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CUENTA Nº 125
Despacho del martes cuatro (04) de octubre de 2011. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Malaquías Gil Rodríguez, con la asistencia del Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Oscar J. León Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
1.- Expediente N° AA70-E-2011-000018: ALBERTO ARMANDO SALIH, titular de la cédula de identidad N° 10.050.556, asistido por el abogado José Ramón Panza Ostos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.449, interpone recurso contencioso electoral contra Resolución N° 036/2010 dictada en fecha 13 de septiembre de 2010 por el Ministerio del Poder Popular para el Deporte, en la cual se declaró “SIN LUGAR, el RECURSO JERÁRQUICO interpuesto por el ciudadano ALBERTO SALIH MEDINA, (…) contra la decisión contenida en el acto administrativo N° 052/2010, de fecha 20 de abril de 2010, emanada del Directorio del Instituto Nacional de Deportes, donde se decidió declarar Sin Lugar el Recurso de Reconsideración interpuesto por el prenombrado ciudadano, motivado a su desacuerdo con la Providencia Administrativa N° 183/2009, de fecha 18 de noviembre de 2009, que declaró sin lugar las solicitudes de reconocimiento de los miembros que integrarían la Junta Directiva y el Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Fisicoculturismo y Fitness”. (Recurso que fue presentada ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, de conformidad con lo previsto “en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia”). (Remitido mediante Oficio N° 83 de fecha 18 de marzo de 2011, constante de (09) folios, una (1) copia simple de la solicitud y siete (7) anexos).
Se fijó el día 25-10-2011, a las 9:30 a.m., para que las partes presenten sus informes en forma oral. Se designó ponente al Magistrado JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN, a los fines que la Sala dicte el fallo correspondiente.
ACTUACIONES EN:
2.- Expediente N° AA70-E-2007-000071: NELSON ROMERO CASTILLO y ROBERTO LA TORRE, titulares de las cédulas de identidad números 1.064.602 y 1.850.287, respectivamente, asistidos por el abogado Quiro Rafael Arvelaez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.265, interponen recurso contencioso de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo y medida cautelar, contra el proceso electoral celebrado el 30-08-2007 en la Caja de Ahorro de los Jubilados y Pensionados del INOS-MARN (CANJUPINOS). (Recibido el 03-09-2007).
Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala Cartel librado al ciudadano Rafael Zambrano, mediante el cual se notificó del auto dictado en fecha 27-07-2011.
3.- Expediente N° AA70-E-2007-000071: NELSON ROMERO CASTILLO y ROBERTO LA TORRE, titulares de las cédulas de identidad números 1.064.602 y 1.850.287, respectivamente, asistidos por el abogado Quiro Rafael Arvelaez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.265, interponen recurso contencioso de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo y medida cautelar, contra el proceso electoral celebrado el 30-08-2007 en la Caja de Ahorro de los Jubilados y Pensionados del INOS-MARN (CANJUPINOS). (Recibido el 03-09-2007).
Vista la diligencia presentada en fecha 28-09-2011, por el abogado LEÓN MANUEL MASS AQUINO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 78.248, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro Nacional de los Jubilados y Pensionados del extinto Instituto Nacional de Obras Sanitarias (INOS), mediante la cual solicitó dos (02) copias certificadas de los documentos que cursan a los folios 219 al 246, 248 al 249, y 251 al 252 del expediente, la Sala ACORDÓ y NEGÓ las mismas según el caso.
4.- Expediente N° AA70-E-2010-000043: FREDDY LEIVA, ANTONIO SOUSA, CRISTÓBAL MARRERO, HERNÁN GARCÍA, HÉCTOR SATOQUE, ELÍAS HERRERA y JOSEFINA ARIAS, titulares de la cédula de identidad N° 3.944.602, 6.919.748, 5.139.616, 6.355.604, 10.894.681, 6.298.757 y 7.949.281, respectivamente, asistidos por el abogado SABINO GARBÁN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.933, quien a su vez actúa en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, respecto al proceso electoral para la escogencia de la Junta Directiva del referido Club período 2010-2012, cuyo acto de votación fue realizado el 21-03-2010.
Vista la Sentencia N° 76 de fecha 20-07-2011 se acordó notificar del referido fallo a la parte recurrente, a la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos (parte recurrida), a la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, al ciudadano Eduardo José Herrera Ochoa y al ciudadano Ibraim Iglesias. Se libraron boleta y Oficios números 11-361 y 11-362. Asimismo, se comisionó al Juzgado del Municipio Guaicaipuro de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda (Distribuidor), a los fines de notificar a la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos (parte recurrida), a la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, al ciudadano Eduardo José Herrera Ochoa y al ciudadano Ibraim Iglesias. Se libró Oficio N° 11-360 y Despacho.
5.- Expediente N°AA70-E-2009-000080: ZULY DEL VALLE MILLÁN BOADAS, JOSÉ LUIS MORALES, OSWALDO RAMOS, GUSTAVO SOSA, RAMÓN LA CRUZ, DELVIS JIMÉNEZ y JULIO CASTILLO, titulares de las cédulas de identidad número 5.887.102, 5.978.031, 6.029.008, 6.001.120, 5.432.802, 20.664.509 y 18.819.237, respectivamente, asistidos por el abogado Pablo Briceño Zabala, titular de la cédula de identidad N° 640.972 e inscrito en el Inpreabogado con el N° 77.765, quien a su vez actúa en su propio nombre, interponen recurso contencioso de nulidad conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra la Comisión Electoral Central de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador y la Comisión Electoral Institucional del Instituto Pedagógico de Caracas, por omitir al personal administrativo, obreros y profesores instructores en el padrón electoral publicado para el proceso comicial para elegir a la Directiva del referido Instituto Pedagógico y la vacante absoluta de la Dirección del Instituto Pedagógico de Maracay, cuya primera vuelta está fijada para los días 26, 27 y 28 de noviembre de 2009.
Vista la Sentencia N° 100 dictada en fecha 10-08-2011 mediante la cual declaró IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria se acordó notificar a los ciudadanos ZULY DEL VALLE MILLÁN BOADAS, JOSÉ LUIS MORALES, OSWALDO RAMOS, GUSTAVO SOSA, RAMÓN LA CRUZ, DELVIS JIMÉNEZ, JULIO CASTILLO y PABLO BRICEÑO ZABALA (parte recurrente), a la Comisión Electoral Central de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador y a la Comisión Electoral Institucional del Instituto Pedagógico de Caracas, así como al Rector de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador. Se libraron boleta y Oficios números 11-357, 11-358 y 11-359.
6.- Expediente N° AA70-E-2009-000057: CARLOS EDUARDO ZAPATA AGUILERA, titular de la cédula de identidad N° 4.282.812, actuando con el carácter de jubilado de la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela C.A.N.T.V., asistido por el abogado Oslan Rafael Petit, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 60.463, interpone acción mero declarativa referida su condición de miembro del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de la Industria de las Telecomunicaciones, Similares, Afines y Conexos del Distrito Capital (S.T.T.I.T.).
Vista la Sentencia N° 72 publicada en fecha 20-07-2011 mediante la cual declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la acción mero declarativa interpuesta; se acordó notificar el referido fallo a la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela, a la Sociedad Mercantil Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (C.A.N.T.V.) y al Ministerio Público. Se libraron Oficios números 11-365, 11-363 y 11-364.
7.- Expediente N° AA70-E-2011-000026: PASTORA COROMOTO MEDINA CARRASCO, titular de la cédula de identidad N° 3.535.999, asistida por el abogado José Cabello Granado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 49.032, interpone recurso contencioso electoral contra Resolución N° 110302-0027 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 02-03-2011, publicada en la Gaceta Electoral Extraordinario N° 8 de fecha 01 de Abril de 2011, que declaró sin lugar el recurso jerárquico, interpuesto contra las Actas de Escrutinio correspondiente a la Circunscripción N° 2 del estado Bolívar, en el proceso electoral celebrado el 26 de septiembre de 2010.
Abierto el acto, se dejó constancia que se encontraban presentes el abogado Gerardo Alí Poveda, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.462, así como su representada la ciudadana PASTORA COROMOTO MEDINA CARRASCO (parte recurrente). Igualmente, se dejó constancia que se encontraban presentes los abogados Miguel Ángel Méndez Campos y Carlos Castro, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 67.909 y 90.583, actuando con el carácter de apoderados judiciales del Consejo Nacional Electoral, parte recurrida. Finalmente, se dejó constancia de la asistencia de la abogada Roxana Orihuela, Fiscal Segunda del Ministerio Público, designada para actuar ante la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. Seguidamente, el Presidente Encargado de la Sala comunicó a los presentes del tiempo que disponían para efectuar sus intervenciones, concediéndoles el derecho de palabra, tras lo cual expusieron sus informes orales. Culminadas las exposiciones, se ordenó agregar a los autos el CD contentivo del acto de informes orales.
8.- Expediente N° AA70-E-2011-000026: PASTORA COROMOTO MEDINA CARRASCO, titular de la cédula de identidad N° 3.535.999, asistida por el abogado José Cabello Granado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 49.032, interpone recurso contencioso electoral contra Resolución N° 110302-0027 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 02-03-2011, publicada en la Gaceta Electoral Extraordinario N° 8 de fecha 01 de Abril de 2011, que declaró sin lugar el recurso jerárquico, interpuesto contra las Actas de Escrutinio correspondiente a la Circunscripción N° 2 del estado Bolívar, en el proceso electoral celebrado el 26 de septiembre de 2010.
Se dejó constancia que se agregó al expediente, CD contentivo de los informes orales celebrados en esta fecha.
9.- Expediente N° AA70-E-2011-000006: JESÚS MIGUEL SÁNCHEZ OLIVEROS, titular de la cédula de identidad N° 7.202.315, candidato a Alcalde del municipio Miranda del estado Carabobo, asistido por los abogados Jesús Rangel Rachadell y Argenis Flores, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 26.906 y 16.122, respectivamente, interpone demanda contencioso electoral contra la elección para escoger al Alcalde o Alcaldesa del municipio Miranda del estado Carabobo, celebrada en fecha 05 de diciembre de 2010.
El Juzgado de Sustanciación se pronunció sobre las pruebas promovidas por el abogado Jesús Cristóbal Rangel Rachadell, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.906, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Jesús Miguel Sánchez Oliveros (parte recurrente), admitiendo e inadmitiendo las mismas según el caso.
10.- Expediente N° AA70-E-2011-000072: JACKSON JOSÉ FERNÁNDEZ ANDRADE, titular de la cédula de identidad N° 20.210.127, asistido por el abogado Rosendo Antonio Ruiz Vega, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.311, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el acto dictado por el ciudadano Oscar Cogollo, Presidente de la Comisión Electoral del Sindicato Bolivariano de Trabajadores y Trabajadoras del Metro de Los Teques, (SINBOTRAMETRO), respecto a la elección de la Junta Directiva del referido Sindicato.
Se libró cartel de emplazamiento a los interesados ordenado en el auto del 20-09-2011, el cual deberá ser publicado en el diario "Últimas Noticias", y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia que si incumpliera con esta carga, el Juzgado de Sustanciación declarará la perención de la instancia y ordenará el archivo del expediente. Se agregó copia del cartel a los autos.
11.- Expediente N° AA70-E-2006-000102: JOSÉ LUIS ROMERO, NEILO NARVÁEZ, ROMMEL HERNÁNDEZ, YVOR SOSA y PEDRO VALLADAREZ, titulares de las cédulas de identidad números 9.894.475, 3.273.250, 8.029.658, 4.586.334 y 5.220.8888, respectivamente, asistidos por el abogado Carlos Rausseo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 38.240, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra el acto de constitución de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorro y Previsión Social de los Empleados, Obreros y Jubilados del Poder Electoral (CAPSEOJ) de fecha 18-10-2006, suscrito por los miembros del Consejo de Administración y Vigilancia de la referida Caja.
El Magistrado JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN, consignó diligencia mediante la cual señaló que en virtud de haber manifestado su opinión al fondo de la causa, según Sentencia N° 36 del 29-03-2007, procedió a inhibirse de conformidad con lo establecido en el ordinal 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, solicitando que la misma sea tramitada y declarada con lugar con fundamento en el artículo 84 del referido Código.
12.- Expediente N° AA70-E-2009-000076: YULISSA CECILIA GONZÁLEZ FLORES, FERMÍN DEL VALLE GUTIÉRREZ CORREDOR y MARTA SALCEDO DE CALZADILLA, titulares de las cédulas de identidad número 8.679.172, 10.531.375 y 5.614.753 respectivamente, asistidos por el abogado Wilmer Partidas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, interponen recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar contra el proceso electoral celebrado el 21-09-2009, para la elección del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia y Delegados de la Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados Públicos de la Gobernación del Estado de Miranda (CAPEM), período 2009-2012.
El Magistrado JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN, consignó diligencia mediante la cual señaló que en virtud de haber manifestado su opinión al fondo de la causa, según Sentencia N° 119 del 11-08-2010, procedió a inhibirse de conformidad con lo establecido en el ordinal 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, solicitando que la misma sea tramitada y declarada con lugar con fundamento en el artículo 84 del referido Código.
13.- Expediente N° AA70-E-2011-000033: Héctor José Medina Martínez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.689, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAMA AURORA LA ROSA DE CAMURRI, BLADIMIR ORTIZ, MARÍA CONSUELO RADDAIZ GATICA, ADELAIDA CRESPO ARMAS, VENEZUELA AZAVACHE, DAVID JAVIER PÁEZ CORDERO, LUCÍA RUÍZ ARZOLA, JUAN CARLOS RIVERO, ADRIANA MARÍA BRAVO FLORES, WILMAN RODRIGO SUÁREZ VAAMONDE, AUGUSTO GRANADO CHIQUÍN, CARLOS ALBERTO SUÁREZ DURÁN, GUILLERMO JOSÉ GUERRERO MARTÍNEZ, PEDRO ANTONIO DELGADO PÉREZ y EDUARDO SAMÁN NAMEL, titulares de las cédula de identidad números 6.148.509, 3.029.502, 15.179.508, 3.625.060, 3.608.692, 17.273.283, 20.413.195, 17.532.484, 7.921.431, 11.689.994, 5.144.012, 10.523.465, 14.199.486, 5.961.020 y 6.431.696, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con medida cautelar innominada contra “Acto Administrativo de Naturaleza Electoral de Efectos Generales contenido en el Boletín Electoral N° 011/2011 dictado por la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela (UCV), (…) al negar la inclusión de los miembros de la Comunidad Universitaria en la condición de profesores instructores, jubilados y contratados, empleados administrativos y obreros al Registro Electoral conformado para la elección de candidatos a Decanos y miembros del Consejo de Apelaciones; así como negar la inclusión en condiciones de participación paritaria de los estudiantes en el mismo proceso electoral”, cuyo acto de votación se fijó para el día 20 de mayo de 2011.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 11-318, mediante el cual se le notificó al Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela, la Sentencia Nº 104 de fecha 10-08-2011.
14.- Expediente N° AA70-E-2011-000033: Héctor José Medina Martínez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.689, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAMA AURORA LA ROSA DE CAMURRI, BLADIMIR ORTIZ, MARÍA CONSUELO RADDAIZ GATICA, ADELAIDA CRESPO ARMAS, VENEZUELA AZAVACHE, DAVID JAVIER PÁEZ CORDERO, LUCÍA RUÍZ ARZOLA, JUAN CARLOS RIVERO, ADRIANA MARÍA BRAVO FLORES, WILMAN RODRIGO SUÁREZ VAAMONDE, AUGUSTO GRANADO CHIQUÍN, CARLOS ALBERTO SUÁREZ DURÁN, GUILLERMO JOSÉ GUERRERO MARTÍNEZ, PEDRO ANTONIO DELGADO PÉREZ y EDUARDO SAMÁN NAMEL, titulares de las cédula de identidad números 6.148.509, 3.029.502, 15.179.508, 3.625.060, 3.608.692, 17.273.283, 20.413.195, 17.532.484, 7.921.431, 11.689.994, 5.144.012, 10.523.465, 14.199.486, 5.961.020 y 6.431.696, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con medida cautelar innominada contra “Acto Administrativo de Naturaleza Electoral de Efectos Generales contenido en el Boletín Electoral N° 011/2011 dictado por la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela (UCV), (…) al negar la inclusión de los miembros de la Comunidad Universitaria en la condición de profesores instructores, jubilados y contratados, empleados administrativos y obreros al Registro Electoral conformado para la elección de candidatos a Decanos y miembros del Consejo de Apelaciones; así como negar la inclusión en condiciones de participación paritaria de los estudiantes en el mismo proceso electoral”, cuyo acto de votación se fijó para el día 20 de mayo de 2011.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 11-317, mediante el cual se notificó al Presidente de la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela, la Sentencia Nº 104 de fecha 10-08-2011.
15.- Expediente N° AA70-E-2011-000033: Héctor José Medina Martínez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.689, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAMA AURORA LA ROSA DE CAMURRI, BLADIMIR ORTIZ, MARÍA CONSUELO RADDAIZ GATICA, ADELAIDA CRESPO ARMAS, VENEZUELA AZAVACHE, DAVID JAVIER PÁEZ CORDERO, LUCÍA RUÍZ ARZOLA, JUAN CARLOS RIVERO, ADRIANA MARÍA BRAVO FLORES, WILMAN RODRIGO SUÁREZ VAAMONDE, AUGUSTO GRANADO CHIQUÍN, CARLOS ALBERTO SUÁREZ DURÁN, GUILLERMO JOSÉ GUERRERO MARTÍNEZ, PEDRO ANTONIO DELGADO PÉREZ y EDUARDO SAMÁN NAMEL, titulares de las cédula de identidad números 6.148.509, 3.029.502, 15.179.508, 3.625.060, 3.608.692, 17.273.283, 20.413.195, 17.532.484, 7.921.431, 11.689.994, 5.144.012, 10.523.465, 14.199.486, 5.961.020 y 6.431.696, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con medida cautelar innominada contra “Acto Administrativo de Naturaleza Electoral de Efectos Generales contenido en el Boletín Electoral N° 011/2011 dictado por la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela (UCV), (…) al negar la inclusión de los miembros de la Comunidad Universitaria en la condición de profesores instructores, jubilados y contratados, empleados administrativos y obreros al Registro Electoral conformado para la elección de candidatos a Decanos y miembros del Consejo de Apelaciones; así como negar la inclusión en condiciones de participación paritaria de los estudiantes en el mismo proceso electoral”, cuyo acto de votación se fijó para el día 20 de mayo de 2011.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 11-319, mediante el cual se notificó a la Fiscal General de la República, la Sentencia Nº 104 de fecha 10-08-2011.
16.- Expediente N° AA70-E-2011-000060 IVONNE CARNEVALI ESPINOZA DE DÁVILA, titular de la cédula de identidad número 3.033.785, asistida por la abogada María Isaura Sánchez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 30.547, interpone recurso contencioso electoral contra el artículo 2 del Reglamento Interno para seleccionar el Candidato (a) a Gobernador (a) del estado Mérida dictado por la Comisión Electoral Interna Seccional del Partido Acción Democrática en el estado Mérida, así como contra el proceso electoral para elegir al candidato que postulará Acción Democrática en la “Mesa de la Unidad Democrática” para la Gobernación del estado Mérida, cuyo acto de votación se efectuó el 04-06-2011.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 11-277, mediante el cual se remitió comisión al Juzgado de Primera Instancia en Lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Circunscripción Judicial del Estado Mérida (Distribuidor), a fin de notificar el auto dictado en fecha 10 de agosto de 2011, al Consejo Electoral Interno Seccional del Partido Acción Democrática en el estado Mérida y al Comité Ejecutivo Seccional del referido Partido. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.
17.- Expediente N° AA70-E-2011-000060 IVONNE CARNEVALI ESPINOZA DE DÁVILA, titular de la cédula de identidad número 3.033.785, asistida por la abogada María Isaura Sánchez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 30.547, interpone recurso contencioso electoral contra el artículo 2 del Reglamento Interno para seleccionar el Candidato (a) a Gobernador (a) del estado Mérida dictado por la Comisión Electoral Interna Seccional del Partido Acción Democrática en el estado Mérida, así como contra el proceso electoral para elegir al candidato que postulará Acción Democrática en la “Mesa de la Unidad Democrática” para la Gobernación del estado Mérida, cuyo acto de votación se efectuó el 04-06-2011.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 11-280, mediante el cual se notificó al Comité Ejecutivo Nacional de Acción Democrática, el auto de fecha 10-08-2011.
18.- Expediente N° AA70-E-2011-000060 IVONNE CARNEVALI ESPINOZA DE DÁVILA, titular de la cédula de identidad número 3.033.785, asistida por la abogada María Isaura Sánchez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 30.547, interpone recurso contencioso electoral contra el artículo 2 del Reglamento Interno para seleccionar el Candidato (a) a Gobernador (a) del estado Mérida dictado por la Comisión Electoral Interna Seccional del Partido Acción Democrática en el estado Mérida, así como contra el proceso electoral para elegir al candidato que postulará Acción Democrática en la “Mesa de la Unidad Democrática” para la Gobernación del estado Mérida, cuyo acto de votación se efectuó el 04-06-2011.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 11-069, mediante el cual se notificó a la Fiscalía General de la República el auto dictado en fecha 10-08-2011.
19.- Expediente N° AA70-E-2010-000097: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declina la competencia en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por el ciudadano JULIO ALEXANDER GARCÍA CASTILLO, titular de la cédula de identidad N° 14.462.138, asistido por la abogada Enilda Sánchez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 50.351, contra “el Acto emanado de la Comisión Electoral Nacional de la Federación de Colegios de Profesionales de la Enfermería de la República Bolivariana de Venezuela (…) contenido en el Oficio N° 000179/2010, de fecha 30-06-2010” que “anuló la aceptación de la Plancha Uno”, de la cual forma parte y que participaría “en el Proceso Electoral para elegir: Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y Delegados del Colegio de Enfermeras del Estado Carabobo”. Oficio N° 10-0944 de fecha 17-11-2010, remitiendo el expediente N° AA50-T-2010-000735 (nomenclatura de la Sala Constitucional). (1 Pieza).
El ciudadano JULIO GARCÍA, parte recurrente, asistido por la abogada Aiveh Vargas, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 46.070, presentó diligencia mediante la cual consignó la página 46 del diario "ÚLTIMAS NOTICIAS", en fecha 29-09-2011, donde apareció publicado el Cartel de emplazamiento a los interesados.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
20.- Expediente N° AA70-E-2011-000033: Héctor José Medina Martínez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.689, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAMA AURORA LA ROSA DE CAMURRI, BLADIMIR ORTIZ, MARÍA CONSUELO RADDAIZ GATICA, ADELAIDA CRESPO ARMAS, VENEZUELA AZAVACHE, DAVID JAVIER PÁEZ CORDERO, LUCÍA RUÍZ ARZOLA, JUAN CARLOS RIVERO, ADRIANA MARÍA BRAVO FLORES, WILMAN RODRIGO SUÁREZ VAAMONDE, AUGUSTO GRANADO CHIQUÍN, CARLOS ALBERTO SUÁREZ DURÁN, GUILLERMO JOSÉ GUERRERO MARTÍNEZ, PEDRO ANTONIO DELGADO PÉREZ y EDUARDO SAMÁN NAMEL, titulares de las cédula de identidad números 6.148.509, 3.029.502, 15.179.508, 3.625.060, 3.608.692, 17.273.283, 20.413.195, 17.532.484, 7.921.431, 11.689.994, 5.144.012, 10.523.465, 14.199.486, 5.961.020 y 6.431.696, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con medida cautelar innominada contra “Acto Administrativo de Naturaleza Electoral de Efectos Generales contenido en el Boletín Electoral N° 011/2011 dictado por la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela (UCV), (…) al negar la inclusión de los miembros de la Comunidad Universitaria en la condición de profesores instructores, jubilados y contratados, empleados administrativos y obreros al Registro Electoral conformado para la elección de candidatos a Decanos y miembros del Consejo de Apelaciones; así como negar la inclusión en condiciones de participación paritaria de los estudiantes en el mismo proceso electoral”, cuyo acto de votación se fijó para el día 20 de mayo de 2011.
El abogado Manuel Rachadell, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 5.907, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Universidad Central de Venezuela, consignó escrito mediante el cual solicitó la ampliación de la Sentencia Nº 104 de fecha 10-08-2011.
ESCRITO PRESENTADO EN:
21.- Expediente N° AA70-E-2011-000063: LUIS ANTONIO OJEDA GUZMAN, ULISES CORDIDO, FRANCISCO GÁMEZ, JOSÉ LUIS PEREIRA, MANUEL GÓMEZ y ADOLFO FERREIRO, titulares de la cédula de identidad números 4.168.382, 3.624.847, 6.251.589, 9.972.824, 1.000.004 y 6.279.597, respectivamente, el primero inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.697, quien actúa en nombre propio y asistiendo a los demás, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la convocatoria a elecciones 2011-2013 y el proceso electoral para elegir la Junta Directiva de la Asociación Civil Club El Aguasal, cuyo acto de votación se fijó para el día 16-07-2011.
El abogado Luis Antonio Ojeda, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.697, actuando con el carácter de recurrente, y como apoderado judicial de los ciudadanos Ulises Cordido, Francisco Gámez, José Luis Pereira, Manuel Gómez y Adolfo Ferreiro, consignó escrito de promoción de pruebas (acompañó anexos). Se ordenó reservar el referido escrito y sus anexos hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.
El Presidente (E),
MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
La Secretaria,
PATRICIA CORNET GARCÍA
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