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CUENTA Nº 80
Despacho del jueves (10) de junio de 2010. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luís Alfredo Sucre Cuba, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Luís Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.
SECRETARÍA
NUEVO ASUNTO INGRESADO:
1.- Expediente N° 2010-000060: LUIS EDUARDO GONZÁLEZ y ROMAN IBARRA, titulares de la cédula de identidad N° 5.221.610 y 4.679.979, este último inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.578, asistiendo al primero, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra las postulaciones presentadas por la Organización con fines Políticos Unidad Democrática “UDEMO” para el proceso electoral a celebrarse el 26 de septiembre de 2010, a fin de seleccionar a los diputados y diputadas a la Asamblea Nacional.
Se dio cuenta a la Sala.
SECRETARÍA EN:
2.- Expediente N° 2010-000059: JOSÉ ISIDRO PEÑA SILVERA, ELBA PAREDES YÉSPICA y JESÚS RAMÓN DURAN MAGALLANES, titulares de la cédula de identidad N° 3.806.730, 661.049 y 2.655.872, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 77.472, 3.872 y 33.064, respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral contra el Referéndum aprobatorio “PROYECTO DE REFORMA PARCIAL DE LOS ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA”, convocado por la Comisión Electoral de la Asociación de Profesores de la Universidad Central de Venezuela (APUCV), cuyo acto fue realizado en fecha 12 de mayo de 2010.
Se solicitó a la Comisión Electoral de la Asociación de Profesores de la Universidad Central de Venezuela (APUCV) los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Se libró Oficio N° 10-224.
3.- Expediente N° 2009-000030: Rafael Álvarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.592, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos EDUARDO HERNÁNDEZ NATERA, JUAN CARLOS JUÁREZ BRACHO, MARTÍN CHINCHILLA HIDALGO, GREIMER PUERTA ASUAJE, DILZO PINTO SEVILLA y RICHAR CIRA RODRIGUEZ, titulares de las cédulas de identidad números 17.700.151, 17.256.642, 11.646.716, 17.256.565, 12.727.343 y 17.256.919, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la actuación material y vía de hecho contenida en el acta de la Asamblea de fecha 06-03-2009, así como contra las elecciones de renovación de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Compañía Anónima Bananera Venezolana (SINTRACABV), efectuadas en fecha 25-02-2009.
Vista la Sentencia Nº 81 de fecha 31-05-2010, se acordó notificar a la parte recurrente, a la Junta Directiva y a la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Compañía Anónima Bananera Venezolana (SINTRACABV); a la Defensoría del Pueblo; al Ministerio del Poder Popular del Trabajo y la Seguridad Social, al Consejo Nacional Electoral, al Ministerio Público y al ciudadano Esteban Elías López Colmenarez. Se libraron Boletas y Oficios Nº 10-216, 10-217, 10-218, 10-219, 10-220, 10-221, 10-222 y 10-223, respectivamente. Se comisionó al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Distribuidor) y al Juzgado Ejecutor de Medidas de San Felipe, Cocorote, Independencia, Veroes, Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. Finalmente, se libró boleta al ciudadano Esteban Elías López Colmenarez de conformidad con el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil.
DILIGENCIA EN:
4.- Expediente N° 2009-000081: HERNÁN JOSÉ ZURITA y WILLIAM URLEY VIELMA GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad número 8.420.478 y 1.588.081, respectivamente, asistidos por los abogados Juan García Gago y Carlos Sánchez Aullon, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 27.398 y 27.829, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra el acto administrativo N° CEP-N° 030, de fecha 04-11-2009, emanado de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, mediante el cual se excluyen a los referidos ciudadanos del listado definitivo de candidatos para elegir a los miembros del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros del C.I.C.P.C.
El Ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 10-199, mediante el cual se notificó a los Miembros de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas el fallo Nº 77 del 26-05-2010.
5.- Expediente N° 2009-000081: HERNÁN JOSÉ ZURITA y WILLIAM URLEY VIELMA GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad número 8.420.478 y 1.588.081, respectivamente, asistidos por los abogados Juan García Gago y Carlos Sánchez Aullon, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 27.398 y 27.829, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra el acto administrativo N° CEP-N° 030, de fecha 04-11-2009, emanado de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, mediante el cual se excluyen a los referidos ciudadanos del listado definitivo de candidatos para elegir a los miembros del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros del C.I.C.P.C.
El ciudadano Alguacil consignó boleta original librada al ciudadano Juan Pablo Peñaloza, mediante el cual se le notificó del fallo Nº 77 del 26-05-2010.
6.- Expediente N° 2009-000081: HERNÁN JOSÉ ZURITA y WILLIAM URLEY VIELMA GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad número 8.420.478 y 1.588.081, respectivamente, asistidos por los abogados Juan García Gago y Carlos Sánchez Aullon, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 27.398 y 27.829, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra el acto administrativo N° CEP-N° 030, de fecha 04-11-2009, emanado de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, mediante el cual se excluyen a los referidos ciudadanos del listado definitivo de candidatos para elegir a los miembros del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros del C.I.C.P.C.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 10-200, mediante el cual se notificó a la Fiscal General de la República la Sentencia Nº 77 del 26-05-2010.
7.- Expediente N° 2009-000081: HERNÁN JOSÉ ZURITA y WILLIAM URLEY VIELMA GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad número 8.420.478 y 1.588.081, respectivamente, asistidos por los abogados Juan García Gago y Carlos Sánchez Aullon, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 27.398 y 27.829, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra el acto administrativo N° CEP-N° 030, de fecha 04-11-2009, emanado de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, mediante el cual se excluyen a los referidos ciudadanos del listado definitivo de candidatos para elegir a los miembros del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros del C.I.C.P.C.
El ciudadano Alguacil consignó boleta original librada a los ciudadanos Hernán José Zurita y William Urley Vielma García, mediante la cual se les notificó el fallo Nº 77 del 26-05-2010.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS EN:
8.- Expediente N° 2009-000090: Robert Rodríguez Noriega, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 19.238, actuando con el carácter de apoderado judicial del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO (SUTRAUC), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Resolución N° 091028-0463, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 28-10-2009, en la cual se declaró: 1) sin lugar el escrito de impugnación de fecha 02-08-2005, presentado por el referido abogado; 2) revocó la medida cautelar de suspensión de elecciones de las autoridades del mencionado Sindicato acordada en fecha 14-05-2005; y 3) Ordenó a la Comisión Electoral del SINDICATO que presente nuevo Proyecto Electoral.
Los ciudadanos JUAN JOSÉ ASCANIO, JONNY MORENO, FARIDES VILLALOBOS, DAVID ABREU, JOSÉ CARRILLO, asistidos por el abogado ANSELMO ARCILA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 106.088, actuando con el carácter de miembros de la Comisión Electoral del Sindicato de Obreros de la Universidad de Carabobo (SUTRAUC), consignaron escrito mediante el cual se dieron por notificados de la Sentencia de fecha 03-06-2010.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
9.- Expediente N° 2010-000043: FREDDY LEIVA, ANTONIO SOUSA, CRISTÓBAL MARRERO, HERNÁN GARCÍA, HÉCTOR SATOQUE, ELÍAS HERRERA y JOSEFINA ARIAS, titulares de la cédula de identidad N° 3.944.602, 6.919.748, 5.139.616, 6.355.604, 10.894.681, 6.298.757 y 7.949.281, respectivamente, asistidos por el abogado SABINO GARBÁN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.933, quien a su vez actúa en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, respecto al proceso electoral para la escogencia de la Junta Directiva del referido Club período 2010-2012, cuyo acto de votación realizado el 21-03-2010.
Se libró cartel de emplazamiento que deberá ser publicado en el Diario "El Nacional", y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo único de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo.
ESCRITO PRESENTADO EN:
10.- Expediente N° 2010-000044: PEDRO ROSAS, JHONNY VÁSQUEZ, RAFAEL SILVA, HENRY YÉPEZ y CARYELI PÉREZ, titulares de la cédula de identidad N° 5.931.609, 11.791.505, 2.915.762, 18.137.083 y 18.527.609, respectivamente, asistidos por el abogado Rosalio Montero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 4.136, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral Central de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado” y el Consejo Universitario de la referida Casa de Estudios, por la exclusión de “los miembros de la comunidad universitaria: personal administrativo, personal obrero, Instructores, miembros del personal docente especial, egresados y egresadas, y con la participación de los estudiantes pero en situación de mengua con el reconocimiento de sus votos en sólo un 25% del valor de los votos de los profesores” del proceso electoral para la escogencia de las autoridades de dicha Universidad, período 2010-2014, cuyo acto de votación está fijado para el día 05-05-2010.
La abogada SANDRA VIRGINIA ARCE CRESPO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 30.711 en su carácter de Consultora Jurídica de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado”, consignó escrito de promoción de pruebas. Se ordenó reservar el escrito hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.
11.- Expediente N° 2010-000044: PEDRO ROSAS, JHONNY VÁSQUEZ, RAFAEL SILVA, HENRY YÉPEZ y CARYELI PÉREZ, titulares de la cédula de identidad N° 5.931.609, 11.791.505, 2.915.762, 18.137.083 y 18.527.609, respectivamente, asistidos por el abogado Rosalio Montero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 4.136, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral Central de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado” y el Consejo Universitario de la referida Casa de Estudios, por la exclusión de “los miembros de la comunidad universitaria: personal administrativo, personal obrero, Instructores, miembros del personal docente especial, egresados y egresadas, y con la participación de los estudiantes pero en situación de mengua con el reconocimiento de sus votos en sólo un 25% del valor de los votos de los profesores” del proceso electoral para la escogencia de las autoridades de dicha Universidad, período 2010-2014, cuyo acto de votación está fijado para el día 05-05-2010.
La ciudadana ROSIFELICITA D'APOLLO, asistida por el abogado Juan Carlos Pernía, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.103, actuando con el carácter de Presidenta de la Comisión Electoral de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, consignó escrito de promoción de pruebas (acompañó anexos). Se ordenó reservar el escrito así como sus anexos hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.
DILIGENCIA EN:
12.- Expediente N° 2010-000044: PEDRO ROSAS, JHONNY VÁSQUEZ, RAFAEL SILVA, HENRY YÉPEZ y CARYELI PÉREZ, titulares de la cédula de identidad N° 5.931.609, 11.791.505, 2.915.762, 18.137.083 y 18.527.609, respectivamente, asistidos por el abogado Rosalio Montero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 4.136, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral Central de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado” y el Consejo Universitario de la referida Casa de Estudios, por la exclusión de “los miembros de la comunidad universitaria: personal administrativo, personal obrero, Instructores, miembros del personal docente especial, egresados y egresadas, y con la participación de los estudiantes pero en situación de mengua con el reconocimiento de sus votos en sólo un 25% del valor de los votos de los profesores” del proceso electoral para la escogencia de las autoridades de dicha Universidad, período 2010-2014, cuyo acto de votación está fijado para el día 05-05-2010.
La ciudadana ROSIFELICITA D'APOLLO, asistida por el abogado Juan Carlos Pernía, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.103, actuando con el carácter de Presidenta de la Comisión Electoral de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, consignó diligencia mediante la cual otorgó poder APUD ACTA al referido abogado asistente.
El Presidente,
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA
La Secretaria,
PATRICIA CORNET GARCÍA
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