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CUENTA Nº 118
Despacho del jueves (23) de septiembre de 2010. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luís Alfredo Sucre Cuba, con la asistencia del Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.
SECRETARÍA
1.- Expediente 2010-000084: Juzgado Superior Tercero Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, remite expediente contentivo de la Demanda Contencioso Electoral interpuesta por el ciudadano JESÚS DAVID PÉREZ MORALES, titular de la cédula de identidad N° 10.145.583 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.307, contra las Resoluciones N° 100617-0183 y N° 100617-0184 dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fecha 17 de junio de 2010 y publicadas en Gaceta Electoral N° 531 de fecha 27 de julio de 2010, que declararon Inamisible los recursos de impugnación presentados por el prenombrado abogado contra las postulaciones de los ciudadanos Gabino Paz Guerrero y Miguel Alejandro Pizarro, como candidatos a los cargos de diputado nominal principal y suplente, respectivamente, la primera, y contra la postulación del ciudadano Wuillian Germán Moreno como diputado nominal suplente, la segunda, correspondientes a la Circunscripción Electoral N° 2 del estado Táchira, para el proceso electoral a celebrarse el 26 de septiembre de 2010. (Remitido mediante Oficio N° 264 de fecha 16-09-2010).
Se acordó solicitar al Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con la demanda. Se libró Oficio N°10-339.
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
2.- Expediente N° 2010-000017: Glen Mirabal Alvarado y Nabor Jesús Lanz Calderón, inscritos en el Inpreabogado bajo los número 59.343 y 79.342, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano BOFIL TORRES, titular de la cédula de identidad N° 4.669.980, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el acto administrativo signado con el N° SCA-DL-7250 proferido por la Superintendencia de Cajas de Ahorro, adscrita al Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas, en fecha 08-01-2010, referida a la escogencia de las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, cuyo acto de votación se fijó para el día 05-02-2010.
Visto el escrito presentado en fecha 29-07-2010 por los abogados GLEN MIRABAL ALVARADO y NABOR JESÚS LANZ CALDERÓN, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 59.343 y 79.342, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la parte recurrente, en el cual solicitan aclaratoria de la Sentencia N° 111 de fecha 27-07-2010; se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines de la decisión correspondiente.
SECRETARÍA EN:
3.- Expediente N° 2010-000044: PEDRO ROSAS, JHONNY VÁSQUEZ, RAFAEL SILVA, HENRY YÉPEZ y CARYELI PÉREZ, titulares de la cédula de identidad N° 5.931.609, 11.791.505, 2.915.762, 18.137.083 y 18.527.609, respectivamente, asistidos por el abogado Rosalio Montero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 4.136, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral Central de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado” y el Consejo Universitario de la referida Casa de Estudios, por la exclusión de “los miembros de la comunidad universitaria: personal administrativo, personal obrero, Instructores, miembros del personal docente especial, egresados y egresadas, y con la participación de los estudiantes pero en situación de mengua con el reconocimiento de sus votos en sólo un 25% del valor de los votos de los profesores” del proceso electoral para la escogencia de las autoridades de dicha Universidad, período 2010-2014, cuyo acto de votación está fijado para el día 05-05-2010. (Acumulado con Expediente N° 2010-000048 interpuesto por AGABO PALMA, ROBERTO GUEDEZ, PAUSIDES ANTONIO VIRGUEZ GUTIÉRREZ y RAFAEL ANTONIO ARRIECHE, titulares de la cédula de identidad N° 7.985.862, 7.365.735, 4.065.584 y 7.444.842, respectivamente, los dos primeros como Secretario General y Secretario de Reclamos de la Asociación de Trabajadores Administrativos de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado” (ATAUCLA) y los dos últimos invocando su condición de personal obrero de la referida Casa de Estudios, asistidos por la abogada Elayne Sánchez Álvarez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 92.120).
Vista la Sentencia N° 120 de fecha 11-08-2010, se acordó notificar a los ciudadanos PEDRO ROSAS, JHONNY VÁSQUEZ, RAFAEL SILVA, HENRY YÉPEZ y CARYELI PÉREZ, así como a los ciudadanos AGABO PALMA, ROBERTO GUEDEZ, PAUSIDES ANTONIO VIRGUEZ GUTIÉRREZ y RAFAEL ANTONIO ARRIECHE el mencionado fallo. Se libraron boletas. Asimismo, se comisionó al Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los fines de notificar a los ciudadanos AGABO PALMA, ROBERTO GUEDEZ, PAUSIDES ANTONIO VIRGUEZ GUTIÉRREZ y RAFAEL ANTONIO ARRIECHE. Se libró Oficio N° 10-340 y Despacho. Finalmente, se libró Oficio N° 10-341 a la Oficina del Consejo de Ministros de la Vicepresidencia de la República Bolivariana de Venezuela, a los fines de la publicación en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, de la Sentencia N° 120 dictada por la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 11-08-2010.
4.- Expediente N° 2008-000019: LUIS CENTENO, DOMINGO ARIAS, ANA MARÍA RUIZ Y LUISA ELENA RUIZ, titulares de las cédulas de identidad número 4.625.018, 640.259, 4.361.360 5.315.294, respectivamente, asistidos por la abogada Maigualida Pérez Figuera, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 36.588, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente suspensión de efectos, contra la Resolución N° 080228-235, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 28-02-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 417, de fecha 18-03-2008, que declaró 1.- con lugar el recurso jerárquico planteado contra la decisión emanada de la Comisión Electoral del Sindicato Bolivariano de Empleados Públicos de la Alcaldía del Municipio Libertador Distrito Capital (SIRBEPA ML-DC), la cual declaró sin lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Ali Gerber y Carlos Besson; 2.- nula la decisión de la referida Comisión Electoral, de fecha 04-04-2007; 3.- inelegible los ciudadanos Luis Centeno, Domingo Arias, Ana María Ruiz, Luisa Elena Ruiz y Jorge Ibarra; 4.- vacante los cargos de Presidencia, Secretaría de Organización, Secretaría de Asuntos de la Mujer, Secretaría de Pensiones y/o Jubilaciones y Secretaría General del referido Sindicato; 5.- elegible el ciudadano Jorge Nilson Ibarra Sánchez; 6.- ordenó a la Comisión Electoral presentar un cronograma electoral para la elección de los cargos declarados vacantes; y 7.- autorizó a los ciudadanos declarados inelegibles ejercer de manera provisoria los referidos cargos.
Vista la Sentencia Nº 131 de fecha 12-08-2010, la Sala acordó notificar al Consejo Nacional Electoral, a la Junta Directiva del Sindicato Bolivariano de Empleados Públicos de la Alcaldía del Municipio Libertador Distrito Capital (SIRBEPA ML-DC), a la parte actora y a los terceros verdadera parte el fallo dictado en fecha 12-08-2010. Se libraron Oficios N° 10-342, 10-343 y Boletas.
5.- Expediente N° X-2010-000004 (CUADERNO SEPARADO): HENRY MACÍAS y PEDRO ROMERO, titulares de las cédulas de identidad Nº 3.699.314 y 6.866.015, respectivamente, asistidos por el abogado Acacio Sabino, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 3.317, solicitaron medida cautelar en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos interpuesto por los prenombrados ciudadanos contra la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Abierta, por haber excluido al personal administrativo y obrero del padrón electoral para las elecciones de las autoridades de la mencionada Casa de Estudios cuyo acto de votación está fijado para el día 23-02-2010. (Acumulado con Exp. Nº 2010-000009 interpuesto por los ciudadanos ISALY JOSEFINA MATHEUS SPÍNDOLA, WILMER ORLANDO SANTIAGO SANTIAGO y VIRGILIO ALFONSO ROA RIVAS, titulares de la cédula de identidad número 6.563.683, 11.467.814 y 6.431.513, respectivamente, asistidos por la abogada Nelly Justina Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 57.358). (Expediente Principal N° 2010-000004).
Vista la Sentencia N° 127 de fecha 12-08-2010, mediante la cual se declaró IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada por los ciudadanos Henry Macías Lareal, Pedro Luis Romero Ramírez y David Ernesto Mendoza Loyo, parte actora, se acordó notificar a los referidos ciudadanos. Se libró Boleta.
DILIGENCIA EN:
6.- Expediente N° 2010-000062: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declina la competencia en el expediente contentivo del recurso de interpretación presentado por el ciudadano DOUGLAS SÁNCHEZ VÁSQUEZ, actuando con el carácter de Superintendente de Cajas de Ahorro del Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas, asistido por la abogada Judith Rodríguez Fermín, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 63.284, respecto del artículo 34 de la Ley de Cajas de Ahorro, Fondos de Ahorro y Asociaciones de Ahorro Similares. Oficio N° 10-460 de fecha 10-06-2010, remitiendo el expediente N° AA-50-T- 2009-001334 (nomenclatura de la Sala Constitucional). (1 Pieza).
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 10-325, mediante el cual se notificó a la Superintendencia de Cajas de Ahorro adscrita al Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas (parte recurrente) la Sentencia N° 118 del 29-07-2010.
7.- Expediente N° 2010-000062: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declina la competencia en el expediente contentivo del recurso de interpretación presentado por el ciudadano DOUGLAS SÁNCHEZ VÁSQUEZ, actuando con el carácter de Superintendente de Cajas de Ahorro del Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas, asistido por la abogada Judith Rodríguez Fermín, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 63.284, respecto del artículo 34 de la Ley de Cajas de Ahorro, Fondos de Ahorro y Asociaciones de Ahorro Similares. Oficio N° 10-460 de fecha 10-06-2010, remitiendo el expediente N° AA-50-T- 2009-001334 (nomenclatura de la Sala Constitucional). (1 Pieza).
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 10-324, mediante el cual se notificó a la Caja de Ahorro y Previsión Social de los Empleados Obreros y Jubilados del Poder Electoral (C.A.P.S.E.O.J) la Sentencia N° 118 del 29-07-2010.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
NUEVO ASUNTO INGRESADO:
8.- Expediente N° 2010-000085: Tribunal Segundo de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, declina la competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos NHORA BEJARANO, MODESTA SALGADO, DARLYN RADA, BETZAIDA BEJARANO, ANTONIO CARABALLO, KATRIANA VIVAS, YUSBELY SALGADO, MARLENE TORRES, NELLY JIMÉNEZ, MORAIMA OMAÑA, ADOLFO SÁNCHES, INGRID SANTOYA, JAVIER EULALIO RADO LEÓN, EGLEE VILORIA, ALFREDO CELIS, JESÚS DUNO, ERICK LÓPEZ, YESIKA BRUTT, ALEXIS SULBARAN, LILIANA LÓPEZ, OSCAR ROSALES, YORHOWIS SANTAMARÍA, YENNY SILVA, YANET ROZO, NELLY MARCANO, GLEIDYS PEINADO, JUAN SUBERO, NORKYS PEPPER, JHONATHAN PERTEZ, LUIS MIJARES, YASNELY CARABALLO, MARIANELA OMAÑA, XIOMARA DEL CARMEN GUEVARA, CLARA NAVARRO DE LÓPEZ, JHONY ALFREDO RANGEL, JUAN CARLOS FELIPE NAVARRO, CLARETT BASTIDAS NAVARRO, ALICIA ALFONZO y FREXIS GONZALEZ OROPEZA, titulares de la cédula de identidad Nº 11.059.120, 8.178.882, 12.164.248, 6.800.870, 9.993.720, 20.303.994, 17.155.518, 5.803.001, 3.365.629, 11.059.372, 17.959.036, 14.566.086, 8.178.749, 6.487.879, 13.673.046, 16.725.197, 13.375.742, 12.864.152, 6.490.015, 11.061.454, 4.470.095, 17.155.801, 5.573.462, 15.831.689, 4.557.918, 14.499.109, 8.370.144, 8.176.848, 15.026.357, 5.578.372, 15.544.776, 5.099.806, 6.480.115, 3.891.197, 11.642.473, 11.637.701, 14.566.764, 4.563.089 y 20.190.597, respectivamente, contra –a decir de los accionantes- la “conducta omisiva de los voceros del Consejo Comunal [Los Cocales] salientes” relacionado con la entrega formal de los cargos a “los voceros elegidos por el actual Consejo Comunal”, en el proceso electoral realizado en fecha 27-06-2010. Oficio N° 2631/2010 de fecha 07-09-2010, remitiendo Expediente N° WP01-O-2010-000011 (Nomenclatura de ese Juzgado). (1 Pieza) (Recibido el 23-09-2010).
Se dio cuenta a la Sala.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
9.- Expediente N° 2008-000079: Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad número 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Electoral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta Directiva.
El abogado Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte accionante, consignó escrito mediante el cual solicitó "que se le ordene al Presidente, Dr. Francisco Martínez y demás miembros de la Junta Directiva, que le hagan formal entrega de las funciones administrativas y de los Bienes, muebles e inmuebles bajo custodia de dicha Junta Directiva, a la Junta Interventora electa de conformidad a lo establecido en el artículo 19 de los Estatutos del 'IMPRES', doctores: DAVID CHUMACEIRO, GUILLERMO FERNENDEZ V, MARIO VILLASANA, NIEVES GOMEZ PATIÑO, portadores de las Cédulas de Identidad Nos.: 114.152, 2.962.843, 3.744.967 y 1.139.966, respectivamente".
El Presidente,
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA
La Secretaria,
PATRICIA CORNET GARCÍA
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