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CUENTA Nº 51
Despacho del miércoles (21) de abril de 2010. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luís Alfredo Sucre Cuba, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Luís Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.
SECRETARIA
SECRETARÍA EN:
1.- Expediente N° 2009-000014: PEDRO RAFAEL ACUÑA, titular de la cédula de identidad N° 5.422.028, asistido por el abogado Jesús Onofre Araujo Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.492, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso de elecciones parciales realizado en los centros de votación Malariología, Hospital J.M.B. Sanare y Dirección de Salud del estado Lara, para elegir la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (COHORMINSA), celebrado el 03-03-2009. (Acumulado con Exp. Nº 2009-000020 interpuesto por el ciudadano LINO BENCOMO, titular de la cédula de identidad N° 958.054, asistido por la abogada ZULAY PINEDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.972).
Vista la diligencia presentada el 24-02-2010, por la abogada Olymar Zurita, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.138, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), mediante la cual solicita copia certificada de los documentos que rielan a los folios 993 al 1005 Vto., 1020 al 1033 y 1036 al 1038 del expediente, la Sala acordó expedir la certificación solicitada por cursar los mismos en original.
2.- Expediente N° 2009-000076: YULISSA CECILIA GONZÁLEZ FLORES, FERMÍN DEL VALLE GUTIÉRREZ CORREDOR y MARTA SALCEDO DE CALZADILLA, titulares de las cédulas de identidad número 8.679.172, 10.531.375 y 5.614.753 respectivamente, asistidos por el abogado Wilmer Partidas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, interponen recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar contra el proceso electoral celebrado el 21-09-2009, para la elección del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia y Delegados de la Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados Públicos de la Gobernación del Estado de Miranda (CAPEM), período 2009-2012.
Se abrió la segunda (2da.) pieza.
DILIGENCIA EN:
3.- Expediente N° 2009-000056: Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, declinó la competencia en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por los ciudadanos Mario Alí Cárdenas, Francisco Vargas, José Sebastián Briceño, Linda Sarmiento y Mayela Molina, titulares de las cédulas de identidad número 9.214.943, 3.619.865, 9.213.873, 11.494.279 y 5.686.928, respectivamente, actuando con el carácter de trabajadores del Sindicato de Obreros Bedeles del Ejecutivo del Estado Táchira (SOBETA), asistidos por el abogado Luís Freddy Rodrigo Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 97.694, contra la Junta Directiva del referido Sindicato.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 10-098, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral la Sentencia N° 29 del 02-03-2010.
4.- Expediente N° X-2010-000003: (CUADERNO SEPARADO) Nabor Jesús Lanz Calderón, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 79.342, apoderado judicial del ciudadano BOFIL TORRES, titular de la cédula de identidad N° 4.669.980, solicitó la apertura de un proceso penal por desacato de la Sentencia N° 16 de fecha 04 de febrero de 2010 por parte de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros del Personal Ejecutivo del Estado Apure en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por el mencionado ciudadano, contra el acto administrativo signado con el N° SCA-DL-7250 proferido por la Superintendencia de Cajas de Ahorro, adscrita al Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas, en fecha 08-01-2010, referida a la escogencia de las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, cuyo acto de votación se fijó para el día 05-02-2010. (Expediente Principal N° 2010-000017).
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 10-122, anexo al cual se remitió comisión conferida al Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los fines de notificar a la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure de la decisión dictada por la Sala el 25-03-2010. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
5.- Expediente N° 2010-000036: RUMIL LEAL NÚÑEZ, titular de la cédula de identidad N° 5.969.223, asistido por el abogado Tulio Sánchez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.282, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 001-2010 de fecha 02-03-2010 emanada del Ministerio del Poder Popular para el Deporte y contra las Providencias Administrativas N° 123/2009 del 14-08-2009 y N° 156/2009 del 24-09-2009 emitidas por el Instituto Nacional del Deporte, referidas al proceso eleccionario y reconocimiento de la Junta Directiva y el Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Karting, período 2009-2013.
El ciudadano RUMIL LEAL, actuando con el carácter de parte recurrente, asistido por el abogado Tulio Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.282, consignó escrito de reforma.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
6.- Expediente N° 2010-000012: HÉCTOR GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° 11.532.698, asistido por el abogado José Ángel Ruiz, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 44.497, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nro. 090909-0427 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 09-09-2009, publicada en Gaceta Electoral Nro. 513 del 23-12-2009, en la cual se declaró incompetente para conocer de la impugnación interpuesta por los ciudadanos Jorge Silva, Tirso Rafael García y Héctor Alexis González, respecto a la reelección de la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y Sus Similares del Estado Bolívar (SINTRAELECTRIC) y declaró inadmisible la impugnación efectuada contra la designación de la Comisión Electoral del referido Sindicato de fecha 14-05-2009.
El Juzgado de Sustanciación pasó a pronunciarse sobre la admisibilidad de las pruebas promovidas, admitiendo las mismas. Se desestimó la oposición formulada por el José Ángel Ruiz, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente.
7.- Expediente N° 2009-000090: Robert Rodríguez Noriega, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 19.238, actuando con el carácter de apoderado judicial del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO (SUTRAUC), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Resolución N° 091028-0463, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 28-10-2009, en la cual se declaró: 1) sin lugar el escrito de impugnación de fecha 02-08-2005, presentado por el referido abogado; 2) revocó la medida cautelar de suspensión de elecciones de las autoridades del mencionado Sindicato acordada en fecha 14-05-2005; y 3) Ordenó a la Comisión Electoral del SINDICATO que presente nuevo Proyecto Electoral.
El Juzgado de Sustanciación pasó a pronunciarse sobre la admisibilidad de las pruebas promovidas, admitiendo las mismas.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
8.- Expediente N° 2010-000042:Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes declina la competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar por el abogado RICARDO JOSÉ HERNÁNDEZ VIELMA, titular de la cédula de identidad N° 12.516.167 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.792, actuando en su propio nombre y asistiendo al ciudadano JOSÉ ALFREDO CHACÓN MENDOZA, titular de la cédula de identidad N° 11.492.412, contra la Comisión Electoral Nacional y Regional (del Estado Táchira) de COPEI, Partido Popular, respecto a la elección de las autoridades de dicho Partido. Oficio N° 503 de fecha 26-03-2010, remitiendo el expediente N° 8031-10 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza).
Se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines del pronunciamiento correspondiente.
SENTENCIA
9.- Expediente N° 2010-000031: Xenia Iciarte, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 15.967, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos JOSÉ PALACIOS, MARÍA GALLUCCI, CARLOS BALSA, JOSÉ QUINTANA, MARÍA MACHADO y ELOINA ZURITA, titulares de la cédula de identidad N° 8.572.121, 5.333.892, 5.329.585, 8.552.854, 8.552.785 y 9.914.185, respectivamente, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra las actuaciones realizadas por los ciudadanos José Silfredo González, Gladys Margarita Marcano, Víctor Manuel Clavo, Hernán José Belisario y Francis Zayira López, referidas al ejercicio de sus funciones dentro del Concejo Municipal del Municipio El Socorro del Estado Guárico. La Sala se declaró INCOMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional presentada. En consecuencia, declinó el conocimiento de la causa en la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Ponente: FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA. Sentencia N° 53.
10.- Expediente N° 2010-000010: Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, declinó competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesto conjuntamente con medida cautelar, por los ciudadanos RAMÓN EDUARDO DÍAZ POLANCO, RAFAEL ENRIQUE ESCALONA PIÑA y CARLOS JOSÉ DÍAZ, titulares de la cédula de identidad número 10.988.216, 10.642.715 y 10.328.253, respectivamente, asistidos por el abogado Freddy Carrillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 125.307, contra las vías de hecho realizadas por las ciudadanas Yansy Pinto, Maria Isabel Landaeta y Teodora Coromoto Rodríguez, Concejalas del Concejo Municipal del Municipio Anzoátegui del Estado Cojedes, en fecha 25-11-2009, que declararon a los accionantes Incapaces para el ejercicio de los cargos de Presidente, Vicepresidente y Secretario del referido Concejo Municipal. Oficio N° 05-343-010 de fecha 08-01-2010, remitiendo el expediente N° 5369 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal). La Sala se declaró INCOMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional presentada. En consecuencia, declinó el conocimiento de la causa en la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Ponente: LUIS ALFREDO SUCRE CUBA. Sentencia N° 54.
El Presidente,
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA
La Secretaria,
PATRICIA CORNET GARCÍA
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