladas en fechas 19 y 26 de enero de 2010, por el ciudadano César Meneses en su carácter de Miembros de la Comisión Electoral de la Asociación Civil el Dorado Country Club. Ponente.  RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N° 15.

 

 

27.- Expediente N° 2010-000017: Glen Mirabal Alvarado y Nabor Jesús Lanz Calderón, inscritos en el Inpreabogado bajo los número  59.343 y 79.342, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del  ciudadano BOFIL TORRES, titular de la cédula de identidad N° 4.669.980, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el acto administrativo signado con el N° SCA-DL-7250 proferido por la Superintendencia de Cajas de Ahorro, adscrita al Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas, en fecha 08-01-2010, referida a la  escogencia de las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, cuyo acto de votación se fijó para el día 05-02-2010. La Sala declaró: 1.- COMPETENTE para conocer el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y suspensión de efectos. 2.- ADMITIÓ el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada. 3.- PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innominada interpuesta, y en consecuencia: 1.-  SUSPENDIÓ los efectos del acto dictado en fecha 8-01-2010 por la Superintendencia de Cajas de Ahorro, signado con el número SCA-DL-7250; y, 2.- ORDENÓ LA SUSPENSIÓN DEL ACTO DE VOTACIÓN de las autoridades de la Asociación Civil "Caja de Ahorros del Personal Ejecutivo del Estado Apure", pautado, para el día 5 de febrero de 2010, hasta tanto se dicte la sentencia definitiva. Ponente. LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia N° 17

 

 

28.- Expediente N° X-2009-000009 (CUADERNO SEPARADO): JOSÉ RAFAEL PALERMO y REYES GILBERTO SEQUERA, titulares de las cédulas de identidad número 3.024.960 y 2.972.209, respectivamente, actuando con el carácter de Presidente y Vicepresidente de la Comisión Electoral Central de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador, asistidos por el abogado Carlos Campos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 13.827, se oponen a la medida cautelar acordada en Sentencia N° 152 de fecha 25-11-2009, en el expediente contentivo del recurso contencioso de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos por lo ciudadanos ZULLY DEL VALLE MILLÁN  BOADAS, JOSÉ LUIS MORALES, OSWALDO  RAMOS, GUSTAVO SOSA, RAMÓN LA CRUZ, DELVIS JIMÉNEZ  y JULIO CASTILLO, titulares de las cédulas de identidad número 5.887.102, 5.978.031, 6.029.008, 6.001.120, 5.432.802, 20.664.509 y 18.819.237, respectivamente, asistidos por el abogado Pablo Briceño Zabala, titular de la cédula de identidad N° 640.972 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.765, quien a su vez actúa en nombre propio, contra la Comisión Electoral Central de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador y la Comisión Electoral Institucional del Instituto Pedagógico de Caracas, por omitir al personal administrativo, obreros y profesores instructores en el padrón electoral publicado para el proceso comicial para elegir a la Directiva del referido Instituto Pedagógico y la vacante absoluta de la Dirección del Instituto Pedagógico de Maracay, cuya primera vuelta está fijada para los días 26, 27 y 28 de noviembre de 2009. (Expediente Principal N° 2009-000080). La Sala declaró SIN LUGAR la oposición a la medida cautelar acordada por la Sala en Sentencia N° 152, del 25 de noviembre de 2009. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N° 17.

 

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

                                                                                  La Secretaria,

 

 

 

PATRICIA CORNET GARCÍA

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