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Sala Electoral
  • Fecha: 08 de diciembre de 2010





CUENTA Nº  160

 

 

Despacho del miércoles ocho (08) de diciembre de 2010. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luís Alfredo Sucre Cuba, con la asistencia del Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón,  Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. 

 

 

SECRETARÍA

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

1.- Expediente N° 2010-000053: TAHIS PICO DE OLIVERO y JUAN BOLAÑOS CURVELO, titulares de la cédula de identidad N° 5.083.442 y 4.051.610, respectivamente, asistidos por el abogado Marcos Javier Solís Saldivia, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.655, interpone recurso contencioso electoral contra la Comisión Electoral Central del MOVIMIENTO INSTITUCIONAL UDO 70, respecto al proceso electoral para la escogencia de los candidatos al equipo rectoral de la Universidad de Oriente por parte del mencionado Movimiento, cuyo acto de votación se realizó en fecha 09-04-2010. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Tránsito del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 180-2010 de fecha 11-05-2010, Expediente N° 19354 -nomenclatura de ese Juzgado-) (1 pieza principal).

 

Por recibido en fecha 07-12-2010 Oficio N° 551-2010 de  fecha 30-11-2010, emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del estado Sucre, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada por la Sala en fecha 21-09-2010, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

2.- Expediente N° 2009-000071: DANIEL CASTELLANO, titular de la cédula de identidad N° 11.806.098, asistido por el abogado José Delgado Pelayo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 60.212, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 090603-0307 de fecha 03-06-2009 emanada del Consejo Nacional Electoral en la cual se declaró NULA la Resolución N° 080514-537 de fecha 14-05-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 436 de fecha 19-06-2008 y RECONOCIÓ el proceso electoral efectuado en fecha 27-06-2007 en el Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras Administrativos y Técnicos de la Universidad Nacional Experimental Francisco de Miranda (SEAUNEFM).

 

Por recibido en fecha 07-12-2010 Oficio N° 4600-1031 de fecha 18-11-2010, emanado del Juzgado Segundo del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Punto Fijo, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada por la Sala en fecha 04-10-  2010, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

3.- Expediente N° 2009-000062: MARIEBE DEL CARMEN CALDERÓN RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 10.712.332 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 63.905, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la convocatoria a elección de los Consejeros Parroquiales del Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Libertador del Estado Mérida realizada por el Presidente del Consejo Local del referido Municipio.

 

Por recibido en fecha 07-12-2010 Oficio N° 993 de fecha 02-12-2010, emanado del Juzgado Tercero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada por la Sala en fecha 24-11-2010, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

4.- Expediente N° 2010-000095: José Gregorio Beria, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 109.652, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JENIFER FABIOLA TREJO TORRES Y JAIR IGNACIO REALES, titulares  de la cédula de identidad N° 18.169.440 y 14.725.929, respectivamente, interpone “RECURSO POR ABSTENCIÓN O CARENCIA CONTRA EL CONSEJO (sic) MUNICIPAL DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO SIFONTES DEL ESTADO BOLÍVAR”,  a los fines de que “se ORDENE a la Cámara Municipal DECLARAR LA AUSENCIA ABSOLUTA del ciudadano CARLOS CHANCELLOR FERRER, como Alcalde del Municipio Sifontes”.

 

Se libró oficio N° 10-437 mediante el cual se remitió al Juzgado Superior de lo Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, constante de ciento doce (112) folios útiles, en una (1) pieza, las actuaciones contenidas en el expediente en cumplimiento a la Sentencia N° 183 dictada por la Sala Electoral en fecha 06-12-2010,

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

5.- Expediente N° 2010-000047: MARIBEL CASTILLO, titular de la cédula de identidad N° 11.482.470, asistida por el abogado Carlos Díaz Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 98.534, interpone recurso contencioso electoral contra “la omisión o carencia de actividad para convocar mediante publicación en Gaceta Electoral, a los procesos electorales para la escogencia de los Concejales Municipales y miembros de las Juntas Parroquiales, que estaban previstos para celebrarse durante el año 2009”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 10-419, mediante la cual se notificó a la Fiscal General de la República la Sentencia N° 152 de fecha 20-10-2010.

 

 

6.- Expediente N° 2010-000041: ÁNGEL RICARDO OLIVO y JOSÉ OLIVERA, titulares de la cédula de identidad N° 1.567.593 y 4.340.118, respectivamente, asistidos por la abogada Gladys Parra, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 34.959, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 100122-0025 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 22-01-2010 publicada en Gaceta Electoral N° 519 del 18-03-2010 en la cual resolvió: 1.- Abstenerse de conocer los recaudos consignados en fecha 02-11-2009, relativos a “la supuesta elección efectuada el 21 de octubre del mismo año por la FEDERACIÓN UNITARIA DEL MAGISTERIO DE VENEZUELA (FETRAMAGISTERIO)” y 2.- Repuso el proceso electoral de la referida Federación a la fase de “Resolución de las Impugnaciones por parte de la Junta Electoral Nacional”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 10-426, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral la Sentencia N° 160 de fecha 17-11-2010.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

 

7.- Expediente N° 2010-000090: WILMER RAFAEL RAMÍREZ SANCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 5.055.887 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.433, actuando en su propio nombre, interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el Consejo Nacional Electoral respecto al “Acto de Convocatoria de Elecciones en el Municipio Maracaibo del estado Zulia, de fecha trece de Octubre de 2010, resolución número 101013/0424, publicada en Gaceta electoral número 543, del día veinte de Octubre de Dos Mil Diez”.

 

Los abogados ARIEL RODRIGUEZ, MIGUEL ANGEL MENDEZ y CARLOS CASTRO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 32.955, 67.909 y 90.583, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del Consejo Nacional Electoral, presentaron escrito mediante el cual  expresaron que dado que es un hecho público comunicacional que el 05-12-2010 se llevo a cabo el proceso comicial para elegir el nuevo alcalde o alcaldesa del Municipio Maracaibo para el periodo 2010-2012, en virtud de lo cual solicitan que se declare que no hay materia sobre la cual decidir en la causa.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

8.- Expediente N° 2010-000026: Wuilber Marzal, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 95.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CÉSAR MENESES, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil El Dorado Country Club referida al proceso eleccionario para la escogencia de la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del referido Club, período 2010-2012, cuyo acto de votación se realizó en fecha 07-02-2010.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 10-432, librado a la Junta Directiva de la Asociación Civil El Dorado Country Club, mediante el cual se notificó del auto de pruebas dictado en fecha 29-11-2010.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

9.- Expediente N° 2010-000099: JOSÉ GREGORIO NOROÑO, titular de la cédula de identidad N° 9.519.116, asistido por la abogada Gladys Barradas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 12.353, interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Resolución N° 101013-0430 del 13-10-2010, publicada en Gaceta Electoral N° 545 del 11-11-2010, dictada por el Consejo Nacional Electoral mediante la cual se declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra las actas de escrutinio de la elección celebrada el 26-09-2010, para elegir a las diputadas y diputados a la Asamblea Nacional por la Circunscripción N° 2 del estado Falcón.

 

Los abogados Miguel Ángel Méndez Campo, Ariel Rodríguez Salazar y Carlos Castro Urdaneta, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 67.909, 32.955 y 90.583, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignaron escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con la demanda contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito así como el anexo identificado con la letra “A”,  por contener  copia del poder que lo acredita para actuar como apoderados judiciales del mencionado Órgano Electoral y formar una (01) pieza separada con los restantes recaudos que acompañaron al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

10.- Expediente N° 2010-000099: JOSÉ GREGORIO NOROÑO, titular de la cédula de identidad N° 9.519.116, asistido por la abogada Gladys Barradas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 12.353, interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Resolución N° 101013-0430 del 13-10-2010, publicada en Gaceta Electoral N° 545 del 11-11-2010, dictada por el Consejo Nacional Electoral mediante la cual se declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra las actas de escrutinio de la elección celebrada el 26-09-2010, para elegir a las diputadas y diputados a la Asamblea Nacional por la Circunscripción N° 2 del estado Falcón.

 

El ciudadano JOSÉ NOROÑO, titular de la cédula de identidad Nº 9.519.116, asistido por el abogado Jesús Araujo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 76.492, consignó diligencia mediante la cual solicitó copia simple y certificada de la totalidad del expediente.

 

 

SENTENCIA

 

 

11.- Expediente N° 2008-000004: Corte Segunda de lo Contencioso Administrativa remite expediente contentivo del recurso contencioso de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos por la abogada ORANNEG OLIVA VELÁSQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 91.569, actuando con el carácter de apoderada judicial de la CORPORACIÓN DE LOS ANDES (CORPOANDES), contra el Auto N° 2007-11, dictado por la Dirección General de Relaciones Laborales del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, de fecha 20-03-2007, publicado en la Gaceta Oficial N° 38.667, de fecha 20-04-2007, mediante el cual se reconoce los resultados del proceso electoral celebrado en fecha 18-07-2005 para elegir al Director Laboral y su respectivo suplente en la referida Corporación. Oficio Nº CSCA-2008-0133, de fecha 15-01-2008, remitiendo el expediente Nº Ap42-n-2007-000506 (nomenclatura de esa Corte) (1 Pieza principal). La Sala declaró SIN LUGAR el recurso contencioso electoral intentado. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia N° 187.

 

 

12.- Expediente N° 2010-000093: DIEGO MATUTE CASTRO, titular de la cédula de identidad N° 6.102.330 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.795, actuando en su propio nombre, interpone demanda contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Resolución N° 041/10 emanada del Ministerio del Poder Popular para el Deporte, de fecha 14-10-2010, publicada en Gaceta Oficial N° 39.531, de fecha 15-10-2010, que resolvió intervenir la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Tenis de Campo, mediante la designación de una Junta Interventora. La Sala declaró: 1.- COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar  2.- ADMISIBLE el recurso contencioso electoral. 3.- IMPROCEDENTE el amparo cautelar solicitado. Ponente: JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN.  Sentencia N° 188.

 

 

13.- Expediente N° 2010-000002: Roberto Moreno de Gregorio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 64.326, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JORGE PEROZO, titular de la cédula de identidad N° 2.879.612, interpone acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro de los Empleados del Ministerio del Interior y Justicia respecto a la elección de la Junta Directiva de la referida Caja, período 2009-2012. La Sala declaró: 1.- CON LUGAR la solicitud de desacato formulada respecto de la sentencia número 123 de fecha 12-08-2010. 2.- IMPUSO MULTA a los ciudadanos Guillermo Dolane Perdomo, Mirna González Martínez e Hildemaro Hernández Torres, por la cantidad equivalente a 100 unidades tributarias. 3.- ORDENÓ a la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio de Interiores y Justicia, que continúe con la ejecución del cronograma electoral y que dentro de los dos (2) días de despacho siguientes a su cumplimiento, consigne en autos el acta de totalización y proclamación. 4.- ORDENÓ remitir copia certificada del expediente al Ministerio Público. Ponente: FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA. Sentencia N° 189.

 

 

14.- Expediente N° 2010-000091: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declina la competencia en el expediente contentivo del recurso de interpretación ejercido por la ciudadana MILENA BRAVO DE ROMERO, titular de la cédula de identidad N° 4.004.304, actuando con el carácter de Rectora de la Universidad de Oriente, asistida por el abogado Antonio Marcano Campos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 6.455, respecto de “la aplicabilidad directa del artículo 34, numeral 3, de la Ley Orgánica de Educación (sin que se haya dictado la ley especial del subsistema de educación universitaria), al inmediato proceso de elección de autoridades rectorales y decanales, previsto para el 28 de julio de 2010”. Oficio N° 10-0914 de fecha 03-11-2010, remitiendo el expediente N° AA-50-T- 2010-000760 (nomenclatura de la Sala Constitucional). (1 Pieza). (Recibido el 04-11-2010). La Sala declaró: 1.- ASUMIÓ LA COMPETENCIA que le fuera declinada por la Sala Constitucional para conocer del recurso de interpretación incoado. 2.- Declaró INADMISIBLE el recurso. Ponente: FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA.  Sentencia N° 190

 

 

15.- Expediente N° 2010-000098: WILLIAMS DUQUE, MONICA SANTIAGO, JULIO ESPINOZA, GERWIN BADELL, KEILA VIERAS Y KENYER CHIRINOS, titulares de las cédulas de identidad N° 9.750.454, 8.505.030, 7.818.092, 16.606.902, 16.296.454 y 12.589.784, respectivamente, asistidos por el abogado Pedro Francisco Aranguren, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.788, interponen demanda contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra los actos de votación, totalización, proclamación y credencial que expidió la Junta Electoral Regional del Municipio San Francisco del estado Zulia, mediante la cual se acreditó como Diputado Nominal a la Asamblea Nacional del estado Zulia por el Circuito Electoral número 9 (principal), al ciudadano Julio Montoya Medero, así como contra las Actas de escrutinio en las elecciones celebradas en fecha 26-09-2010. La Sala declaró: 1.- COMPETENTE para conocer el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar. 2.- ADMITIÓ el recurso. 3.- IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar interpuesta. Ponente: FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA. Sentencia N° 191.

 

 

16.- Expediente N° 2010-000018: Gustavo Adolfo Martínez Morales, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.089, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ISRAEL CORONIL, ANIBAL LOZADA, VICTOR PEÑA, PEDRO ALVARADO, ELSY SALAZAR, MARY MOLINA, ABRAHAM NAVAS, MARYURY MALDONADO, MIGUEL NAVAS y ZULAY INDRIAGO, titulares de la cédula de identidad número 3.951.584, 1.509.273, 2.078.816, 4.596.084, 4.579.311, 6.264.573, 11.473.809, 10.117.651, 9.504.007 y 4.046.812, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medidas cautelares contra la Resolución N° 091028-0464 de fecha 28-10-2009, publicada en Gaceta Electoral N° 509 del 16-12-2009, así como contra Resolución N°. 091113-0505 de fecha 13-11-2009 emitida por el Consejo Nacional Electoral y publicada en Gaceta Electoral N° 513 del 23-12-2009, referido al proceso electoral para elegir a las autoridades del Sindicato Nacional de Funcionarios Públicos del Ministerio de Educación (SNFP-ME), período 2009-2012. La Sala declaró: 1.- SIN LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto. Ponente: LUIS ALFREDO SUCRE CUBA. Sentencia N° 192.

 

 El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

                                                                                 

                                                                                

  La Secretaria,

 

 

   

PATRICIA CORNET GARCÍA

 

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