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CUENTA Nº 146
Despacho del lunes quince (15) de noviembre de 2010. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luís Alfredo Sucre Cuba, con la asistencia del Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.
SECRETARÍA
NUEVO ASUNTO INGRESADO:
1.- Expediente N° 2010-000095: José Gregorio Beria, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 109.652, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JENIFER FABIOLA TREJO TORRES Y JAIR IGNACIO REALES, titulares de la cédula de identidad N° 18.169.440 y 14.725.929, respectivamente, interpone “RECURSO POR ABSTENCIÓN O CARENCIA CONTRA EL CONSEJO (sic) MUNICIPAL DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO SIFONTES DEL ESTADO BOLÍVAR”, a los fines de que “se ORDENE a la Cámara Municipal DECLARAR LA AUSENCIA ABSOLUTA del ciudadano CARLOS CHANCELLOR FERRER, como Alcalde del Municipio Sifontes”
Se dio cuenta a la Sala.
SECRETARÍA EN:
2.- Expediente N° 2010-000064: JESUS RANGEL RACHADELL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.906, actuando en su propio nombre, mediante el cual interpone recurso contencioso electoral con medida cautelar de suspensión de efectos contra la convocatoria a elecciones a desarrollarse el 04 de julio de 2010 en el “que se pretende realizar nuevamente el proceso electoral de COPEI”.
Se prorrogó el lapso para dictar sentencia en la causa por un plazo de quince (15) días de despacho siguientes al de hoy, por cuanto la complejidad y naturaleza del asunto bajo examen así lo exige, dentro del cual se procederá a dictar el fallo correspondiente.
3.- Expediente N° 2010-000080: WILMER JOSÉ AZUAJE CORDERO, titular de la cédula de identidad N° 12.555.438, asistido por el abogado Carlos Eduardo Díaz Colmenarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 98.534, interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 100617-0187 de fecha 17-06-2010 dictada por el Consejo Nacional Electoral que declaró Inadmisible el recurso de impugnación de postulación intentado por los ciudadanos Wilmer José Azuaje Cordero e Ismael Concepción García, contra la decisión de la Junta Regional Electoral del estado Barinas de fecha 02-06-2010, de declarar como no presentada la postulación del primer ciudadano identificado, como candidato a diputado a la Asamblea Nacional por la mencionada entidad federal.
Vista la Sentencia N° 145 publicada en fecha 28-10-2010, se acordó comunicarla a la parte actora y al Consejo Nacional Electoral. Se libró Boleta y Oficio N° 10-412.
DILIGENCIA EN:
4.- Expediente N° 2008-000031: TEODORO SILVA, titular de la cédula de identidad N° 2.999.277, asistido por el abogado Jesús Onofre Araujo Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 76.492, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso mediante el cual se eligió a la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), cuyo acto de votación tuvo lugar el día 29-05-2008.
El abogado JESÚS ARAUJO, inscrito en el Inpreabogado Nº 76.492, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual retiró copia certificada acordada por auto de fecha 19-10-2010.
5.- Expediente N° 2008-000031: TEODORO SILVA, titular de la cédula de identidad N° 2.999.277, asistido por el abogado Jesús Onofre Araujo Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 76.492, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso mediante el cual se eligió a la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), cuyo acto de votación tuvo lugar el día 29-05-2008.
El abogado JESÚS ARAUJO, inscrito en el Inpreabogado Nº 76.492, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual retiró copias certificadas y simples acordadas por auto de fecha 26-02-2009.
6.- Expediente N° 2010-000094: ELOY TARAZONA Y KISY TORRES, titulares de la cedula de identidad N° 10.664.355 y 19.370.596, respectivamente, asistidos por el abogado Pablo Briceño Zabala, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.765, interponen demanda contencioso electoral conjuntamente con solicitudes cautelares contra la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela, respecto al proceso electoral para elegir a los Representantes Estudiantiles ante el Cogobierno Universitario de la mencionada Casa de Estudios, cuyo acto de votación se fijó para el 12-11-2010.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 10-411, mediante el cual se solicitó a la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con la demanda.
7.- Expediente N° 2010-000090: WILMER RAFAEL RAMÍREZ SANCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 5.055.887 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.433, actuando en su propio nombre, interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el Consejo Nacional Electoral respecto al “Acto de Convocatoria de Elecciones en el Municipio Maracaibo del estado Zulia, de fecha trece de Octubre de 2010, resolución número 101013/0424, publicada en Gaceta electoral número 543, del día veinte de Octubre de Dos Mil Diez”.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 10-397, mediante el cual se solicitó al Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con la demanda.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
8.- Expediente 2010-000084: Juzgado Superior Tercero Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, remite expediente contentivo de la Demanda Contencioso Electoral interpuesta por el ciudadano JESÚS DAVID PÉREZ MORALES, titular de la cédula de identidad N° 10.145.583 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.307, contra las Resoluciones N° 100617-0183 y N° 100617-0184 dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fecha 17 de junio de 2010 y publicadas en Gaceta Electoral N° 531 de fecha 27 de julio de 2010, que declararon Inamisible los recursos de impugnación presentados por el prenombrado abogado contra las postulaciones de los ciudadanos Gabino Paz Guerrero y Miguel Alejandro Pizarro, como candidatos a los cargos de diputado nominal principal y suplente, respectivamente, la primera, y contra la postulación del ciudadano Wuillian Germán Moreno como diputado nominal suplente, la segunda, correspondientes a la Circunscripción Electoral N° 2 del estado Táchira, para el proceso electoral a celebrarse el 26 de septiembre de 2010. (Remitido mediante Oficio N° 264 de fecha 16-09-2010).
Se abrió la causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.
9.- Expediente N° 2010-000036: RUMIL LEAL NÚÑEZ, titular de la cédula de identidad N° 5.969.223, asistido por el abogado Tulio Sánchez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.282, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 001-2010 de fecha 02-03-2010 emanada del Ministerio del Poder Popular para el Deporte y contra las Providencias Administrativas N° 123/2009 del 14-08-2009 y N° 156/2009 del 24-09-2009 emitidas por el Instituto Nacional del Deporte, referidas al proceso eleccionario y reconocimiento de la Junta Directiva y el Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Karting, período 2009-2013.
Se agregó a los autos los escritos de promoción de pruebas presentados el 11-11-2010, por el abogado Antonio Fermín García, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 33.561, actuando en representación del Ministerio del Poder Popular para el Deporte, y por el abogado Tulio Sánchez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.282, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Federación Venezolana de Karting, así como los anexos que acompañaron al primero de los mencionados escrito.
10.- Expediente N° 2010-000036: RUMIL LEAL NÚÑEZ, titular de la cédula de identidad N° 5.969.223, asistido por el abogado Tulio Sánchez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.282, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 001-2010 de fecha 02-03-2010 emanada del Ministerio del Poder Popular para el Deporte y contra las Providencias Administrativas N° 123/2009 del 14-08-2009 y N° 156/2009 del 24-09-2009 emitidas por el Instituto Nacional del Deporte, referidas al proceso eleccionario y reconocimiento de la Junta Directiva y el Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Karting, período 2009-2013.
Se fijó un lapso de dos (2) días de despacho a los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas promovidas, contados a partir de la presente fecha, inclusive.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
11.- Expediente N° 2010-000083: FABIOLA DEL CARMEN CASTRO RAMOS, MARÍA JOSEFA TERESEN MIJARES, AMARILIS DEL VALLE CABRERA MARTÍNEZ, SULMA BÁRBARA SILVA RODRÍGUEZ, MARCOS JESÚS YÉPEZ LOVERA, LOLIMAR DEL VALLE DESCALLS ALDAZORO, SILIA MARÍA PÉREZ VERA, ERNESTO CHIRINO MARRUFO, DON ITALO MAZZARRI BATTISTONI, JULIO CÉSAR MELEAN BLANCO, MARITZA COLMENARES MALPICA, ORALIA ROSA LEAL GARCÍA, SANDRO RAMÓN GIANTOMASO CONDE, GUSTAVO ANDRÉS SÁNCHEZ, VICENTE ENRIQUE MALPICA CASTILLO y JOSÉ RAFAEL TINOCO MONTENEGRO, titulares de la cédula de identidad N° 3.922.009, 10.302.552, 4.450.481, 8.958.071, 15.608.086, 12.103.366, 4.139.830, 3.544.778, 12.940.973, 12.102.248, 9.445.812, 4.320.564, 4.132.321, 4.867.682, 7.144.528 y 7.044.183, respectivamente, interponen demanda contencioso electoral con amparo cautelar contra el “Acta de Totalización y Proclamación emanada de la Comisión Electoral Central que organizó, vigiló y realizó el proceso electoral de las elecciones de la Asociación Sindical de Trabajadores Administrativos de la Universidad de Carabobo (AEUC), realizado el día 26 de noviembre de 2009”.
Las ciudadanas Mayella Sandoval y Ana Cristina Castillo, actuando como Presidenta y Secretaria de la Comisión Electoral Central de la Asociación Sindical de Trabajadores Administrativos de la Universidad de Carabobo, asistidos por el abogado Richard Sánchez Farfán, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 141.123, presentaron escrito mediante el cual formulan oposición contra la medida cautelar acordada por la Sala en la causa.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
OFICIO RECIBIDO EN:
12.- Expediente N° 2009-000058: Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario, Tránsito y Constitucional del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, declinó la competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada interpuesta por el ciudadano CARLOS GIL, titular de la cédula de identidad N° 4.934.647, actuando con el carácter de Presidente de la Asociación sin fines de lucro denominada Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroní del Estado Bolívar, asistido por los abogados Luz María Álvarez y Ramón Armando Ochoa, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 26.286 y 11.306, respectivamente, contra la Comisión Electoral Ad-hoc de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroní del Estado Bolívar, respecto a la elección de la Junta Directiva de la mencionada Cámara de Comercio, cuyo acto de votación se fijó para el día 08-07-2009.
Por recibido Oficio N° 10-920 de fecha 02-11-2010, emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada por la Sala en fecha 22-10-2009, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.
DILIGENCIA EN:
13.- Expediente N° 2008-000079: Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad número 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Electoral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta Directiva.
El abogado JOSÉ SANTIAGO DE LOS RIOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 16.553, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico (IMPRES), presentó diligencia mediante la cual ratificó lo expuesto en los escritos de fechas 13-10-2010 y 18-10-2010. Asimismo, expuso aspectos relacionados con la causa.
El Presidente,
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA
La Secretaria,
PATRICIA CORNET GARCÍA
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