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Sala Electoral
  • Fecha: 12 de agosto de 2010





CUENTA Nº  114

 

Despacho del jueves (12) de agosto de 2010. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luís Alfredo Sucre Cuba, con la asistencia del Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. 

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente N° 2010-000081: Mónica Andrea Rodríguez Flores, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 47.565, Defensora Pública con competencia para actuar  ante la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, actuando en representación del ciudadano BULMARO ELIAS RODRÍGUEZ SOSA, titular de la cédula de identidad N° 6.899.996, interpone demanda contencioso electoral contra la Resolución N° 100623-0194 de fecha 23-06-2010 dictada por el Consejo Nacional Electoral que declaró inadmisible el recurso de impugnación de postulación intentado por el referido ciudadano contra las postulaciones de candidatas y candidatos a la Asamblea Nacional en el proceso convocado para el 26-09-2010.

 

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

2.- Expediente N° 2010-000062: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declina la competencia en el expediente contentivo del recurso de interpretación presentado por  el ciudadano DOUGLAS SÁNCHEZ VÁSQUEZ,  actuando con el carácter de Superintendente de Cajas de Ahorro del Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas, asistido por la abogada Judith Rodríguez Fermín, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 63.284, respecto del artículo 34 de la Ley de Cajas de Ahorro, Fondos de Ahorro y Asociaciones de Ahorro Similares. Oficio N° 10-460 de fecha 10-06-2010, remitiendo el expediente N° AA-50-T- 2009-001334 (nomenclatura de la Sala Constitucional). (1 Pieza).

 

Se dejó constancia de que se fijó en la cartelera de la Sala Cartel librado al abogado PEDRO JOSÉ VALLADARES GUEVARA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°  25.247, de conformidad con lo previsto en  el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se le notifica  de la Sentencia N° 118 del 29-07-2010.

 

 

3.- Expediente N° 2007-000067: MARCOS ROJAS, titular de la cédula de identidad N° 4.043.974, asistido por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 32.172, interpone amparo constitucional sobrevenido contra “…la omisión de pronunciamiento sobre la directiva vigente del sindicato según Auto de No. 79-06-02 contentivo de la certificación de fecha 27 de junio de 2007…” emanado de la Inspectoría de Trabajo del Municipio Libertador del Distrito Capital,  respecto al SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN DEL DISTRITO CAPITAL Y ESTADO MIRANDA Y VARGAS (SUTIC).

 

Se agregó al expediente copia certificada del auto dictado en fecha 11-08-2010, en el expediente AA70-E-2005-000119, ello de conformidad con lo previsto en el referido auto.

 

 

4.- Expediente N° X-2007-000034 (CUADERNO SEPARADO): MARCOS ROJAS, asistido por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, interpone acción de  amparo sobrevenida contra la Resolución N° 070704-1643, emanada del Consejo Nacional Electoral de fecha 04 de julio de 2007, referida al expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y  medida cautelar innominada interpuesto por los ciudadanos MARCOS ROJAS Y SERGIO GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad números 4.043.974 y 4.678.754, respectivamente, asistidos por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, contra la Resolución N° 050905-1151 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 05-09-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 277, de fecha 09-11-2005, en la cual se reconoce el proceso electoral efectuado en el Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción del Distrito Federal, Estado Miranda y Vargas (SUTIC) en fecha 21-04-2005. (Recurso Principal Expediente N° 2005-000119).

 

Se agregó al expediente copia certificada del auto dictado en fecha 11-08-2010, en el expediente AA70-E-2005-000119, ello de conformidad con lo previsto en el referido auto.

 

 

5.- Expediente N° 2009-000059: MARCOS ROJAS, titular de la cédula de identidad N° 4.043.974, asistido por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, interpone acción de amparo constitucional contra la “directiva saliente” del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción del Distrito Federal, Estado Miranda y Vargas (SUTIC), por no hacer entrega material del “sindicato, mobiliarios, archivos, documentos materiales y equipos de oficina y demás bienes y haberes” pertenecientes al referido Sindicato.

 

Se agregó al expediente copia certificada del auto dictado en fecha 11-08-2010, en el expediente AA70-E-2005-000119, ello de conformidad con lo previsto en el referido auto.

 

 

6.- Expediente N° 2007-000067: MARCOS ROJAS, titular de la cédula de identidad N° 4.043.974, asistido por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 32.172, interpone amparo constitucional sobrevenido contra “…la omisión de pronunciamiento sobre la directiva vigente del sindicato según Auto de No. 79-06-02 contentivo de la certificación de fecha 27 de junio de 2007…” emanado de la Inspectoría de Trabajo del Municipio Libertador del Distrito Capital,  respecto al SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN DEL DISTRITO CAPITAL Y ESTADO MIRANDA Y VARGAS (SUTIC).

 

Se agregó al expediente copia certificada del auto dictado en fecha 11-08-2010, en el expediente AA70-E-2005-000119, ello de conformidad con lo previsto en el referido auto.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

7.- Expediente N° 2009-000076: YULISSA CECILIA GONZÁLEZ FLORES, FERMÍN DEL VALLE GUTIÉRREZ CORREDOR y MARTA SALCEDO DE CALZADILLA, titulares de las cédulas de identidad  número 8.679.172, 10.531.375 y 5.614.753 respectivamente, asistidos por el abogado Wilmer Partidas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, interponen recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar contra el proceso electoral celebrado el 21-09-2009, para la elección del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia y Delegados de la Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados Públicos de la Gobernación del Estado de Miranda (CAPEM), período 2009-2012.

 

El abogado WILMER PARTIDAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 39.279, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Yulissa González, Fermín Gutiérrez y Marta Salcedo, parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual se dio por notificado de la sentencia dictada por la Sala en fecha 11-08-2010. Asimismo, consignó recaudo a los fines de que se tenga por notificado al ciudadano Rosalio Torrealba.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

8.- Expediente N° 2010-000065: NANCY AMAYA, titular de la cédula de identidad N° 4.151.336 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 30.251, actuando en su propio nombre, solicita  “desincorporar al ciudadano Douglas Briceño Pantoja (…) del cargo de Secretario del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA)” por estar –a su decir- incurso en causales de inelegibilidad.

 

El ciudadano DOUGLAS BRICEÑO PANTOJA, asistido por la abogada Elga Melendez Martín, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 67.033, consignó escrito mediante el cual expuso "Solicito se declare SIN LUGAR, la apelación interpuesta en fecha 26-07-2010, por la profesional del derecho Nancy Amaya". Asimismo, solicitó sean ratificadas las actas de Totalización, Proclamación y Toma de Posesión de fecha 03-02-2010, 05-02-2010 y 08-02-2010, respectivamente.

 

 

9.- Expediente N° 2010-000076: JOSÉ VALENTÍN URBINA PERDOMO, JOSÉ ROSARIO CASTILLO e IGNACIO RAFAEL ÁVILA GUERRA,  titulares de la cédula de identidad N° 6.375.244, 3.624.821 y 9.482.546, respectivamente, asistidos por la abogada Mónica Andrea Rodríguez Flores, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 47.565, Defensora Pública con Competencia para actuar ante la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, interponen demanda contencioso electoral contra la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros y Previsión Social de Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional  (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), relativo al proceso electoral celebrado el día 29-05-2009, en la mencionada Caja de Ahorros.

 

El ciudadano TOBÍAS CARMELO GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad Nº  5.160.393, actuando con el carácter de Presidente de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros y Previsión Social de Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional (CAPSEOJPEAN), asistido por el abogado Francisco López, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 40.315, consignó escrito mediante el cual solicitó la acumulación de los expedientes 2009-51 y 2009-55 con el presente expediente. Así mismo, solicitó sea declarado sin lugar el presente recurso.

 

 

 

SENTENCIA

 

 

10.- Expediente Nº 2010-000039: GEOVANNY JOSÉ ALDAZORO PINEDA, titular de la cédula de identidad Nº 15.484.834, asistido por la abogada NEYDA GUADALUPE SUBERO YÁNEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 119.918, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 100224-0027 del 24-02-2010 emanada del Consejo Nacional Electoral, que declaró la inadmisibilidad sobrevenida para conocer de la impugnación interpuesta en fecha 20-08-2009, por los ciudadanos Richard Sira, Geovanny José Aldazoro, Gupertino Zárraga e Iván Arcadio Varoni, contra la admisión de la postulación de la Plancha N° 1 en el proceso electoral para la escogencia de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Empresa C.A. Bananera (SINTRACABV). La Sala declaró CON LUGAR el Recurso Contencioso Electoral. En consecuencia se declaró la nulidad absoluta del acto impugnado y en consecuencia se ordenó al Consejo Nacional Electoral conocer y decidir el recurso jerárquico interpuesto. Ponente: LUIS ALFREDO SUCRE CUBA. Sentencia N° 121.

 

 

11.- Expediente N° 2010-000065: NANCY AMAYA, titular de la cédula de identidad N° 4.151.336 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 30.251, actuando en su propio nombre, solicita  “desincorporar al ciudadano Douglas Briceño Pantoja (…) del cargo de Secretario del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA)” por estar –a su decir- incurso en causales de inelegibilidad. La Sala declaró SIN LUGAR la apelación ejercida por NANCY AMAYA, y, RATIFICÓ el auto del Juzgado de Sustanciación del 13 de julio de 2010. Ponente: JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN.  Sentencia N° 122. 

 

 

12.- Expediente N° 2010-000002: Roberto Moreno de Gregorio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 64.326, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JORGE PEROZO, titular de la cédula de identidad N° 2.879.612, interpone acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro de los Empleados del Ministerio del Interior y Justicia respecto a la elección de la Junta Directiva de la referida Caja, período 2009-2012. La Sala declaró CON LUGAR la solicitud presentada por Roberto Moreno De Gregorio, apoderado judicial de la parte recurrente; y  ORDENÓ a la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio de Interiores y Justicia (actualmente Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia) que en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente fallo, reanuden el proceso electoral y lo desarrollen conforme a la normativa vigente para el momento en que se dictó la sentencia que decidió el fondo de la presente causa, ejecutando totalmente el cronograma para la elección de las autoridades dentro del plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días continuos siguientes al vencimiento del lapso anterior, y una vez cumplido el tiempo, consigne ante este órgano judicial los documentos que certifiquen el cabal acatamiento a la orden proferida. Ponente: FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA. Sentencia N° 123.

 

 

13.- Expediente N° 2004-000105: BETZAIDA PACHECO, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 39.715, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos ÁNGEL OSWALDO ÁLVAREZ y MANUEL DE SOUSA, interpone recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, a los fines de que se pronuncie sobre el recurso jerárquico interpuesto por los referidos ciudadanos en fecha 04-11-2004 ante la Junta Electoral Regional del Estado Carabobo, referido a la elección del Alcalde del Municipio San Joaquín del Estado Carabobo. La Sala declaró: PRIMERO: La PÉRDIDA DEL INTERÉS de los ciudadanos ÁNGEL OSWALDO ÁLVAREZ y MANUEL DE SOUSA, en el recurso contencioso electoral. SEGUNDO: TERMINADO EL PROCEDIMENTO en el recurso contencioso electoral intentado contra el Consejo Nacional Electoral. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N° 124:

 

 

14.- Expediente N° 2010-000036: RUMIL LEAL NÚÑEZ, titular de la cédula de identidad N° 5.969.223, asistido por el abogado Tulio Sánchez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.282, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 001-2010 de fecha 02-03-2010 emanada del Ministerio del Poder Popular para el Deporte y contra las Providencias Administrativas N° 123/2009 del 14-08-2009 y N° 156/2009 del 24-09-2009 emitidas por el Instituto Nacional del Deporte, referidas al proceso eleccionario y reconocimiento de la Junta Directiva y el Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Karting, período 2009-2013. La Sala declaró: su COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, ejercido por el ciudadano RUMIL LEAL NUÑEZ, contra el acto administrativo contenido en la Resolución número 001-2010 de fecha 02 de marzo de 2010, emanada del Ministerio del Poder Popular para el Deporte y contra las Providencias Administrativas números 123/2009 del 14 de agosto de 2009 y 156/2009 del 24 de septiembre de 2009, emitidas por el Instituto Nacional de Deportes (IND). SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso interpuesto. TERCERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos del acto contenido en la Resolución Nº 001-2010, dictado en fecha 03-09-2010, por la Ministra del Poder Popular para el Deporte. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N° 125

 

 

15.- Expediente N° 2010-000054: Juzgado Vigésimo Quinto (25°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas declina la competencia en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el ciudadano CARLOS ANDRÉS HERNÁNDEZ SANTOS, titular de la cédula de identidad N° 6.168.161, asistido por el abogado Juan Palencia España, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.756, referida a la escogencia de la Junta Directiva del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos del Instituto de Previsión Social del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes (SUNEP-IPASME), período 2010-2013. Oficio N° 25135/2010 de fecha 07-05-2010, remitiendo el expediente N° AP21-L-2010-001346 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza). La Sala declaró: SU COMPETENCIA para conocer la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos del IPASME (SUNEP-IPASME). 2. ADMITIO y ACORDO TRAMITAR la misma conforme al procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión número 7 de fecha 1º de febrero de 2000. 3. ORDENÓ librar boleta de notificación a las autoridades del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos del IPASME (SUNEP-IPASME). Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO.  Sentencia N° 126.

 

 

16.- Expediente N° X-2010-000004 (CUADERNO SEPARADO): HENRY MACÍAS y PEDRO ROMERO, titulares de las cédulas de identidad Nº 3.699.314 y 6.866.015, respectivamente, asistidos por el abogado Acacio Sabino, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 3.317, solicitaron medida cautelar en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos interpuesto por los prenombrados ciudadanos contra la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Abierta, por haber excluido al personal administrativo y obrero del padrón electoral para las elecciones de las autoridades de la mencionada Casa de Estudios cuyo acto de votación está fijado para el día 23-02-2010. (Acumulado con Exp. Nº 2010-000009 interpuesto por los ciudadanos ISALY JOSEFINA MATHEUS SPÍNDOLA, WILMER ORLANDO SANTIAGO SANTIAGO y VIRGILIO ALFONSO ROA RIVAS, titulares de la cédula de identidad número 6.563.683, 11.467.814 y 6.431.513, respectivamente, asistidos por la abogada Nelly Justina Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 57.358). (Expediente Principal N° 2010-000004). La Sala declaró: IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada.  Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N° 127:

 

 

17.- Expediente N° 2010-000026: Wuilber Marzal, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 95.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CÉSAR MENESES, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil El Dorado Country Club referida al proceso eleccionario para la escogencia de la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del referido Club, período 2010-2012, cuyo acto de votación se realizó en fecha 07-02-2010. La Sala declaró: SU COMPETENCIA para conocer el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar por el ciudadano CÉSAR MENESES, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil El Dorado Country Club referido al proceso eleccionario para la escogencia de la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del referido Club, período 2010-2012, cuyo acto de votación se realizó en fecha 7 de febrero de 2010. SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral interpuesto. TERCERO: DECLARÓ IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N° 128.

 

 

18.- Expediente N° 2009-000071: DANIEL CASTELLANO, titular de la cédula de identidad N° 11.806.098, asistido por el abogado José Delgado Pelayo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 60.212, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 090603-0307 de fecha 03-06-2009 emanada del Consejo Nacional Electoral en la cual se declaró NULA la Resolución N° 080514-537 de fecha 14-05-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 436 de fecha 19-06-2008 y RECONOCIÓ el proceso electoral efectuado en fecha 27-06-2007 en el Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras Administrativos y Técnicos de la Universidad Nacional Experimental Francisco de Miranda (SEAUNEFM). La Sala declaró: INADMISIBLE el recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, interpuesto por el ciudadano DANIEL CASTELLANO contra la Resolución del Consejo Nacional Electoral número 090603-0307 de fecha 3 de junio de 2009, a través de la cual se declaró la nulidad de la Resolución número 080514-537 de fecha 14-05-2008, publicada en Gaceta Electoral número 436 de fecha 19-05-2008 y reconoció el proceso electoral efectuado el 27 de junio de 2007 en el Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras Administrativos y Técnicos de la Universidad Nacional Experimental Francisco de Miranda (SEAUNEFM). Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N° 129.

 

 

19.- Expediente N° 2008-000038: JOSÉ LUIS ZAPATA y FRED MILLÁN, titulares de las cédulas de identidad números 4.459.981 y 4.076.197, respectivamente, asistidos por el abogado Argenis Asunción Flores, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 16.122, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra el proceso electoral llevado a cabo en la Asociación Civil La Hacienda Country Club, en fecha 04-05-2008. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Segundo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, de conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política). (Remitido mediante Oficio N° 4430-306-A, de fecha 28-05-2008,  Expediente N° 1328-08 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

La Sala declaró: el DECAIMIENTO del objeto del recurso contencioso electoral ejercido por los ciudadanos JOSÉ LUIS ZAPATA y FRED MILLÁN, contra el proceso electoral llevado a cabo el 4-05-2008, en la Asociación Civil La Hacienda Country Club. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N° 130.

 

 

20.- Expediente N° 2008-000019: LUIS CENTENO, DOMINGO ARIAS, ANA MARÍA RUIZ Y LUISA ELENA RUIZ, titulares de las cédulas de identidad número 4.625.018, 640.259, 4.361.360 5.315.294, respectivamente, asistidos por la abogada Maigualida Pérez Figuera, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 36.588,  interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente suspensión de efectos, contra la Resolución N° 080228-235, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 28-02-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 417, de fecha 18-03-2008, que declaró 1.- con lugar el recurso jerárquico planteado contra la decisión emanada de la Comisión Electoral del Sindicato Bolivariano de Empleados Públicos de la Alcaldía del Municipio Libertador Distrito Capital (SIRBEPA ML-DC), la cual declaró sin lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Ali Gerber y Carlos Besson; 2.- nula la decisión de la referida Comisión Electoral, de fecha 04-04-2007; 3.- inelegible los ciudadanos Luis Centeno, Domingo Arias, Ana María Ruiz, Luisa Elena Ruiz y Jorge Ibarra; 4.- vacante los cargos de Presidencia, Secretaría de Organización, Secretaría de Asuntos de la Mujer, Secretaría de Pensiones y/o Jubilaciones y Secretaría General del referido Sindicato; 5.- elegible el ciudadano Jorge Nilson Ibarra Sánchez; 6.- ordenó a la Comisión Electoral presentar un cronograma electoral para la elección de los cargos declarados vacantes; y 7.- autorizó a los ciudadanos declarados inelegibles ejercer de manera provisoria los referidos cargos. La Sala declaró: ORDENÓ oficiar a la Presidenta del Consejo Nacional Electoral, así como a la Junta Directiva del SINDICATO BOLIVARIANO DE EMPLEADOS PUBLICOS DE LA ALCADÍA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DISTRITO CAPITAL (SIBERPA ML-DC), a los fines de que, en un lapso perentorio que no exceda de cinco (5) días siguientes a la notificación de la presente decisión, remitan información detallada relativa al cumplimiento del dispositivo QUINTO de la sentencia número 145, publicada el 22-10-2009. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N° 131.

 

 

21.- Expediente N° 2009-000089: Maritza Elena Hernández Aldana, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 60.007, actuando con el carácter de apoderada judicial de la CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO LARA, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar contra el proceso electoral celebrado el 25-09-2009 en el Sindicato de Empleados Públicos de la Contraloría General del Estado Lara (SEPCEL), para elegir a las autoridades de dicho Sindicato, período 2009-2012. La Sala declaró: PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer el recurso contencioso electoral interpuesto. SEGUNDO: Se INADMITIÓ el  mismo. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N° 132:

El Presidente,

 

 

 

 LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

 

                                                                                 

                                                                           La Secretaria,

 

 

 

                                                                       PATRICIA CORNET GARCÍA

 

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