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Sala Electoral
  • Fecha: 11 de febrero de 2010





CUENTA Nº 19

CUENTA Nº 19

Despacho del jueves once (11) de febrero de 2010. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.

                                  

SECRETARÍA

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

1.- Expediente N° 2010-000019:Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira declinó la competencia en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el ciudadano José Orlando Ramírez Mora, titular de la cédula de identidad N° 9.206.631 referida a la escogencia de la Junta Directiva del Sindicato Único de Profesores del Instituto Universitario Politécnico Santiago Mariño, extensión San Cristóbal (SUPIUPSMESC). Oficio N° J5-SME-048-2010 de fecha 26-01-2010, remitiendo el expediente N° SP01-S-2009-000104 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

Se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

SECRETARIA EN:

 

 

2.- Expediente N° 2009-000014: PEDRO RAFAEL ACUÑA, titular de la cédula de identidad N° 5.422.028, asistido por el abogado Jesús Onofre Araujo Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.492, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso de elecciones parciales realizado en los centros de votación Malariología, Hospital J.M.B. Sanare y Dirección de Salud del estado Lara, para elegir la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (COHORMINSA), celebrado el 03-03-2009. (Acumulado con Exp. Nº 2009-000020 interpuesto por el ciudadano LINO BENCOMO, titular de la cédula de identidad N° 958.054, asistido por la abogada ZULAY PINEDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.972).

 

Vista la Sentencia N° 7 de fecha 03-02-2010, la Sala acordó notificar a los ciudadanos PEDRO RAFAEL ACUÑA y LINO BENCOMO (parte recurrente) y a la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular Para La Salud (CAHORMINSA) del referido fallo. Se libraron boletas y Oficio N° 10-058.

 

 

OFICIO RECIBIDO EN:

 

 

3.- Expediente N° 2008-000068: Silvia Cecilia Marín, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.732, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARLENE COROMOTO PRIMERA GALUÉ, titular de la cédula de identidad N° 4.537.656, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el acto identificado como CE.469-2008  dictado en fecha 08-10-2008, por la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, que declaró improcedente el recurso de nulidad interpuesto contra el acto de totalización y adjudicación de votos del candidato a Secretario, en  el proceso de elecciones celebrado en la referida Casa de Estudios los días 10 y 17 de julio de 2008, así como del acto de proclamación del Secretario, llevado a cabo el día 22-07-2008.

 

Por recibido en fecha 10-02-2010, Oficio N° TSP-CMTEZ-2010-0026, de fecha 01-02-2010, emanado del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, anexo al cual remitió las resultas de la comisión conferida por la Sala en fecha 03-12-2009, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

4.- Expediente N° 2009-000091: Raisath Padrinos Malpica, inscrita en el Inpreabogado  bajo el N° 102.505, actuando con el carácter de apoderada judicial de  la ciudadana CARMEN TOVAR, titular de la cédula de identidad N° 5.614.102, interpone “Recurso Contencioso Electoral de Nulidad Absoluta simultáneamente con la acción de amparo Autónomo” contra “actuación de la comisión electoral de CAHORMINSAS”.

 

La abogada Raisath Padrinos, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 102.505, actuando como apoderada judicial de la parte recurrente y de la ciudadana Ingrid Aldana, titular de la cédula de identidad N° 6.377.256, presentó diligencia mediante la cual informó sobre hechos relacionados con las actuaciones de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA).

 

 

5.- Expediente N° 2009-000014: PEDRO RAFAEL ACUÑA, titular de la cédula de identidad N° 5.422.028, asistido por el abogado Jesús Onofre Araujo Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.492, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso de elecciones parciales realizado en los centros de votación Malariología, Hospital J.M.B. Sanare y Dirección de Salud del estado Lara, para elegir la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (COHORMINSA), celebrado el 03-03-2009. (Acumulado con Exp. Nº 2009-000020 interpuesto por el ciudadano LINO BENCOMO, titular de la cédula de identidad N° 958.054, asistido por la abogada ZULAY PINEDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.972).

 

La abogada Olymar Zurita, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.138, apoderada judicial de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), presentó diligencia mediante la cual informó a la Sala aspectos relacionados con lo ordenado en el Sentencia N° 162 de fecha 11-01-2010 (acompañó recaudos).

 

 

6.- Expediente N° 2010-000013: AQUILINO ANTONIO MÁRQUEZ HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad número. 8.918.882, asistido por el abogado Alberto Melena Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.834, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 091022-0440 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 22-10-2009, publicada en Gaceta Electoral N° 503 de fecha 17 de noviembre de 2009, que declaró 1) Parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto por la ciudadana Sol Incoronada Rubinetti, contra la elección para el cargo de Alcalde del Municipio Padre Pedro Chien del Estado Bolívar, efectuada el 23-11-2008, 2) Nulas las Actas de Escrutinio que se identifican en la mencionada Resolución, 3) Ordena la repetición del acto de votación en el caso de las mesas que la Resolución indica, 4) Deja sin efecto el Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación de la referida elección, 5) Queda en vigor la proclamación hecha por el Consejo Nacional Electoral del Alcalde del Municipio Padre Pedro Chien del Estado Bolívar hasta tanto se de cumplimento a lo ordenado en dicha Resolución; y 6) Ordena la convocatoria a nuevas elecciones en los centros de votación que mencionan en la aludida Resolución; y contra la Resolución N° 091113-0491 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 13-11-2009, publicada en Gaceta Electoral N° 506 del 02 -12-2009, donde se modificó el resuelve segundo de la Resolución N° 090122-0440, antes identificada y estableció la base numérica de votos con que cuenta cada candidato o candidata en dicha repetición.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 10-029 mediante el cual se solicitó al Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. 

 

 

 

 

SECRETARÍA EN:

 

7.- Expediente N° 2010-000016: Noel Enrique Navarro Montiel y María Teresa Parra Tomasi, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 105.256 y 108.141, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos REINALDO ROIS, GERMÁN CONTRERAS COLMENARES y CARLOS DIAZ VALBUENA, titulares de la cédula de identidad N° 7.064.270, 5.658.922 y 7.608.341, Presidentes de las Asociaciones de Judo de los Estados Carabobo, Táchira y Zulia, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra las elecciones de la Junta Directiva y Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Judo (FEVEJUDO), período 2009-2013, cuyo acto de votación se llevó a cabo en fecha 31-03-2009.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 10-040 mediante el cual se solicitó a la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Judo los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

 

8.- Expediente N° 2010-000016: Noel Enrique Navarro Montiel y María Teresa Parra Tomasi, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 105.256 y 108.141, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos REINALDO ROIS, GERMÁN CONTRERAS COLMENARES y CARLOS DIAZ VALBUENA, titulares de la cédula de identidad N° 7.064.270, 5.658.922 y 7.608.341, Presidentes de las Asociaciones de Judo de los Estados Carabobo, Táchira y Zulia, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra las elecciones de la Junta Directiva y Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Judo (FEVEJUDO), período 2009-2013, cuyo acto de votación se llevó a cabo en fecha 31-03-2009.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 10-041 mediante el cual se solicitó a la Federación Venezolana de Judo los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

 

9.- Expediente N° 2010-000007: Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, declinó competencia en el expediente contentivo del recurso contencioso de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por el ciudadano RICHARD FERMÍN PRIETO, titular de la cédula de identidad número 17.418.274, asistido por el abogado José Agustín Brito Salazar, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 83.820, contra el acto administrativo dictado en fecha 14-12-2009 por la Cámara Municipal del Municipio Arismendi del Estado Nueva Esparta, que acordó que hasta tanto no se realicen las elecciones para cubrir la vacante por ausencia absoluta del Alcalde del referido Municipio, para el período 2008-2012, el Alcalde o Alcaldesa será el concejal o concejala que resulte electo el día 07-01-2010. Oficio N° 035-10 de fecha 15-01-2010, remitiendo el expediente N° N-06040-10 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal y 1 cuaderno separado).

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 10-036 mediante el  cual se notificó a la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial la sentencia dictada en fecha 28-01-2010.

 

10.- Expediente N° 2010-000007: Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, declinó competencia en el expediente contentivo del recurso contencioso de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por el ciudadano RICHARD FERMÍN PRIETO, titular de la cédula de identidad número 17.418.274, asistido por el abogado José Agustín Brito Salazar, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 83.820, contra el acto administrativo dictado en fecha 14-12-2009 por la Cámara Municipal del Municipio Arismendi del Estado Nueva Esparta, que acordó que hasta tanto no se realicen las elecciones para cubrir la vacante por ausencia absoluta del Alcalde del referido Municipio, para el período 2008-2012, el Alcalde o Alcaldesa será el concejal o concejala que resulte electo el día 07-01-2010. Oficio N° 035-10 de fecha 15-01-2010, remitiendo el expediente N° N-06040-10 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal y 1 cuaderno separado).

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 10-035 anexo al cual se remitió comisión al Juzgado del Municipio Arismendi de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta a los fines de notificar a los ciudadanos Richard Fermín Prieto y Luis José Díaz Figueroa y a la Cámara Municipal del Municipio Arismendi del Estado Nueva Esparta la sentencia dictada en fecha 28-01-2010. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

11.- Expediente N° 2010-000007: Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, declinó competencia en el expediente contentivo del recurso contencioso de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por el ciudadano RICHARD FERMÍN PRIETO, titular de la cédula de identidad número 17.418.274, asistido por el abogado José Agustín Brito Salazar, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 83.820, contra el acto administrativo dictado en fecha 14-12-2009 por la Cámara Municipal del Municipio Arismendi del Estado Nueva Esparta, que acordó que hasta tanto no se realicen las elecciones para cubrir la vacante por ausencia absoluta del Alcalde del referido Municipio, para el período 2008-2012, el Alcalde o Alcaldesa será el concejal o concejala que resulte electo el día 07-01-2010. Oficio N° 035-10 de fecha 15-01-2010, remitiendo el expediente N° N-06040-10 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal y 1 cuaderno separado).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 10-033 mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral la sentencia dictada en fecha 28-01-2010.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

OFICIO RECIBIDO EN:

 

 

12.- Expediente N° 2009-000083: PRISCILIANO ALFONSO RODRÍGUEZ, CASTO GIL RIVERA, WLADIMIR JOSÉ GENER CARABALLO, LUIS FELIPE GENER CASTRO y CARLOS LUIS FUENMAYOR, titulares de las cédulas de identidad número 3.850.984, 582.445, 8.973.422, 1.309.868 y 142.008, respectivamente, asistidos por el abogado MIGUEL GENER MORANTES, titular de la cédula de identidad N° 2.984.567 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 3.477, quien a su vez actúa en nombre propio, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la convocatoria a Asamblea Nacional fijada para el día 21-11-2009, a los fines de elegir a las autoridades del  Movimiento Electoral del Pueblo (MEP), Partido Socialista de Venezuela, período 2009-2013.

 

Por recibido Oficio N° 2010-0107 de fecha 08-02-2010, emanado del Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, anexo al cual remitió las resultas de la comisión conferida por la Sala en fecha 25-01-2010,  se acuerda agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

ESCRITO PRESENTADO EN:

 

 

13.- Expediente N° 2009-000070: NELLY CARRERO DE GIMÓN, titular de la cédula de identidad N° 642.868, actuando con el carácter de afiliada de la Asociación Sindical Nacional de Profesionales, Técnicos y Administrativos del Servicio Nacional integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), Ministerio de Finanzas y Organismos Dependientes (ASINPROTEC SENIIAT-FINANZAS), asistida por el abogado José Leonardo Blanco Marcano, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 97.749, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Resolución N° 090527-0267 de fecha 27-05-2009, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 0497 de fecha 14-08-2009, en la cual se declaró: 1) Sin Lugar el recurso interpuesto contra el rechazo de las postulaciones de la plancha N° 2 para el proceso electoral para la renovación de las autoridades de la referida Asociación Sindical Nacional; 2) Inadmisibles los escritos recursivos contra el acto de votación celebrado en fecha 12-11-2008 y acto de totalización, adjudicación y proclamación, con ocasión a la realización del referido proceso electoral; 3) Extemporáneos los escritos interpuestos contra el proceso electoral en cuestión; 4) Improcedente el escrito recursivo interpuesto contra las votaciones de dicho proceso electoral y 5) Inadmisible el escrito recursivo interpuesto por la ciudadana Norelva Martínez contra el mencionado proceso electoral.

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral, consignó escrito de promoción de pruebas. Se ordenó reservar el referido escrito hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.



 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

14.- Expediente N° 2010-000002: Roberto Moreno de Gregorio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 64.326, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JORGE PEROZO, titular de la cédula de identidad N° 2.879.612, interpone acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro de los Empleados del Ministerio del Interior y Justicia respecto a la elección de la Junta Directiva de la referida Caja, período 2009-2012.

 

Vista la decisión dictada en fecha 04-02-2010, la Sala acordó librar boleta al ciudadano Jorge Perozo (parte accionante), oficios a la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia y al Ministerio Público, a los fines de notificar el fallo dictado en fecha 04-02-2010. Se libraron boleta y Oficios números 10-059 y 10-057.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

15.- Expediente N° 2010-000001: GIAN LUIS LIPPA PREZIOSI, titular de la cédula de identidad N° 2.725.334, asistido por la abogada Mirtha Josefina Guedez Campero, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 6.768, interpone acción de amparo constitucional referida a la sanción de “inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por un período de dos (02) años” impuesta a su persona por parte de la Contraloría General de la República.

 

La abogada Mirtha Guédez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 6.798, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, presentó diligencia anexa a la cual consignó instrumento poder que acredita su representación y se dio por notificada de la decisión dictada en fecha 04-02-2010, mediante la cual se declinó la competencia en Sala Constitucional.

 

 

16.- Expediente N° 2009-000029: SERVILIANO ABACHE BLANCO, titular de la cédula de identidad N° 2.968.970 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 12.530, actuando en su propio nombre interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Junta Directiva de la Asociación de Propietarios y Residentes de la Urbanización Miranda (APRUM), respecto al proceso electoral fijado para el 01 de abril de 2009, a los fines de elegir la nueva junta directiva de la referida Asociación.

 

El ciudadano José Álvarez Álvarez, titular de la cédula de identidad Nº 6.156.395, actuando con el carácter de Presidente de la Asociación de Propietarios y Residentes de la Urbanización Miranda (APRUM), asistido por el abogado Juan Pedro Valpuesta, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 64.969, presentó diligencia mediante la cual consignó informe emanado de la Comisión Electoral de la Asociación de Vecinos de la Urbanización Miranda a los fines de dar cumplimiento a la sentencia N° 64 dictada por esta sala en fecha 05-05-2009.

 

 

17.- Expediente N° 2010-000010: Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, declinó competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesto conjuntamente con medida cautelar, por los ciudadanos RAMÓN EDUARDO DIAZ POLANCO, RAFAEL ENRIQUE ESCALONA PIÑA y CARLOS JOSÉ DÍAZ, titulares de la cédula de identidad número 10.988.216, 10.642.715 y 10.328.253, respectivamente, asistidos por el abogado Freddy Carrillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 125.307, contra las vías de hecho realizadas por las ciudadanas Yansy Pinto, Maria Isabel Landaeta y Teodora Coromoto Rodríguez, Concejalas del Concejo Municipal del Municipio Anzoátegui del Estado Cojedes, en fecha 25-11-2009, que declararon a los accionantes Incapaces para el ejercicio de los cargos de Presidente, Vicepresidente y Secretario del referido Concejo Municipal. Oficio N° 05-343-010 de fecha 08-01-2010, remitiendo el expediente N° 5369 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Los ciudadanos Ramón Díaz, Rafael Escalona, Carlos Díaz, asistidos por el abogado Sergio Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.755, presentaron diligencia mediante la cual se dieron por notificados de la Sentencia N° 18 de fecha 05-02-2010. Asimismo, consignaron un disco compacto y solicitaron se comisione al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario del Estado Cojedes a  los fines de practicar las notificaciones de las accionadas.                                                            

 

 

 

SENTENCIA

 

18.- Expediente N° 2010-000015: MANUEL ERNESTO COLMENARES MENDOZA, titular de la cédula de identidad N° 5.673.189, asistido por el abogado Felipe Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 99.340, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra el Consejo de Administración y Vigilancia de la Caja de Ahorros y Previsión Social de los Trabajadores del Ministerio de Infraestructura (CAPREMINFRA), a los fines que se “ordene de manera inmediata a los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de esa Caja de Ahorro a que convoquen de manera inmediata a una Asamblea General de Delegados para la elección de la Comisión Electoral Principal” para elegir la Junta Directiva de la referida Caja de Ahorros. La Sala declaró: 1) COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar. 2) ADMITIÓ la acción de amparo interpuesta. 3) ACORDÓ TRAMITAR conforme al procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión número 7 de fecha 1º de febrero de 2000. 4) IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar. Ponente: FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA. Sentencia N° 22.

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

                                                                                  La Secretaria,

 

 

 

PATRICIA CORNET GARCÍA

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