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Sala Electoral
  • Fecha: 08 de marzo de 2010





CUENTA Nº 30

CUENTA Nº 30

Despacho del lunes ocho (08) de marzo de 2010. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.

                                   

SECRETARÍA

 

NUEVO ASUNTO:

 

 

1.- Expediente N° X-2010-000004 (CUADERNO SEPARADO): HENRY MACÍAS y PEDRO ROMERO, titulares de las cédulas de identidad Nº 3.699.314 y 6.866.015, respectivamente, asistidos por el abogado Acacio Sabino, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 3.317, solicitaron medida cautelar en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos interpuesto por los prenombrados ciudadanos contra la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Abierta, por haber excluido al personal administrativo y obrero del padrón electoral para las elecciones de las autoridades de la mencionada Casa de Estudios cuyo acto de votación está fijado para el día 23-02-2010. (Acumulado con Exp. Nº 2010-000009 interpuesto por los ciudadanos ISALY JOSEFINA MATHEUS SPÍNDOLA, WILMER ORLANDO SANTIAGO SANTIAGO y VIRGILIO ALFONSO ROA RIVAS, titulares de la cédula de identidad número 6.563.683, 11.467.814 y 6.431.513, respectivamente, asistidos por la abogada Nelly Justina Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 57.358). (Expediente Principal N° 2010-000004).

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

2.- Expediente N° X-2010-000005 (CUADERNO SEPARADO): Robert Rodríguez Noriega, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 19.238, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad de Carabobo (SUTRAUC), solicitó medida cautelar de suspensión de efectos en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar interpuesto por el mencionado abogado contra la Resolución N° 091028-0463, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 28-10-2009, en la cual se declaró: 1) sin lugar el escrito de impugnación  de fecha 02-08-2005, presentado por el referido abogado; 2) revocó la medida cautelar de suspensión de elecciones de las autoridades del mencionado Sindicato acordada en fecha 14-05-2005; y 3) Ordenó a la Comisión Electoral del SINDICATO que presente nuevo Proyecto Electoral. (Expediente Principal N° 2009-000090).

 

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

3.- Expediente N° X-2010-000004 (CUADERNO SEPARADO): HENRY MACÍAS y PEDRO ROMERO, titulares de las cédulas de identidad Nº 3.699.314 y 6.866.015, respectivamente, asistidos por el abogado Acacio Sabino, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 3.317, solicitaron medida cautelar en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos interpuesto por los prenombrados ciudadanos contra la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Abierta, por haber excluido al personal administrativo y obrero del padrón electoral para las elecciones de las autoridades de la mencionada Casa de Estudios cuyo acto de votación está fijado para el día 23-02-2010. (Acumulado con Exp. Nº 2010-000009 interpuesto por los ciudadanos ISALY JOSEFINA MATHEUS SPÍNDOLA, WILMER ORLANDO SANTIAGO SANTIAGO y VIRGILIO ALFONSO ROA RIVAS, titulares de la cédula de identidad número 6.563.683, 11.467.814 y 6.431.513, respectivamente, asistidos por la abogada Nelly Justina Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 57.358). (Expediente Principal N° 2010-000004).

 

 

Se designó ponente al Magistrado Dr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO, a los fines de de la decisión correspondiente..

 

 

4.- Expediente N° X-2010-000005 (CUADERNO SEPARADO): Robert Rodríguez Noriega, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 19.238, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad de Carabobo (SUTRAUC), solicitó medida cautelar de suspensión de efectos en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar interpuesto por el mencionado abogado contra la Resolución N° 091028-0463, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 28-10-2009, en la cual se declaró: 1) sin lugar el escrito de impugnación  de fecha 02-08-2005, presentado por el referido abogado; 2) revocó la medida cautelar de suspensión de elecciones de las autoridades del mencionado Sindicato acordada en fecha 14-05-2005; y 3) Ordenó a la Comisión Electoral del SINDICATO que presente nuevo Proyecto Electoral. (Expediente Principal N° 2009-000090).

 

 

Se designó ponente al Magistrado Dr. FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

5.- Expediente N° 2010-000026: Wuilber Marzal, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 95.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CÉSAR MENESES, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil El Dorado Country Club referida al proceso eleccionario para la escogencia de la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del referido club, período 2010-2012, cuyo acto de votación se realizó en fecha 07-02-2010.

 

Se solicitó a la Comisión Electoral de la Asociación Civil El Dorado Country Club los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Se libró Oficio N° 10-100. Asimismo, teniendo en cuenta que se interpuso el recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud cautelar, se designó ponente al Magistrado Dr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Finalmente, a los fines de notificar a la referida Comisión Electoral, se comisionó al Juzgado Segundo del Municipio Guaicaipuro de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda. Se Libró Oficio N° 10-099 y Despacho.  

 

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

6.- Expediente N° X-2009-000012 (CUADERNO SEPARADO): RICARDO BRAVO, MARIA CRISTINA VISPO  Y ROBERT OCHOA, titulares de las cédulas de identidad número 9.970.305, 10.383.801 y 8.968.046, e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 54.209, 69.400 y 71.179, respectivamente, se oponen al amparo cautelar acordado mediante Sentencia N° 175 de fecha 08-12-2009, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por las ciudadanas YRMA PAZOS DE FUENMAYOR e YRIA PÉREZ SALAS, titulares de las cédulas de identidad número 4.684.158 y 3.805.861, e inscritas en el Inpreabogado bajo los números 16.491 y 66.927 respectivamente, contra los actos administrativos emanados de la Superintendencia de Cajas de Ahorro identificados como Oficio N° SCA-DL-6870 de fecha 17-11-2009 y Oficio N° SCA-DL-6913 de fecha 19-11-2009, respecto al proceso para la elegir a las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ministerio Público (CAPMP), período 2009-2012. (Expediente Principal N° 2009-000086).

 

Vista la diligencia presentada en fecha 25-02-2010, por la abogada Yrma Pazos Grau, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 16.491, mediante la cual solicitó copia certificada del “cuaderno de solicitud de expedientes del día, 26-04-2010 hasta la presente fecha”, la Sala NEGÓ dicha solicitud.

 

 

OFICIO RECIBIDO EN:

 

 

7.- Expediente N° 2009-000065: Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, declinó la competencia para conocer de la demanda de nulidad interpuesta por el ciudadano ANTONIO RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 9.939.887, asistido por la abogada Albis Elene Cabeza Pereira, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 93.044, contra el Acta de Asamblea General Extraordinaria de la ASOCIACIÓN CIVIL DE PRODUCTORES AFECTADOS POR EL PROYECTO CIGMA (ACPACIGMA), celebrada en fecha 08-06-2007, en la cual se le excluyó del cargo de Secretario de Organización de dicha Asociación Civil. Oficio  N° 1020-636, de fecha 22-07-2009, remitiendo expediente N° 16196 (nomenclatura de ese Juzgado).

 

Por recibido en fecha 04-03-2010, Oficio N° 3110-104 de fecha 23-02-2010 emanado del Juzgado del Municipio Valdez Segundo Circuito Circunscripción Judicial del Estado Sucre-Guiria, anexo al cual remitió las resultas de la comisión conferida por la Sala en fecha 24-11-2009, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

8.- Expediente N° 2009-000015: HUMBERTO JESÚS FRANKA SALAS, titular de la cédula de identidad N° 9.162.624, asistido por el abogado Hugo Antonio García Alfonso, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.455, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el Consejo Nacional Electoral, respecto, en primer lugar, a la impugnación presentada en fecha 15-08-2008, contra la Resolución N° NO.080721-658, emanada de la Junta Electoral del Municipio Sucre del Estado Zulia, en la cual se admitió  la candidatura del ciudadano Jorge Alberto Barboza Gutiérrez al cargo de Alcalde del mencionado Municipio,  y, en segundo lugar, contra el Registro Electoral Permanente del Municipio Sucre del Estado Zulia utilizado para las Elecciones Regionales de Gobernadores y Alcaldes, celebradas el 23-11-2008.

 

Por recibido en fecha 05-03-2010, Oficio N° 3430-119, de fecha 03-03-2010, emanado del Juzgado del Municipio Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, anexo al cual remitió las resultas de la comisión conferida por la Sala en fecha 24-02-2010, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

9.- Expediente N° 2010-000023: FRANCISCO PARADISI, ANTONIO ZAVARELLA, JOSÉ GREGORIO SILVA, PEDRO LEON TORRES, ROBINSON ROMÁN y JESÚS DAVID VILLARROEL, titulares de la cédula de identidad N° 5.532.529, 9.276.101, 5.129.180, 9.163.834, 6.080.425 y 12.782.617, respectivamente, actuando con el carácter de Presidentes de las Federaciones Venezolanas de Squash, Judo, Remo, Levantamiento de Pesas, Canotaje y Kickingball, respectivamente, asistidos por el abogado Pedro Francisco Aranguren, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°  28.788, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de suspensión de efectos contra las actuaciones de la Comisión Electoral del Comité Olímpico Venezolano (COV), referida al proceso eleccionario para la escogencia de la Junta Directiva y Consejo de Honor del referido Comité período 2010-2014, celebrado en fecha 29-01-2010.

 

Los ciudadanos Marcos Oviedo y Marta Aguilar, titulares de la cédula de identidad número 6.003.453 y 4.454.031, respectivamente, actuando con el carácter de miembros de la Comisión Electoral del Comité Olímpico Venezolano, asistidos por la abogada Ana Marrazo, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 7.63, consignaron escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito así como los anexos que lo acompañaron identificados como A, B, C, D, E, F, G, H, I, J, K, M, N, O, P y Q; y formar una (01) pieza separada con el libro identificado como  “COMITÉ OLÍMPICO VENEZOLANO PROCESO ELECCIONARIO 2010-2014”, por contener antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

10.- Expediente N° X-2010-000001 (CUADERNO SEPARADO): DOUGLAS SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 8.532.668, actuando con el carácter de Superintendente de Cajas de Ahorro, adscrita al Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas, asistido por la abogada Ana Mercedes Flores, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 84.452, se opone a la medida cautelar acordada en Sentencia N° 16 de fecha 04 de febrero de 2010, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por los abogados Glen Mirabal Alvarado y Nabor Jesús Lanz Calderón, inscritos en el Inpreabogado bajo los número  59.343 y 79.342, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del  ciudadano BOFIL TORRES, titular de la cédula de identidad N° 4.669.980, contra el acto administrativo signado con el N° SCA-DL-7250 proferido por la Superintendencia de Cajas de Ahorro, adscrita al Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas, en fecha 08-01-2010, referida a la  escogencia de las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, cuyo acto de votación se fijó para el día 05-02-2010. (Expediente Principal N° 2010-000017).

 

Los ciudadanos CARLOS RAMÓN TOVAR, GIRMER VARGAS y SORSOBELLA JIMÉNEZ, titulares de la cédula de identidad Nº 10.617.776, 9.872.089 y 9.872.089, respectivamente, actuando con el carácter de miembros de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure y asistidos por el abogado Marcos Antonio Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 36.101, presentaron escrito de promoción de pruebas.

 

 

 

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

11.- Expediente N° X-2010-000001 (CUADERNO SEPARADO): DOUGLAS SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 8.532.668, actuando con el carácter de Superintendente de Cajas de Ahorro, adscrita al Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas, asistido por la abogada Ana Mercedes Flores, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 84.452, se opone a la medida cautelar acordada en Sentencia N° 16 de fecha 04 de febrero de 2010, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por los abogados Glen Mirabal Alvarado y Nabor Jesús Lanz Calderón, inscritos en el Inpreabogado bajo los número  59.343 y 79.342, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del  ciudadano BOFIL TORRES, titular de la cédula de identidad N° 4.669.980, contra el acto administrativo signado con el N° SCA-DL-7250 proferido por la Superintendencia de Cajas de Ahorro, adscrita al Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas, en fecha 08-01-2010, referida a la  escogencia de las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, cuyo acto de votación se fijó para el día 05-02-2010. (Expediente Principal N° 2010-000017).

 

Los ciudadanos Carlos Tovar, Girmer Vargas y Sorsobella Jiménez, titulares de la cédula de identidad número 10.617.776, 9.872.089 y 11.240.329, respectivamente, actuando con el carácter de miembros de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Personal Ejecutivo del Estado Apure, asistidos por el abogado Marcos Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 36.101, presentaron diligencia mediante la cual otorgan PODER APUD-ACTA a su abogado asistente y al abogado Alexis Silva.

 

 

12.- Expediente N° 2007-000053: FERNANDO BARRIENTOS, titular de la cédula de identidad N° 3.300.473, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 53.579, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra los actos y omisiones de la Comisión Electoral de la Comisión Hípica del Club Campestre Los Cortijos, respecto al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva de la Comisión Hípica del Club Campestre Los Cortijos, cuyo acto de votación se encuentra fijado para el día 25-07-2007.

 

El abogado FERNANDO BARRIENTOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 53.759, presentó diligencia mediante la cual retiró copia certificada de la sentencia de fecha 14-12-2009 y acordada por auto de fecha 04-03-2010.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

13.-  Expediente N° 2010-000012: HÉCTOR GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 11.532.698, asistido por el abogado José Ángel Ruiz, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 44.497, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nro. 090909-0427 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 09-09-2009, publicada en Gaceta Electoral Nro. 513 del 23-12-2009, en la cual se declaró incompetente para conocer de la impugnación interpuesta por los ciudadanos Jorge Silva, Tirso Rafael García y Héctor Alexis González, respecto a la reelección de la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y Sus Similares del Estado Bolívar (SINTRAELECTRIC) y declaró inadmisible la impugnación efectuada contra la designación de la Comisión Electoral del referido Sindicato de fecha 14-05-2009.

Visto que constan en autos las notificaciones de Ley ordenadas en el auto de fecha 24-02-2010, se libró cartel de emplazamiento que deberá ser publicado en el diario “Ultimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo único de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo.

 

 

14.- Expediente N° 2009-000090: Robert Rodríguez Noriega, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 19.238, actuando con el carácter de apoderado judicial del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO (SUTRAUC), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Resolución N° 091028-0463, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 28-10-2009, en la cual se declaró: 1) sin lugar el escrito de impugnación  de fecha 02-08-2005, presentado por el referido abogado; 2) revocó la medida cautelar de suspensión de elecciones de las autoridades del mencionado Sindicato acordada en fecha 14-05-2005; y 3) Ordenó a la Comisión Electoral del SINDICATO que presente nuevo Proyecto Electoral.

 

Visto que constan en autos las notificaciones de Ley ordenadas en el auto de fecha 23-02-2010, se libró cartel de emplazamiento que deberá ser publicado en el diario “Ultimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo único de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo.

 

 

15.- Expediente N° 2009-000090: Robert Rodríguez Noriega, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 19.238, actuando con el carácter de apoderado judicial del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO (SUTRAUC), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Resolución N° 091028-0463, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 28-10-2009, en la cual se declaró: 1) sin lugar el escrito de impugnación  de fecha 02-08-2005, presentado por el referido abogado; 2) revocó la medida cautelar de suspensión de elecciones de las autoridades del mencionado Sindicato acordada en fecha 14-05-2005; y 3) Ordenó a la Comisión Electoral del SINDICATO que presente nuevo Proyecto Electoral.

 

Visto el escrito presentado en fecha 18-02-2010, así como la diligencia presentada en fecha 04-03-2010, por el abogado Robert Rodríguez Noriega, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 19.238, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad de Carabobo (SUTRAUC), mediante la cual solicitó medida cautelar de suspensión de efectos; se abrió cuaderno separado para la tramitación y correspondiente decisión de la solicitud formulada.

 

 

16.- Expediente N° 2009-000090: Robert Rodríguez Noriega, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 19.238, actuando con el carácter de apoderado judicial del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO (SUTRAUC), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Resolución N° 091028-0463, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 28-10-2009, en la cual se declaró: 1) sin lugar el escrito de impugnación  de fecha 02-08-2005, presentado por el referido abogado; 2) revocó la medida cautelar de suspensión de elecciones de las autoridades del mencionado Sindicato acordada en fecha 14-05-2005; y 3) Ordenó a la Comisión Electoral del SINDICATO que presente nuevo Proyecto Electoral.

 

Se dejó constancia que se abrió cuaderno separado a los fines de la decisión de la solicitud formulada. Cuaderno separado que le fue asignado el Nº AA70-X-2010-000005.

 

 

17.- Expediente N° 2010-000004: HENRY MACÍAS LAREAL, PEDRO LUIS ROMERO RAMÍREZ y DAVID ERNESTO MENDOZA LOYO, titulares de la cédula de identidad número 3.699.314, 6.866.015 y 6.179.484, respectivamente, asistidos por el abogado Acacio Sabino, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 3.317, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos contra la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Abierta, por haber excluido al personal administrativo y obrero del padrón electoral para las elecciones de las autoridades de la mencionada Casa de Estudios cuyo acto de votación está fijado para el día 23-02-2010. (Acumulado con Exp. Nº 2010-000009 interpuesto por los ciudadanos ISALY JOSEFINA MATHEUS SPÍNDOLA, WILMER ORLANDO SANTIAGO SANTIAGO y VIRGILIO ALFONSO ROA RIVAS, titulares de la cédula de identidad número 6.563.683, 11.467.814 y 6.431.513, respectivamente, asistidos por la abogada Nelly Justina Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 57.358).

 

Vista la diligencia presentada en fecha 03-03-2010, por los ciudadanos HENRY MACÍAS y PEDRO ROMERO, asistidos por el abogado Acacio Sabino, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 3.317, mediante la cual solicitaron que por vía de medida cautelar; se abrió cuaderno separado para la tramitación y correspondiente decisión de la solicitud formulada.

 

 

18.- Expediente N° 2010-000004: HENRY MACÍAS LAREAL, PEDRO LUIS ROMERO RAMÍREZ y DAVID ERNESTO MENDOZA LOYO, titulares de la cédula de identidad número 3.699.314, 6.866.015 y 6.179.484, respectivamente, asistidos por el abogado Acacio Sabino, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 3.317, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos contra la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Abierta, por haber excluido al personal administrativo y obrero del padrón electoral para las elecciones de las autoridades de la mencionada Casa de Estudios cuyo acto de votación está fijado para el día 23-02-2010. (Acumulado con Exp. Nº 2010-000009 interpuesto por los ciudadanos ISALY JOSEFINA MATHEUS SPÍNDOLA, WILMER ORLANDO SANTIAGO SANTIAGO y VIRGILIO ALFONSO ROA RIVAS, titulares de la cédula de identidad número 6.563.683, 11.467.814 y 6.431.513, respectivamente, asistidos por la abogada Nelly Justina Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 57.358).

 

Se dejó constancia que se abrió cuaderno separado a los fines de la decisión de la solicitud formulada. Cuaderno separado que le fue asignado el Nº AA70-X-2010-000004.

 

                                                                                 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

19.- Expediente N° 2010-000017: Glen Mirabal Alvarado y Nabor Jesús Lanz Calderón, inscritos en el Inpreabogado bajo los número  59.343 y 79.342, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del  ciudadano BOFIL TORRES, titular de la cédula de identidad N° 4.669.980, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el acto administrativo signado con el N° SCA-DL-7250 proferido por la Superintendencia de Cajas de Ahorro, adscrita al Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas, en fecha 08-01-2010, referida a la  escogencia de las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, cuyo acto de votación se fijó para el día 05-02-2010.

Los ciudadanos Carlos Tovar, Girmer Vargas y Sorsobella Jiménez, titulares de la cédula de identidad número 10.617.776, 9.872.089 y 11.240.329, respectivamente, actuando con el carácter de miembros de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Personal Ejecutivo del Estado Apure, asistidos por el abogado Marcos Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 36.101, consignaron escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito y formar una (01) pieza separada con los recaudos que acompañaron al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

20.- Expediente N° 2010-000017: Glen Mirabal Alvarado y Nabor Jesús Lanz Calderón, inscritos en el Inpreabogado bajo los número  59.343 y 79.342, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del  ciudadano BOFIL TORRES, titular de la cédula de identidad N° 4.669.980, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el acto administrativo signado con el N° SCA-DL-7250 proferido por la Superintendencia de Cajas de Ahorro, adscrita al Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas, en fecha 08-01-2010, referida a la  escogencia de las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, cuyo acto de votación se fijó para el día 05-02-2010.

Los ciudadanos Carlos Tovar, Girmer Vargas y Sorsobella Jiménez, titulares de la cédula de identidad número 10.617.776, 9.872.089 y 11.240.329, respectivamente, actuando con el carácter de miembros de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Personal Ejecutivo del Estado Apure, asistidos por el abogado Marcos Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 36.101, presentaron diligencia mediante la cual otorgan PODER APUD-ACTA a su abogado asistente y al abogado Alexis Silva.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

21.- Expediente N° 2009-000056: Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, declinó la competencia en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por los ciudadanos Mario Alí Cárdenas, Francisco Vargas, José Sebastián Briceño, Linda Sarmiento y Mayela Molina, titulares de las cédulas de identidad número 9.214.943, 3.619.865, 9.213.873, 11.494.279 y 5.686.928, respectivamente, actuando con el carácter de trabajadores del Sindicato de Obreros Bedeles del Ejecutivo del Estado Táchira (SOBETA), asistidos por el abogado Luis Freddy Rodrigo Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 97.694, contra la Junta Directiva del referido Sindicato.

 

Vista la decisión dictada por la Sala en fecha 02-03-2010, se libró Oficio Nº 10-098 al Consejo Nacional Electoral a fin de notificarle del referido fallo.

 

 

22.- Expediente N° 2009-000074: JULIO ALBERTO ÁLVAREZ RAMOS, titular de la cédula de identidad N° 5.534.241, interpone acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral de la Asociación de Profesores de la Universidad Central de Venezuela por la no inclusión de sus datos en el Registro Electoral para la elección de la nueva Comisión Electoral de dicha Asociación para el período 2009-2011.

 

Vista la diligencia presentada en fecha 02-03-2010 por el abogado Paulo Enrique Zárraga Flores, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.685, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Contraloría General de la República, mediante la cual solicitó copia certificada de la Sentencia dictada en fecha 25-11-2009, la Sala ACORDÓ expedir la certificación solicitada.

El Presidente,

 

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

                                                                                              La Secretaria,

 

 

 

 

PATRICIA CORNET GARCÍA


 

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