Principal Contáctenos
Sala Electoral
  • Fecha: 07 de abril de 2011





CUENTA Nº  50

 

Despacho del jueves siete (07) de abril de 2011. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Malaquías Gil Rodríguez, con la asistencia del magistrado Vicepresidente Oscar Jesús León Uzcátegui,  Magistrado Juan José Núñez Calderón y  Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. 

 

 

SECRETARÍA

 

 

 

1.- Expediente N° AA70-E-2011-000002: Juzgado Segundo de  Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, declinó la competencia en el expediente contentivo de solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado Juan Lobatón, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 93.153, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ODEL LUNAR, RUBEN SALAMANCA, EVARISTO CASTOR, HÉCTOR ACOSTA, ANTONIA RAMOS, LUIS PALOMO, LEONEL AZUAJE, FRANCIS RODRÍGUEZ, CRUZ LÓPEZ, ALEJANDRO SUBERO, FELIPE MAESTRE, ÁNGEL ANIBAL BECERRA, JOSÉ LUIS MENDOZA, y ELEAZAR HERNÁNDEZ, titulares de la cédula de identidad números 3.735.911, 12.272.463, 3.734.417, 9.274.849, 9.278.992, 4.183.135, 8.648.384, 8.636.948, 11.380.388, 16.314.658, 9.979.470, 5.698.618, 9.982.461 y 8.436.918, respectivamente, contra el Sindicato Único de Trabajadores Municipales del Municipio Sucre, estado Sucre (S.U.T.M.). Oficio N° RH320OFO2010000238 de fecha 06-12-2010, remitiendo Expediente N°  RP31-L-2010-000429 (Nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza).

 

Vista la Sentencia N° 11  del 23-03-2011 mediante la cual  la Sala INADMITIÓ la solicitud de convocatoria a elecciones. Se acordó notificar el referido fallo  a la parte actora. Se libró Boleta. Asimismo, se comisionó al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre (Distribuidor), a los fines de notificar a la parte actora. Se libró Oficio N° 11-093  y Despacho.

 

 

2.- Expediente N° AA70-E-2010-000020: Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui declinó la competencia en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por la abogada María Virginia Valllejo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 87.075, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos LEONARDO JOSÉ YDROGO, ÁLVARO BEJARANO, JOSÉ GREGORIO BARRIOS, ORLANDO DEL VALLE IDROGO, RAMÓN RAFAEL SOLÓRZANO, DANIEL JOSÉ LÓPEZ, DELIO FERNÁNDEZ y JAMES DÍAZ, titulares de la cédula de identidad N° V-14.081.680, V-24.610.185, V-10.996.394, V-4.011.370, V-4.914.875, V-4.508.113, V-8.456.400 y E-81.164.865, respectivamente, referida a la escogencia de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores Profesionales de la Soldadura y sus Similares del Estado Anzoátegui (SINTRAPSOL). Oficio N° 2010-0078 de fecha 18-01-2010, remitiendo el expediente N° BP12-S-2009-003344 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala Cartel librado a la parte accionante, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual se les notificó del fallo de fecha 25-03-2010.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

3.- Expediente N° AA70-E-2009-000040: LORENZO ROBERTO SANTANA, titular de la cédula de identidad N° 6.854.4036 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.062, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral contra la Junta Directiva del Sindicato Nacional de Trabajadores del Poder Electoral (SINTRAPEL), respecto a la inelegibilidad de los ciudadanos Reinaldo Morales, Carlos Luis Bloedoorn y Gustavo Díaz, como Secretario General, Secretario de Organización y un Suplente del Comité Ejecutivo  del referido Sindicato, respectivamente, así como de la nulidad de los comicios realizados por el mencionado Sindicato en fecha  29-01-2008 con relación  a los cargos antes indicados.

 

El abogado Lorenzo Santana, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.062, actuando con el carácter de parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual solicitó copia certificada de la Sentencia N° 126 dictada por la Sala Electoral en fecha 13-08-2009.

 

 

4.- Expediente N° AA70-E-2011-000018: ALBERTO ARMANDO SALIH, titular de la cédula de identidad N° 10.050.556, asistido por el abogado José Ramón Panza Ostos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.449, interpone recurso contencioso electoral contra Resolución N° 036/2010 dictada en fecha 13 de septiembre de 2010 por el Ministerio del Poder Popular para el Deporte, en la cual se declaró “SIN LUGAR, el RECURSO JERÁRQUICO interpuesto por el ciudadano ALBERTO SALIH MEDINA, (…) contra la decisión contenida en el acto administrativo N° 052/2010, de fecha 20 de abril de 2010, emanada del Directorio del Instituto Nacional de Deportes, donde se decidió declarar Sin Lugar el Recurso de Reconsideración interpuesto por el prenombrado ciudadano, motivado a su desacuerdo con la Providencia Administrativa N° 183/2009, de fecha 18 de noviembre de 2009, que declaró sin lugar las solicitudes de reconocimiento de los miembros que integrarían la Junta Directiva y el Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Fisicoculturismo y Fitness”. (Recurso que fue presentada ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, de conformidad con lo previsto “en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia”). (Remitido mediante Oficio N° 83 de fecha 18 de marzo de 2011, constante de (09) folios, una (1) copia simple de la solicitud y siete (7) anexos).

 

El ciudadano ALBERTO ARMANDO SALIH, actuando con el carácter de parte recurrente, asistido por el abogado José Ramón Panza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.449, consignó diligencia mediante la cual otorgó poder APUD ACTA al referido abogado asistente.

 

 

5.- Expediente N° AA70-E-2010-000069:  PEDRO RAMÓN MACHADO MARTÍNEZ, SEBASTIAN DE JESÚS BETANCOURT CERMEÑO, JOSÉ LUIS FARIAS y LUISA MARGARITA ARAGORT, titulares de la cédula de identidad N° 8.885.904, 11.170.787, 9.421.611 y 5.485.213, respectivamente, asistidos por el abogado PABLO BRICEÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.765, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra la Comisión Electoral de la Universidad de Oriente, respecto a la elección de las autoridades de la referida Casa de Estudios  cuyo acto de votación se fijó  para el 28 de julio de 2010. (Acumulado con Exp. 2010-000074 interpuesto por Ángel García Avilés, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.244, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos WILLIAM SENIOR GALINDO, JULIO MARÍN, NEY LUIGGI, JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ, NAHUN SALAZAR BENÍTEZ, ANTONIO CURCU y ALBERTO SOLÓRZANO, titulares de la cédula de identidad N° 3.958.450, 9.427.575, 4.029.742, 9.897.847, 14.284.017, 9.274.138 y 16.145.365, respectivamente).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 11-078, anexo al cual  se remitió comisión al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre (Distribuidor), a los fines de notificar a los ciudadanos William Galindo, Julio Marín, Ney Luiggi, José González, Antonio Curcu, Nahun Salazar y Alberto Solórzano, a la Comisión Electoral de la Universidad de Oriente, al Consejo Universitario de la referida Casa de Estudios y a la ciudadana Reina Gedeón Serpa, la Sentencia Nº 18 dictada el 23-03-2011. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

6.- Expediente N° AA70-E-2011-000005: Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar interpuesta por el ciudadano RAFAEL ANTONIO ROMERO ALCÁNTARA, titular de la cédula de identidad N° 8.470.682, asistido por la abogada María Luisa Finol Sánchez, inscrita en e Inpreabogado bajo el N° 40.919, contra el Consejo Nacional Electoral en razón de “la denegación del recurso” jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra “Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación de Concejales del Municipio Autónomo Antolín del Campo del Estado Nueva Esparta de fecha 4 de diciembre de 2000”; remisión ésta que se  efectúa en  virtud de la  decisión  dictada  en  fecha 3 de octubre de 2007, conforme a la cual la referida Corte se declaró incompetente para conocer del recurso interpuesto y declinó el conocimiento del asunto en esta Sala Electoral. Oficio N° CSCA-2010-06747 de fecha 13 de diciembre de 2010. Remitiendo Expediente N° AP42-N-2005-000738 (nomenclatura de esa corte). (1 Pieza).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 11-074, anexo al cual  se remitió comisión al Juzgado del Municipio Arismendi, Antolin del Campo y Gómez de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, a los fines de notificar al ciudadano Rafael Antonio Romero Alcántara (parte recurrente), la Sentencia Nº 16 dictada el 23 -03-2011. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

7.- Expediente N° AA70-E-2011-000005: Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar interpuesta por el ciudadano RAFAEL ANTONIO ROMERO ALCÁNTARA, titular de la cédula de identidad N° 8.470.682, asistido por la abogada María Luisa Finol Sánchez, inscrita en e Inpreabogado bajo el N° 40.919, contra el Consejo Nacional Electoral en razón de “la denegación del recurso” jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra “Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación de Concejales del Municipio Autónomo Antolín del Campo del Estado Nueva Esparta de fecha 4 de diciembre de 2000”; remisión ésta que se  efectúa en  virtud de la  decisión  dictada  en  fecha 3 de octubre de 2007, conforme a la cual la referida Corte se declaró incompetente para conocer del recurso interpuesto y declinó el conocimiento del asunto en esta Sala Electoral. Oficio N° CSCA-2010-06747 de fecha 13 de diciembre de 2010. Remitiendo Expediente N° AP42-N-2005-000738 (nomenclatura de esa corte). (1 Pieza).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 11-075, mediante el cual se remitió a la ciudadana Virginia Vásquez González, Jueza Superior (Provisoria) de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, copia certificada de la Sentencia N° 16 dictada el 23-03-2011.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS EN:

 

 

8.- Expediente N° AA70-E-2010-000100: PEDRO CASTRO, SYLVIA RONQUILLO y BASILIO CASTRO, titulares de la cédula de identidad N° 6.406.772, 8.992.768 y 6.141.584, respectivamente, actuando con el carácter de Miembros de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la empresa CORPORACIÓN INDUSTRIAL AMERICER C.A. (SINTRA AMERICER), asistidos por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.625, interponen acción mero declarativa a los fines de establecer si el Sindicato de Trabajadores de la Cerámica, Porcelanato, Mármol y Granito, Similares y Conexos del Distrito Capital, Estado Miranda y Estado Vargas (SINTRACPORMARG), ostenta la legitimidad y cualidad para representar los intereses de los trabajadores en la negociación, discusión y suscripción de la Convención Colectiva de Trabajo con la empresa Corporación Industrial Americer, C.A.

 

La ciudadana SYLVIA RONQUILLO, actuando con el  carácter de parte recurrente, asistida por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.625, consignó escrito mediante el cual se dio por notificada de la sentencia N° 9  del 23-03-2011.

 

 

9.- Expediente N° AA70-E-2011-000017: EDGAR PARRA MORENO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ROMBET ENRIQUE CAMPEROS ROBLES, OMAR GATRIF EL SOUGHAYER, HENRY JOSE MALDONADO, PABLO JAVIER MORA RIVAS, PAULO EMILIO UZCATEGUI GUERRA y MIGUEL RICARDO MATUTE RANGEL, titulares de la cédula de identidad números 6.357.641, 11.711.620, 14.550.033, 12.351.298, 8.002.994 y 8.143.977, respectivamente, interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra el acto administrativo dictado por el Consejo Nacional Electoral en fecha 21-12-2010 y publicado en Gaceta Electoral N° 559 de fecha 25-02-2011, referido al proceso electoral del Colegio de Abogados del estado Barinas.

 

Los abogados Julouana Soto y Carlos Castro Urdaneta, actuando con el carácter de apoderados judiciales del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignaron escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente el referido escrito así como la copia del poder que acredita su representación y formar dos (02) piezas separadas con los restantes recaudos que acompañaron al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

10.- Expediente N° AA70-E-2010-000081: Mónica Andrea Rodríguez Flores, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 47.565, Defensora Pública con competencia para actuar  ante la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, actuando en representación del ciudadano BULMARO ELIAS RODRÍGUEZ SOSA, titular de la cédula de identidad N° 3.899.996, interpone demanda contencioso electoral contra la Resolución N° 100623-0194 de fecha 23-06-2010 dictada por el Consejo Nacional Electoral que declaró inadmisible el recurso de impugnación de postulación intentado por el referido ciudadano contra las postulaciones de candidatas y candidatos a la Asamblea Nacional en el proceso convocado para el 26-09-2010.

 

El ciudadano BULMARO ELÍAS RODRÍGUEZ SOSA, asistido por la abogada Teresa López Cruz, inscrita en el Inpreabogado bajeo el  N° 76.244, Defensora Pública Provisoria Primera con competencia ante esta Sala Electoral, consignó escrito mediante el cual impugnó el escrito de oposición de pruebas presentado por la abogada Joulouana  Claire Soto Peña en fecha 16-03-2011.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

11.- Expediente Nº AA70-E-2010-000002: Roberto Moreno de Gregorio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 64.326, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JORGE PEROZO, titular de la cédula de identidad N° 2.879.612, interpone acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro de los Empleados del Ministerio del Interior y Justicia respecto a la elección de la Junta Directiva de la referida Caja, período 2009-2012.

 

El ciudadano GUILLERMO DOLANDE, invocando su condición de Miembro de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros de los Empleados del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, asistido por la abogada Elvira Poisa Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 123.600, consignó escrito mediante el cual solicitó la revocatoria de la multa impuesta en la Sentencia Nº 189 dictada por la Sala.

 

 

12.- Expediente Nº AA70-E-2003-000092: GERSON OVALLES CARDENAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.313, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra la conducta de la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Estado Táchira de no convocar a elecciones en el referido Colegio profesional para elegir a los nuevos miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y demás autoridades.

 

El abogado Alberto Núñez Rincón, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 30.449, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos José Nicolás Duque Morales y Thais Gloria Molina Casanova, Presidente y Tesorera del Colegio de Abogados del estado Táchira, consignó escrito mediante el cual señaló “que no se tenga por notificado al ciudadano GERSON OVALLES CARDENAS debido a las irregularidades planteadas, se comisione nuevamente a un Juzgado de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira para que practique dicha notificación dándole certeza jurídica al proceso”. Asimismo, solicitó aclaratoria de la Sentencia Nº 180 de fecha 06-12-2010.

 

El Presidente (E),

   

 

 

MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ

 

 

                                                                                                                      

  La Secretaria,

                                                                                                          

 

  

PATRICIA CORNET GARCÍA

 

 

Ir al tope

Recomendar esta página a un amigo(a)

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Sistemas del Tribunal Supremo de Justicia
Todos los Derechos Reservados