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Sala Electoral
  • Fecha: 19 de julio de 2010





CUENTA Nº 99

 

Despacho del lunes (19) de julio de 2010. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luís Alfredo Sucre Cuba, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Luís Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. 

 

 

SECRETARÍA

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

 

1.- Expediente N° 2009-000090: Robert Rodríguez Noriega, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 19.238, actuando con el carácter de apoderado judicial del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO (SUTRAUC), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Resolución N° 091028-0463, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 28-10-2009, en la cual se declaró: 1) sin lugar el escrito de impugnación  de fecha 02-08-2005, presentado por el referido abogado; 2) revocó la medida cautelar de suspensión de elecciones de las autoridades del mencionado Sindicato acordada en fecha 14-05-2005; y 3) Ordenó a la Comisión Electoral del SINDICATO que presente nuevo Proyecto Electoral.

 

Visto el escrito presentado el 10-06-2010 por los ciudadanos JUAN JOSÉ ASCANIO, JONNY MORENO, FARIDES VILLALOBOS, DAVID ABREU, JOSÉ CARRILLO, asistidos por el abogado ANSELMO ARCILA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 106.088, actuando con el carácter de miembros de la Comisión Electoral del Sindicato de Obreros de la Universidad de Carabobo (SUTRAUC), mediante el cual señalaron dar cumplimiento a los exigido en la Sentencia N° 85 de fecha 03-06-2010; y,  vencido como se encuentra el lapso otorgado para tal cumplimiento, se designó ponente al Magistrado FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

2.- Expediente N° 2010-000074: Ángel García Avilés, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.244, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos WILLIAM SENIOR GALINDO, JULIO MARÍN, NEY LUIGGI, JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ, NAHUN SALAZAR BENÍTEZ, ANTONIO CURCU y ALBERTO SOLÓRZANO, titulares de la cédula de identidad N° 3.958.450, 9.427.575, 4.029.742, 9.897.847, 14.284.017, 9.274.138 y 16.145.365, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos contra la Comisión Electoral y el Consejo Universitario de la Universidad de Oriente, respecto al proceso electoral para la escogencia de las autoridades universitarias período 2010-2014, cuyo acto de votación está pautado para el día  28-07-2010.

 

Se solicitó a la Comisión Electoral y al Consejo Universitario de la Universidad de Oriente los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Se libraron Oficios N° 10-288 y N° 10-289 Asimismo, teniendo en cuenta que se interpuso el recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud cautelar, se designó ponente al Magistrado FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA. Finalmente, a los fines de notificar a la Comisión Electoral y el Consejo Universitario de la Universidad de Oriente,  se comisionó al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre (Distribuidor). Se Libró Oficio N° 10-287 y Despacho.

 

 

3.- Expediente N° X-2010-000009: (CUADERNO SEPARADO) RAFAEL ANTONIO ARRIECHE VIRGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 7.444.842, asistido por la abogada Elayne Sánchez Álvarez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 92.120, solicitó "EXTENSIÓN DE LOS EFECTOS DE LA MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DE CUALQUIER ELECCIÓN DE AUTORIDADES DECANALES EN LA UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL 'LISANDRO ALVARADO' Y EN ESPECIAL LA DE LOS DECANATO DE CIENCIAS DE LA SALUD Y EL DECANATO DE CIENCIAS Y TECNOLOGÍA", cuyo acto de votación está fijado para los días 19 y 28 de julio de 2010, acordada en Sentencia N° 59 de fecha 04-05-2010, dictada en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar interpuesto por los ciudadanos PEDRO ROSAS, JHONNY VÁSQUEZ, RAFAEL SILVA, HENRY YÉPEZ y CARYELI PÉREZ, titulares de la cédula de identidad N° 5.931.609, 11.791.505, 2.915.762, 18.137.083 y 18.527.609, respectivamente, contra la Comisión Electoral Central de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado” y el Consejo Universitario de la referida Casa de Estudios, respecto al proceso electoral para la escogencia de las autoridades de dicha Universidad, período 2010-2014. (Acumulado con Expediente N° 2010-000048 interpuesto por AGABO PALMA, ROBERTO GUEDEZ, PAUSIDES ANTONIO VIRGUEZ GUTIÉRREZ y RAFAEL ANTONIO ARRIECHE, titulares de la cédula de identidad N° 7.985.862, 7.365.735, 4.065.584 y 7.444.842, respectivamente) (Expediente Principal N° 2010-000044).

 

Vista la Sentencia N° 105 de fecha 19-07-2010, se comisionó al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Circunscripción Judicial del estado Lara (Distribuidor), a los fines de notificar el referido fallo a los ciudadanos AGABO PALMA, ROBERTO GUEDEZ, PAUSIDES ANTONIO VIRGUEZ GUTIÉRREZ y RAFAEL ANTONIO ARRIECHE (parte recurrente), a la Comisión Electoral Central de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado” y  al Consejo Universitario de la referida Casa de Estudios. Se libraron Oficios 10-292, 10-293 y 10-294, Boleta y Despacho. Asimismo, se ordenó notificar de la referida decisión a los ciudadanos PEDRO ROSAS, JHONNY VÁSQUEZ, RAFAEL SILVA, HENRY YÉPEZ y CARYELI PÉREZ (parte recurrente). Se libró Boleta.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

4.- Expediente N° 2009-000035: LUIS BELTRÁN BASTARDO MUÑOZ, titular de la cédula de identidad N° 8.269.189, asistido por el abogado Jesús Rafael Rodríguez Bermúdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.062, interpone  recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en la Federación Venezolana de Potencia, para elegir la Junta Directiva y el Consejo de Honor de la referida Federación, período 2009-2013.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 10-276, mediante el cual se notificó a la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Potencia la  Sentencia Nº 93 del 22-06-2010.

 

 

5.- Expediente N° 2009-000035: LUIS BELTRÁN BASTARDO MUÑOZ, titular de la cédula de identidad N° 8.269.189, asistido por el abogado Jesús Rafael Rodríguez Bermúdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.062, interpone  recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en la Federación Venezolana de Potencia, para elegir la Junta Directiva y el Consejo de Honor de la referida Federación, período 2009-2013.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 10-275, anexo al cual  se remitió comisión al Juzgado del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui (Distribuidor), a los fines de notificar a la parte recurrente la Sentencia  N° 93 del 23-06-2010. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

6.- Expediente N° 2010-000069:  PEDRO RAMÓN MACHADO MARTÍNEZ, SEBASTIAN DE JESÚS BETANCOURT CERMEÑO, JOSÉ LUIS FARIAS y LUISA MARGARITA ARAGORT, titulares de la cédula de identidad N° 8.885.904, 11.170.787, 9.421.611 y 5.485.213, respectivamente, asistidos por el abogado PABLO BRICEÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.765, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra la Comisión Electoral de la Universidad de Oriente, respecto a la elección de las autoridades de la referida Casa de Estudios  cuyo acto de votación se fijó  para el 28 de julio de 2010.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 10-277, anexo al cual  se remitió comisión al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre (Distribuidor), a los fines de notifica a la Universidad de Oriente, de la Sentencia N° 108 del 12-07-2010. Oficio que fue enviado a través de la Empresa de encomiendas M.R.W.

 

 

7.- Expediente N° 2010-000070: JHONNY VARGAS, ADRIAN JOSÉ BOLÍVAR RAMÍREZ, YOLMAN ALBERTO GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ, RAÚL MUÑOZ CAVALIERI y EDGAR RICARDO HERNÁNDEZ, titulares de la cédula de identidad N° 19.407.948, 6.899.261, 6.944.789, 6.867.499 y 6.312.359, respectivamente, asistidos por el abogado PABLO BRICEÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.765, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra la Comisión Electoral Nacional de la Universidad Nacional Experimental Politécnica “Antonio José de Sucre”, respecto a la elección de las autoridades de la referida Casa de Estudios  cuyo acto de votación se fijó  para el 28 de julio de 2010.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 10-279,  mediante el cual se solicitó a la Comisión Electoral Nacional de la Universidad Nacional Experimental Politécnica "Antonio José de Sucre" los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACION

 

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

8.- Expediente N° 2010-000041: ÁNGEL RICARDO OLIVO y JOSÉ OLIVERA, titulares de la cédula de identidad N° 1.567.593 y 4.340.118, respectivamente, asistidos por la abogada Gladys Parra, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 34.959, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 100122-0025 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 22-01-2010 publicada en Gaceta Electoral N° 519 del 18-03-2010 en la cual resolvió: 1.- Abstenerse de conocer los recaudos consignados en fecha 02-11-2009, relativos a “la supuesta elección efectuada el 21 de octubre del mismo año por la FEDERACIÓN UNITARIA DEL MAGISTERIO DE VENEZUELA (FETRAMAGISTERIO)” y 2.- Repuso el proceso electoral de la referida Federación a la fase de “Resolución de las Impugnaciones por parte de la Junta Electoral Nacional”.

 

Juzgado de Sustanciación revocó por contrario imperio la comisión librada al Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas. Se libró Oficio N° 10-290. Asimismo, comisionó al Juzgado de los Municipios Atures y Autana de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas para que evacue las testimoniales de los ciudadanos César Silva Yidris, Jiménez Quinto Aracelis y Yojaira Barros, admitidas mediante auto de fecha 15-06-2010. Se libró Oficio N° 10-291 y Despacho.

 

 

9.- Expediente N° 2010-000055: JESUS CASANOVA, LUIS AZUAJE y WILLIAM BOXILL, titulares de la cédula de identidad N° 4.153.410, 6.902.920 y 640.870, respectivamente, asistidos por el abogado HENRY VEGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.921, interponen recurso contencioso electoral con medida cautelar contra la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de los Trabajadores del Instituto Nacional del Deporte IND (CATINDE), referido al proceso electoral celebrado el 03-12-2009 para la escogencia de las autoridades de la referida Caja de Ahorros, período 2010-2013.

 

Juzgado de Sustanciación inadmitió el recurso  de conformidad en el artículo 213 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales. Se libro Oficio N° 10-295 y boleta, a la Comisión Electoral de de la Caja de Ahorros de los Trabajadores del Instituto Nacional de Deportes IND, CATINDE y a la parte recurrente, respectivamente.

 

 

10.- Expediente N° 2010-000043: FREDDY LEIVA, ANTONIO SOUSA, CRISTÓBAL MARRERO, HERNÁN GARCÍA, HÉCTOR SATOQUE, ELÍAS HERRERA y JOSEFINA ARIAS, titulares de la cédula de identidad N° 3.944.602, 6.919.748, 5.139.616, 6.355.604, 10.894.681, 6.298.757 y 7.949.281, respectivamente, asistidos por el abogado SABINO GARBÁN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.933, quien a su vez actúa en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, respecto al proceso electoral para la escogencia de la Junta Directiva del referido Club período 2010-2012, cuyo acto de votación realizado el 21-03-2010.

 

El Juzgado de Sustanciación pasó a pronunciarse sobre la admisibilidad de las  pruebas promovidas, admitiendo e inadmitiendo las mismas, relativas a las pruebas de testigos y posiciones juradas.

 

 

 

OFICIO RECIBIDO EN:

 

 

11.- Expediente N° 2010-000041: ÁNGEL RICARDO OLIVO y JOSÉ OLIVERA, titulares de la cédula de identidad N° 1.567.593 y 4.340.118, respectivamente, asistidos por la abogada Gladys Parra, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 34.959, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 100122-0025 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 22-01-2010 publicada en Gaceta Electoral N° 519 del 18-03-2010 en la cual resolvió: 1.- Abstenerse de conocer los recaudos consignados en fecha 02-11-2009, relativos a “la supuesta elección efectuada el 21 de octubre del mismo año por la FEDERACIÓN UNITARIA DEL MAGISTERIO DE VENEZUELA (FETRAMAGISTERIO)” y 2.- Repuso el proceso electoral de la referida Federación a la fase de “Resolución de las Impugnaciones por parte de la Junta Electoral Nacional”.

 

Por recibido en fecha 15-07-2010 Oficio N°0810-489 de fecha 12-07-2010, emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada por la Sala en fecha 15-07-2010, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

12.- Expediente N° 2010-000058: ULISES SUAREZ, titular de la cédula de identidad N° 7.327.647, asistido por el abogado Freddy José Leiva, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.323, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra el acto de “totalización, adjudicación y proclamación  publicado extemporáneamente en fecha 7 de abril de 2010, por la comisión electoral interna del Sindicato Unión de Trabajadores del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales en el Estado Lara” (SUTIVSS-LARA), en las elecciones  para elegir a la Junta Directiva del referido sindicato, cuyo acto de votación tuvo lugar el 26 de marzo de 2010.

 

Por recibido en fecha 19-07-2010, Oficio N° 767 de fecha 07-07-2010, emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, anexo al cual remitió la comisión librada por la Sala en fecha 09-06-2010, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

13.- Expediente N° 2010-000064: JESUS RANGEL RACHADELL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.906, actuando en su propio nombre, mediante el cual interpone recurso contencioso electoral con medida cautelar de suspensión de efectos contra la convocatoria a elecciones a desarrollarse el 04 de julio de 2010 en el “que se pretende realizar nuevamente el proceso electoral de COPEI”.

 

El abogado JESÚS RANGEL RACHADELL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 26.906, actuando en su propio nombre,  presentó diligencia mediante la cual consignó la Página 3 del cuerpo ciudadanos del Diario "EL NACIONAL"  de fecha 16-07-2010, donde apareció publicado el cartel de emplazamiento.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

14.- Expediente N° 2010-000068: Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo declina la competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional  conjuntamente con medida cautelar interpuesta por los ciudadanos JUAN CARLOS GARCIA RAMOS, ARTURO JOSÉ GÓMEZ MORENO y JOSÉ FLORENCIO VIELMA MOTOLONGO, titulares de la cédula de identidad N° 7.104.567, 7.048.864 y 7.054.577, respectivamente, asistidos por el abogado ALEXIS JESÚS BRACHO TREMONT, titular de la cédula de identidad N° 4.729.113 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.194, quien a su vez actúa en nombre propio contra la Asociación Civil Casa Portuguesa Venezolana, respecto a la elección de la Junta Directiva de la mencionada Asociación. Oficio 0516 de fecha 28 de junio de 2010, remitiendo expediente N° 24.007 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 Pieza).

 

Dando cumplimiento a la Sentencia N° 103 dictada por esta Sala en fecha 15-07-2010 se declinó el conocimiento del asunto en la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Se libró Oficio N° 10-296.

 

 

SENTENCIA

 

 

15.- Expediente N° 2010-000071: Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira,  declina la competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional  conjuntamente con medida cautelar interpuesta por los ciudadanos EDGAR ALFONSO CARRASQUEL JAUREGUI, CARLOS ALBERTO ROMERO CHACÓN, NERWIN ANTONIO MORA REINOSO, titulares de la cédula de identidad N° 12.229.401, 17.932.106 y  17.557.095, asistidos por el abogado Franklin José Jairran Mora, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 80.220,  contra “las actuaciones omisivas del Centro de Estudiantes de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (CEUNET), que se materializan con el desconocimiento de la petición de modificar las normas inconstitucionales del Reglamento Electoral del Centro de Estudiantes”, referente al proceso de elecciones de representantes estudiantiles a la Junta del Centro de Estudiantes de la UNET para al periodo 2010-2012. Oficio N° 0860-587 de fecha 23-06-2010, remitiendo Expediente N° 34304 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 Pieza). La Sala declaró su INCOMPETENCIA para conocer de la acción de amparo constitucional, y DECLINÓ la misma en la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, a la que se ordenó remitir las actuaciones. Ponente: LUIS ALFREDO SUCRE CUBA. Sentencia N° 104. 

 

 

16.- Expediente N° X-2010-000009: (CUADERNO SEPARADO) RAFAEL ANTONIO ARRIECHE VIRGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 7.444.842, asistido por la abogada Elayne Sánchez Álvarez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 92.120, solicitó "EXTENSIÓN DE LOS EFECTOS DE LA MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DE CUALQUIER ELECCIÓN DE AUTORIDADES DECANALES EN LA UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL 'LISANDRO ALVARADO' Y EN ESPECIAL LA DE LOS DECANATO DE CIENCIAS DE LA SALUD Y EL DECANATO DE CIENCIAS Y TECNOLOGÍA", cuyo acto de votación está fijado para los días 19 y 28 de julio de 2010, acordada en Sentencia N° 59 de fecha 04-05-2010, dictada en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar interpuesto por los ciudadanos PEDRO ROSAS, JHONNY VÁSQUEZ, RAFAEL SILVA, HENRY YÉPEZ y CARYELI PÉREZ, titulares de la cédula de identidad N° 5.931.609, 11.791.505, 2.915.762, 18.137.083 y 18.527.609, respectivamente, contra la Comisión Electoral Central de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado” y el Consejo Universitario de la referida Casa de Estudios, respecto al proceso electoral para la escogencia de las autoridades de dicha Universidad, período 2010-2014. (Acumulado con Expediente N° 2010-000048 interpuesto por AGABO PALMA, ROBERTO GUEDEZ, PAUSIDES ANTONIO VIRGUEZ GUTIÉRREZ y RAFAEL ANTONIO ARRIECHE, titulares de la cédula de identidad N° 7.985.862, 7.365.735, 4.065.584 y 7.444.842, respectivamente) (Expediente Principal N° 2010-000044). La Sala declaró PROCEDENTE la extensión de los efectos de la medida cautelar de suspensión de efectos acordada por la Sala mediante Sentencia N° 57 de fecha 04-05-2010. En consecuencia, ordenó SUSPENDER no sólo los actos de votaciones para escoger a los Decanos de las Facultades de Ciencias de la Salud y de Ciencia y Tecnología de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", pautados para los días 19 y 28-07-2010, sino además todos aquellos comicios que se hubieren fijado con posterioridad a la fecha 04-05-2010, día en que se publicó la Sentencia de la Sala N° 57. EXHORTÓ a la Comisión Electoral, y demás autoridades de esa Universidad, a no convocar a proceso electoral alguno, hasta tanto se decida el fondo del asunto. Ponente: JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 105.

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

                                                                        

          

                                                                                  La Secretaria,

 

 

 

PATRICIA CORNET GARCÍA


 

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