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CUENTA Nº 131
Despacho del martes diecinueve (19) de octubre de 2010. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luís Alfredo Sucre Cuba, con la asistencia del Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.
SECRETARÍA
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
1.- Expediente N° 2008-000019: LUIS CENTENO, DOMINGO ARIAS, ANA MARÍA RUIZ Y LUISA ELENA RUIZ, titulares de las cédulas de identidad número 4.625.018, 640.259, 4.361.360 5.315.294, respectivamente, asistidos por la abogada Maigualida Pérez Figuera, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 36.588, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente suspensión de efectos, contra la Resolución N° 080228-235, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 28-02-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 417, de fecha 18-03-2008, que declaró 1.- con lugar el recurso jerárquico planteado contra la decisión emanada de la Comisión Electoral del Sindicato Bolivariano de Empleados Públicos de la Alcaldía del Municipio Libertador Distrito Capital (SIRBEPA ML-DC), la cual declaró sin lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Ali Gerber y Carlos Besson; 2.- nula la decisión de la referida Comisión Electoral, de fecha 04-04-2007; 3.- inelegible los ciudadanos Luis Centeno, Domingo Arias, Ana María Ruiz, Luisa Elena Ruiz y Jorge Ibarra; 4.- vacante los cargos de Presidencia, Secretaría de Organización, Secretaría de Asuntos de la Mujer, Secretaría de Pensiones y/o Jubilaciones y Secretaría General del referido Sindicato; 5.- elegible el ciudadano Jorge Nilson Ibarra Sánchez; 6.- ordenó a la Comisión Electoral presentar un cronograma electoral para la elección de los cargos declarados vacantes; y 7.- autorizó a los ciudadanos declarados inelegibles ejercer de manera provisoria los referidos cargos.
Visto el escrito presentado el 13-10-2010, por los ciudadanos CARLOS BESSON y ALI GERDER, actuando con el carácter de Miembros del Sindicato Bolivariano de Empleados Públicos de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito capital (SIBERPA ML-DC), asistidos por el abogado Manuel Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 55.075, mediante el cual informaron a la Sala sobre el cumplimiento a la Sentencia N° 145 dictada en fecha 22-10-2009; y, vencido como se encuentra el lapso de cinco (5) días de despacho siguientes otorgados al Consejo Nacional Electoral y al referido sindicato para que remitan la información requerida en decisión dictada en fecha 12-08-2010, se designó ponente al Magistrado Doctor RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO, a los fines del pronunciamiento correspondiente.
SECRETARÍA EN:
2.- Expediente N° 2010-000087: JULIO CASTILLO SAGARZAZU, EDUARDO ALFREDO PINO SUÁREZ y NOÉ ENOC MUJICA VELIZ, titulares de las Cédula de identidad N° 4.455.155, 7.012.914 y 9.824.200, asistidos por la abogada María Alejandra Navarro, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.024, interponen demanda contencioso electoral contra “(…) los actos de totalización y proclamación de los candidatos nominales a la Asamblea Nacional electos por la circunscripción 5 del Estado Carabobo en los comicios celebrados el día 26 de septiembre de 2010; actos estos emanados de la Junta Regional Electoral del mismo Estado; así como contra las actas de escrutinio y contra los actos de votación celebrados en las Mesas que (…) señalan, correspondientes todos de la misma circunscripción y al mismo proceso comicial (…)”.
Se solicitó al Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con la demanda. Se libró Oficio N° 10-380.
3.- Expediente N° 2010-000083: FABIOLA DEL CARMEN CASTRO RAMOS, MARÍA JOSEFA TERESEN MIJARES, AMARILIS DEL VALLE CABRERA MARTÍNEZ, SULMA BÁRBARA SILVA RODRÍGUEZ, MARCOS JESÚS YÉPEZ LOVERA, LOLIMAR DEL VALLE DESCALLS ALDAZORO, SILIA MARÍA PÉREZ VERA, ERNESTO CHIRINO MARRUFO, DON ITALO MAZZARRI BATTISTONI, JULIO CÉSAR MELEAN BLANCO, MARITZA COLMENARES MALPICA, ORALIA ROSA LEAL GARCÍA, SANDRO RAMÓN GIANTOMASO CONDE, GUSTAVO ANDRÉS SÁNCHEZ, VICENTE ENRIQUE MALPICA CASTILLO y JOSÉ RAFAEL TINOCO MONTENEGRO, titulares de la cédula de identidad N° 3.922.009, 10.302.552, 4.450.481, 8.958.071, 15.608.086, 12.103.366, 4.139.830, 3.544.778, 12.940.973, 12.102.248, 9.445.812, 4.320.564, 4.132.321, 4.867.682, 7.144.528 y 7.044.183, respectivamente, interponen demanda contencioso electoral con amparo cautelar contra el “Acta de Totalización y Proclamación emanada de la Comisión Electoral Central que organizó, vigiló y realizó el proceso electoral de las elecciones de la Asociación Sindical de Trabajadores Administrativos de la Universidad de Carabobo (AEUC), realizado el día 26 de noviembre de 2009”.
Por recibido en fecha 18-10-2010, Oficio N° 4400-837 de fecha 14-10-2010, emanado del Juzgado Sexto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida por la Sala en fecha 21-09-2010, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.
4.- Expediente N° 2010-000026: Wuilber Marzal, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 95.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CÉSAR MENESES, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil El Dorado Country Club referida al proceso eleccionario para la escogencia de la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del referido Club, período 2010-2012, cuyo acto de votación se realizó en fecha 07-02-2010.
Por recibido en fecha 18-10-2010, Oficio N°2010-496 de fecha 11-10-2010, emanado del Juzgado Segundo de Municipio del Municipio Guaicaipuro de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida por la Sala en fecha 28-09-2010, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.
5.- Expediente N° 2010-000064: JESUS RANGEL RACHADELL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.906, actuando en su propio nombre, mediante el cual interpone recurso contencioso electoral con medida cautelar de suspensión de efectos contra la convocatoria a elecciones a desarrollarse el 04 de julio de 2010 en el “que se pretende realizar nuevamente el proceso electoral de COPEI”.
Se dejó constancia que se agregó al expediente, CD contentivo del Acto de Informes Orales celebrado en esta misma fecha, en cumplimiento a lo ordenado en el referido Acto.
6.- Expediente N° 2008-000031: TEODORO SILVA, titular de la cédula de identidad N° 2.999.277, asistido por el abogado Jesús Onofre Araujo Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 76.492, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso mediante el cual se eligió a la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), cuyo acto de votación tuvo lugar el día 29-05-2008.
Vista la diligencia presentada en fecha 13-10-2010, por el abogado JESÚS ARAUJO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.492, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual solicitó copia certificada de la Sentencia N° 54 de fecha 22-04-2009, la Sala acordó expedir la certificación solicitada.
7.- Expediente N° 2010-000018: Gustavo Adolfo Martínez Morales, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.089, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ISRAEL CORONIL, ANIBAL LOZADA, VICTOR PEÑA, PEDRO ALVARADO, ELSY SALAZAR, MARY MOLINA, ABRAHAM NAVAS, MARYURY MALDONADO, MIGUEL NAVAS y ZULAY INDRIAGO, titulares de la cédula de identidad número 3.951.584, 1.509.273, 2.078.816, 4.596.084, 4.579.311, 6.264.573, 11.473.809, 10.117.651, 9.504.007 y 4.046.812, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medidas cautelares contra la Resolución N° 091028-0464 de fecha 28-10-2009, publicada en Gaceta Electoral N° 509 del 16-12-2009, así como contra Resolución N°. 091113-0505 de fecha 13-11-2009 emitida por el Consejo Nacional Electoral y publicada en Gaceta Electoral N° 513 del 23-12-2009, referido al proceso electoral para elegir a las autoridades del Sindicato Nacional de Funcionarios Públicos del Ministerio de Educación (SNFP-ME), período 2009-2012.
Se acordó diferir el lapso para dictar sentencia en la causa por un plazo de quince (15) días de despacho siguientes al de hoy, dentro del cual se procederá a dictar la sentencia correspondiente.
ACTO DE INFORMES EN:
8.- Expediente N° 2010-000064: JESUS RANGEL RACHADELL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.906, actuando en su propio nombre, mediante el cual interpone recurso contencioso electoral con medida cautelar de suspensión de efectos contra la convocatoria a elecciones a desarrollarse el 04 de julio de 2010 en el “que se pretende realizar nuevamente el proceso electoral de COPEI”.
Abierto el acto, se dejó constancia que se encontraba presente el abogado JESUS RANGEL RACHADELL, parte demandante. Igualmente, se dejó constancia de la inasistencia de la parte demandada, Comisión Electoral Nacional de COPEI, Partido Popular. Del mismo modo, se dejó constancia de la asistencia de la Dra. ROXANA ORIHUELA GONZATTI, Fiscal Segunda del Ministerio Público, designada para actuar ante la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. Seguidamente, el Presidente de la Sala comunicó a los presentes del tiempo que disponían las partes para efectuar sus intervenciones, concediéndoles el derecho de palabra, tras lo cual expusieron sus informes orales. Culminadas las exposiciones, se ordenó agregar a los autos el CD contentivo del acto de informes orales
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
9.- Expediente N° 2008-000019: LUIS CENTENO, DOMINGO ARIAS, ANA MARÍA RUIZ Y LUISA ELENA RUIZ, titulares de las cédulas de identidad número 4.625.018, 640.259, 4.361.360 5.315.294, respectivamente, asistidos por la abogada Maigualida Pérez Figuera, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 36.588, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente suspensión de efectos, contra la Resolución N° 080228-235, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 28-02-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 417, de fecha 18-03-2008, que declaró 1.- con lugar el recurso jerárquico planteado contra la decisión emanada de la Comisión Electoral del Sindicato Bolivariano de Empleados Públicos de la Alcaldía del Municipio Libertador Distrito Capital (SIRBEPA ML-DC), la cual declaró sin lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Ali Gerber y Carlos Besson; 2.- nula la decisión de la referida Comisión Electoral, de fecha 04-04-2007; 3.- inelegible los ciudadanos Luis Centeno, Domingo Arias, Ana María Ruiz, Luisa Elena Ruiz y Jorge Ibarra; 4.- vacante los cargos de Presidencia, Secretaría de Organización, Secretaría de Asuntos de la Mujer, Secretaría de Pensiones y/o Jubilaciones y Secretaría General del referido Sindicato; 5.- elegible el ciudadano Jorge Nilson Ibarra Sánchez; 6.- ordenó a la Comisión Electoral presentar un cronograma electoral para la elección de los cargos declarados vacantes; y 7.- autorizó a los ciudadanos declarados inelegibles ejercer de manera provisoria los referidos cargos.
El abogado MIGUEL ÁNGEL MÉNDEZ CAMPOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 67.909, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito mediante el cual señaló dar cumplimiento a lo ordenado mediante sentencia dictada por la Sala en fecha 12-08-2010.
10.- Expediente N° 2010-000064: JESUS RANGEL RACHADELL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.906, actuando en su propio nombre, mediante el cual interpone recurso contencioso electoral con medida cautelar de suspensión de efectos contra la convocatoria a elecciones a desarrollarse el 04 de julio de 2010 en el “que se pretende realizar nuevamente el proceso electoral de COPEI”.
El abogado JESÚS RANGEL RACHADELL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 26.906, actuando con el carácter de parte recurrente, consignó escrito de Informes.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
DILIGENCIA EN:
11.- Expediente N° 2010-000069: PEDRO RAMÓN MACHADO MARTÍNEZ, SEBASTIAN DE JESÚS BETANCOURT CERMEÑO, JOSÉ LUIS FARIAS y LUISA MARGARITA ARAGORT, titulares de la cédula de identidad N° 8.885.904, 11.170.787, 9.421.611 y 5.485.213, respectivamente, asistidos por el abogado PABLO BRICEÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.765, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra la Comisión Electoral de la Universidad de Oriente, respecto a la elección de las autoridades de la referida Casa de Estudios cuyo acto de votación se fijó para el 28 de julio de 2010. (Acumulado con Exp. 2010-000074 interpuesto por Ángel García Avilés, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.244, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos WILLIAM SENIOR GALINDO, JULIO MARÍN, NEY LUIGGI, JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ, NAHUN SALAZAR BENÍTEZ, ANTONIO CURCU y ALBERTO SOLÓRZANO, titulares de la cédula de identidad N° 3.958.450, 9.427.575, 4.029.742, 9.897.847, 14.284.017, 9.274.138 y 16.145.365, respectivamente).
El abogado PABLO BRICEÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 77.765, apoderado judicial de la parte actora, consignó diligencia mediante la cual retiró el cartel de emplazamiento a los fines de su publicación en el Diario "El Nacional".
12.- Expediente 2010-000084: Juzgado Superior Tercero Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, remite expediente contentivo de la Demanda Contencioso Electoral interpuesta por el ciudadano JESÚS DAVID PÉREZ MORALES, titular de la cédula de identidad N° 10.145.583 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.307, contra las Resoluciones N° 100617-0183 y N° 100617-0184 dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fecha 17 de junio de 2010 y publicadas en Gaceta Electoral N° 531 de fecha 27 de julio de 2010, que declararon Inamisible los recursos de impugnación presentados por el prenombrado abogado contra las postulaciones de los ciudadanos Gabino Paz Guerrero y Miguel Alejandro Pizarro, como candidatos a los cargos de diputado nominal principal y suplente, respectivamente, la primera, y contra la postulación del ciudadano Wuillian Germán Moreno como diputado nominal suplente, la segunda, correspondientes a la Circunscripción Electoral N° 2 del estado Táchira, para el proceso electoral a celebrarse el 26 de septiembre de 2010. (Remitido mediante Oficio N° 264 de fecha 16-09-2010).
El abogado JESÚS DAVID PÉREZ MORALES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.307, actuando con el carácter de parte demandante, consignó diligencia mediante la cual se dio por notificado del auto de admisión dictado por la Sala Electoral en fecha 13-10-2010.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
13.- Expediente N° 2010-000002: Roberto Moreno de Gregorio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 64.326, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JORGE PEROZO, titular de la cédula de identidad N° 2.879.612, interpone acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro de los Empleados del Ministerio del Interior y Justicia respecto a la elección de la Junta Directiva de la referida Caja, período 2009-2012.
El abogado ROBERTO MORENO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 64.326, apoderado judicial de la parte accionante, consignó escrito mediante el cual solicitó se declare el desacato judicial y se designe una nueva Comisión Electoral, acompañó recaudos.
El Presidente,
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA
La Secretaria,
PATRICIA CORNET GARCÍA
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