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Sala Electoral
  • Fecha: 10 de marzo de 2011





CUENTA Nº  34

 

Despacho del jueves diez (10) de marzo de 2011. Se abrió la sesión Presidida por la Magistrada Jhannett María Madríz Sotillo, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Malaquías Gil Rodríguez, Magistrado Juan José Núñez Calderón,  Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Oscar Jesús León Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. 

 

 

SECRETARÍA

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente N° AA70-E-2011-000014: ANGÉLICA RAMÍREZ DE RÍOS y MIGUEL ÁNGEL ÁLVAREZ MÁRQUEZ, titulares de las cédulas de identidad números 7.216.210 y 5.281.309, respectivamente, el último inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.730 y asistiendo a la primera, interponen demanda contencioso electoral de nulidad conjuntamente con medida cautelar contra el “proceso electoral que se llevó a cabo (…), con el objeto de elegir Junta Directiva y Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Potencia”, celebrada el 19-02-2011 por la Comisión Electoral de la referida Comisión.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

2.- Expediente N° AA70-E-2009-000035: LUIS BELTRÁN BASTARDO MUÑOZ, titular de la cédula de identidad N° 8.269.189, asistido por el abogado Jesús Rafael Rodríguez Bermúdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.062, interpone  recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en la Federación Venezolana de Potencia, para elegir la Junta Directiva y el Consejo de Honor de la referida Federación, período 2009-2013.

 

Por recibido en  fecha 09-03-2011 Oficio N° 110-2011 de fecha 08-02-2011, emanado del Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada por la Sala en fecha 09-11-2010, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

3.- Expediente N° AA70-E-2009-000035: LUIS BELTRÁN BASTARDO MUÑOZ, titular de la cédula de identidad N° 8.269.189, asistido por el abogado Jesús Rafael Rodríguez Bermúdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.062, interpone  recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en la Federación Venezolana de Potencia, para elegir la Junta Directiva y el Consejo de Honor de la referida Federación, período 2009-2013.

 

Por recibido el 10-03-2011 Oficio N° 10-406 librado por esta Sala Electoral en fecha 08-11-2010, en virtud que fue devuelto por el Instituto Postal Telegráfico (IPOSTEL), el cual no fue entregado a su destinatario por encontrarse el "domicilio cerrado".

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

4.- Expediente N° AA70-E-2011-000013: FREDDY BIAGGI, JOSÉ ESTEBAN ORIA, BELKYS LO TÁRTARO, ARTURO CASTILLO MACHEZ, MARIANELA OLIVIERI, POMPEYO TORREALBA, JOHNNY MARQUEZ, IVONNE GUEVARA y MARCOS FUENMAYOR, titulares de las cédula de identidad números 5.619.227, 10.694.879, 3.717.056, 1.428.641, 3.563.320, 3.319.508, 3.144.640, 6.280.996 y 5.566.037, respectivamente, asistidos por el abogado Luis Hernández Fabien, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.412,  interponen demanda contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el “acto emanado de la Comisión Electoral de la Sociedad Bolivariana de Caracas fechado 6 de octubre de 2010 (…) mediante el cual se declaró improcedente la admisión de la postulación de la Plancha N° 19 (…); así como contra el írrito acto de Proclamación del Acta de Totalización y Proclamación de la (sic) dictada por la Comisión Electoral Nacional de (esa) Sociedad, y el acto de Juramentación de los integrantes de la PLANCHA ÚNICA admitida por el órgano electoral regional”, referidos al proceso electoral para elegir la Junta Directiva de la mencionada Sociedad, período 2010-2014.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 11-056, mediante el cual se solicitó a la Comisión Electoral de la Sociedad Bolivariana de Caracas, los antecedentes administrativos, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con la demanda.

 

 

5.- Expediente N° AA70-E-2010-000059: JOSÉ ISIDRO PEÑA SILVERA, ELBA PAREDES YÉSPICA y JESÚS RAMÓN DURAN MAGALLANES, titulares de la cédula de identidad N° 3.806.730, 661.049 y 2.655.872, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 77.472, 3.872 y 33.064, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral contra el Referéndum aprobatorio “PROYECTO DE REFORMA PARCIAL DE LOS ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA”, convocado por la Comisión Electoral de la Asociación de Profesores de la Universidad Central de Venezuela (APUCV), cuyo acto fue realizado  en fecha 12 de mayo de 2010.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 10-336, mediante el cual se notificó a la Fiscal General de la República la Sentencia Nº 5 dictada el 22-02-2011.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

6.- Expediente N° AA70-E-2011-000008: LISANDRO CABELLO, titular de la cédula de identidad N° 7.963.480, asistido por el abogado Pedro Francisco Aranguren, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.788, interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la Resolución  emanada del Consejo Nacional Electoral que fuera publicada en Gaceta Electoral N° 553 del 23 de diciembre de 2010, referida al proceso electoral para elegir Diputado Nominal Principal a la Asamblea Nacional por  los municipios Cabimas, Santa Rita y Miranda del estado Zulia, Circunscripción Electoral N° 10, en las elecciones celebradas el 26 de septiembre de 2010.

 

El abogado PEDRO ARANGUREN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.788, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, presentó escrito mediante el cual procedió a reformar el escrito de demanda.

 

 

7.- Expediente N° AA70-E-2011-000009: EDUARDO EMIRO LABRADOR, titular de la cédula de identidad N° 9.772.671, asistido por el abogado Pedro Francisco Aranguren, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.788, interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la Resolución emanada del Consejo Nacional Electoral que fuera publicada en Gaceta Electoral N° 554 del 27 de diciembre de 2010, referida al proceso electoral para elegir Diputado Nominal Principal a la Asamblea Nacional por el Municipio San Francisco del estado Zulia, Circunscripción Electoral N° 9, celebradas el 26 de septiembre de 2010.

 

El abogado PEDRO ARANGUREN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.788, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, presentó escrito mediante el cual procedió a reformar el escrito libelar.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

8.- Expediente N° AA70-E-2010-000030: Fidel Gutiérrez,  inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.649, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos OSCAR RONDON, ÁNGEL ARTEAGA, JORGE FIGUERA y NÉSTOR FIGUERA, titulares de la cédula de identidad N° 8.301.852, 10.287.584, 5.191.249 y 8.303.527, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 100119-002 emanada del Consejo Nacional Electoral el 19-01-2010 publicada en Gaceta Electoral N° 517 de fecha 04-03-2010 mediante la cual se declaró: 1.- sin lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos OSCAR RONDÓN, ÁNGEL ARETAGA, JORGE FIGUERA, NÉSTOR FIGUERA e IFRAÍN RUIZ, miembros de la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores del Cemento y sus similares del Estado Anzoátegui (SINTRACEA) contra la decisión emitida por la Comisión Electoral del referido Sindicato el 02-04-2009; y 2.- inelegibles a los prenombrados ciudadanos.

 

Se comisionó al Juzgado de los Municipios Juan Antonio Sotillo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui (Distribuidor), a los fines de notificar  a la parte recurrente, del auto de admisión de fecha 26-04-2010Se libraron Oficio  N° 11-057, boleta y Despacho.  

 

 

9.- Expediente N° AA70-E-2009-000057: CARLOS EDUARDO ZAPATA AGUILERA, titular de la cédula de identidad N° 4.282.812, actuando con el carácter de jubilado de la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela C.A.N.T.V., asistido por el abogado Oslan Rafael Petit, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 60.463, interpone acción mero declarativa referida su condición de miembro del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de la Industria de las Telecomunicaciones, Similares, Afines y Conexos del Distrito Capital (S.T.T.I.T.).

 

Visto en escrito presentado en fecha 17-01-2011 el abogado Oslan Petit, Inpreabogado Nº 60.463, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte accionante, mediante el cual solicitó la corrección del último párrafo del auto de fecha 29-11-2010,  el Juzgado se Sustanciación  observó que la causa se encuentra suspendida, en los términos que lo dispone el artículo 96  del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, y conforme lo ordenara la Sala Electoral en Pleno por Sentencia N° 162 que dictar el 22-11-2010, por ende ningún pronunciamiento que atañe a esa circunstancia se puede dictar.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO:

 

 

10.- Expediente N° AA70-E-2010-000081: Mónica Andrea Rodríguez Flores, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 47.565, Defensora Pública con competencia para actuar  ante la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, actuando en representación del ciudadano BULMARO ELIAS RODRÍGUEZ SOSA, titular de la cédula de identidad N° 3.899.996, interpone demanda contencioso electoral contra la Resolución N° 100623-0194 de fecha 23-06-2010 dictada por el Consejo Nacional Electoral que declaró inadmisible el recurso de impugnación de postulación intentado por el referido ciudadano contra las postulaciones de candidatas y candidatos a la Asamblea Nacional en el proceso convocado para el 26-09-2010.

 

El ciudadano Bulmaro Elías Rodríguez Sosa, asistido por la abogada Teresa Elizabeth López Cruz, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 76.244, quien actúa como Defensora Pública Provisoria Primera con Competencia para actuar ante la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, consignó escrito de promoción de pruebas. Se ordenó reservar el referido escrito así como sus anexos hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

11.- Expediente N° AA70-E-2011-000006: JESÚS MIGUEL SÁNCHEZ OLIVEROS, titular de la cédula de identidad N° 7.202.315, candidato a Alcalde del municipio Miranda del estado Carabobo, asistido por los abogados Jesús Rangel Rachadell y Argenis Flores, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 26.906 y 16.122, respectivamente, interpone demanda contencioso electoral contra la elección para escoger al Alcalde o Alcaldesa del municipio Miranda del estado Carabobo, celebrada en fecha 05 de diciembre de 2010.

 

El abogado JESÚS RANGEL RACHADELL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.906, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, presentó diligencia mediante la cual consignaron la página 51 del Diario " Últimas Noticias" de fecha 10-03-2011 donde apareció publicado el cartel de emplazamiento.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

12.- Expediente N° AA70-E-2010-000028:  AURA MARINA OROPEZA, MARÍA FIGUEROA, ARMANDO MORANTES y DANIEL ORLANDO JAIMES PAREDES, titulares de la cédula de identidad N° 3.124.203, 3.169.249, 3.586.774 y 15.844.443, respectivamente, asistidos por el abogado Tadeo Arrieche Franco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.707, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral Nacional de COPEI, Partido Popular, por  excluirlos a ellos y a otros afiliados al partido del registro electoral definitivo para el proceso electoral, cuyo acto de votación se fijó para el día 21-03-2010.

 

El abogado TADEO ARRIECHE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 90.707, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Aura Oropeza, Armando Morante y Daniel Jaimes Paredes, parte accionante, consignó diligencia mediante la cual expuso "DESISTO de la solicitud de declinatoria de competencia" presentada por ante esta Sala Electoral en fecha 08-07-2010.

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS EN:

 

 

13.- Expediente N° AA70-E-2010-000028:  AURA MARINA OROPEZA, MARÍA FIGUEROA, ARMANDO MORANTES y DANIEL ORLANDO JAIMES PAREDES, titulares de la cédula de identidad N° 3.124.203, 3.169.249, 3.586.774 y 15.844.443, respectivamente, asistidos por el abogado Tadeo Arrieche Franco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.707, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral Nacional de COPEI, Partido Popular, por  excluirlos a ellos y a otros afiliados al partido del registro electoral definitivo para el proceso electoral, cuyo acto de votación se fijó para el día 21-03-2010.

 

El abogado TADEO ARRIECHE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 90.707, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Aura Oropeza, Armando Morante y Daniel Jaimes Paredes, parte accionante, consignó escrito mediante el cual expuso aspectos relacionados con la ejecución forzosa y  el desacato de la Sentencia  N° 50 de fecha 14-04-2010.

 

La Presidenta,

  

  

 

JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO

                                                                 

                                                                                 La Secretaria,

   

 

  

PATRICIA CORNET GARCÍA

 

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