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Sala Electoral
  • Fecha: 27 de enero de 2010





CUENTA Nº 11

CUENTA Nº 11

Despacho del miércoles veintisiete (27) de enero de 2010. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.

                                  

SECRETARÍA

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

1.- Expediente N° 2010-000011: ZOILO RONALD MONTOYA LEON y CARLOS ALBERTO ALDANA HIDALGO, titulares de la cédula de identidad número 16.895.886 y 15.655.356, respectivamente, asistidos por el abogado Jesús Eduardo Marcano Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 106.298, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución Nro. 091113-0494 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 13-11-2009, publicada en Gaceta Electoral N° 511 del 21-12-2009, en la cual se declaró incompetente por el grado para conocer del recurso jerárquico presentado por los referidos ciudadanos, respecto al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Bridgestone Firestone Venezolana, C.A. (SINTRABRIFI), período 2009-2012.

Se dio cuenta a la Sala.

 

2.-  Expediente N° 2010-000012: HÉCTOR GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 11.532.698, asistido por el abogado José Ángel Ruiz, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 44.497, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nro. 090909-0427 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 09-09-2009, publicada en Gaceta Electoral Nro. 513 del 23-12-2009, en la cual se declaró incompetente para conocer de la impugnación interpuesta por los ciudadanos Jorge Silva, Tirso Rafael García y Héctor Alexis González, respecto a la reelección de la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléc trica y Sus Similares del Estado Bolívar (SINTRAELECTRIC) y declaró inadmisible la impugnación efectuada contra la designación de la Comisión Electoral del referido Sindicato de fecha 14-05-2009.

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

SECRETARÍA EN:

 

3.- Expediente N° 2010-000009: ISALY JOSEFINA MATHEUS SPÍNDOLA, WILMER ORLANDO SANTIAGO SANTIAGO y VIRGILIO ALFONSO ROA RIVAS, titulares de la cédula de identidad número 6.563.683, 11.467.814 y 6.431.513, respectivamente, asistidos por la abogada Nelly Justina Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 57.358, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra los actos realizados por la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Abierta y la decisión del Consejo de Apelación de la referida Universidad respecto a no permitir la participación del personal docente con categoría de instructor, personal administrativo, obrero, estudiantes y egresados de la Universidad –Nacional Abierta en el proceso eleccionario para la escogencia de las autoridades de dicha Casa de Estudios, período 2010-2014, cuyo acto de votación se fijó para el día 23-02-2010.

Se solicitó a la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Abierta y al Consejo de Apelación de la referida Universidad los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Se libraron Oficios N° 10-025 y 10-026. Asimismo, teniendo en cuenta que se interpuso el recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud cautelar, se designó ponente al Magistrado Dr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO.

 

 

4.- Expediente N° 2010-000008: LUIS GERALD DUGARTE ROJAS, titular de la cédula de identidad número 13.648.432, asistido por el abogado José Eduardo Baralt López, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 21.797, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la convocatoria realizada por el Alcalde del Municipio Aricagua del Estado Mérida, para la selección de los representantes de la comunidad para elegir a los Consejeros Parroquiales del Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Aricagua del Estado Mérida (CLPPMA), así como la nulidad absoluta del Proyecto de Presupuesto de Inversión del CLPPMA y las futuras elecciones del mencionado Consejo.

Se solicitó al Presidente del Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Aricagua del Estado Mérida (CLPPMA) los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Se libró Oficio N° 10-024. Asimismo, teniendo en cuenta que el recurso se interpuso conjuntamente con medida cautelar, se designó ponente al Magistrado Dr. LUIS ALFREDO SUCRE CUBA. Finalmente, se comisionó al Juzgado de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a fin de notificar al Presidente del Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Aricagua del Estado Mérida (CLPPMA). Se libró Oficio N° 10-023  y Despacho.,

 

 

5.- Expediente N° 2009-000035: LUIS BELTRAN BASTARDO MUÑOZ, titular de la cédula de identidad N° 8.269.189, asistido por el abogado Jesús Rafael Rodríguez Bermúdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.062, interpone  recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en la Federación Venezolana de Potencia, para elegir la Junta Directiva y el Consejo de Honor de la referida Federación, período 2009-2013.

 

Vista la diligencia presentada en fecha 22-01-2010, por el abogado Miguel Ángel Álvarez Márquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.730, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrida, mediante la cual solicitó la devolución de los documentos que rielan a los folios 339 y 340 del expediente, la Sala ACORDÓ la devolución de los mismos por cursar en original, previa su certificación en autos.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

6.- Expediente N° 2008-000091: RICHARD MIGUEL MARDO MARDO, titular de la cédula de identidad N° 9.649.681, asistido por el abogado José Andrés Rodríguez Galán, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.575, interpone recurso contencioso electoral contra los actos de totalización y proclamación dictados por la Junta Municipal Electoral del Municipio Girardot del Estado Aragua, en las elecciones celebradas en fecha 23-11-2008 para elegir al Alcalde del mencionado Municipio, así como contra las Actas de Escrutinio que se especifican.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 09-308, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral la Sentencia de fecha 21-10-2009.

 

 

7.- Expediente N° 2008-000091: RICHARD MIGUEL MARDO MARDO, titular de la cédula de identidad N° 9.649.681, asistido por el abogado José Andrés Rodríguez Galán, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.575, interpone recurso contencioso electoral contra los actos de totalización y proclamación dictados por la Junta Municipal Electoral del Municipio Girardot del Estado Aragua, en las elecciones celebradas en fecha 23-11-2008 para elegir al Alcalde del mencionado Municipio, así como contra las Actas de Escrutinio que se especifican.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la Boleta librada al ciudadano Richard Miguel Mardo Mardo mediante la cual se notificó la Sentencia de fecha 21-10-2009.

 

 

8.- Expediente N° 2008-000091: RICHARD MIGUEL MARDO MARDO, titular de la cédula de identidad N° 9.649.681, asistido por el abogado José Andrés Rodríguez Galán, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.575, interpone recurso contencioso electoral contra los actos de totalización y proclamación dictados por la Junta Municipal Electoral del Municipio Girardot del Estado Aragua, en las elecciones celebradas en fecha 23-11-2008 para elegir al Alcalde del mencionado Municipio, así como contra las Actas de Escrutinio que se especifican.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 09-306 anexo al cual se remitió comisión al Juzgado Primero del Municipio Girardot de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua a fin de notificar al ciudadano Pedro Antonio Bastidas Pedra, Alcalde del Municipio Girardot del Estado Aragua la Sentencia de fecha 21-10-2009. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

9.- Expediente N° 2009-000088: AQUILINO ANTONIO MÁRQUEZ HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° 8.918.882, asistido por el abogado Freddy Julián Bruzual, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 64.727, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud medida cautelar de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 091022-0440 de fecha 22-10-2009, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en la Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela N° 503 de fecha 17-11-2009, en la cual se declaró: 1) Parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto por la ciudadana Sol Incoronada Rubinetti, contra la elección para el cargo de Alcalde del Municipio Padre Pedro Chien del Estado Bolívar, efectuada el 23-11-2008; 2) Nulas las Actas de Escrutinio que se identifican en la mencionada Resolución; 3) Ordena la repetición del acto de votación en el caso de las mesas que la Resolución indica; 4) Deja sin efecto el Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación de las referidas elecciones; 5) Queda en vigor la proclamación hecha por el Consejo Nacional Electoral del Alcalde del Municipio Padre Pedro Chien del Estado Bolívar hasta tanto se de cumplimento a lo ordenado en dicha Resolución; y 6) Ordena la convocatoria a nuevas elecciones en los centros de votación que mencionan en la aludida Resolución.

 

El abogado Omar Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 60.456, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana Sol Incoronada Rubinetti, consignó diligencia mediante la cual solicitó copia certificada de la Sentencia Nº 1 de fecha 25-01-2010.

 

 

 

10.- Expediente N° 2005-000127: Ricardo Baroni Uzcátegui, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.220, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANA TERESA HEREDIA, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral celebrado en el Colegio de Odontólogos del Estado Lara, para elegir a la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del referido Colegio, cuyo acto de votación y escrutinio fue realizado en fecha 29-11-2005  y cuya el Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación fue dictada por la Comisión Electoral “Ad-Hoc” de ese Gremio en fecha 07-12-2005.

 

Las abogadas Pola Castro e Isnelda Mendia, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 34.499 y 26.987, actuando como miembros de la Comisión Ad-Hoc del Colegio de Odontólogos de Venezuela, presentaron diligencia anexo a la cual consignaron Acta Nº 001 de fecha 27-01-2010.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

OFICIO RECIBIDO EN:

 

11.- Expediente N° 2009-000076: YULISSA CECILIA GONZÁLEZ FLORES, FERMÍN DEL VALLE GUTIÉRREZ CORREDOR y MARTA SALCEDO DE CALZADILLA, titulares de las cédulas de identidad  número 8.679.172, 10.531.375 y 5.614.753 respectivamente, asistidos por el abogado Wilmer Partidas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, interponen recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar contra el proceso electoral celebrado el 21-09-2009, para la elección del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia y Delegados de la Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados Públicos de la Gobernación del Estado de Miranda (CAPEM), período 2009-2012.

 

Por recibido en fecha 26-01-2010, Oficio N° 026/ 2010 de fecha 19-01-2010, emanado del Juzgado Primero de Municipio del Municipio Guaicaipuro de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, anexo al cual remitió las resultas de la comisión conferida por la Sala en fecha 17-11-2009,  se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

12.- Expediente N° 2009-000076: YULISSA CECILIA GONZÁLEZ FLORES, FERMÍN DEL VALLE GUTIÉRREZ CORREDOR y MARTA SALCEDO DE CALZADILLA, titulares de las cédulas de identidad  número 8.679.172, 10.531.375 y 5.614.753 respectivamente, asistidos por el abogado Wilmer Partidas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, interponen recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar contra el proceso electoral celebrado el 21-09-2009, para la elección del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia y Delegados de la Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados Públicos de la Gobernación del Estado de Miranda (CAPEM), período 2009-2012.

 

Por recibido en fecha 26-01-2010, Oficio N° 032 de fecha 20-01-2010, emanado del Juzgado Primero de Municipio del Municipio Guaicaipuro de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, anexo al cual remitió las resultas de la comisión conferida por la Sala en fecha 11-01-2010,  se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

13.- Expediente N° 2009-000086: YRMA PAZOS DE FUENMAYOR e YRIA PÉREZ SALAS, titulares de las cédulas de identidad número 4.684.158 y 3.805.861, e inscritas en el Inpreabogado bajo los números 16.491 y 66.927 respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos administrativos emanados de la Superintendencia de Cajas de Ahorro identificados como Oficio N° SCA-DL-6870 de fecha 17 de Noviembre de 2009 y Oficio N° SCA-DL-6913 de fecha 19 de Noviembre de 2009, respecto al proceso para la elegir a las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ministerio Público (CAPMP), período 2009-2012.

 

Los abogados Ricardo Bravo y Robert Ochoa, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 54.209 y 71.179, respectivamente, consignaron diligencia mediante la cual ratificaron el escrito de oposición a la medida cautelar.

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

14.- Expediente N° 2009-000080: ZULY DEL VALLE MILLÁN  BOADAS, JOSÉ LUIS MORALES, OSWALDO  RAMOS, GUSTAVO SOSA, RAMÓN LA CRUZ, DELVIS JIMÉNEZ  y JULIO CASTILLO, titulares de las cédulas de identidad número 5.887.102, 5.978.031, 6.029.008, 6.001.120, 5.432.802, 20.664.509 y 18.819.237, respectivamente, asistidos por el abogado Pablo Briceño Zabala, titular de la cédula de identidad N° 640.972 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.765, quien a su vez actúa en su propio nombre, interponen recurso contencioso de nulidad conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra la Comisión Electoral Central de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador y la Comisión Electoral Institucional del Instituto Pedagógico de Caracas, por omitir al personal administrativo, obreros y profesores instructores en el padrón electoral publicado para el proceso comicial para elegir a la Directiva del referido Instituto Pedagógico y la vacante absoluta de la Dirección del Instituto Pedagógico de Maracay, cuya primera vuelta está fijada para los días 26, 27 y 28 de noviembre de 2009.

 

El abogado Pablo Briceño, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 77.765, actuando en nombre propio y representación, presentó escrito de oposición a las pruebas presentadas por la parte recurrida.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

15.- Expediente N° 2010-000010: Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, declinó competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesto conjuntamente con medida cautelar, por los ciudadanos RAMÓN EDUARDO DIAZ POLANCO, RAFAEL ENRIQUE ESCALONA PIÑA y CARLOS JOSÉ DÍAZ, titulares de la cédula de identidad número 10.988.216, 10.642.715 y 10.328.253, respectivamente, asistidos por el abogado Freddy Carrillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 125.307, contra las vías de hecho realizadas por las ciudadanas Yansy Pinto, Maria Isabel Landaeta y Teodora Coromoto Rodríguez, Concejalas del Concejo Municipal del Municipio Anzoátegui del Estado Cojedes, en fecha 25 de noviembre de 2009, que declararon a los accionantes Incapaces para el ejercicio de los cargos de Presidente, Vicepresidente y Secretario del referido Concejo Municipal. Oficio N° 05-343-010 de fecha 08 de enero de 2010, remitiendo el expediente N° 5369 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS ALFREDO SUCRE CUBA, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

 

COMUNICACIÓN RECIBIDA EN:

 

 

16.- Expediente N° 2008-000079: Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad número 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Electoral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta Directiva.

 

Por recibida comunicación N° 0-01-10-023 de fecha 11-01-2010, suscrita por el ciudadano Miguel Velásquez, Vicepresidente de Seguridad del Banco Carona, Banco Universal, en respuesta al Oficio N° 09-390 emanado de la Sala, mediante la cual informó que el Instituto de Previsión Social del Médico (IMPRES), no mantiene ningún tipo de relación financiera con esa Institución.

 

 

17.- Expediente N° 2008-000079: Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad número 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Electoral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta Directiva.

 

Por recibida comunicación N° BA/PCLC-000007-10 de fecha 11-01-2010, suscrita por el ciudadano Esteban González, Oficial de Cumplimiento de Bancamiga, Banco de Desarrollo, en respuesta al Oficio N° 09-390 emanado de la Sala, mediante la cual informó que las personas naturales señaladas en el Oficio no mantienen ni han mantenido ningún tipo de relación financiera con ese Banco.

 

 

18.- Expediente N° 2008-000079: Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad número 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Electoral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta Directiva.

 

Por recibida comunicación de fecha 18-01-2010, suscrita por la ciudadana Nelly Guevara, Gerente de Cumplimiento Regulatorio del Banco Fondo Común, Banco Universal, en respuesta al Oficio N° 09-392 emanado de la Sala, mediante la cual informó que procesó el abono de la nómina del Instituto de Previsión Social del Médico (IMPRES) (acompañó anexos).

 

 

19.- Expediente N° 2008-000079: Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad número 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Electoral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta Directiva.

 

Por recibida comunicación de fecha 26-01-2010, emanada de la Dirección de Cumplimiento Normativo Legal de Bancaribe, en respuesta al Oficio N° 09-390 emanado de la Sala, mediante la cual informó que fue suspendida la movilización de cualquier cuenta o instrumento del Instituto de Previsión Social del Médico (IMPRES), salvo aquellos movimientos que sean de índole laboral.

 

 

20.- Expediente N° 2008-000079: Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad número 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Electoral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta Directiva.

 

Por recibida comunicación de fecha 25-01-2010, emanada de la Dirección de Cumplimiento Normativo Legal de Bancaribe, en respuesta al Oficio N° 09-391 emanado de la Sala, mediante la cual informó que fue suspendida la movilización de cualquier cuenta o instrumento del Instituto de Previsión Social del Médico (IMPRES), salvo aquellos movimientos que sean de índole laboral.

 

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

 

21.- Expediente N° 2009-000077: EDGAR PARRA MORENO, JOSÉ GREGORIO CHUECOS y JESÚS DÍAZ, titulares de las cédulas de identidad número 1.648.952, 8.002.095 y 11.410.357, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 18.386, 132.322 y 70.823, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada contra  “el acto y la conducta desplegada por el CONSEJO FEDERAL del Partido Social Cristiano COPEI, con fecha 14 de agosto de 2.009, quien (…) procedió a destituirnos de nuestros cargos como miembros de la COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL”.

 

Los ciudadanos Luis Planas y Alejandro Vivas, titulares de la cédula de identidad número 10.336.679 y 13.532.143, respectivamente, miembros del Partido COPEI, asistidos por el abogado Máximo Febres, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 33.335, presentaron escrito mediante el cual desestimaron los alegatos y solicitudes realizadas por el abogado Edgar Parra Moreno y realizó solicitud (acompañó anexos).

 

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

 

                                                                                  La Secretaria,

 

 

 

PATRICIA CORNET GARCÍA

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