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Sala Electoral
  • Fecha: 22 de febrero de 2010





CUENTA Nº 22

CUENTA Nº 22

Despacho del lunes veintidós (22) de febrero de 2010. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.

                                  

SECRETARÍA

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

1.- Expediente N° 2008-000068: Silvia Cecilia Marín, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.732, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARLENE COROMOTO PRIMERA GALUÉ, titular de la cédula de identidad N° 4.537.656, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el acto identificado como CE.469-2008  dictado en fecha 08-10-2008, por la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, que declaró improcedente el recurso de nulidad interpuesto contra el acto de totalización y adjudicación de votos del candidato a Secretario, en  el proceso de elecciones celebrado en la referida Casa de Estudios los días 10 y 17 de julio de 2008, así como del acto de proclamación del Secretario, llevado a cabo el día 22-07-2008.

 

Vistos los escritos presentados en fechas 09-12-2009 y 11-02-2010, por la abogada María Teresa Sánchez, Inpreabogado Nº 24.765, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana Alix Aguirre Andrade y por esta última, mediante los cuales luego de exponer aspectos referidos a la renuncia de la nombrada ciudadana a la   Comisión Electoral de la Universidad del Zulia solicitan se revoque la decisión de multa que le fue impuesta por Sentencia de fecha 30-11-2009; se designó ponente al Magistrado Doctor FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

2.- Expediente N° 2009-000091: Raisath Padrinos Malpica, inscrita en el Inpreabogado  bajo el N° 102.505, actuando con el carácter de apoderada judicial de  la ciudadana CARMEN TOVAR, titular de la cédula de identidad N° 5.614.102, interpone “Recurso Contencioso Electoral de Nulidad Absoluta simultáneamente con la acción de amparo Autónomo” contra “actuación de la comisión electoral de CAHORMINSAS”.

 

Vistas las diligencias presentadas en fechas 08  y 11 de febrero de 2010, por la abogada Raisath Padrinos Malpica, Inpreabogado N° 102.505, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte recurrente y asistiendo a la ciudadana Ingrid Yannette Aldana Gómez, titular de la cédula de identidad N° 6.377.256, en las cuales solicitan aclaratoria de la Sentencia N° 6 de fecha 03-02-2010 así como otros pedimentos; se designó ponente al Magistrado Doctor JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

3- Expediente N° 2009-000014: PEDRO RAFAEL ACUÑA, titular de la cédula de identidad N° 5.422.028, asistido por el abogado Jesús Onofre Araujo Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.492, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso de elecciones parciales realizado en los centros de votación Malariología, Hospital J.M.B. Sanare y Dirección de Salud del estado Lara, para elegir la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (COHORMINSA), celebrado el 03-03-2009. (Acumulado con Exp. Nº 2009-000020 interpuesto por el ciudadano LINO BENCOMO, titular de la cédula de identidad N° 958.054, asistido por la abogada ZULAY PINEDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.972).

 

Vista la diligencia presentada en fecha 04-02-2010, por la abogada Olymar Zurita, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.138, actuando con el carácter de “apoderada judicial de la Caja de Ahorros (CAHORMINSA)”, mediante la cual solicitó copia certificada de la Sentencia N° 7 dictada por esta Sala en fecha 03-02-2010. En tal sentido, la Sala observó que la mencionada profesional del derecho solicitó la copia certificada invocando actuar como apoderada judicial de la Caja de Ahorros de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA) y una vez revisadas las actas que conforman el expediente, no se evidencia documento que acredite dicha cualidad; en consecuencia, se NEGÓ la referida solicitud.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

4.- Expediente N° 2009-000091: Raisath Padrinos Malpica, inscrita en el Inpreabogado  bajo el N° 102.505, actuando con el carácter de apoderada judicial de  la ciudadana CARMEN TOVAR, titular de la cédula de identidad N° 5.614.102, interpone “Recurso Contencioso Electoral de Nulidad Absoluta simultáneamente con la acción de amparo Autónomo” contra “actuación de la comisión electoral de CAHORMINSAS”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 10-044 mediante el cual se notificó a la Comisión Electoral Principal  de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA) la Sentencia dictada en fecha 03-02-2010.

 

5- Expediente N° 2009-000014: PEDRO RAFAEL ACUÑA, titular de la cédula de identidad N° 5.422.028, asistido por el abogado Jesús Onofre Araujo Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.492, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso de elecciones parciales realizado en los centros de votación Malariología, Hospital J.M.B. Sanare y Dirección de Salud del estado Lara, para elegir la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (COHORMINSA), celebrado el 03-03-2009. (Acumulado con Exp. Nº 2009-000020 interpuesto por el ciudadano LINO BENCOMO, titular de la cédula de identidad N° 958.054, asistido por la abogada ZULAY PINEDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.972).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 10-058 mediante el cual se notificó a la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular Para La Salud (CAHORMINSA) la Sentencia  de fecha 03-02-2010.

 

 

6.- Expediente N° 2009-000014: PEDRO RAFAEL ACUÑA, titular de la cédula de identidad N° 5.422.028, asistido por el abogado Jesús Onofre Araujo Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.492, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso de elecciones parciales realizado en los centros de votación Malariología, Hospital J.M.B. Sanare y Dirección de Salud del estado Lara, para elegir la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (COHORMINSA), celebrado el 03-03-2009. (Acumulado con Exp. Nº 2009-000020 interpuesto por el ciudadano LINO BENCOMO, titular de la cédula de identidad N° 958.054, asistido por la abogada ZULAY PINEDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.972).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la Boleta librada al ciudadano Lino Bencomo mediante la cual se notificó la Sentencia de fecha 03-02-2010. 

 

 

7.- Expediente N° 2009-000014: PEDRO RAFAEL ACUÑA, titular de la cédula de identidad N° 5.422.028, asistido por el abogado Jesús Onofre Araujo Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.492, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso de elecciones parciales realizado en los centros de votación Malariología, Hospital J.M.B. Sanare y Dirección de Salud del estado Lara, para elegir la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (COHORMINSA), celebrado el 03-03-2009. (Acumulado con Exp. Nº 2009-000020 interpuesto por el ciudadano LINO BENCOMO, titular de la cédula de identidad N° 958.054, asistido por la abogada ZULAY PINEDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.972).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la Boleta librada al ciudadano Pedro Rafael Acuña mediante la cual se notificó la Sentencia de fecha 03-02-2010. 

 

 

8- Expediente N° 2008-000020: JOSÉ PLANCHART CASTRO, titular de la cédula de identidad N° 4.283.317, asistido por la abogada Judith Autenty Font, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 69.309, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080228-234, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 28-02-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 418, de fecha 24-03-2008, que declaró sin lugar la impugnación de las postulaciones de los ciudadanos José Luis Romero Farrera, José Rafael Nieto Lafe, Irwin Depablos Díaz y Rommel Hernández Calderón, a los cargos de Secretario General, Secretario de Organización, Secretario de Reclamos y Secretario de Acta y Correspondencia, respectivamente, del Sindicato Único de Trabajadores del Consejo Nacional Electoral (SUTCNE). 

 

La abogada Judith Antonieta Aurenty Font, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 69.309, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual retiró copia certificada de la Sentencia de fecha 02-02-2010 acordada en auto de fecha 18-02-2010.

 

 

9.- Expediente N° 2008-000055: José Clemente Bolívar Torrealba y Nancy Ysabel Rivas Acosta, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.819 y 78.328, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la ciudadana ZORAIDA COROMOTO BASTIDAS, titular de la cédula de identidad N° 10.526.124, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar, contra la Comisión Interventora de la Caja de Ahorro de Empleados y Jubilados de la Cámara Municipal del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital (C.A.E.J.C.M.M.B.L.D.C.), actuando como Comisión Electoral, respecto al rechazo de la postulación de la referida ciudadana al cargo de Presidente Principal de la mencionada Caja de Ahorro.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 09-375 anexo al cual se remitió copia certificada y simple del expediente al Juzgado Distribuidor de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, dando cumplimiento a la sentencia dictada en fecha 26-11-2009.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

10.- Expediente N° 2010-000016: Noel Enrique Navarro Montiel y María Teresa Parra Tomasi, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 105.256 y 108.141, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos REINALDO ROIS, GERMÁN CONTRERAS COLMENARES y CARLOS DIAZ VALBUENA, titulares de la cédula de identidad N° 7.064.270, 5.658.922 y 7.608.341, Presidentes de las Asociaciones de Judo de los Estados Carabobo, Táchira y Zulia, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra las elecciones de la Junta Directiva y Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Judo (FEVEJUDO), período 2009-2013, cuyo acto de votación se llevó a cabo en fecha 31-03-2009.

El ciudadano Antonio Zavarella, actuando con el carácter de Presidente de la Federación Venezolana de Judo (FEVEJUDO), asistido por el abogado Pedro Francisco Aranguren Gualdrón, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.788, presentó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito y formar una (01) pieza separada con los recaudos que acompañaron al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

11.- Expediente N° 2009-000076: YULISSA CECILIA GONZÁLEZ FLORES, FERMÍN DEL VALLE GUTIÉRREZ CORREDOR y MARTA SALCEDO DE CALZADILLA, titulares de las cédulas de identidad  número 8.679.172, 10.531.375 y 5.614.753 respectivamente, asistidos por el abogado Wilmer Partidas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, interponen recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar contra el proceso electoral celebrado el 21-09-2009, para la elección del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia y Delegados de la Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados Públicos de la Gobernación del Estado de Miranda (CAPEM), período 2009-2012.

 

Vistas las diligencias presentadas en fechas 01, 03, 04, 09 y 17 de febrero de 2010, por el abogado Wilmer Partidas, Inpreabogado N° 39.279, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, mediante las cuales expone aspectos relacionados con la negativa del ciudadano Román Salinas Boada a recibir la notificación de la admisión del recurso ejercido. Se libró boleta al ciudadano Román Salinas Boada en la condición señalada por la parte recurrente, esto es, de “Presidente de la Comisión de la Caja de Ahorros y Préstamos de los Empleados Públicos de la Gobernación del Estado Miranda”, en los términos que dispone el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

12.- Expediente N° 2009-000055: José Ramón Sevilla Mata, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.576, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ VALENTÍN URBINA PERDOMO y JOSÉ ROSARIO CASTILLO, titulares de las cédulas de identidad números 6.375.244 y 3.624.821, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros y Previsión Social de Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), respecto al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva de la referida Caja de Ahorros cuyo acto de votación se efectúo el día 29-05-2009.

 

Vista la Sentencia dictada en fecha 08-02-2010, se acordó notificar a los ciudadanos José Valentín Urbina Perdomo y José Rosario Castillo (parte recurrente) y a la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros y Previsión Social de Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.). Se libró Boleta y Oficio N° 10-068. Asimismo, se libró Oficio N° 10-069 al Ministerio Público. Finalmente, se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, se procederá a librar el cartel de emplazamiento, que deberá ser publicado en el diario “El Nacional”, y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo único de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

13.- Expediente N° 2010-000017: Glen Mirabal Alvarado y Nabor Jesús Lanz Calderón, inscritos en el Inpreabogado bajo los número  59.343 y 79.342, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del  ciudadano BOFIL TORRES, titular de la cédula de identidad N° 4.669.980, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el acto administrativo signado con el N° SCA-DL-7250 proferido por la Superintendencia de Cajas de Ahorro, adscrita al Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas, en fecha 08-01-2010, referida a la  escogencia de las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, cuyo acto de votación se fijó para el día 05-02-2010.

 

El ciudadano BOFIL TORRES, titular de la cédula de identidad Nº 4.669.980, parte recurrente, asistido por la abogada Olga Belisario, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 105.553, consignó diligencia mediante la cual solicitó copia certificada de la Sentencia Nº 16 de fecha 04-02-2010.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

14.- Expediente N° 2010-000017: Glen Mirabal Alvarado y Nabor Jesús Lanz Calderón, inscritos en el Inpreabogado bajo los número  59.343 y 79.342, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del  ciudadano BOFIL TORRES, titular de la cédula de identidad N° 4.669.980, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el acto administrativo signado con el N° SCA-DL-7250 proferido por la Superintendencia de Cajas de Ahorro, adscrita al Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas, en fecha 08-01-2010, referida a la  escogencia de las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, cuyo acto de votación se fijó para el día 05-02-2010.

 

El ciudadano Douglas Sánchez, actuando con el carácter de Superintendente de Cajas de Ahorro, adscrita al Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas, asistido por la abogada Ana Mercedes Flores, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 84.452, consignó escrito de oposición a la medida cautelar acordada por la Sala mediante sentencia N° 16 de fecha 04-02-2010.

 

 

15.- Expediente N° 2009-000081: HERNÁN JOSÉ ZURITA y WILLIAM URLEY VIELMA GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad número 8.420.478 y 1.588.081, respectivamente, asistidos por los abogados Juan García Gago y Carlos Sánchez Aullon, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 27.398 y 27.829, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra el acto administrativo N° CEP-N° 030, de fecha 04-11-2009, emanado de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, mediante el cual se excluyen a los referidos ciudadanos del listado definitivo de candidatos para elegir a los miembros del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros del C.I.C.P.C.

 

El ciudadano Douglas Sánchez, actuando con el carácter de Superintendente de Cajas de Ahorro, adscrita al Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas, asistido por la abogada Ana Mercedes Flores, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 84.452, consignó escrito mediante el cual señaló dar respuesta a los solicitado mediante auto de fecha 08-02-2010.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

16.- Expediente N° 2009-000077: EDGAR PARRA MORENO, JOSÉ GREGORIO CHUECOS y JESÚS DÍAZ, titulares de las cédulas de identidad número 1.648.952, 8.002.095 y 11.410.357, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 18.386, 132.322 y 70.823, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada contra  “el acto y la conducta desplegada por el CONSEJO FEDERAL del Partido Social Cristiano COPEI, con fecha 14 de agosto de 2.009, quien (…) procedió a destituirnos de nuestros cargos como miembros de la COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL”.

 

Visto el escrito presentado en fecha 17-02-2010, por los ciudadanos LUIS PLANAS, LUIS SOLORZANO y ALEJANDRO VIVAS, titulares de la cédula de identidad Nº 10.336.679, 7.219.920 y 13.532.143, respectivamente, miembros del Partido COPEI, asistidos por el abogado Tadeo Arrieche, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 90.707, mediante el cual expusieron aspectos relacionados con el proceso electoral para la renovación de las autoridades del Partido COPEI y formulan solicitudes referidas al proceso electoral, se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

SECRETARÍA EN:

 

17.- Expediente N° 2009-000077: EDGAR PARRA MORENO, JOSÉ GREGORIO CHUECOS y JESÚS DÍAZ, titulares de las cédulas de identidad número 1.648.952, 8.002.095 y 11.410.357, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 18.386, 132.322 y 70.823, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada contra  “el acto y la conducta desplegada por el CONSEJO FEDERAL del Partido Social Cristiano COPEI, con fecha 14 de agosto de 2.009, quien (…) procedió a destituirnos de nuestros cargos como miembros de la COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL”.

 

Vista la Sentencia dictada por esta Sala en fecha 04-02-2010, se acordó notificar a la parte accionante, a la ciudadana Emma Belizario de Isturiz y a la Asamblea Nacional Demócrata Cristiana del Partido COPEI. Se libraron Boletas y Oficio N° 10-070. Asimismo, dando cumplimiento a lo ordenado en la referida sentencia se procedió a testar la expresión contenida en escrito presentado en fecha 27-01-2010, por los ciudadanos Luis Ignacio Planas, Luis Carlos Solórzano y Alejandro Vivas, asistido por el abogado Máximo Febres Siso (folio 670 de la segunda pieza del expediente).

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

18.- Expediente N° 2009-000077: EDGAR PARRA MORENO, JOSÉ GREGORIO CHUECOS y JESÚS DÍAZ, titulares de las cédulas de identidad número 1.648.952, 8.002.095 y 11.410.357, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 18.386, 132.322 y 70.823, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada contra  “el acto y la conducta desplegada por el CONSEJO FEDERAL del Partido Social Cristiano COPEI, con fecha 14 de agosto de 2.009, quien (…) procedió a destituirnos de nuestros cargos como miembros de la COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL”.

 

El abogado Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 18.386, actuando en nombre propio como parte accionante, consignó escrito mediante el cual solicitó se declare sin lugar los pedimentos expresados en el escrito presentado por los ciudadanos Luis Ignacio Planas, Luis Carlos Solórzano y Alejandro Vivas, en fecha 17-02-2010. Asimismo, solicitó sean sancionados los mencionados ciudadanos.

 

 

19.- Expediente N° 2009-000077: EDGAR PARRA MORENO, JOSÉ GREGORIO CHUECOS y JESÚS DÍAZ, titulares de las cédulas de identidad número 1.648.952, 8.002.095 y 11.410.357, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 18.386, 132.322 y 70.823, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada contra  “el acto y la conducta desplegada por el CONSEJO FEDERAL del Partido Social Cristiano COPEI, con fecha 14 de agosto de 2.009, quien (…) procedió a destituirnos de nuestros cargos como miembros de la COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL”.

 

El abogado Tadeo Arrieche, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 90.707, apoderado judicial de los ciudadanos Luis Planas, Luis Solórzano y Alejandro Vivas, miembros del Partido COPEI, presentó escrito mediante el cual consignó recaudo y solicitó pronunciamiento sobre la solicitud formulada mediante escrito de fecha 17-02-2010.

 

 

 

SENTENCIA

 

20.- Expediente N° 2010-000019:Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira declinó la competencia en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el ciudadano José Orlando Ramírez Mora, titular de la cédula de identidad N° 9.206.631 referida a la escogencia de la Junta Directiva del Sindicato Único de Profesores del Instituto Universitario Politécnico Santiago Mariño, extensión San Cristóbal (SUPIUPSMESC). Oficio N° J5-SME-048-2010 de fecha 26-01-2010, remitiendo el expediente N° SP01-S-2009-000104 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal). La Sala declaró: COMPETENTE para conocer de la  solicitud de convocatoria a elecciones, ACORDÓ su tramitación por el procedimiento de amparo, y en consecuencia, a los fines de pronunciarse sobre la admisión de la misma, ORDENÓ al ciudadano José Orlando Ramírez Mora, y demás accionantes, corregir la omisión advertida dentro del lapso de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la correspondiente notificación, más el término de la distancia, advirtiéndose que la falta de cumplimiento a la orden contenida en este fallo dará lugar a la declaratoria de inadmisibilidad de la solicitud. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia N° 25.

 

 

21.- Expediente N° 2010-000008: LUIS GERALD DUGARTE ROJAS, titular de la cédula de identidad número 13.648.432, asistido por el abogado José Eduardo Baralt López, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 21.797, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la convocatoria realizada por el Alcalde del Municipio Aricagua del Estado Mérida, para la selección de los representantes de la comunidad para elegir a los Consejeros Parroquiales del Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Aricagua del Estado Mérida (CLPPMA), así como la nulidad absoluta del Proyecto de Presupuesto de Inversión del CLPPMA y las futuras elecciones del mencionado Consejo. La Sala declaró: PRIMERO: su COMPETENCIA para conocer el caso. SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida de suspensión de efectos.  TERCERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada.  Ponente: LUIS ALFREDO SUCRE CUBA. Sentencia N° 26.

 

 

22.- Expediente N° 2010-000005: Teoneira Acosta Gutierrez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 74.840, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Empresa Estatal CENTRO SIMÓN BOLÍVAR, C.A., adscrita al Ministerio del Poder Popular para Obras Públicas y Vivienda, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el acto dictado por la Junta Electoral de la Zona II del Complejo Urbanístico Parque Central que le fuera notificado en fecha 04-12-2009, que declaró sin lugar la impugnación efectuada contra el acto de votación celebrado el día 07-11-2009, así como contra el acto que “designó por consenso” a la Junta Directiva de la Asamblea de Propietarios de la Zona II del aludido Complejo Urbanístico, de fecha 15-11-2009. La Sala declaró: PRIMERO: su COMPETENCIA para conocer del caso. SEGUNDO: ADMITIÓ el  recurso contencioso electoral.  TERCERO: PROCEDENTE el amparo cautelar solicitado y en consecuencia se suspenden los efectos del acto de designación de la Junta Directiva de la Asamblea de Propietarios de la Zona II, realizada en fecha 15 de noviembre de 2009; razón por la cual la referida Junta Directiva cesa en el ejercicio de sus funciones, debiendo aguardar a que se decida el recurso contencioso electoral. Ponente: LUIS ALFREDO SUCRE CUBA. Sentencia N° 27.

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

                                                                                              La Secretaria,

 

 

 

PATRICIA CORNET GARCÍA

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