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CUENTA Nº 150
Despacho del lunes veintidós (22) de noviembre de 2010. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luís Alfredo Sucre Cuba, con la asistencia del Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.
SECRETARÍA
1.- Expediente N° X-2010-000011 (CUADERNO SEPARADO): Mayella Sandoval y Ana Cristina Castillo, titulares de la cédula de identidad N° 11.528.651 y 16.735.576, respectivamente, actuando con el carácter de Presidenta y Secretaria de la Comisión Electoral Central de la Asociación Sindical de Trabajadores Administrativos de la Universidad de Carabobo, asistidos por el abogado Richard Sánchez Farfán, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 141.123, interponen oposición contra la medida cautelar acordada por la Sala en Sentencia N° 147 del 28-10-2010, dictada en el expediente contentivo de la ddemanda contencioso electoral interpuesta conjuntamente con amparo cautelar por los ciudadanos FABIOLA DEL CARMEN CASTRO RAMOS, MARÍA JOSEFA TERESEN MIJARES, AMARILIS DEL VALLE CABRERA MARTÍNEZ, SULMA BÁRBARA SILVA RODRÍGUEZ, MARCOS JESÚS YÉPEZ LOVERA, LOLIMAR DEL VALLE DESCALLS ALDAZORO, SILIA MARÍA PÉREZ VERA, ERNESTO CHIRINO MARRUFO, DON ITALO MAZZARRI BATTISTONI, JULIO CÉSAR MELEAN BLANCO, MARITZA COLMENARES MALPICA, ORALIA ROSA LEAL GARCÍA, SANDRO RAMÓN GIANTOMASO CONDE, GUSTAVO ANDRÉS SÁNCHEZ, VICENTE ENRIQUE MALPICA CASTILLO y JOSÉ RAFAEL TINOCO MONTENEGRO, titulares de la cédula de identidad N° 3.922.009, 10.302.552, 4.450.481, 8.958.071, 15.608.086, 12.103.366, 4.139.830, 3.544.778, 12.940.973, 12.102.248, 9.445.812, 4.320.564, 4.132.321, 4.867.682, 7.144.528 y 7.044.183, respectivamente, contra el “Acta de Totalización y Proclamación emanada de la Comisión Electoral Central que organizó, vigiló y realizó el proceso electoral de las elecciones de la Asociación Sindical de Trabajadores Administrativos de la Universidad de Carabobo (AEUC), realizado el día 26 de noviembre de 2009”. (Expediente Principal N° 2010-000083).
Visto que en fecha 18-11-2010, venció la articulación probatoria prevista en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines de que la Sala dicte el fallo que corresponda en la causa.
COMUNICACIONES RECIBIDA EN:
2.- Expediente N° 2010-000094: ELOY TARAZONA Y KISY TORRES, titulares de la cedula de identidad N° 10.664.355 y 19.370.596, respectivamente, asistidos por el abogado Pablo Briceño Zabala, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.765, interponen demanda contencioso electoral conjuntamente con solicitudes cautelares contra la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela, respecto al proceso electoral para elegir a los Representantes Estudiantiles ante el Cogobierno Universitario de la mencionada Casa de Estudios, cuyo acto de votación se fijó para el 12-11-2010.
Por recibida en la Secretaria el día 18-11-2010, Comunicación N° CE.2937-2010 de fecha 16-11-2010, suscrita por el ciudadano Tony Chacón, Presidente de la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela, en atención al Oficio N° 10-411 de fecha 10-11-2010 librado por la Sala Electoral. (Acompaña anexos).
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
3.- Expediente N° 2010-000043: FREDDY LEIVA, ANTONIO SOUSA, CRISTÓBAL MARRERO, HERNÁN GARCÍA, HÉCTOR SATOQUE, ELÍAS HERRERA y JOSEFINA ARIAS, titulares de la cédula de identidad N° 3.944.602, 6.919.748, 5.139.616, 6.355.604, 10.894.681, 6.298.757 y 7.949.281, respectivamente, asistidos por el abogado SABINO GARBÁN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.933, quien a su vez actúa en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, respecto al proceso electoral para la escogencia de la Junta Directiva del referido Club período 2010-2012, cuyo acto de votación realizado el 21-03-2010.
El abogado SABINO GARBÁN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.933, actuando en su propio nombre, parte recurrente, consignó escrito de conclusiones a los informes orales.
DILIGENCIA EN:
4.- Expediente N° 2009-000035: LUIS BELTRÁN BASTARDO MUÑOZ, titular de la cédula de identidad N° 8.269.189, asistido por el abogado Jesús Rafael Rodríguez Bermúdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.062, interpone recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en la Federación Venezolana de Potencia, para elegir la Junta Directiva y el Consejo de Honor de la referida Federación, período 2009-2013.
El ciudadano OMAR ENRIQUE REYES GUTIÉRREZ, titular de la cédula de identidad Nº 4.549.966, actuando en su condición de tercero, asistido por el abogado Miguel Ángel Álvarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 57.730, consignó diligencia mediante la cual se dio por notificado de la Sentencia N° 137 de fecha 28-10-2010.
5.- Expediente N° 2009-000035: LUIS BELTRÁN BASTARDO MUÑOZ, titular de la cédula de identidad N° 8.269.189, asistido por el abogado Jesús Rafael Rodríguez Bermúdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.062, interpone recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en la Federación Venezolana de Potencia, para elegir la Junta Directiva y el Consejo de Honor de la referida Federación, período 2009-2013.
La ciudadana ANGÉLICA RAMÍREZ DE RÍOS, titular de la cédula de identidad Nº. 7.216.210, actuando con el carácter de Presidenta de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Potencia, asistida por el abogado Miguel Álvarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 57.730, presentó diligencia mediante la cual se dio por notificada de la decisión publicada por la Sala Electoral en fecha 28-10-2010.
6.- Expediente N° 2009-000035: LUIS BELTRÁN BASTARDO MUÑOZ, titular de la cédula de identidad N° 8.269.189, asistido por el abogado Jesús Rafael Rodríguez Bermúdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.062, interpone recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en la Federación Venezolana de Potencia, para elegir la Junta Directiva y el Consejo de Honor de la referida Federación, período 2009-2013.
El abogado MIGUEL ÁLVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 57.730, actuando en su propio nombre, consignó diligencia mediante la cual se dio por notificado de la sentencia Nº 137 de fecha 28-10-2010.
7.- Expediente N° 2009-000035: LUIS BELTRÁN BASTARDO MUÑOZ, titular de la cédula de identidad N° 8.269.189, asistido por el abogado Jesús Rafael Rodríguez Bermúdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.062, interpone recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en la Federación Venezolana de Potencia, para elegir la Junta Directiva y el Consejo de Honor de la referida Federación, período 2009-2013.
La ciudadana LIDIA REINA, titular de la cédula de identidad Nº 5.334.493, con el carácter de tercera adhesiva, asistida por el abogado Miguel Álvarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 57.730, consignó diligencia mediante el cual se dio por notificada de la decisión Nº 137 de fecha 28-10-2010.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
8.- Expediente N° 2010-000036: RUMIL LEAL NÚÑEZ, titular de la cédula de identidad N° 5.969.223, asistido por el abogado Tulio Sánchez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.282, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 001-2010 de fecha 02-03-2010 emanada del Ministerio del Poder Popular para el Deporte y contra las Providencias Administrativas N° 123/2009 del 14-08-2009 y N° 156/2009 del 24-09-2009 emitidas por el Instituto Nacional del Deporte, referidas al proceso eleccionario y reconocimiento de la Junta Directiva y el Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Karting, período 2009-2013.
El Juzgado de Sustanciación pasó a pronunciarse sobre las pruebas promovidas por las partes, al tiempo de pronunciarse sobre la oposición formulada por la parte recurrente contra las pruebas promovidas por la parte recurrida, admitiendo e inadmitiendo las mismas según el caso.
9.- Expediente N° 2010-000026: Wuilber Marzal, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 95.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CÉSAR MENESES, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil El Dorado Country Club referida al proceso eleccionario para la escogencia de la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del referido Club, período 2010-2012, cuyo acto de votación se realizó en fecha 07-02-2010.
Se agregó a los autos el escrito de promoción de pruebas presentado el 17-11-2010, por el ciudadano Juan Carlos Moreno, actuando con el carácter de Secretario de la Comisión Electoral de la Asociación Civil sin fines de lucro El Dorado Country Club, asistido por el abogado Ramón Ernesto Angulo Isturiz, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 50.569. Asimismo, se agregó el escrito de promoción de pruebas presentado el 18-11-2010, por el abogado Miguel Fuenmayor, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.348, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte actora, así como los anexos que acompañaron a los referidos escritos.
10.- Expediente N° 2010-000026: Wuilber Marzal, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 95.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CÉSAR MENESES, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil El Dorado Country Club referida al proceso eleccionario para la escogencia de la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del referido Club, período 2010-2012, cuyo acto de votación se realizó en fecha 07-02-2010.
Se fijó un lapso de dos (2) días de despacho a los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas promovidas, contados a partir de la presente fecha, inclusive.
OFICIO RECIBIDO EN:
11.- Expediente N° 2010-000083: FABIOLA DEL CARMEN CASTRO RAMOS, MARÍA JOSEFA TERESEN MIJARES, AMARILIS DEL VALLE CABRERA MARTÍNEZ, SULMA BÁRBARA SILVA RODRÍGUEZ, MARCOS JESÚS YÉPEZ LOVERA, LOLIMAR DEL VALLE DESCALLS ALDAZORO, SILIA MARÍA PÉREZ VERA, ERNESTO CHIRINO MARRUFO, DON ITALO MAZZARRI BATTISTONI, JULIO CÉSAR MELEAN BLANCO, MARITZA COLMENARES MALPICA, ORALIA ROSA LEAL GARCÍA, SANDRO RAMÓN GIANTOMASO CONDE, GUSTAVO ANDRÉS SÁNCHEZ, VICENTE ENRIQUE MALPICA CASTILLO y JOSÉ RAFAEL TINOCO MONTENEGRO, titulares de la cédula de identidad N° 3.922.009, 10.302.552, 4.450.481, 8.958.071, 15.608.086, 12.103.366, 4.139.830, 3.544.778, 12.940.973, 12.102.248, 9.445.812, 4.320.564, 4.132.321, 4.867.682, 7.144.528 y 7.044.183, respectivamente, interponen demanda contencioso electoral con amparo cautelar contra el “Acta de Totalización y Proclamación emanada de la Comisión Electoral Central que organizó, vigiló y realizó el proceso electoral de las elecciones de la Asociación Sindical de Trabajadores Administrativos de la Universidad de Carabobo (AEUC), realizado el día 26 de noviembre de 2009”.
Por recibido en fecha 18-11-2010, Oficio N° 4400-940 de fecha 16-11-2010, emanado del Juzgado Sexto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida por la Sala en fecha 02-11-2010, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.
DILIGENCIA EN:
12.- Expediente N° 2010-000083: FABIOLA DEL CARMEN CASTRO RAMOS, MARÍA JOSEFA TERESEN MIJARES, AMARILIS DEL VALLE CABRERA MARTÍNEZ, SULMA BÁRBARA SILVA RODRÍGUEZ, MARCOS JESÚS YÉPEZ LOVERA, LOLIMAR DEL VALLE DESCALLS ALDAZORO, SILIA MARÍA PÉREZ VERA, ERNESTO CHIRINO MARRUFO, DON ITALO MAZZARRI BATTISTONI, JULIO CÉSAR MELEAN BLANCO, MARITZA COLMENARES MALPICA, ORALIA ROSA LEAL GARCÍA, SANDRO RAMÓN GIANTOMASO CONDE, GUSTAVO ANDRÉS SÁNCHEZ, VICENTE ENRIQUE MALPICA CASTILLO y JOSÉ RAFAEL TINOCO MONTENEGRO, titulares de la cédula de identidad N° 3.922.009, 10.302.552, 4.450.481, 8.958.071, 15.608.086, 12.103.366, 4.139.830, 3.544.778, 12.940.973, 12.102.248, 9.445.812, 4.320.564, 4.132.321, 4.867.682, 7.144.528 y 7.044.183, respectivamente, interponen demanda contencioso electoral con amparo cautelar contra el “Acta de Totalización y Proclamación emanada de la Comisión Electoral Central que organizó, vigiló y realizó el proceso electoral de las elecciones de la Asociación Sindical de Trabajadores Administrativos de la Universidad de Carabobo (AEUC), realizado el día 26 de noviembre de 2009”.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 10-385, mediante el cual se notificó a la Fiscal General de la República de la Sentencia N° 147 del 28-10-2010, mediante la cual se admitió la demanda contencioso electoral interpuesta y se declaró procedente la solicitud de amparo cautelar formulada por la parte demandante en la causa.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
NUEVO ASUNTO INGRESADO:
13.- Expediente N° 2010-000096: MARINO RAMÍREZ y PEDRO NEGRIN, titulares de la cédula de identidad N° 5.416.967 y 4.821.384, respectivamente, asistidos por el abogado Rafael Jacques Indriago Salazar, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 93.571, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, respecto al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y Comisarios de la mencionada Asociación Civil, período 2011-2012, cuyo acto de votación se fijó para el día 27-11-2010. Amparo que fue interpuesta vía Internet el 21-11-2010.
Se dio cuenta a la Sala.
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN
14.- Expediente N° 2010-000014: Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, declinó competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar por la ciudadana ROSALVA JOSEFINA ARACAS GARCÍA, titular de la cédula de identidad número 6.936.119, asistida por la abogada Mary Graterol Petti, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 120.388, contra el acto contenido en el Oficio N° CEP 01112-09 dictado por la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, en fecha 07 de diciembre de 2009, en el cual -a decir de la accionante- se le “ordenó (…) abstener(se) de presentar postulación a cualquier cargo del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia y Delegados Municipales”, cuyo acto de votación se fijó para el día 05 de febrero de 2010. Oficio N° 0300-2010 de fecha 21 de enero de 2010, remitiendo el expediente N° 3997 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).
Se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines del pronunciamiento correspondiente.
OFICIO RECIBIDO EN:
15.- Expediente N° 2009-000063: Robert Rodríguez Noriega, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 19.238, actuando con el carácter de apoderado judicial del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO (SUTRAUC), interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra actuaciones emanadas de la Dirección de Asuntos Sindicales y Gremiales y de la Consultoría Jurídica del Consejo Nacional Electoral referidas al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva y al Tribunal Disciplinario de dicho Sindicato.
Por recibido Oficio N° 550 de fecha 18-10-2010, emanado del Juzgado Primero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida por la Sala en fecha 07-10-2009, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
16.- Expediente N° 2010-000096: MARINO RAMÍREZ y PEDRO NEGRIN, titulares de la cédula de identidad N° 5.416.967 y 4.821.384, respectivamente, asistidos por el abogado Rafael Jacques Indriago Salazar, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 93.571, interponen acción amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, respecto al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y Comisarios de la mencionada Asociación Civil, período 2011-2012, cuyo acto de votación se fijó para el día 27-11-2010. Amparo que fue interpuesta vía Internet el 21-11-2010.
Los ciudadanos MARINO RAMÍREZ y PEDRO NEGRIN, titulares de la cédula de identidad N° 5.416.967 y 4.821.384, respectivamente, asistidos por el abogado Rafael Jacques Indriago Salazar, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 93.571, consignaron escrito (Acompañaron anexos).
SENTENCIA
17.- Expediente N° 2009-000057: CARLOS EDUARDO ZAPATA AGUILERA, titular de la cédula de identidad N° 4.282.812, actuando con el carácter de jubilado de la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela C.A.N.T.V., asistido por el abogado Oslan Rafael Petit, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 60.463, interpone acción mero declarativa referida su condición de miembro del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de la Industria de las Telecomunicaciones, Similares, Afines y Conexos del Distrito Capital (S.T.T.I.T.). La Sala declaró La Sala declaró: 1.- IMPROCEDENTE la solicitud de reposición de la causa, formulada por los abogados Ray Alexander Barboza y Mireya Mier y Terán, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (C.A.N.T.V.). 2.- REPUSO la causa, de oficio, al estado de practicarse la notificación de la Procuraduría General de la República. En consecuencia, declaró NULAS las actuaciones realizadas con posterioridad al fallo N° 134, del 29 de septiembre de 2010, mediante el cual fue admitida la acción mero declarativa interpuesta. Ponente: JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 162.
El Presidente,
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA
La Secretaria,
PATRICIA CORNET GARCÍA
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