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CUENTA Nº 142
Despacho del lunes ocho (08) de noviembre de 2010. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luís Alfredo Sucre Cuba, con la asistencia del Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.
SECRETARÍA
NUEVO ASUNTO INGRESADO:
1.- Expediente N° 2010-000091: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declina la competencia en el expediente contentivo del recurso de interpretación ejercido por la ciudadana MILENA BRAVO DE ROMERO, titular de la cédula de identidad N° 4.004.304, actuando con el carácter de Rectora de la Universidad de Oriente, asistida por el abogado Antonio Marcano Campos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 6.455, respecto de “la aplicabilidad directa del artículo 34, numeral 3, de la Ley Orgánica de Educación (sin que se haya dictado la ley especial del subsistema de educación universitaria), al inmediato proceso de elección de autoridades rectorales y decanales, previsto para el 28 de julio de 2010”. Oficio N° 10-0914 de fecha 03-11-2010, remitiendo el expediente N° AA-50-T- 2010-000760 (nomenclatura de la Sala Constitucional). (1 Pieza). (Recibido el 04-11-2010).
Se dio cuenta la Sala.
2.- Expediente N° 2010-000092: Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo remite expediente contentivo de la demanda contencioso electoral de nulidad interpuesta por la abogada Mónica Torres Meléndez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 60.590, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos EUDO PRIETO y EDGAR GONZÁLEZ, titulares de la cédula de identidad N° 7.772.637 y 5.060.861, respectivamente, contra “la designación de los miembros integrantes de la COMISIÓN ELECTORAL CENTRAL DE LA ASOCIACIÓN DE EMPLEADOS DE LA UNIVERSIDAD DEL ZULIA (ASDELUZ), efectuada por la Junta Directiva de ASDELUZ, mediante Acta de Asamblea General de fecha: 25 de Marzo de 2010, y contra EL PROCESO ELECTORAL CONVOCADO EL DÍA: VEINTIOCHO (28) DE JUNIO DE 2010 Y CELEBRADO EL DÍA VEINTIDÓS (22) DE JULIO DE 2010, para la elección de la junta directiva de la Organización Sindical in commento”. Oficio N° CSCA-2010-005533 de fecha 14-10-2010, remitiendo el expediente N° AP42-N-2010-000422 (nomenclatura de esa Corte). (1 Pieza). (Recibido el 05-11-2010).
Se dio cuenta a la Sala.
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
3.- Expediente N° 2009-000076: YULISSA CECILIA GONZÁLEZ FLORES, FERMÍN DEL VALLE GUTIÉRREZ CORREDOR y MARTA SALCEDO DE CALZADILLA, titulares de las cédulas de identidad número 8.679.172, 10.531.375 y 5.614.753 respectivamente, asistidos por el abogado Wilmer Partidas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, interponen recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar contra el proceso electoral celebrado el 21-09-2009, para la elección del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia y Delegados de la Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados Públicos de la Gobernación del Estado de Miranda (CAPEM), período 2009-2012.
Vista la diligencia presentada el 04-11-2010, por el abogado WILMER PARTIDAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 39.279, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Yulissa González, Fermín Gutiérrez y Marta Salcedo, parte recurrente, mediante la cual expuso aspectos relacionados con la causa, señalo el desacato –a su decir- por parte de la Comisión Electoral de CAPEM de la sentencia de fecha 11 de agosto de 2010 y solicitó se decrete la ejecución voluntaria de la referida sentencia; se designó ponente al Magistrado Doctor FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, a los fines de la decisión correspondiente.
SECRETARÍA EN:
4.- Expediente N° 2009-000090: Robert Rodríguez Noriega, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 19.238, actuando con el carácter de apoderado judicial del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO (SUTRAUC), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Resolución N° 091028-0463, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 28-10-2009, en la cual se declaró: 1) sin lugar el escrito de impugnación de fecha 02-08-2005, presentado por el referido abogado; 2) revocó la medida cautelar de suspensión de elecciones de las autoridades del mencionado Sindicato acordada en fecha 14-05-2005; y 3) Ordenó a la Comisión Electoral del SINDICATO que presente nuevo Proyecto Electoral.
Se dejó constancia de que se fijó en la cartelera de la Sala Cartel librado a la ciudadana Carmen Esperanza Guedez, de conformidad con lo previsto los artículos 174 del Código de Procedimiento Civil y 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual se le notifica de la Sentencia N° 149 de fecha 28-10-2010.
5.- Expediente N° 2009-000090: Robert Rodríguez Noriega, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 19.238, actuando con el carácter de apoderado judicial del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO (SUTRAUC), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Resolución N° 091028-0463, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 28-10-2009, en la cual se declaró: 1) sin lugar el escrito de impugnación de fecha 02-08-2005, presentado por el referido abogado; 2) revocó la medida cautelar de suspensión de elecciones de las autoridades del mencionado Sindicato acordada en fecha 14-05-2005; y 3) Ordenó a la Comisión Electoral del SINDICATO que presente nuevo Proyecto Electoral.
Se dejó constancia de que se fijó en la cartelera de la Sala Cartel librado a la ciudadana Lilibeth Bolívar, de conformidad con lo previsto los artículos 174 del Código de Procedimiento Civil y 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual se le notifica de la Sentencia N° 149 de fecha 28-10-2010.
6.- Expediente N° 2009-000090: Robert Rodríguez Noriega, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 19.238, actuando con el carácter de apoderado judicial del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO (SUTRAUC), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Resolución N° 091028-0463, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 28-10-2009, en la cual se declaró: 1) sin lugar el escrito de impugnación de fecha 02-08-2005, presentado por el referido abogado; 2) revocó la medida cautelar de suspensión de elecciones de las autoridades del mencionado Sindicato acordada en fecha 14-05-2005; y 3) Ordenó a la Comisión Electoral del SINDICATO que presente nuevo Proyecto Electoral.
Se dejó constancia de que se fijó en la cartelera de la Sala Cartel librado al ciudadano Orlando Melchor Hernández, de conformidad con lo previsto los artículos 174 del Código de Procedimiento Civil y 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual se le notifica de la Sentencia N° 149 de fecha 28-10-2010.
7.- Expediente N° 2009-000090: Robert Rodríguez Noriega, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 19.238, actuando con el carácter de apoderado judicial del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO (SUTRAUC), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Resolución N° 091028-0463, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 28-10-2009, en la cual se declaró: 1) sin lugar el escrito de impugnación de fecha 02-08-2005, presentado por el referido abogado; 2) revocó la medida cautelar de suspensión de elecciones de las autoridades del mencionado Sindicato acordada en fecha 14-05-2005; y 3) Ordenó a la Comisión Electoral del SINDICATO que presente nuevo Proyecto Electoral.
Se dejó constancia de que se fijó en la cartelera de la Sala Cartel librado al ciudadano Juan Carlos Álvarez, de conformidad con lo previsto los artículos 174 del Código de Procedimiento Civil y 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual se le notifica de la Sentencia N° 149 de fecha 28-10-2010.
8.- Expediente N° 2009-000090: Robert Rodríguez Noriega, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 19.238, actuando con el carácter de apoderado judicial del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO (SUTRAUC), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Resolución N° 091028-0463, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 28-10-2009, en la cual se declaró: 1) sin lugar el escrito de impugnación de fecha 02-08-2005, presentado por el referido abogado; 2) revocó la medida cautelar de suspensión de elecciones de las autoridades del mencionado Sindicato acordada en fecha 14-05-2005; y 3) Ordenó a la Comisión Electoral del SINDICATO que presente nuevo Proyecto Electoral.
Se dejó constancia de que se fijó en la cartelera de la Sala Cartel librado al ciudadano Henry Parada Salcedo, de conformidad con lo previsto los artículos 174 del Código de Procedimiento Civil y 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual se le notifica de la Sentencia N° 149 de fecha 28-10-2010.
9.- Expediente N° 2009-000090: Robert Rodríguez Noriega, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 19.238, actuando con el carácter de apoderado judicial del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO (SUTRAUC), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Resolución N° 091028-0463, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 28-10-2009, en la cual se declaró: 1) sin lugar el escrito de impugnación de fecha 02-08-2005, presentado por el referido abogado; 2) revocó la medida cautelar de suspensión de elecciones de las autoridades del mencionado Sindicato acordada en fecha 14-05-2005; y 3) Ordenó a la Comisión Electoral del SINDICATO que presente nuevo Proyecto Electoral.
Se dejó constancia de que se fijó en la cartelera de la Sala Cartel librado al ciudadano Pablo Enrique Páez, de conformidad con lo previsto los artículos 174 del Código de Procedimiento Civil y 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual se le notifica de la Sentencia N° 149 de fecha 28-10-2010.
10.- Expediente N° 2009-000090: Robert Rodríguez Noriega, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 19.238, actuando con el carácter de apoderado judicial del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO (SUTRAUC), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Resolución N° 091028-0463, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 28-10-2009, en la cual se declaró: 1) sin lugar el escrito de impugnación de fecha 02-08-2005, presentado por el referido abogado; 2) revocó la medida cautelar de suspensión de elecciones de las autoridades del mencionado Sindicato acordada en fecha 14-05-2005; y 3) Ordenó a la Comisión Electoral del SINDICATO que presente nuevo Proyecto Electoral.
Se dejó constancia de que se fijó en la cartelera de la Sala Cartel librado al ciudadano Carlos Juvenal Escobar, de conformidad con lo previsto los artículos 174 del Código de Procedimiento Civil y 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual se le notifica de la Sentencia N° 149 de fecha 28-10-2010.
11.- Expediente N° 2009-000090: Robert Rodríguez Noriega, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 19.238, actuando con el carácter de apoderado judicial del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO (SUTRAUC), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Resolución N° 091028-0463, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 28-10-2009, en la cual se declaró: 1) sin lugar el escrito de impugnación de fecha 02-08-2005, presentado por el referido abogado; 2) revocó la medida cautelar de suspensión de elecciones de las autoridades del mencionado Sindicato acordada en fecha 14-05-2005; y 3) Ordenó a la Comisión Electoral del SINDICATO que presente nuevo Proyecto Electoral.
Se dejó constancia de que se fijó en la cartelera de la Sala Cartel librado al ciudadano Douglas Marín Naveda, de conformidad con lo previsto los artículos 174 del Código de Procedimiento Civil y 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual se le notifica de la Sentencia N° 149 de fecha 28-10-2010.
12.- Expediente N° 2009-000090: Robert Rodríguez Noriega, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 19.238, actuando con el carácter de apoderado judicial del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO (SUTRAUC), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Resolución N° 091028-0463, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 28-10-2009, en la cual se declaró: 1) sin lugar el escrito de impugnación de fecha 02-08-2005, presentado por el referido abogado; 2) revocó la medida cautelar de suspensión de elecciones de las autoridades del mencionado Sindicato acordada en fecha 14-05-2005; y 3) Ordenó a la Comisión Electoral del SINDICATO que presente nuevo Proyecto Electoral.
Se dejó constancia de que se fijó en la cartelera de la Sala Cartel librado al ciudadano Wilfredo Martínez, de conformidad con lo previsto los artículos 174 del Código de Procedimiento Civil y 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual se le notifica de la Sentencia N° 149 de fecha 28-10-2010.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
13.- Expediente N° 2010-000051: RAFAEL CONTRERAS MILLÁN, titular de la cédula de identidad N° 5.533.631 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.193, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra la Comisión Electoral Nacional de COPEI, Partido Popular, respecto a las elecciones de las autoridades del referido partido, celebradas en fecha 02-05-2010.
El abogado Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando en su propio nombre y con el carácter de apoderado judicial de la Comisión Electoral de COPEI, Partido Popular, consignó escrito de Informes y solicitó de declare sin lugar el recurso.
14.- Expediente N° 2009-000083: PRISCILIANO ALFONSO RODRÍGUEZ, CASTO GIL RIVERA, WLADIMIR JOSÉ GENER CARABALLO, LUIS FELIPE GENER CASTRO y CARLOS LUIS FUENMAYOR, titulares de las cédulas de identidad número 3.850.984, 582.445, 8.973.422, 1.309.868 y 142.008, respectivamente, asistidos por el abogado MIGUEL GENER MORANTES, titular de la cédula de identidad N° 2.984.567 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 3.477, quien a su vez actúa en nombre propio, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la convocatoria a Asamblea Nacional fijada para el día 21-11-2009, a los fines de elegir a las autoridades del Movimiento Electoral del Pueblo (MEP), Partido Socialista de Venezuela, período 2009-2013.
Los abogados MIGUEL GENER MORANTES y JOSÉ FRANCISCO ESPINOZA PRIETO, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 3.477 y 29.364, respectivamente, el primero de ellos actuando en nombre propio y en representación de la parte recurrente, y el segundo actuando en su propio nombre, presentaron escrito mediante el cual solicitaron a la Sala la ejecución forzosa de la Sentencia Nº 90 de fecha 16-06-2010.
DILIGENCIA EN:
15.- Expediente N° 2010-000051: RAFAEL CONTRERAS MILLÁN, titular de la cédula de identidad N° 5.533.631 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.193, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra la Comisión Electoral Nacional de COPEI, Partido Popular, respecto a las elecciones de las autoridades del referido partido, celebradas en fecha 02-05-2010.
El abogado Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando en su propio nombre y con el carácter de apoderado judicial de la Comisión Electoral de COPEI, Partido Popular, consignó diligencia mediante la cual solicitó la reposición de la causa al estado de fijar nueva audiencia en la causa.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
16.- Expediente N° 2010-000069: PEDRO RAMÓN MACHADO MARTÍNEZ, SEBASTIAN DE JESÚS BETANCOURT CERMEÑO, JOSÉ LUIS FARIAS y LUISA MARGARITA ARAGORT, titulares de la cédula de identidad N° 8.885.904, 11.170.787, 9.421.611 y 5.485.213, respectivamente, asistidos por el abogado PABLO BRICEÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.765, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra la Comisión Electoral de la Universidad de Oriente, respecto a la elección de las autoridades de la referida Casa de Estudios cuyo acto de votación se fijó para el 28 de julio de 2010. (Acumulado con Exp. 2010-000074 interpuesto por Ángel García Avilés, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.244, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos WILLIAM SENIOR GALINDO, JULIO MARÍN, NEY LUIGGI, JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ, NAHUN SALAZAR BENÍTEZ, ANTONIO CURCU y ALBERTO SOLÓRZANO, titulares de la cédula de identidad N° 3.958.450, 9.427.575, 4.029.742, 9.897.847, 14.284.017, 9.274.138 y 16.145.365, respectivamente).
Se abrió la causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.
DILIGENCIA EN:
17.- Expediente N° 2010-000083: FABIOLA DEL CARMEN CASTRO RAMOS, MARÍA JOSEFA TERESEN MIJARES, AMARILIS DEL VALLE CABRERA MARTÍNEZ, SULMA BÁRBARA SILVA RODRÍGUEZ, MARCOS JESÚS YÉPEZ LOVERA, LOLIMAR DEL VALLE DESCALLS ALDAZORO, SILIA MARÍA PÉREZ VERA, ERNESTO CHIRINO MARRUFO, DON ITALO MAZZARRI BATTISTONI, JULIO CÉSAR MELEAN BLANCO, MARITZA COLMENARES MALPICA, ORALIA ROSA LEAL GARCÍA, SANDRO RAMÓN GIANTOMASO CONDE, GUSTAVO ANDRÉS SÁNCHEZ, VICENTE ENRIQUE MALPICA CASTILLO y JOSÉ RAFAEL TINOCO MONTENEGRO, titulares de la cédula de identidad N° 3.922.009, 10.302.552, 4.450.481, 8.958.071, 15.608.086, 12.103.366, 4.139.830, 3.544.778, 12.940.973, 12.102.248, 9.445.812, 4.320.564, 4.132.321, 4.867.682, 7.144.528 y 7.044.183, respectivamente, interponen demanda contencioso electoral con amparo cautelar contra el “Acta de Totalización y Proclamación emanada de la Comisión Electoral Central que organizó, vigiló y realizó el proceso electoral de las elecciones de la Asociación Sindical de Trabajadores Administrativos de la Universidad de Carabobo (AEUC), realizado el día 26 de noviembre de 2009”.
Los abogados Eustacio Rafael Wettel y Finaly Nodyer Álvarez, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 78.515 y 101.900, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la parte recurrente, consignaron diligencia mediante la cual se dieron por notificados de la decisión Nº 147 publicada por la Sala Electoral en fecha 28-10-2010.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
OFICIO RECIBIDO EN:
18.- Expediente N° 2010-000015: MANUEL ERNESTO COLMENARES MENDOZA, titular de la cédula de identidad N° 5.673.189, asistido por el abogado Felipe Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 99.340, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra el Consejo de Administración y Vigilancia de la Caja de Ahorros y Previsión Social de los Trabajadores del Ministerio de Infraestructura (CAPREMINFRA), a los fines que se “ordene de manera inmediata a los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de esa Caja de Ahorro a que convoquen de manera inmediata a una Asamblea General de Delegados para la elección de la Comisión Electoral Principal” para elegir la Junta Directiva de la referida Caja de Ahorros.
Por recibido Oficio N° 10-0904, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, el 03-11-2010, anexo al cual remite expediente constante de una (1) pieza con ciento veintidós (122) folios útiles, de acuerdo con lo ordenado por esa Sala Constitucional en Sentencia del 15 de octubre de 2010, en la cual se declaró INCOMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta, y DECLINÓ LA COMPETENCIA para conocer de la acción de amparo constitucional intentada, en la Sala Electoral.
19.- Expediente N° 2010-000033: DEYSI JOSEFINA PINO e ILDEMARO RAFAEL ACUÑA, titulares de la cédula de identidad N° 5.991.223 y 8.640.070, respectivamente, asistidos por el abogado José Sevilla Mata, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.576, mediante el cual interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros y Préstamo del Personal Obrero del Instituto Universitario de Tecnología "José Antonio Anzoátegui" (CAPOIUTJAA), respecto al proceso electoral para elegir al Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de la referida Caja, período 2010-2013.
Por recibido Oficio N° 10-0868, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, el 03-11-2010, anexo al cual remite expediente constante de una (1) pieza con ciento dos (102) folios útiles, de acuerdo con lo ordenado por esa Sala Constitucional en Sentencia del 15 de octubre de 2010, en la cual se declaró INCOMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional ejercida, y DECLINÓ LA COMPETENCIA para conocer de la acción de amparo constitucional intentada, en la Sala Electoral.
20.- Expediente N° 2010-000034: YUDITH YÁNES y YURAIMA BEATRIZ ACUÑA, titulares de la cédula de identidad N° 6.827.136 y 7.973.083, respectivamente, interponen solicitud de amparo referida al proceso eleccionario para la escogencia de la Junta Directiva de la Caja de Ahorros del Ministerio del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda “CADOMINFRA”, cuyo acto de votación –a decir de las accionantes – se fijó para el día 06-04-2010. Solicitud que fue interpuesta vía Internet el 26-03-2010.
Por recibido Oficio N° 10-0894, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, el 03-11-2010, anexo al cual remite expediente constante de una (1) pieza con ciento dieciséis (116) folios útiles, de acuerdo con lo ordenado por esa Sala Constitucional en Sentencia del 15 de octubre de 2010, en la cual se declaró INCOMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta, y DECLINÓ LA COMPETENCIA para conocer de la acción de amparo constitucional intentada, en la Sala Electoral.
.- OTROS
21.- Por recibido Oficio N° 10-0892, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, el 03-11-2010, anexo al cual remite copia certificada de la Sentencia N° 1050 de fecha 28-10-2010, mediante la cual la Sala Constitucional declaró que NO ES COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado RUBÉN DARÍO ÁLVIAREZ, titular de la cédula de identidad N° 19.098.862 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 10.935, actuando en su propio nombre, contra la Comisión Técnica de Elecciones Primarias Lara (CTEP-LARA).
El Presidente,
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA
La Secretaria,
PATRICIA CORNET GARCÍA
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