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Sala Electoral
  • Fecha: 17 de mayo de 2010





CUENTA Nº 65

CUENTA Nº 65

Despacho del lunes (17) de mayo de 2010. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luís Alfredo Sucre Cuba, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Luís Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.

 

 

SECRETARÍA

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente N° 2010-000053: TAHIS PICO DE OLIVERO y JUAN BOLAÑOS CURVELO, titulares de la cédula de identidad N° 5.083.442 y 4.051.610, respectivamente, asistidos por el abogado Marcos Javier Solís Saldivia, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.655, interpone recurso contencioso electoral contra la Comisión Electoral Central del MOVIMIENTO INSTITUCIONAL UDO 70, respecto al proceso electoral para la escogencia de los candidatos al equipo rectoral de la Universidad de Oriente por parte del mencionado Movimiento, cuyo acto de votación se realizó en fecha 09-04-2010. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Tránsito del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 180-2010 de fecha 11-05-2010, Expediente N° 19354 -nomenclatura de ese Juzgado-) (1 pieza principal).

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

2.- Expediente N° 2008-000012: JESÚS ALBERTO GARCÍA, FREDDY TORRES, PABLE VIRGUEZ, ORLANDO RAFAEL PERDOMO VALERA, ANTONIO JOSÉ OLIVAR BETANCOURT y REIMUNDO URDANETA, titulares de las cédulas de identidad número 3.512.572, 3.787.007, 4.387.825, 4.918.694, 4.169.885 y 9.354.044, respectivamente, asistidos por la abogada Rosa Rondón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 46.467, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos contra el proceso electoral celebrado en la Asociación Civil “Unión Valencia A.C.”, para elegir a la Junta Directiva de la referida Asociación Civil.

 

Visto el escrito presentado en fecha 10-05-2010 por la abogada Rosa Rondón, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 46.467, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, mediante el cual exponen hechos relacionados con la causa y solicitó que en base a los fallos dictados en la causa en fechas 04-06-2009 y 16-12-2009, “dar cumplimiento a las sanciones a que diera lugar” se designó ponente al Magistrado Doctor JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

SECRETARÍA EN:

 

3.- Expediente N° 2010-000007: Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, declinó competencia en el expediente contentivo del recurso contencioso de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por el ciudadano RICHARD FERMÍN PRIETO, titular de la cédula de identidad número 17.418.274, asistido por el abogado José Agustín Brito Salazar, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 83.820, contra el acto administrativo dictado en fecha 14-12-2009 por la Cámara Municipal del Municipio Arismendi del Estado Nueva Esparta, que acordó que hasta tanto no se realicen las elecciones para cubrir la vacante por ausencia absoluta del Alcalde del referido Municipio, para el período 2008-2012, el Alcalde o Alcaldesa será el concejal o concejala que resulte electo el día 07-01-2010. Oficio N° 035-10 de fecha 15-01-2010, remitiendo el expediente N° N-06040-10 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal y 1 cuaderno separado).

Vista la diligencia presentada en fecha 11-05-2010 por el abogado LEOCADIO FERMIN MARCANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 19.813, apoderado judicial del ciudadano Richard Fermín Prieto, parte recurrente mediante la cual solicita copia certificada de la Sentencia N° 3 dictada por esta Sala en fecha 28-01-2010 que riela a los folios ciento noventa y nueve (199) al doscientos ocho vuelto (208 Vto.) del expediente, la Sala ACUERDA expedir la certificación solicitada.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

4.- Expediente N° 2009-000014: PEDRO RAFAEL ACUÑA, titular de la cédula de identidad N° 5.422.028, asistido por el abogado Jesús Onofre Araujo Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.492, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso de elecciones parciales realizado en los centros de votación Malariología, Hospital J.M.B. Sanare y Dirección de Salud del estado Lara, para elegir la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (COHORMINSA), celebrado el 03-03-2009. (Acumulado con Exp. Nº 2009-000020 interpuesto por el ciudadano LINO BENCOMO, titular de la cédula de identidad N° 958.054, asistido por la abogada ZULAY PINEDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.972).

 

La abogada OLYMAR ZURITA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.138, apoderada judicial de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), presentó diligencia mediante la cual retiró copia certificada solicitada en fecha 24-02-20010 y acordada por auto de fecha 21-04-2010.

 

 

5.- Expediente N° 2009-000014: PEDRO RAFAEL ACUÑA, titular de la cédula de identidad N° 5.422.028, asistido por el abogado Jesús Onofre Araujo Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.492, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso de elecciones parciales realizado en los centros de votación Malariología, Hospital J.M.B. Sanare y Dirección de Salud del estado Lara, para elegir la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (COHORMINSA), celebrado el 03-03-2009. (Acumulado con Exp. Nº 2009-000020 interpuesto por el ciudadano LINO BENCOMO, titular de la cédula de identidad N° 958.054, asistido por la abogada ZULAY PINEDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.972).

 

La abogada OLYMAR ZURITA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.138, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), presentó diligencia mediante la cual ratificó lo solicitado en fecha 02-03-2010 y 12-04-2010.

 

6.- Expediente N° 2010-000022: DULCE NAVA, titular de la cédula de identidad N° 6.052.470, asistida por el abogado Jesús Onofre Araujo Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.492, interpone recurso contencioso electoral contra el Acta de Totalización, el Acta de Proclamación y el Acta de Toma de Posesión, emanadas de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), respecto a la elección de las autoridades de la referida Caja, período 2010-2013.

La abogada OLYMAR ZURITA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 189.138, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), presentó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento en relación con la apelación planteada en la presente causa contra el auto de admisión de fecha 15-03-2010, asimismo, ratificó lo solicitado mediante diligencia de fecha 07-04-2010.

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

7.- Expediente N° 2010-000005: Teoneira Acosta Gutierrez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 74.840, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Empresa Estatal CENTRO SIMÓN BOLÍVAR, C.A., adscrita al Ministerio del Poder Popular para Obras Públicas y Vivienda, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el acto dictado por la Junta Electoral de la Zona II del Complejo Urbanístico Parque Central que le fuera notificado en fecha 04-12-2009, que declaró sin lugar la impugnación efectuada contra el acto de votación celebrado el día 07-11-2009, así como contra el acto que “designó por consenso” a la Junta Directiva de la Asamblea de Propietarios de la Zona II del aludido Complejo Urbanístico, de fecha 15-11-2009.

El Juzgado de Sustanciación pasó a pronunciarse sobre la admisibilidad de las  pruebas promovidas, admitiendo las mismas  según el caso.

 

8.- Expediente N° 2010-000041: ÁNGEL RICARDO OLIVO y JOSÉ OLIVERA, titulares de la cédula de identidad N° 1.567.593 y 4.340.118, respectivamente, asistidos por la abogada Oladis Parra, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 34.959, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 100122-0025 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 22-01-2010 publicada en Gaceta Electoral N° 519 del 18-03-2010 en la cual resolvió: 1.- Abstenerse de conocer los recaudos consignados en fecha 02-11-2009, relativos a “la supuesta elección efectuada el 21 de octubre del mismo año por la FEDERACIÓN UNITARIA DEL MAGISTERIO DE VENEZUELA (FETRAMAGISTERIO)” y 2.- Repuso el proceso electoral de la referida Federación a la fase de “Resolución de las Impugnaciones por parte de la Junta Electoral Nacional”.

 

Visto que constan en autos las notificaciones de Ley ordenadas en el auto de admisión de fecha 05-04-2010,  se libró cartel de emplazamiento que deberá ser publicado en el diario “El Nacional”, y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo único de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo.

 

 

 

9.- Expediente N° 2010-000045:  LUIS IGNACIO PLANAS HERNÁNDEZ y ALEJANDRO VIVAS, titulares de la cédula de identidad N° 10.336.679 y 13.532.143, respectivamente, asistidos por el abogado Tadeo Arrieche Franco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.707, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución dictada por la Comisión Electoral Nacional de COPEI, Partido Popular en fecha 09-04-2010 respecto al proceso electoral para la escogencia de las autoridades del referido Partido, cuyo acto de votación se fijó para el día 02-05-2010.

 

Se acordó agregar escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho presentado por JOSE GREGORIO CHUECOS en su carácter de Presidente de la Comisión Electoral Nacional del Partido Copei, debidamente asistido por  EDGAR PARRA MORENO, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, quien también actúa en su carácter de Miembro Principal de la referida Comisión Electoral.

 

 

 

10.- Expediente N° 2010-000051: RAFAEL CONTRERAS MILLÁN, titular de la cédula de identidad N° 5.533.631 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.193, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra la Comisión Electoral Nacional de COPEI, Partido Popular, respecto a las elecciones de las autoridades del referido partido, celebradas en fecha 02-05-2010.

 

Se acordó agregar escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho así como sus respectivos anexos presentado por JOSE GREGORIO CHUECOS en su carácter de Presidente de la Comisión Electoral Nacional del Partido Copei, debidamente asistido por  EDGAR PARRA MORENO, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, quien también actúa en su carácter de Miembro Principal de la referida Comisión Electoral.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

11.- Expediente N° 2009-000035: LUIS BELTRÁN BASTARDO MUÑOZ, titular de la cédula de identidad N° 8.269.189, asistido por el abogado Jesús Rafael Rodríguez Bermúdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.062, interpone  recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en la Federación Venezolana de Potencia, para elegir la Junta Directiva y el Consejo de Honor de la referida Federación, período 2009-2013.

 

El abogado MIGUEL ÁLVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 57.730, apoderado judicial de la parte recurrida, consignó diligencia mediante la cual realizó consideraciones en torno al escrito presentado por la parte recurrente en fecha 14-04-2010. Asimismo, solicitó pronunciamiento en la presente causa.

 

 

12.- Expediente N° 2010-000030: Fidel Gutiérrez,  inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.649, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos OSCAR RONDON, ÁNGEL ARTEAGA, JORGE FIGUERA y NÉSTOR FIGUERA, titulares de la cédula de identidad N° 8.301.852, 10.287.584, 5.191.249 y 8.303.527, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 100119-002 emanada del Consejo Nacional Electoral el 19-01-2010 publicada en Gaceta Electoral N° 517 de fecha 04-03-2010 mediante la cual se declaró: 1.- sin lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos OSCAR RONDÓN, ÁNGEL ARETAGA, JORGE FIGUERA, NÉSTOR FIGUERA e IFRAÍN RUIZ, miembros de la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores del Cemento y sus similares del Estado Anzoátegui (SINTRACEA) contra la decisión emitida por la Comisión Electoral del referido Sindicato el 02-04-2009; y 2.- inelegibles a los prenombrados ciudadanos.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 10-150, mediante el cual se comisionó al Juzgado Primero del Municipio Juan Antonio Sotillo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a los fines de notificar  a la parte recurrente del auto dictado por la Sala el 26-04-2010. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

13.- Expediente N° 2010-000030: Fidel Gutiérrez,  inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.649, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos OSCAR RONDON, ÁNGEL ARTEAGA, JORGE FIGUERA y NÉSTOR FIGUERA, titulares de la cédula de identidad N° 8.301.852, 10.287.584, 5.191.249 y 8.303.527, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 100119-002 emanada del Consejo Nacional Electoral el 19-01-2010 publicada en Gaceta Electoral N° 517 de fecha 04-03-2010 mediante la cual se declaró: 1.- sin lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos OSCAR RONDÓN, ÁNGEL ARETAGA, JORGE FIGUERA, NÉSTOR FIGUERA e IFRAÍN RUIZ, miembros de la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores del Cemento y sus similares del Estado Anzoátegui (SINTRACEA) contra la decisión emitida por la Comisión Electoral del referido Sindicato el 02-04-2009; y 2.- inelegibles a los prenombrados ciudadanos.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 10-151, mediante el cual se notificó a la Fiscal General de la República el auto dictado por la Sala el 26-04-2010.

 

14.- Expediente N° 2010-000030: Fidel Gutiérrez,  inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.649, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos OSCAR RONDON, ÁNGEL ARTEAGA, JORGE FIGUERA y NÉSTOR FIGUERA, titulares de la cédula de identidad N° 8.301.852, 10.287.584, 5.191.249 y 8.303.527, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 100119-002 emanada del Consejo Nacional Electoral el 19-01-2010 publicada en Gaceta Electoral N° 517 de fecha 04-03-2010 mediante la cual se declaró: 1.- sin lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos OSCAR RONDÓN, ÁNGEL ARETAGA, JORGE FIGUERA, NÉSTOR FIGUERA e IFRAÍN RUIZ, miembros de la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores del Cemento y sus similares del Estado Anzoátegui (SINTRACEA) contra la decisión emitida por la Comisión Electoral del referido Sindicato el 02-04-2009; y 2.- inelegibles a los prenombrados ciudadanos.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 10-152, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral el auto dictado por la Sala el 26-04-2010.

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

15.- Expediente N° 2010-000028:  AURA MARINA OROPEZA, MARÍA FIGUEROA, ARMANDO MORANTES y DANIEL ORLANDO JAIMES PAREDES, titulares de la cédula de identidad N° 3.124.203, 3.169.249, 3.586.774 y 15.844.443, respectivamente, asistidos por el abogado Tadeo Arrieche Franco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.707, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral Nacional de COPEI, Partido Popular, por  excluirlos a ellos y a otros afiliados al partido del registro electoral definitivo para el proceso electoral, cuyo acto de votación se fijó para el día 21-03-2010.

 

Por recibido escrito presentado por el abogado TADEO ARRIECHE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 90.707, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Aura Marina Oropeza, Armando Morantes y Daniel Jaimes, anexo al cual consignó marcado como “001”. Se acordó agregar el referido escrito a la pieza principal y formar tres (03) piezas de anexo con el mencionado recaudo, las cuales serán identificadas como Anexo1, Anexo 2 y Anexo 3.

 

 

16.- Expediente N° 2010-000045:  LUIS IGNACIO PLANAS HERNÁNDEZ y ALEJANDRO VIVAS, titulares de la cédula de identidad N° 10.336.679 y 13.532.143, respectivamente, asistidos por el abogado Tadeo Arrieche Franco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.707, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución dictada por la Comisión Electoral Nacional de COPEI, Partido Popular en fecha 09-04-2010 respecto al proceso electoral para la escogencia de las autoridades del referido Partido, cuyo acto de votación se fijó para el día 02-05-2010.

 

Se recibió escrito presentado por el abogado TADEO ARRIECHE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 90.707, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Alejandro Vivas, parte recurrente, anexo al cual consignó recaudos marcados como “001”, “002” y  “U”. Se acordó agregar a la pieza principal el referido escrito, así como los anexos marcados “002” y “U” y formar tres (03) piezas de anexos con el recaudo marcado “001” las cuales serán identificadas como Anexo 1, Anexo 2 y Anexo 3 .

 

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

                                                                                

                                                                                  La Secretaria,

 

PATRICIA CORNET GARCÍA

 

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