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Sala Electoral
  • Fecha: 20 de octubre de 2010





CUENTA Nº  132

 

Despacho del miércoles veinte (20) de octubre de 2010. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luís Alfredo Sucre Cuba, con la asistencia del Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. 

 

 

SECRETARÍA

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

1.- Expediente N° X-2010-000003: (CUADERNO SEPARADO) Nabor Jesús Lanz Calderón, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 79.342, apoderado judicial del  ciudadano BOFIL TORRES, titular de la cédula de identidad N° 4.669.980, solicitó la apertura de un proceso penal por desacato de la Sentencia N° 16 de fecha 04 de febrero de 2010 por parte de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros del Personal Ejecutivo del Estado Apure en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por el mencionado ciudadano, contra el acto administrativo signado con el N° SCA-DL-7250 proferido por la Superintendencia de Cajas de Ahorro, adscrita al Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas, en fecha 08-01-2010, referida a la  escogencia de las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, cuyo acto de votación se fijó para el día 05-02-2010. (Expediente Principal N° 2010-000017).

 

Por recibido en fecha 19-10-2010,  Oficio N°10-816 de fecha 11-08-2010, emanado del Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del estado Apure, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida por la Sala en fecha 01-07-2010, se acordó  agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

2.- Expediente N° X-2010-000001 (CUADERNO SEPARADO): DOUGLAS SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 8.532.668, actuando con el carácter de Superintendente de Cajas de Ahorro, adscrita al Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas, asistido por la abogada Ana Mercedes Flores, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 84.452, se opone a la medida cautelar acordada en Sentencia N° 16 de fecha 04 de febrero de 2010, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por los abogados Glen Mirabal Alvarado y Nabor Jesús Lanz Calderón, inscritos en el Inpreabogado bajo los número  59.343 y 79.342, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del  ciudadano BOFIL TORRES, titular de la cédula de identidad N° 4.669.980, contra el acto administrativo signado con el N° SCA-DL-7250 proferido por la Superintendencia de Cajas de Ahorro, adscrita al Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas, en fecha 08-01-2010, referida a la  escogencia de las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, cuyo acto de votación se fijó para el día 05-02-2010. (Expediente Principal N° 2010-000017).

 

Por recibido en fecha 19-10-2010, Oficio N° 10-815 de fecha 11-08-2010, emanado del Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del estado Apure, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida por la Sala en fecha 21-06-2010, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

COMUNICACIÓN  RECIBIDA EN:

 

3.- Expediente N° 2008-000079: Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad número 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Electoral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta Directiva.

 

Se recibió Oficio N° 320 de fecha 15-10-2010, emanado del Banco de Desarrollo Económico y Social de Venezuela (BANDES), mediante el cual dio respuesta a comunicación enviada por la Sala, señalando que ante esa entidad bancaria no posee  cuenta del Instituto de Previsión Social del Médico. (Acompañó anexos).

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

4.- Expediente N° 2010-000065: NANCY AMAYA, titular de la cédula de identidad N° 4.151.336 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 30.251, actuando en su propio nombre, solicita  “desincorporar al ciudadano Douglas Briceño Pantoja (…) del cargo de Secretario del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA)” por estar –a su decir- incurso en causales de inelegibilidad.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 10-344, mediante el cual se notificó a la  Comisión Electoral de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular Para La Salud (CAHORMINSA),  la  Sentencia Nº 122 del 12-08-2010.

 

 

5.- Expediente N° 2010-000065: NANCY AMAYA, titular de la cédula de identidad N° 4.151.336 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 30.251, actuando en su propio nombre, solicita  “desincorporar al ciudadano Douglas Briceño Pantoja (…) del cargo de Secretario del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA)” por estar –a su decir- incurso en causales de inelegibilidad.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta,  mediante la cual se notificó a la ciudadana Nancy Amaya la Sentencia Nº 122 de fecha 12 de agosto de 2010.

 

 

6.- Expediente N° 2009-000080: ZULY DEL VALLE MILLÁN  BOADAS, JOSÉ LUIS MORALES, OSWALDO  RAMOS, GUSTAVO SOSA, RAMÓN LA CRUZ, DELVIS JIMÉNEZ  y JULIO CASTILLO, titulares de las cédulas de identidad número 5.887.102, 5.978.031, 6.029.008, 6.001.120, 5.432.802, 20.664.509 y 18.819.237, respectivamente, asistidos por el abogado Pablo Briceño Zabala, titular de la cédula de identidad N° 640.972 e inscrito en el Inpreabogado bajo
el N° 77.765, quien a su vez actúa en su propio nombre, interponen recurso contencioso de nulidad conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra la Comisión Electoral Central de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador y la Comisión Electoral Institucional del Instituto Pedagógico de Caracas, por omitir al personal administrativo, obreros y profesores instructores en el padrón electoral publicado para el proceso comicial para elegir a la Directiva del referido Instituto Pedagógico y la vacante absoluta de la Dirección del Instituto Pedagógico de Maracay, cuya primera vuelta está fijada para los días 26, 27 y 28 de noviembre de 2009.

 

Los ciudadanos José Rafael Palermo León y Reyes Gilberto Sequera Colmenares, actuando con el carácter de Presidente y Vicepresidente de la Comisión Electoral Central de la Universidad Pedagógica Experimental  Libertador, asistidos por el abogado Carlos Campos Reina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 13.827, consignaron diligencia mediante la cual expusieron aspectos relacionados con la  causa. Asimismo, solicitaron se dicte  la sentencia correspondiente.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

7.- Expediente N° 2010-000026: Wuilber Marzal, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 95.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CÉSAR MENESES, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil El Dorado Country Club referida al proceso eleccionario para la escogencia de la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del referido Club, período 2010-2012, cuyo acto de votación se realizó en fecha 07-02-2010.

 

Se acordó librar el cartel de emplazamiento a los interesados ordenados en el auto dictado el 20-09-2010, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte demandante de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

8.- Expediente 2010-000084: Juzgado Superior Tercero Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, remite expediente contentivo de la Demanda Contencioso Electoral interpuesta por el ciudadano JESÚS DAVID PÉREZ MORALES, titular de la cédula de identidad N° 10.145.583 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.307, contra las Resoluciones N° 100617-0183 y N° 100617-0184 dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fecha 17 de junio de 2010 y publicadas en Gaceta Electoral N° 531 de fecha 27 de julio de 2010, que declararon Inamisible los recursos de impugnación presentados por el prenombrado abogado contra las postulaciones de los ciudadanos Gabino Paz Guerrero y Miguel Alejandro Pizarro, como candidatos a los cargos de diputado nominal principal y suplente, respectivamente, la primera, y contra la postulación del ciudadano Wuillian Germán Moreno como diputado nominal suplente, la segunda, correspondientes a la Circunscripción Electoral N° 2 del estado Táchira, para el proceso electoral a celebrarse el 26 de septiembre de 2010. (Remitido mediante Oficio N° 264 de fecha 16-09-2010).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 10-375, mediante el cual  se remitió comisión al Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, a los fines de notificar a la parte demandante del auto de admisión dictado en fecha 13-10-2010. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

9.- Expediente 2010-000084: Juzgado Superior Tercero Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, remite expediente contentivo de la Demanda Contencioso Electoral interpuesta por el ciudadano JESÚS DAVID PÉREZ MORALES, titular de la cédula de identidad N° 10.145.583 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.307, contra las Resoluciones N° 100617-0183 y N° 100617-0184 dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fecha 17 de junio de 2010 y publicadas en Gaceta Electoral N° 531 de fecha 27 de julio de 2010, que declararon Inamisible los recursos de impugnación presentados por el prenombrado abogado contra las postulaciones de los ciudadanos Gabino Paz Guerrero y Miguel Alejandro Pizarro, como candidatos a los cargos de diputado nominal principal y suplente, respectivamente, la primera, y contra la postulación del ciudadano Wuillian Germán Moreno como diputado nominal suplente, la segunda, correspondientes a la Circunscripción Electoral N° 2 del estado Táchira, para el proceso electoral a celebrarse el 26 de septiembre de 2010. (Remitido mediante Oficio N° 264 de fecha 16-09-2010).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 10-376, mediante el cual se notificó a la Fiscal General de la República el auto de admisión dictado en fecha 13-10-2010.

 

 

10.- Expediente 2010-000084: Juzgado Superior Tercero Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, remite expediente contentivo de la Demanda Contencioso Electoral interpuesta por el ciudadano JESÚS DAVID PÉREZ MORALES, titular de la cédula de identidad N° 10.145.583 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.307, contra las Resoluciones N° 100617-0183 y N° 100617-0184 dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fecha 17 de junio de 2010 y publicadas en Gaceta Electoral N° 531 de fecha 27 de julio de 2010, que declararon Inamisible los recursos de impugnación presentados por el prenombrado abogado contra las postulaciones de los ciudadanos Gabino Paz Guerrero y Miguel Alejandro Pizarro, como candidatos a los cargos de diputado nominal principal y suplente, respectivamente, la primera, y contra la postulación del ciudadano Wuillian Germán Moreno como diputado nominal suplente, la segunda, correspondientes a la Circunscripción Electoral N° 2 del estado Táchira, para el proceso electoral a celebrarse el 26 de septiembre de 2010. (Remitido mediante Oficio N° 264 de fecha 16-09-2010).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 10-377, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral el auto de admisión dictado en fecha 13-10-2010.

 

El Presidente,

  

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

                                                                                 

                                                                           La Secretaria,

 

 

 

                                                                         PATRICIA CORNET GARCÍA


 

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