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Sala Electoral
  • Fecha: 13 de abril de 2010





CUENTA Nº 47

CUENTA Nº 47

 

Despacho del martes (13) de abril de 2010. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luís Alfredo Sucre Cuba, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Luís Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.

        

 

SECRETARIA

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

1.- Expediente Nº 2010-000039, contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por el ciudadano GEOVANNY JOSÉ ALDAZORO PINEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.484.834, asistido por la abogada NEYDA GUADALUPE SUBERO YÁNEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 119.918, contra la Resolución Nº 100224-0027 del 24 de febrero de 2010 emanada del Consejo Nacional Electoral, que declaró la inadmisibilidad sobrevenida para conocer de la impugnación interpuesta en fecha 20 de agosto de 2009, por los ciudadanos Richard Sira, Geovanny José Aldazoro, Gupertino Zárraga e Iván Arcadio Varoni, contra la admisión de la postulación de la Plancha N° 1 en el proceso electoral para la escogencia de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Empresa C.A. Bananera (SINTRACABV).

 

Se solicitó al Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Se libró Oficio Nº 10-126.

 

 

2.- Expediente N° 2008-000042: JUAN ISMAEL HERRERA y YUNIA ROSA LAREZ, titulares de las cédulas de identidad números 2.717.479 y 5.148.560, respectivamente,  asistidos por el abogado Wilmer Partidas Rangel, inscrito en el I.P.S.A. bajo el número 39.279, ejercen acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Consejo de Administración y Vigilancia de la Caja de Ahorro de los trabajadores del Instituto Nacional de Nutrición (CATINN), en razón de no haber convocado a la Asamblea General de Asociados para designar a la Comisión Electoral que deberá organizar el proceso de elección de las máximas autoridades de la referida Caja de Ahorro.

 

Por recibido  Oficio Nº 10-0189  del 13-04-2010, emanado de la Sala Constitucional, anexo al cual remite  copia certificada de la Sentencia Nº 187 dictada el 08 de abril de 2010, mediante la cual declaró NO CONFORME A DERECHO la desaplicación del tercer párrafo del artículo 10 de la Ley de Cajas de Ahorro, Fondos de Ahorro y Asociaciones de Ahorro Similares, efectuada por la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia en su sentencia del 14-08-2008, y en consecuencia NULO el fallo que fue objeto de la revisión, y se ordenó la REPOSICIÓN de la causa al estado de que sea dictada nueva sentencia, en la que se acojan las consideraciones hechas en  el fallo respecto de la normativa aplicable a la legitimación en materia de amparo constitucional.

 

 

3.- Expediente Nº 2010-000021: Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Tribunal Superior Contencioso Administrativo de la Región Amazonas de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas remite copias certificadas del expediente contentivo del Recurso Contencioso Administrativo de Abstención o Carencia interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por la ciudadana YOSKARY KARELIS SÁNCHEZ MILANO, titular de la cédula de identidad N° 13.947.472, asistida por el abogado Luis Gonzalo Patiño, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.291, contra el Consejo Legislativo del Estado Amazonas, en razón de la solicitud de regulación de competencia solicitada por la referida ciudadana, vista la decisión dictada por dicha Corte en fecha 04-02-2010. Oficio N° 137-10 de fecha 08-02-2010, remitiendo copia certificada del expediente N° 000957 (nomenclatura de ese Juzgado).

 

Vista la sentencia Nº 38 dictada por la Sala el 25-03-2010, mediante la cual se declaró INCOMPETENTE para conocer de la regulación de competencia solicitada por la parte recurrente, se acordó notificar a la parte recurrente, para lo cual se comisionó a la Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Región Amazonas de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas. Se libraron boletas, Oficio Nº 10-127 y Despacho.

 

 

4.- Expediente N° 2009-000014: PEDRO RAFAEL ACUÑA, titular de la cédula de identidad N° 5.422.028, asistido por el abogado Jesús Onofre Araujo Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.492, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso de elecciones parciales realizado en los centros de votación Malariología, Hospital J.M.B. Sanare y Dirección de Salud del estado Lara, para elegir la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (COHORMINSA), celebrado el 03-03-2009. (Acumulado con Exp. Nº 2009-000020 interpuesto por el ciudadano LINO BENCOMO, titular de la cédula de identidad N° 958.054, asistido por la abogada ZULAY PINEDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.972).

 

Vista la Sentencia N° 39 del 25-03-2010, mediante la cual se declaró IMPROCEDENTE la solicitud de ampliación de la Sentencia N° 162 del 26-11-2009, se acordó notificar a los ciudadanos PEDRO RAFAEL ACUÑA y LINO BENCOMO (parte recurrente), y a los ciudadanos TEODORO SILVA y SULIMAR FLAMES OCHOA el referido fallo. Se libraron Boletas.

 

DILIGENCIA EN:

 

 

5.- Expediente N° 2010-000030: Fidel Gutiérrez,  inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.649, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos OSCAR RONDON, ÁNGEL ARTEAGA, JORGE FIGUERA y NÉSTOR FIGUERA, titulares de la cédula de identidad N° 8.301.852, 10.287.584, 5.191.249 y 8.303.527, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 100119-002 emanada del Consejo Nacional Electoral el 19-01-2010 publicada en Gaceta Electoral N° 517 de fecha 04-03-2010 mediante la cual se declaró: 1.- sin lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos OSCAR RONDÓN, ÁNGEL ARETAGA, JORGE FIGUERA, NÉSTOR FIGUERA e IFRAÍN RUIZ, miembros de la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores del Cemento y sus similares del Estado Anzoátegui (SINTRACEA) contra la decisión emitida por la Comisión Electoral del referido Sindicato el 02-04-2009; y 2.- inelegibles a los prenombrados ciudadanos.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 10-111, mediante el cual se solicitó al Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

 

 

6.- Expediente N° 2006-000098: Jesús Antonio Mejías Umaña, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 44.268, actuando con el carácter de apoderado judicial de la FEDERACIÓN UNITARIA DEL MAGISTERIO DE VENEZUELA (FETRAMAGISTERIO) interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Resolución N° 060405-0197, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 05-04-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 337, de fecha 21-09-2006, mediante la cual se resolvió tener como no realizado el proceso electoral celebrado en la referida Federación en fechas 11 y 16-11-2004.

 

La ciudadana Marlenis Díaz Jiménez, actuando en su carácter de Presidenta de la Junta Electoral Nacional de la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela, asistida por el abogado Rafael Pérez Moochett, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 27.064, presentó diligencia mediante la cual consignó recaudos.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

7.- Expediente N° 2009-000086: YRMA PAZOS DE FUENMAYOR e YRIA PÉREZ SALAS, titulares de las cédulas de identidad número 4.684.158 y 3.805.861, e inscritas en el Inpreabogado bajo los números 16.491 y 66.927 respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos administrativos emanados de la Superintendencia de Cajas de Ahorro identificados como Oficio N° SCA-DL-6870 de fecha 17 de Noviembre de 2009 y Oficio N° SCA-DL-6913 de fecha 19 de Noviembre de 2009, respecto al proceso para la elegir a las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ministerio Público (CAPMP), período 2009-2012.

 

La abogada Roxana Orihuela Gonzatti, actuando con el carácter de Fiscal Segunda del Ministerio Público, consignó escrito de informes mediante el cual solicitó sea declarado sin lugar el recurso contencioso electoral.

 

 

8.- Expediente N° 2009-000086: YRMA PAZOS DE FUENMAYOR e YRIA PÉREZ SALAS, titulares de las cédulas de identidad número 4.684.158 y 3.805.861, e inscritas en el Inpreabogado bajo los números 16.491 y 66.927 respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos administrativos emanados de la Superintendencia de Cajas de Ahorro identificados como Oficio N° SCA-DL-6870 de fecha 17 de Noviembre de 2009 y Oficio N° SCA-DL-6913 de fecha 19 de Noviembre de 2009, respecto al proceso para la elegir a las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ministerio Público (CAPMP), período 2009-2012.

 

El abogado Rafael Pérez Moochett, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 27.064, apoderado judicial de la parte recurrente, consignó escrito de observaciones a los informes orales.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

9- Expediente N° 2010-000005: Teoneira Acosta Gutierrez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 74.840, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Empresa Estatal CENTRO SIMÓN BOLÍVAR, C.A., adscrita al Ministerio del Poder Popular para Obras Públicas y Vivienda, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el acto dictado por la Junta Electoral de la Zona II del Complejo Urbanístico Parque Central que le fuera notificado en fecha 04-12-2009, que declaró sin lugar la impugnación efectuada contra el acto de votación celebrado el día 07-11-2009, así como contra el acto que “designó por consenso” a la Junta Directiva de la Asamblea de Propietarios de la Zona II del aludido Complejo Urbanístico, de fecha 15-11-2009.

 

La abogada Teoneira Acosta, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 74.840, actuando con el carácter de apoderada judicial del Centro Simón Bolívar, presentó diligencia mediante la cual retiró el cartel de emplazamiento para ser publicado en el diario "El Universal".

 

 

10.-  Expediente N° 2010-000012: HÉCTOR GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 11.532.698, asistido por el abogado José Ángel Ruiz, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 44.497, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nro. 090909-0427 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 09-09-2009, publicada en Gaceta Electoral Nro. 513 del 23-12-2009, en la cual se declaró incompetente para conocer de la impugnación interpuesta por los ciudadanos Jorge Silva, Tirso Rafael García y Héctor Alexis González, respecto a la reelección de la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y Sus Similares del Estado Bolívar (SINTRAELECTRIC) y declaró inadmisible la impugnación efectuada contra la designación de la Comisión Electoral del referido Sindicato de fecha 14-05-2009.

 

Se agregó a los autos el escrito de promoción de pruebas presentado el  07-04-2010 por el abogado JOSÉ ÁNGEL RUIZ, inscrito  en el Inpreabogado bajo el Nº 44.497, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente. E igualmente, el escrito de promoción de pruebas presentado el 12-04-2010 por el abogado MIGUEL ANGEL MÉNDEZ CAMPOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 67.909, en su carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral.

 

 

11.- Expediente N° 2009-000090: Robert Rodríguez Noriega, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 19.238, actuando con el carácter de apoderado judicial del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO (SUTRAUC), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Resolución N° 091028-0463, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 28-10-2009, en la cual se declaró: 1) sin lugar el escrito de impugnación  de fecha 02-08-2005, presentado por el referido abogado; 2) revocó la medida cautelar de suspensión de elecciones de las autoridades del mencionado Sindicato acordada en fecha 14-05-2005; y 3) Ordenó a la Comisión Electoral del SINDICATO que presente nuevo Proyecto Electoral.

 

Se agregó a los autos los escritos de promoción de pruebas presentados el 12-04-2010 por los abogados MIGUEL ANGEL MENDEZ CAMPOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 67.909, en su carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral y por el abogado ROBERT RODRÍGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 19238, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente.

 

 

12.- Expediente N° 2009-000090: Robert Rodríguez Noriega, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 19.238, actuando con el carácter de apoderado judicial del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO (SUTRAUC), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Resolución N° 091028-0463, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 28-10-2009, en la cual se declaró: 1) sin lugar el escrito de impugnación  de fecha 02-08-2005, presentado por el referido abogado; 2) revocó la medida cautelar de suspensión de elecciones de las autoridades del mencionado Sindicato acordada en fecha 14-05-2005; y 3) Ordenó a la Comisión Electoral del SINDICATO que presente nuevo Proyecto Electoral.

 

Se fijó un lapso de dos (2) días de despacho a los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas promovidas,  contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

 

13.-  Expediente N° 2010-000012: HÉCTOR GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 11.532.698, asistido por el abogado José Ángel Ruiz, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 44.497, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nro. 090909-0427 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 09-09-2009, publicada en Gaceta Electoral Nro. 513 del 23-12-2009, en la cual se declaró incompetente para conocer de la impugnación interpuesta por los ciudadanos Jorge Silva, Tirso Rafael García y Héctor Alexis González, respecto a la reelección de la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y Sus Similares del Estado Bolívar (SINTRAELECTRIC) y declaró inadmisible la impugnación efectuada contra la designación de la Comisión Electoral del referido Sindicato de fecha 14-05-2009.

 

Se fijó un lapso de dos (2) días de despacho a los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas promovidas,  contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

14.-  Expediente N° 2010-000012: HÉCTOR GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 11.532.698, asistido por el abogado José Ángel Ruiz, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 44.497, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nro. 090909-0427 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 09-09-2009, publicada en Gaceta Electoral Nro. 513 del 23-12-2009, en la cual se declaró incompetente para conocer de la impugnación interpuesta por los ciudadanos Jorge Silva, Tirso Rafael García y Héctor Alexis González, respecto a la reelección de la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y Sus Similares del Estado Bolívar (SINTRAELECTRIC) y declaró inadmisible la impugnación efectuada contra la designación de la Comisión Electoral del referido Sindicato de fecha 14-05-2009.

 

El abogado José Ángel Ruiz, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 44.497, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó escrito mediante el cual se opuso a las pruebas promovidas por el Consejo Nacional Electoral.

 

 

15.- Expediente N° 2009-000073: Eduardo García, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 110.153, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos LUIS RODRÍGUEZ, NELLY COLMENARES, GLADYS DE GONZÁLEZ, GLADYS FUENTES, ISABEL RENGIFO, ANTONIO SHICK, ESTEBAN LOBO, MIREYA LUGO, FREDDY GONZÁLEZ, MANUELA TANCREDI, DIANORA GUEVARA, LORENZO QUINTERO, RAFAEL GONZÁLEZ, DICIA UGAS, EDITH HERRERA, RAMÓN LORETO, BEATRIZ HERRERA, HERSA BOLÍVAR y MAYRA RODRÍGUEZ, titulares de las cédulas de identidad número 2.107.302, 2.082.782, 1.418.915, 144.439, 1.998.448, 2.942.174, 5.220.058, 1.415.911, 1.861.784, 6.005.134, 742.432, 680.614, 906.852, 2.144.257, 5.413.390, 1.888.140, 6.101.101, 3.250.870 y 2.119.574, respectivamente, interpone recurso contencioso de nulidad conjuntamente con medida cautelar contra la Asamblea General de la Asociación de Trabajadores Jubilados Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela, (AJUPTEL-CARACAS), celebrada el 10-03-2009, en la cual se reestructuró y renovó la Junta Directiva de la referida Asociación.

 

El abogado Eduardo García, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 110.153, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó escrito mediante el cual se opuso a las pruebas promovidas por la parte recurrida.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

DILIGENCIA EN:

 

16- Expediente N° 2010-000014: Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, declinó competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar por la ciudadana ROSALVA JOSEFINA ARACAS GARCÍA, titular de la cédula de identidad número 6.936.119, asistida por la abogada Mary Graterol Petti, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 120.388, contra el acto contenido en el Oficio N° CEP 01112-09 dictado por la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, en fecha 07 de diciembre de 2009, en el cual -a decir de la accionante- se le “ordenó (…) abstener(se) de presentar postulación a cualquier cargo del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia y Delegados Municipales”, cuyo acto de votación se fijó para el día 05 de febrero de 2010. Oficio N° 0300-2010 de fecha 21 de enero de 2010, remitiendo el expediente N° 3997 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 10-081, mediante el cual se notificó a la Fiscal General de la República  del fallo Nº 12 del 04-02-2010.

 

 

17.- Expediente N° 2008-000079: Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad número 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Electoral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta Directiva.

 

El abogado José Santiago de Los Ríos, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 16.553, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico (IMPRES), presentó diligencia mediante la cual consignó recibo de pago de la multa impuesta al ciudadano Oscar Hernández por Sentencia Nº 179 del 14-12-2009.

 

 

18.- Expediente Nº 2008-000079: Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad número 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Electoral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta Directiva.

 

El abogado José Santiago De Los Ríos, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 16.553, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico (IMPRES), presentó diligencia mediante la cual consignó recibo de pago de la multa impuesta al ciudadano Mario García por Sentencia Nº 179 del 14-12-2009.

 

 

19.- Expediente N° 2010-000015: MANUEL ERNESTO COLMENARES MENDOZA, titular de la cédula de identidad N° 5.673.189, asistido por el abogado Felipe Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 99.340, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra el Consejo de Administración y Vigilancia de la Caja de Ahorros y Previsión Social de los Trabajadores del Ministerio de Infraestructura (CAPREMINFRA), a los fines que se “ordene de manera inmediata a los miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia de esa Caja de Ahorro a que convoquen de manera inmediata a una Asamblea General de Delegados para la elección de la Comisión Electoral Principal” para elegir la Junta Directiva de la referida Caja de Ahorros.

 

Se  acordó suspender la audiencia oral y pública, ello en razón de las ocupaciones inherentes a la Alta Investidura de los Magistrados de la Sala.

 

 

 

SENTENCIA

 

 

20.- Expediente N° 2010-000032: ELIEZER MUJICA, CÉSAR BELLO, MARTÍN VALERO, IVÁN AGUILAR, HORACIO LIZARDO y RAFAEL GUERRERO, titulares de la cédula de identidad N° 13.775.551, 7.416.989, 4.666.254, 4.380.287, 4.381.972 y 8.985.421, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra las actuaciones de la Comisión Técnica Nacional de Elecciones Primarias de la Mesa de la Unidad referidas a las elecciones primarias a realizarse por la Mesa de la Unidad en el Circuito N° 1 del Estado Lara, cuyo acto de votación se fijó para el día 25-04-2010. La Sala declaró Su INCOMPETENCIA para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada; DECLINÓ el conocimiento de la acción en la Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia. Magistrado JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN. Sentencia Nº 44. Ponente:

 

El Presidente,

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

    La Secretaria,

 

 

 

PATRICIA CORNET GARCIA

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