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CUENTA Nº 71
Despacho del miércoles (26) de mayo de 2010. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luís Alfredo Sucre Cuba, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Luís Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.
SECRETARÍA
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
1.- Expediente N° 2010-000056: JORGE LUIS CAPOTE RIO, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 111.438, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos OCTAVIO NICOLAS SOLORZANO, LUIS YOBAR CEDEÑO SABOHIN, LUIS ANTONIO MIQUILENA, LUIS ALBERTO RIOS SALAZAR, MARÍA MERCEDES TORREALBA, SAMUEL JOSÉ UGARTE GONZÁLEZ, JESÚS MANUEL BERRIOS y DAMAS AULAR VELÁSQUEZ, titulares de la cédula de identidad N° 7.280.248, 3.301.087, 4.103.453, 4.156.058, 5.943.719, 7.766.684, 6.394.917 y 5.745.881, respectivamente, interpone “RECURSO CONTENCIOSO ELECTOREAL contra la Resolución N° 100325-0068, dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 25 de marzo de 2010 y publicada en Gaceta Electoral N° 525 del 12 de mayo de 2010”, que declaró: Con lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos THONY NAVAS NIEVES y JUDITH ROBLES, contra la Resolución del 22-05-2009 dictada por la Comisión Electoral Permanente de la Federación de Sindicatos Regionales, Sectoriales y Conexos de la Salud (FENASIRTRASALUD); e Inelegibles a sus representados, en el marco de las elecciones para elegir a las autoridades de la referida Federación cuyo acto de votación se fijó para el 30-06-2010.
Se solicitó al Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Se libró Oficio N° 10-192. Asimismo, teniendo en cuenta que se interpuso el recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud cautelar, se designó ponente al Magistrado FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA.
SECRETARÍA EN:
2.- Expediente N° 2010-000056: JORGE LUIS CAPOTE RIO, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 111.438, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos OCTAVIO NICOLAS SOLORZANO, LUIS YOBAR CEDEÑO SABOHIN, LUIS ANTONIO MIQUILENA, LUIS ALBERTO RIOS SALAZAR, MARÍA MERCEDES TORREALBA, SAMUEL JOSÉ UGARTE GONZÁLEZ, JESÚS MANUEL BERRIOS y DAMAS AULAR VELÁSQUEZ, titulares de la cédula de identidad N° 7.280.248, 3.301.087, 4.103.453, 4.156.058, 5.943.719, 7.766.684, 6.394.917 y 5.745.881, respectivamente, interpone “RECURSO CONTENCIOSO ELECTOREAL contra la Resolución N° 100325-0068, dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 25 de marzo de 2010 y publicada en Gaceta Electoral N° 525 del 12 de mayo de 2010”, que declaró: Con lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos THONY NAVAS NIEVES y JUDITH ROBLES, contra la Resolución del 22-05-2009 dictada por la Comisión Electoral Permanente de la Federación de Sindicatos Regionales, Sectoriales y Conexos de la Salud (FENASIRTRASALUD); e Inelegibles a sus representados, en el marco de las elecciones para elegir a las autoridades de la referida Federación cuyo acto de votación se fijó para el 30-06-2010.
Se abrió segunda pieza.
3.- Expediente N° 2005-000120: JESUS LOMBANO, HUMBERTO PÉREZ Y MIGUEL CHAFARDET, titulares de las cédulas de identidad números 13.426.899, 7.244.511 y 13.907.707, respectivamente, asistidos por el abogado Frannel Alexander Velásquez Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 75.765, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la notificación realizada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Aragua, con sede en Maracay y del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de las Empresas Procesadoras de Productos Alimenticios, Embutidos, Ahumados, Similares y Conexos del Estado Aragua, mediante la cual acuerdan autorizar, coordinar, realizar y convalidar las elecciones en el mencionado Sindicato.
Vista la Sentencia N° 64 de fecha 24-05-2010 mediante la cual se declaró terminado el procedimiento, se acordó notificar a la parte recurrente. Se Libro Boleta. Asimismo, se acordó comisionar al Juzgado del Municipio Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar a la parte recurrente. Se libró Oficio N° 10-191 y Despacho.
4.- Expediente Nº 2010-000021: Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Tribunal Superior Contencioso Administrativo de la Región Amazonas de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas remite copias certificadas del expediente contentivo del Recurso Contencioso Administrativo de Abstención o Carencia interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por la ciudadana YOSKARY KARELIS SÁNCHEZ MILANO, titular de la cédula de identidad N° 13.947.472, asistida por el abogado Luis Gonzalo Patiño, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.291, contra el Consejo Legislativo del Estado Amazonas, en razón de la solicitud de regulación de competencia solicitada por la referida ciudadana, vista la decisión dictada por dicha Corte en fecha 04-02-2010. Oficio N° 137-10 de fecha 08-02-2010, remitiendo copia certificada del expediente N° 000957 (nomenclatura de ese Juzgado).
Se libró Oficio N° 10-193, a los fines de remitir el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes de lo Contencioso Administrativo, constante de ciento doce (112) folios útiles en una (01) pieza, ello en cumplimiento a lo ordenado en Sentencia Nº 38 del 25-03- 2010.
5.- Expediente N° 2009-000030: Rafael Álvarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.592, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos EDUARDO HERNÁNDEZ NATERA, JUAN CARLOS JUÁREZ BRACHO, MARTÍN CHINCHILLA HIDALGO, GREIMER PUERTA ASUAJE, DILZO PINTO SEVILLA y RICHAR CIRA RODRIGUEZ, titulares de las cédulas de identidad números 17.700.151, 17.256.642, 11.646.716, 17.256.565, 12.727.343 y 17.256.919, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la actuación material y vía de hecho contenida en el acta de la Asamblea de fecha 06-03-2009, así como contra las elecciones de renovación de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Compañía Anónima Bananera Venezolana (SINTRACABV), efectuadas en fecha 25-02-2009.
Habiéndose anunciado voto concurrente por parte del Magistrado LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, en relación a la sentencia firmada en esta misma fecha en la causa, se difirió la publicación de dicho fallo, hasta la presentación del escrito razonado contentivo del voto concurrente anunciado por el referido Magistrado, para lo cual dispondrá de un lapso de tres (3) días de despacho siguientes al día de hoy.
DILIGENCIA EN:
6.- Expediente N° 2009-000037: HÉCTOR BLANCO-FOMBONA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.120, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos FRANCISCO JAVIER REYNA BELLO y MARY LUZ DELGADO BELLO, titulares de la cédula de identidad número 5.539.346 y 4.351.149, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra los actos realizados por la Junta Directiva de la Asociación Civil Carenero Yacht Club, referidos a los artículos 21, 19 y 22 del Reglamento Electoral definitivo aprobado en Asamblea General Extraordinaria de Asociados, celebrada en fecha 02-07-2008.
El abogado HÉCTOR BLANCO-FOMBONA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 9.120, apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual retiró título original correspondiente a la cuota de participación N° 267, acordada mediante auto de fecha 03-12-2009.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
DILIGENCIA EN:
7.- Expediente N° 2010-000041: ÁNGEL RICARDO OLIVO y JOSÉ OLIVERA, titulares de la cédula de identidad N° 1.567.593 y 4.340.118, respectivamente, asistidos por la abogada Gladys Parra, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 34.959, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 100122-0025 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 22-01-2010 publicada en Gaceta Electoral N° 519 del 18-03-2010 en la cual resolvió: 1.- Abstenerse de conocer los recaudos consignados en fecha 02-11-2009, relativos a “la supuesta elección efectuada el 21 de octubre del mismo año por la FEDERACIÓN UNITARIA DEL MAGISTERIO DE VENEZUELA (FETRAMAGISTERIO)” y 2.- Repuso el proceso electoral de la referida Federación a la fase de “Resolución de las Impugnaciones por parte de la Junta Electoral Nacional”.
El Abogado VIRGILIO BRICEÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.162, actuando con el carácter de apoderado judicial de las ciudadanas MARLENIS DÍAZ y VIOLETA ISORA GRATEROL CANELÓN, presentó diligencia mediante la cual consignó instrumento poder que acredita su representación.
8.- Expediente N° 2010-000047: MARIBEL CASTILLO, titular de la cédula de identidad N° 11.482.470, asistida por el abogado Carlos Díaz Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 98.534, interpone recurso contencioso electoral contra “la omisión o carencia de actividad para convocar mediante publicación en Gaceta Electoral, a los procesos electorales para la escogencia de los Concejales Municipales y miembros de las Juntas Parroquiales, que estaban previstos para celebrarse durante el año 2009”.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 10-183, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral del auto de admisión del 13-05-2010.
9.- Expediente N° 2010-000047: MARIBEL CASTILLO, titular de la cédula de identidad N° 11.482.470, asistida por el abogado Carlos Díaz Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 98.534, interpone recurso contencioso electoral contra “la omisión o carencia de actividad para convocar mediante publicación en Gaceta Electoral, a los procesos electorales para la escogencia de los Concejales Municipales y miembros de las Juntas Parroquiales, que estaban previstos para celebrarse durante el año 2009”.
El ciudadano Alguacil consignó la boleta original librada la ciudadana Maribel Castillo, parte recurrente mediante la cual se le notificó del auto de admisión del 13-05-2010.
10.- Expediente N° 2010-000047: MARIBEL CASTILLO, titular de la cédula de identidad N° 11.482.470, asistida por el abogado Carlos Díaz Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 98.534, interpone recurso contencioso electoral contra “la omisión o carencia de actividad para convocar mediante publicación en Gaceta Electoral, a los procesos electorales para la escogencia de los Concejales Municipales y miembros de las Juntas Parroquiales, que estaban previstos para celebrarse durante el año 2009”.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 10-184, mediante el cual se notificó al Ministerio Público del auto de admisión del 13-05-2010.
11.- Expediente N° 2010-000041: ÁNGEL RICARDO OLIVO y JOSÉ OLIVERA, titulares de la cédula de identidad N° 1.567.593 y 4.340.118, respectivamente, asistidos por la abogada Gladys Parra, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 34.959, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 100122-0025 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 22-01-2010 publicada en Gaceta Electoral N° 519 del 18-03-2010 en la cual resolvió: 1.- Abstenerse de conocer los recaudos consignados en fecha 02-11-2009, relativos a “la supuesta elección efectuada el 21 de octubre del mismo año por la FEDERACIÓN UNITARIA DEL MAGISTERIO DE VENEZUELA (FETRAMAGISTERIO)” y 2.- Repuso el proceso electoral de la referida Federación a la fase de “Resolución de las Impugnaciones por parte de la Junta Electoral Nacional”.
El ciudadano GUALBERTO MAS Y RUBI, actuando con el carácter de miembro del Comité Ejecutivo de la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO) y Presidente de la mencionada Federación, asistido por el abogado Wilmer Partidas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, consignó diligencia mediante la cual otorgó PODER APUD ACTA al referido abogado asistente. Asimismo, consignó anexos
12.- Expediente N° 2010-000041: ÁNGEL RICARDO OLIVO y JOSÉ OLIVERA, titulares de la cédula de identidad N° 1.567.593 y 4.340.118, respectivamente, asistidos por la abogada Gladys Parra, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 34.959, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 100122-0025 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 22-01-2010 publicada en Gaceta Electoral N° 519 del 18-03-2010 en la cual resolvió: 1.- Abstenerse de conocer los recaudos consignados en fecha 02-11-2009, relativos a “la supuesta elección efectuada el 21 de octubre del mismo año por la FEDERACIÓN UNITARIA DEL MAGISTERIO DE VENEZUELA (FETRAMAGISTERIO)” y 2.- Repuso el proceso electoral de la referida Federación a la fase de “Resolución de las Impugnaciones por parte de la Junta Electoral Nacional”.
El ciudadano ÁNGEL ANTONIO DELGADO, actuando con el carácter de candidato a Secretario de Reclamos por la Plancha N° 50 en la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO), asistido por el abogado Wilmer Partidas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, consignó diligencia mediante la cual otorgó PODER APUD ACTA al referido abogado asistente. Asimismo, consignó anexos.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS EN:
13.- Expediente N° 2010-000041: ÁNGEL RICARDO OLIVO y JOSÉ OLIVERA, titulares de la cédula de identidad N° 1.567.593 y 4.340.118, respectivamente, asistidos por la abogada Gladys Parra, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 34.959, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 100122-0025 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 22-01-2010 publicada en Gaceta Electoral N° 519 del 18-03-2010 en la cual resolvió: 1.- Abstenerse de conocer los recaudos consignados en fecha 02-11-2009, relativos a “la supuesta elección efectuada el 21 de octubre del mismo año por la FEDERACIÓN UNITARIA DEL MAGISTERIO DE VENEZUELA (FETRAMAGISTERIO)” y 2.- Repuso el proceso electoral de la referida Federación a la fase de “Resolución de las Impugnaciones por parte de la Junta Electoral Nacional”.
El ciudadano ÁNGEL ANTONIO DELGADO, actuando con el carácter de candidato a Secretario de Reclamos por la Plancha N° 50 en la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO) asistido por el abogado Wilmer Partidas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, consignó escrito mediante el cual solicitó su intervención como tercero, y expuso alegatos y solicitó sea declarado con lugar el recurso contencioso electoral, (acompañó recaudos).
14.- Expediente N° 2009-000076: YULISSA CECILIA GONZÁLEZ FLORES, FERMÍN DEL VALLE GUTIÉRREZ CORREDOR y MARTA SALCEDO DE CALZADILLA, titulares de las cédulas de identidad número 8.679.172, 10.531.375 y 5.614.753 respectivamente, asistidos por el abogado Wilmer Partidas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, interponen recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar contra el proceso electoral celebrado el 21-09-2009, para la elección del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia y Delegados de la Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados Públicos de la Gobernación del Estado de Miranda (CAPEM), período 2009-2012.
El ciudadano ROMÁN SALINAS BOADA, titular de la cédula de identidad N° 3.373.539, actuando con el carácter de Ex-Presidente de la Comisión Electoral Temporal Caja de Ahorro y Préstamos de los Empleados Públicos de la Gobernación del estado Miranda, asistido por el abogado Julio Rondón Itanare, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 53.886, consignó escrito informativo en atención al Oficio Nº 10-176-A de fecha 10-05-2010, emitido por la Sala.
15.- Expediente N° 2010-000041: ÁNGEL RICARDO OLIVO y JOSÉ OLIVERA, titulares de la cédula de identidad N° 1.567.593 y 4.340.118, respectivamente, asistidos por la abogada Gladys Parra, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 34.959, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 100122-0025 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 22-01-2010 publicada en Gaceta Electoral N° 519 del 18-03-2010 en la cual resolvió: 1.- Abstenerse de conocer los recaudos consignados en fecha 02-11-2009, relativos a “la supuesta elección efectuada el 21 de octubre del mismo año por la FEDERACIÓN UNITARIA DEL MAGISTERIO DE VENEZUELA (FETRAMAGISTERIO)” y 2.- Repuso el proceso electoral de la referida Federación a la fase de “Resolución de las Impugnaciones por parte de la Junta Electoral Nacional”.
El ciudadano GUALBERTO MAS Y RUBI, actuando con el carácter de miembro del Comité Ejecutivo de la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO) y Presidente de la mencionada Federación, asistido por el abogado Wilmer Partidas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, consignó escrito mediante el cual solicitó su intervención como tercero, (acompañó recaudos).
SENTENCIA
16.- Expediente N° 2009-000062: MARIEBE DEL CARMEN CALDERÓN RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 10.712.332 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 63.905, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la convocatoria a elección de los Consejeros Parroquiales del Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Libertador del Estado Mérida realizada por el Presidente del Consejo Local del referido Municipio. La Sala declaró 1.- Admitió la intervención de los ciudadanos Ricardo Paolini Pulido y Hernán José Segovia, actuando con el carácter de Consejeros de la parroquia Juan Rodríguez Suárez y Spinetti Dini del municipio Libertador del estado Mérida, respectivamente, como terceros verdadera parte. 2.- Improcedente la defensa previa referida a la falta de interés legítimo de la ciudadana Mariebe del Carmen Calderón Rodríguez. 3.- Improcedente la defensa previa referida a la falta de interés de los concejales del municipio Libertador del estado Mérida, para intervenir en la causa como terceros verdadera parte. 4.- Improcedente la impugnación del poder otorgado por el Alcalde del municipio Libertador del estado Mérida a los abogados Carlos Domínguez, Andrés Linares, José Gregorio Torrealba, Giovanni Romero y Lisette García, antes identificados. 5.- Procedente el alegato referido a la falta de representación del Síndico Procurador Municipal para intervenir en la causa por no haber sido instruido por el Acalde del municipio Libertador del estado Mérida ni por el Concejo Municipal. 6.- Improcedente la solicitud de reposición de la causa, al estado de practicar la notificación personal de los consejos comunales que promovieron la convocatoria de elecciones realizada por el Alcalde del municipio Liberador del estado Mérida, y de los consejeros parroquiales y sectoriales que resultaron electos en la referida elección. 7.- Con Lugar el recurso contencioso electoral y, en consecuencia, se ANULÓ la convocatoria realizada por el Alcalde del municipio Libertador del estado Mérida para elegir a los consejeros parroquiales del Consejo Local de Planificación Pública, así como también se declaró la nulidad del proceso electoral que se celebró con base en dicha convocatoria. 8.- Estableció que las actuaciones realizadas por el Consejo Local de Planificación Pública del municipio Libertador del estado Mérida, antes de la publicación del fallo, son válidas, debiendo dicho órgano continuar en sus actividades con la finalidad de garantizar la continuidad de la gestión pública municipal, mientras se realiza un nuevo proceso electoral. Ponente: LUIS ALFREDO SUCRE CUBA. Sentencia N° 66.
17.- Expediente N° 2010-000018: Gustavo Adolfo Martínez Morales, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.089, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ISRAEL CORONIL, ANIBAL LOZADA, VICTOR PEÑA, PEDRO ALVARADO, ELSY SALAZAR, MARY MOLINA, ABRAHAM NAVAS, MARYURY MALDONADO, MIGUEL NAVAS y ZULAY INDRIAGO, titulares de la cédula de identidad número 3.951.584, 1.509.273, 2.078.816, 4.596.084, 4.579.311, 6.264.573, 11.473.809, 10.117.651, 9.504.007 y 4.046.812, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medidas cautelares contra la Resolución N° 091028-0464 de fecha 28-10-2009, publicada en Gaceta Electoral N° 509 del 16-12-2009, así como contra Resolución N°. 091113-0505 de fecha 13-11-2009 emitida por el Consejo Nacional Electoral y publicada en Gaceta Electoral N° 513 del 23-12-2009, referido al proceso electoral para elegir a las autoridades del Sindicato Nacional de Funcionarios Públicos del Ministerio de Educación (SNFP-ME), período 2009-2012. La Sala declaró: PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer el caso. SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitudes de medida de suspensión de efectos e innominadas. TERCERO: IMPROCEDENTE las medidas cautelares solicitadas. Ponente: LUIS ALFREDO SUCRE CUBA. Sentencia N° 67.
18.- Expediente N° 2010-000027: AQUILINO ANTONIO MÁRQUEZ HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° 8.918.882, asistido por el abogado Alberto Melena Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.834, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 091022-0440 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 22 de octubre de 2009, publicada en Gaceta Electoral N° 503 de fecha 17 de noviembre de 2009, contra la Resolución N° 091113-0491 emanada del mismo Órgano Electoral en fecha 13 de noviembre de 2009, publicada en Gaceta Electoral N° 506 del 02 de diciembre de 2009 y contra la Resolución N° 100203-0010 de fecha 03 de febrero de 2010, publicada en Gaceta Electoral N° 515 del 19 de febrero de 2010, todas ellas referidas a la repetición de la votación en los centros de votación indicados, correspondientes a la elección del Alcalde del Municipio Padre Pedro Chien del Estado Bolívar. La Sala declaró: PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer el recurso. SEGUNDO: INADMISIBLE el recurso contencioso electoral interpuesto. Ponente: LUIS ALFREDO SUCRE CUBA. Sentencia N° 68.
19.- Expediente N° 2009-000035: LUIS BELTRÁN BASTARDO MUÑOZ, titular de la cédula de identidad N° 8.269.189, asistido por el abogado Jesús Rafael Rodríguez Bermúdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.062, interpone recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en la Federación Venezolana de Potencia, para elegir la Junta Directiva y el Consejo de Honor de la referida Federación, período 2009-2013. La Sala declaró IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada mediante escrito presentado el 25 de marzo de 2010 por el ciudadano Miguel Ángel Álvarez Márquez, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Angélica del Carmen Ramírez de Ríos. Ponente: LUIS ALFREDO SUCRE CUBA. Sentencia N° 69.
20.- Expediente N° X-2010-000002: (CUADERNO SEPARADO) Eduardo García, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 110.153, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos LUIS RODRÍGUEZ, NELLY COLMENARES, GLADYS DE GONZÁLEZ, GLADYS FUENTES, ISABEL RENGIFO, ANTONIO SHICK, ESTEBAN LOBO, MIREYA LUGO, FREDDY GONZÁLEZ, MANUELA TANCREDI, DIANORA GUEVARA, LORENZO QUINTERO, RAFAEL GONZÁLEZ, DICIA UGAS, EDITH HERRERA, RAMÓN LORETO, BEATRIZ HERRERA, HERSA BOLÍVAR y MAYRA RODRÍGUEZ, titulares de las cédulas de identidad número 2.107.302, 2.082.782, 1.418.915, 144.439, 1.998.448, 2.942.174, 5.220.058, 1.415.911, 1.861.784, 6.005.134, 742.432, 680.614, 906.852, 2.144.257, 5.413.390, 1.888.140, 6.101.101, 3.250.870 y 2.119.574, respectivamente, solicita se “decrete medida cautelar innominada de amparo constitucional” en el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los mencionados ciudadanos, contra la Asamblea General de la Asociación de Trabajadores Jubilados Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela, (AJUPTEL-CARACAS), celebrada el 10-03-2009, en la cual se reestructuró y renovó la Junta Directiva de la referida Asociación. (Expediente Principal N° 2009-000073). La Sala declaró IMPROCEDENTE el amparo cautelar solicitado. Ponente: LUIS ALFREDO SUCRE CUBA. Sentencia N° 70.
21.- Expediente N° 2010-000042:Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes declina la competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar por el abogado RICARDO JOSÉ HERNÁNDEZ VIELMA, titular de la cédula de identidad N° 12.516.167 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.792, actuando en su propio nombre y asistiendo al ciudadano JOSÉ ALFREDO CHACÓN MENDOZA, titular de la cédula de identidad N° 11.492.412, contra la Comisión Electoral Nacional y Regional (del Estado Táchira) de COPEI, Partido Popular, respecto a la elección de las autoridades de dicho Partido. Oficio N° 503 de fecha 26-03-2010, remitiendo el expediente N° 8031-10 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza). La Sala se declaró INCOMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, y declinó la competencia para conocer y decidir la causa en la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, por lo que se ordenó remitir el expediente a dicha Sala. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia N° 71.
22.- Expediente N° 2010-000019:Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira declinó la competencia en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el ciudadano José Orlando Ramírez Mora, titular de la cédula de identidad N° 9.206.631 referida a la escogencia de la Junta Directiva del Sindicato Único de Profesores del Instituto Universitario Politécnico Santiago Mariño, extensión San Cristóbal (SUPIUPSMESC). Oficio N° J5-SME-048-2010 de fecha 26-01-2010, remitiendo el expediente N° SP01-S-2009-000104 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).La Sala declaró INADMISIBLE la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el ciudadano JOSÉ ORLANDO RAMÍREZ MORA, y demás accionantes. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia N° 72.
23.- Expediente Nº 2010-000038: FRANKLIN CONTRERAS, titular de la cédula de identidad N° 13.762.091, asistido por el abogado David Plaza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.774, interpone solicitud de convocatoria a elecciones respecto al Sindicato Único de Trabajadores de la Corporación de Servicios Municipales Libertador (SUTRACORPSML). La Sala declaró: 1.- Su COMPETENCIA para conocer de la solicitud de convocatoria a elecciones presentada. 2.- ADMITIÓ y ACORDÓ TRAMITAR conforme al procedimiento de amparo constitucional y las modificaciones que sobre el mismo ha establecido la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Ponente: JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 73.
24.- Expediente N° 2010-000022: DULCE NAVA, titular de la cédula de identidad N° 6.052.470, asistida por el abogado Jesús Onofre Araujo Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.492, interpone recurso contencioso electoral contra el Acta de Totalización, el Acta de Proclamación y el Acta de Toma de Posesión, emanadas de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), respecto a la elección de las autoridades de la referida Caja, período 2010-2013. La Sala declaró: 1.- HOMOLOGADO el desistimiento del recurso contencioso electoral interpuesto. 2.- El DECAIMIENTO DEL OBJETO de la apelación presentada en fecha 22 de marzo de 2010, por la abogada Olymar Zurita, en representación de la Comisión Electoral Principal de la prenombrada Caja de Ahorro contenido en el expediente identificado como AA70-X-2010-000006. Ponente: JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 74.
25.- Expediente N° 2008-000012: JESÚS ALBERTO GARCÍA, FREDDY TORRES, PABLE VIRGUEZ, ORLANDO RAFAEL PERDOMO VALERA, ANTONIO JOSÉ OLIVAR BETANCOURT y REIMUNDO URDANETA, titulares de las cédulas de identidad número 3.512.572, 3.787.007, 4.387.825, 4.918.694, 4.169.885 y 9.354.044, respectivamente, asistidos por la abogada Rosa Rondón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 46.467, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos contra el proceso electoral celebrado en la Asociación Civil “Unión Valencia A.C.”, para elegir a la Junta Directiva de la referida Asociación Civil. La Sala ORDENÓ a la Comisión Electoral de la Asociación Civil "Unión Valencia, C.A.", a fin de que proceda a contestar al día siguiente de que se realice su notificación, previo cómputo de cuatro (4) días continuos que se conceden como término de la distancia, exponga lo que estime pertinente para ejercer su defensa, especialmente en lo referente a la presunta continuidad de los miembros de la Junta Directiva que ocupaban sus cargos con anterioridad al 22 de diciembre de 2009, fecha en que se realizaron las elecciones de la referida asociación civil. Ponente: JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 75.
26.- Expediente N° 2010-000040: Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes declina la competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar por el ciudadano LUIS ALBERTO SOLORZANO, titular de la cédula de identidad N° 3.627.611, actuando en nombre propio, contra las Actas de fechas 08 y 24 de febrero de 2010, emanadas por la Mesa de la Unidad Democrática Regional del Estado Cojedes, referidas a la escogencia de los candidatos de ese estado para las elecciones parlamentarias fijadas para el día 26-09-2010. Oficio N° 05-343-155 de fecha 07-04-2010, remitiendo el expediente N° 5384 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza). La Sala declaró. 1.- Su INCOMPETENCIA para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por el ciudadano LUIS ALBERTO SOLÓRZANO. 2.- ORDENÓ la remisión del expediente a la Sala Constitucional de este Máximo Tribunal, a fin de que sea dictada la decisión correspondiente. Ponente: JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 76.
27.- Expediente N° 2009-000081: HERNÁN JOSÉ ZURITA y WILLIAM URLEY VIELMA GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad número 8.420.478 y 1.588.081, respectivamente, asistidos por los abogados Juan García Gago y Carlos Sánchez Aullon, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 27.398 y 27.829, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra el acto administrativo N° CEP-N° 030, de fecha 04-11-2009, emanado de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, mediante el cual se excluyen a los referidos ciudadanos del listado definitivo de candidatos para elegir a los miembros del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros del C.I.C.P.C. La Sala declaró: 1.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión. 2.- ORDENÓ reponer el proceso electoral a la fase de presentación, para que los ciudadanos declarados inelegibles sean sustituidos por nuevos candidatos a los cargos de Presidente y Secretario del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros para el Personal del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, en los términos expuestos en la motivación del fallo. Ponente. FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA. Sentencia N° 77.
28.- Expediente Nº 2010-000029: Virgilio Briceño, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.162, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos LARRY BASTARDO, FRANCISCA UGAS, ADOLFO ROMERO, ELY PLAZA, EDUVIGES DELGADO, RUBEN CAMPOS, GILBERTO MORALES y ADRIÁN LARA, titulares de la cédula de identidad N° 6.927.795, 5.858.550, 8.748.452, 12.296.633, 9.282.779, 11.846.380, 15.374.222 y 10.095.573, respectivamente, interpone solicitud de convocatoria a elecciones contra la Junta Directiva del Sindicato Profesional de Trabajadores de la Industria y Comercio de Cosméticos, Perfumerías y Afines del Distrito Capital y Estado Miranda (SITRAINCO). La Sala declaró: 1.- Su COMPETENCIA para conocer de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta. 2.- ADMITIÓ la solicitud de convocatoria a elecciones sindicales. 3.- ACORDÓ tramitar la misma conforme a las previsiones procesales aplicables a las acciones de amparo constitucional, según el procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, mediante decisión número 7 de fecha 1° de febrero de 2000. Ponente. FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA. Sentencia N° 78.
29.- Expediente N° X-2010-000005 (CUADERNO SEPARADO): Robert Rodríguez Noriega, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 19.238, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad de Carabobo (SUTRAUC), solicitó medida cautelar de suspensión de efectos en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar interpuesto por el mencionado abogado contra la Resolución N° 091028-0463, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 28-10-2009, en la cual se declaró: 1) sin lugar el escrito de impugnación de fecha 02-08-2005, presentado por el referido abogado; 2) revocó la medida cautelar de suspensión de elecciones de las autoridades del mencionado Sindicato acordada en fecha 14-05-2005; y 3) Ordenó a la Comisión Electoral del SINDICATO que presente nuevo Proyecto Electoral. (Expediente Principal N° 2009-000090). La Sala declaró IMPROCEDENTE la solicitud de suspensión de efectos de la Resolución Nº 091028-0463, dictada el 28 de octubre de 2009 por el Consejo Nacional Electoral, efectuada por el abogado ROBERT RODRÍGUEZ NORIEGA, apoderado judicial del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad de Carabobo (SUTRAUC). Ponente. FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA. Sentencia N° 79
30.- Expediente N° 2010-000043: FREDDY LEIVA, ANTONIO SOUSA, CRISTÓBAL MARRERO, HERNÁN GARCÍA, HÉCTOR SATOQUE, ELÍAS HERRERA y JOSEFINA ARIAS, titulares de la cédula de identidad N° 3.944.602, 6.919.748, 5.139.616, 6.355.604, 10.894.681, 6.298.757 y 7.949.281, respectivamente, asistidos por el abogado SABINO GARBÁN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.933, quien a su vez actúa en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, respecto al proceso electoral para la escogencia de la Junta Directiva del referido Club período 2010-2012, cuyo acto de votación realizado el 21-03-2010. La Sala declaró: 1.- Su COMPETENCIA para conocer el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada. 2.- ADMITIÓ el recurso. 3.- IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada. Ponente. FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA. Sentencia N° 80.
El Presidente,
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA
La Secretaria,
PATRICIA CORNET GARCÍA
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