![]() | ||
|
CUENTA Nº 123
Despacho del lunes cuatro (04) de octubre de 2010. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luís Alfredo Sucre Cuba, con la asistencia del Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.
SECRETARÍA
SECRETARÍA EN:
1.- Expediente N° 2010-000072: MARISABEL BRITO, GREGORY LUNAR, JESÚS ENRIQUE RODRÍGUEZ, REISA DE VILLARROEL, SULEMA OROPEZA, JESÚS VÁSQUEZ, JESÚS HORACIO VÁSQUEZ, MELVIS GONZÁLEZ y RAÚL VÁSQUEZ, titulares de las cédula de identidad N° 5.698.115, 9.981.365, 5.089.031, 4.949.591, 4.293.968, 10.878.969, 8.426.018, 5.914.452 y 8.399.899, respectivamente, asistidos por el abogado Marcos Javier Solís Saldivia, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.655, interponen recurso contencioso electora contra el proceso electoral efectuado en la Caja de Ahorro de los Empleados del Ejecutivo del Estado Sucre, para elegir al Consejo de Administración, el Consejo de Vigilancia y a los Delegados de la referida Caja de Ahorro, período 2010-2013, cuyo acto de votación se efectuó el 28-04-2010. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario del Primer Circuito del Estado Sucre, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 326-210 de fecha 15-06-2010, expediente N° 09890 (nomenclatura de ese Juzgado). (3 Piezas principales).
Por recibido en fecha 30-09-2010, Oficio N° 467-2010 de fecha 23-09-2010, emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del estado Sucre, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida por la Sala en fecha 13-07-2010, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.
2.- Expediente N° 2010-000044: PEDRO ROSAS, JHONNY VÁSQUEZ, RAFAEL SILVA, HENRY YÉPEZ y CARYELI PÉREZ, titulares de la cédula de identidad N° 5.931.609, 11.791.505, 2.915.762, 18.137.083 y 18.527.609, respectivamente, asistidos por el abogado Rosalio Montero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 4.136, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral Central de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado” y el Consejo Universitario de la referida Casa de Estudios, por la exclusión de “los miembros de la comunidad universitaria: personal administrativo, personal obrero, Instructores, miembros del personal docente especial, egresados y egresadas, y con la participación de los estudiantes pero en situación de mengua con el reconocimiento de sus votos en sólo un 25% del valor de los votos de los profesores” del proceso electoral para la escogencia de las autoridades de dicha Universidad, período 2010-2014, cuyo acto de votación está fijado para el día 05-05-2010. (Acumulado con Expediente N° 2010-000048 interpuesto por AGABO PALMA, ROBERTO GUEDEZ, PAUSIDES ANTONIO VIRGUEZ GUTIÉRREZ y RAFAEL ANTONIO ARRIECHE, titulares de la cédula de identidad N° 7.985.862, 7.365.735, 4.065.584 y 7.444.842, respectivamente, los dos primeros como Secretario General y Secretario de Reclamos de la Asociación de Trabajadores Administrativos de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado” (ATAUCLA) y los dos últimos invocando su condición de personal obrero de la referida Casa de Estudios, asistidos por la abogada Elayne Sánchez Álvarez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 92.120).
Se abrió Tercera (3ra) Pieza.
3.- Expediente N° X-2010-000008 (CUADERNO SEPARADO): SANDRA VIRGINIA ARCE CRESPO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 30.711, actuando con el carácter apoderada judicial de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado"; y ROSIFELICITA D'APOLLO, titular de la cédula de identidad N° 7.310.375, Presidenta de la Comisión Electoral de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, se oponen a medida cautelar acordada en Sentencia N° 57 del 04-05-2010, dictada en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar interpuesto por los ciudadanos PEDRO ROSAS, JHONNY VÁSQUEZ, RAFAEL SILVA, HENRY YÉPEZ y CARYELI PÉREZ, titulares de la cédula de identidad N° 5.931.609, 11.791.505, 2.915.762, 18.137.083 y 18.527.609, respectivamente, contra la Comisión Electoral Central de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado” y el Consejo Universitario de la referida Casa de Estudios, respecto al proceso electoral para la escogencia de las autoridades de dicha Universidad, período 2010-2014, cuyo acto de votación está fijado para el día 05-05-2010. (Acumulado con Expediente N° 2010-000048 interpuesto por AGABO PALMA, ROBERTO GUEDEZ, PAUSIDES ANTONIO VIRGUEZ GUTIÉRREZ y RAFAEL ANTONIO ARRIECHE, titulares de la cédula de identidad N° 7.985.862, 7.365.735, 4.065.584 y 7.444.842, respectivamente,). (Expediente Principal N° 2010-000044).
Se comisionó nuevamente al Juzgado del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara (Distribuidor), a los fines de notificar a los ciudadanos AGABO PALMA, ROBERTO GUEDEZ, PAUSIDES ANTONIO VIRGUEZ GUTIÉRREZ y RAFAEL ANTONIO ARRIECHE (recurrentes) la Sentencia N° 98 dictada el 22-06-2010. Se libró boleta, Oficio N° 10-364 y Despacho.
4.- Expediente N° 2009-000071: DANIEL CASTELLANO, titular de la cédula de identidad N° 11.806.098, asistido por el abogado José Delgado Pelayo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 60.212, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 090603-0307 de fecha 03-06-2009 emanada del Consejo Nacional Electoral en la cual se declaró NULA la Resolución N° 080514-537 de fecha 14-05-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 436 de fecha 19-06-2008 y RECONOCIÓ el proceso electoral efectuado en fecha 27-06-2007 en el Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras Administrativos y Técnicos de la Universidad Nacional Experimental Francisco de Miranda (SEAUNEFM).
Vista la Sentencia N° 129 de fecha 12-08-2010, mediante la cual se declaró INADMISIBLE el recurso contencioso electoral interpuesto, se acordó comunicar el referido fallo a la parte recurrente, así como al Consejo Nacional Electoral. Se libraron boleta y Oficio N° 10-365. Asimismo, se comisionó al Juzgado del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del estado Falcón (Distribuidor) a los fines de notificar al ciudadano Daniel Castellano (parte recurrente) Se libró Oficio N° 10-363 y Despacho.
5.- Expediente N° 2009-000057: CARLOS EDUARDO ZAPATA AGUILERA, titular de la cédula de identidad N° 4.282.812, actuando con el carácter de jubilado de la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela C.A.N.T.V., asistido por el abogado Oslan Rafael Petit, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 60.463, interpone acción mero declarativa referida su condición de miembro del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de la Industria de las Telecomunicaciones, Similares, Afines y Conexos del Distrito Capital (S.T.T.I.T.).
Vista la Sentencia N° 134 dictada en fecha 29-09-2010, mediante la cual se admitió la acción mero declarativa y ser tramitada conforme al procedimiento breve. Se acordó citar a la Sociedad Mercantil Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (C.A.N.T.V.) (parte demandada), a los fines de dar contestación a la demanda al Segundo (2) día de despacho siguiente a que conste en autos la citación. Igualmente, se acordó notificar al ciudadano Carlos Eduardo Zapata Aguilera y al Ministerio Público. Se libraron Oficio N° 10-336 y boleta.
DILIGENCIA EN:
6.- Expediente N° 2010-000044: PEDRO ROSAS, JHONNY VÁSQUEZ, RAFAEL SILVA, HENRY YÉPEZ y CARYELI PÉREZ, titulares de la cédula de identidad N° 5.931.609, 11.791.505, 2.915.762, 18.137.083 y 18.527.609, respectivamente, asistidos por el abogado Rosalio Montero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 4.136, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral Central de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado” y el Consejo Universitario de la referida Casa de Estudios, por la exclusión de “los miembros de la comunidad universitaria: personal administrativo, personal obrero, Instructores, miembros del personal docente especial, egresados y egresadas, y con la participación de los estudiantes pero en situación de mengua con el reconocimiento de sus votos en sólo un 25% del valor de los votos de los profesores” del proceso electoral para la escogencia de las autoridades de dicha Universidad, período 2010-2014, cuyo acto de votación está fijado para el día 05-05-2010. (Acumulado con Expediente N° 2010-000048 interpuesto por AGABO PALMA, ROBERTO GUEDEZ, PAUSIDES ANTONIO VIRGUEZ GUTIÉRREZ y RAFAEL ANTONIO ARRIECHE, titulares de la cédula de identidad N° 7.985.862, 7.365.735, 4.065.584 y 7.444.842, respectivamente, los dos primeros como Secretario General y Secretario de Reclamos de la Asociación de Trabajadores Administrativos de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado” (ATAUCLA) y los dos últimos invocando su condición de personal obrero de la referida Casa de Estudios, asistidos por la abogada Elayne Sánchez Álvarez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 92.120).
El Ciudadano Alguacil consignó la boleta original, mediante la cual se notificó a los ciudadanos Pedro Rosas, Jhonny Vásquez, Rafael Silva, Henry Yépez y Caryeli Pérez la Sentencia Nº 120 del 11-08-2010, que admitió el recurso.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS
7.- Expediente N° 2010-000072: MARISABEL BRITO, GREGORY LUNAR, JESÚS ENRIQUE RODRÍGUEZ, REISA DE VILLARROEL, SULEMA OROPEZA, JESÚS VÁSQUEZ, JESÚS HORACIO VÁSQUEZ, MELVIS GONZÁLEZ y RAÚL VÁSQUEZ, titulares de las cédula de identidad N° 5.698.115, 9.981.365, 5.089.031, 4.949.591, 4.293.968, 10.878.969, 8.426.018, 5.914.452 y 8.399.899, respectivamente, asistidos por el abogado Marcos Javier Solís Saldivia, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.655, interponen recurso contencioso electora contra el proceso electoral efectuado en la Caja de Ahorro de los Empleados del Ejecutivo del Estado Sucre, para elegir al Consejo de Administración, el Consejo de Vigilancia y a los Delegados de la referida Caja de Ahorro, período 2010-2013, cuyo acto de votación se efectuó el 28-04-2010. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario del Primer Circuito del Estado Sucre, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 326-210 de fecha 15-06-2010, expediente N° 09890 (nomenclatura de ese Juzgado). (3 Piezas principales).
El abogado José Ramón Sevilla Mata, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.576, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ENRIQUE RODRÍGUEZ DELPINO, MORELLA BERMÚDEZ, JESÚS GÓMEZ, FREDDY ANTON y CRUZ MARVAL, en su carácter de miembros principales y suplentes de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros de los Empleados del Ejecutivo del estado Sucre (CAEES), consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito y formar una (01) pieza separada con los recaudos que acompañaron al escrito.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
DILIGENCIA EN:
8.- Expediente N° 2010-000053: TAHIS PICO DE OLIVERO y JUAN BOLAÑOS CURVELO, titulares de la cédula de identidad N° 5.083.442 y 4.051.610, respectivamente, asistidos por el abogado Marcos Javier Solís Saldivia, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.655, interpone recurso contencioso electoral contra la Comisión Electoral Central del MOVIMIENTO INSTITUCIONAL UDO 70, respecto al proceso electoral para la escogencia de los candidatos al equipo rectoral de la Universidad de Oriente por parte del mencionado Movimiento, cuyo acto de votación se realizó en fecha 09-04-2010. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Tránsito del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 180-2010 de fecha 11-05-2010, Expediente N° 19354 -nomenclatura de ese Juzgado-) (1 pieza principal).
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 10-334, mediante el cual se notificó a la Fiscal General de la República del auto de admisión dictado en fecha 21-09-2010.
El Presidente,
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA
La Secretaria,
PATRICIA CORNET GARCÍA
Recomendar esta página a un amigo(a) |
![]() |