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CUENTA Nº 165
Despacho del miércoles catorce (14) de diciembre de 2011. Se abrió la sesión Presidida por la Magistrada Jhannett María Madríz Sotillo, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Malaquías Gil Rodríguez, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Oscar J. León Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.
DESIGNACION DE PONENTE EN:
1.- Expediente Nª AA70-E-2011-000102: VICTOR HUGO CEDEÑO ABREU, titular de la cédula de identidad N° 5.334.389, asistido por el abogado José Clemente Bolívar, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.819, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Junta Regional de Primarias de la Mesa de la Unidad del estado Delta Amacuro y contra la Comisión Electoral de Primarias Nacional de la referida Mesa, respecto a la “postulación como candidato a las elecciones primarias a gobernador del estado Delta Amacuro a realizarse el venidero 12 de febrero de 2012”.
Se designó ponente al Magistrado JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN a los fines que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y el amparo cautelar. Se solicitó a la Comisión Electoral de Primarias Nacional de la Mesa de la Unidad Democrática los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Se libró Oficio N° 11-453.
ACTUACIONES EN:
2.- Expediente N° AA70-E-2011-000075: YARISMA BOGARIN y EMILIO GARCIA, titulares de la cédula de identidad número 8.940.054 y 6.880.625, respectivamente, asistidos por el abogado Carmelo Fernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.234, interponen recurso contencioso electoral contra Resolución N° 110707-0121 dictada por el Consejo Nacional Electoral de fecha 07-07-2011 publicada en Gaceta Electoral N° 576 de fecha 08-08-2011, que declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto contra las elecciones realizadas en fecha 25-01-2011, en el Sindicato de Trabajadores Bolivarianos de la Empresa Electrificación del Caroní (SINTRAEDELCA).
Se libró cartel de emplazamiento a los interesados ordenado en el auto del 24-10-2011, el cual deberá ser publicado en el diario "Últimas Noticias", y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia que si incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y ordenará el archivo del expediente. Se agregó copia del cartel a los autos.
3.- Expediente N° AA70-X-2011-000014: (CUADERNO SEPARADO): LUIS TELLERÍA y JOSÉ MANUEL LÓPEZ, titulares de la cédula de identidad número 5.836.084 y 13.618.656, respectivamente, asistidos por el abogado Mario Valdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 22.708, solicitan "le envié un Oficio a la Fuerza Pública ya sea la Guardia Nacional, Policía de Caracas o cualquier otra Institución policial que considere necesario para hacer cumplir la Medida Cautelar acordada y nos acompañe para entrar a la sede del PPT, y se levante un Acta dejando constancia del estado en que se encuentre", en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por los referidos ciudadanos, actuando en su condición de “…Secretario General Nacional y Secretario Nacional de Organización del partido político PATRIA PARA TODOS (…) con el objeto de impugnar la Asamblea Nacional y la elección de las nuevas autoridades del Partido Político Patria Para Todos (PPT), celebrada el día 15 de octubre de 2011…” (Expediente Principal N° AA70-E-2011-000089).
Vista la Sentencia Nº 153 del 13-12-2011 mediante la cual se ORDENÓ a los ciudadanos Simón Calzadilla y Rafael Uzcátegui que informen a este Órgano Jurisdiccional sobre los hechos denunciados por el ciudadano Luis Alejandro Tellería, dentro de los dos (2) días de despacho siguientes a que conste en autos sus notificaciones, se ordenó notificar a los referidos ciudadanos. Se libraron boletas.
4.- Expediente N° AA70-E-2010-000043: FREDDY LEIVA, ANTONIO SOUSA, CRISTÓBAL MARRERO, HERNÁN GARCÍA, HÉCTOR SATOQUE, ELÍAS HERRERA y JOSEFINA ARIAS, titulares de la cédula de identidad N° 3.944.602, 6.919.748, 5.139.616, 6.355.604, 10.894.681, 6.298.757 y 7.949.281, respectivamente, asistidos por el abogado SABINO GARBÁN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.933, quien a su vez actúa en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, respecto al proceso electoral para la escogencia de la Junta Directiva del referido Club período 2010-2012, cuyo acto de votación fue realizado el 21-03-2010.
Visto el escrito presentado en fecha 16-11-2011 por el ciudadano LUIS LLOVERA, actuando con el carácter de Presidente de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, asistido por el abogado Eduardo Herrera, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 37.708, mediante el cual solicitó la devolución de los documentos que corren insertos a los folios 860 al 861, 865 al 866, 902 al 903 y 919 al 920 de la pieza identificada como ANEXO 4 del expediente. En tal sentido, la Sala ACORDÓ la mencionada devolución.
DILIGENCIA EN:
5.- Expediente N° AA70-E-2011-000089: LUIS ALEJANDRO TELLERÍA DORANTE y JOSÉ MANUEL LÓPEZ, titulares de la cédula de identidad números 5.836.084 y 13.618.656, respectivamente, asistidos por los abogados Mario Valdez y Pedro Rafael Estévez, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 22.708 y 90.016, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medidas cautelares contra la Asamblea Nacional del Partido Político Patria Para Todos (PPT), celebrada el día 15 de octubre de 2011.
El ciudadano RAFAEL UZCÁTEGUI, titular de la cédula de identidad Nº 648.703, asistido por el abogado Marco Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 86.113, presentó diligencia mediante la cual retiró copia certificada acordada por auto de fecha 12-12-2011.
6.- Expediente N° AA70-X-2011-000013: (CUADERNO SEPARADO): JOSÉ SABINO ZAMORA ZAMORA y KARLA SOFÍA MARQUINA GARCÍA, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 22.644 y 123.099, invocando el carácter de apoderados judiciales de la Organización Política Patria Para Todos (PPT), se oponen a la medida cautelar acordada en Sentencia Nº 149 dictada en fecha 01 de diciembre de 2011, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por los ciudadanos RAFAEL UZCÁTEGUI, ILENIA MEDINA, EDUARDO OVIEDO, LISETT SABINO, CARLOS MARTÍNEZ GONZÁLEZ, OSBALDO ANTONIO CHIRINOS, HENRY MORALES y RAMÓN HUMBERTO URBINA CASTILLO, titulares de la cédula de identidad número 648.703, 4.376.240, 4.383.170, 8.265.918, 5.859.423, 4.644.944, 648.372 y 5.345.365, respectivamente, asistidos por el abogado Diego Alfredo García Urquiola, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.884, contra la “Asamblea Nacional Extraordinaria del Partido Político Patria Para Todos (PPT), iniciada en fecha 15 de octubre de 2011 y contra el Acta que le dio término a la misma y que fuera conocida mediante su consignación por ante el Consejo Nacional Electoral en fecha 21 de octubre de 2011” (Expediente Principal N° AA70-E-2011-000095).
El abogado JOSÉ SABINO ZAMORA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 22.644, apoderado judicial de la parte recurrida, presentó diligencia mediante la cual promovió pruebas y acompañó recaudos.
7.- Expediente N° AA70-X-2011-000012: (CUADERNO SEPARADO): JOSÉ SABINO ZAMORA ZAMORA y KARLA SOFÍA MARQUINA GARCÍA, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 22.644 y 123.099, invocando el carácter de apoderados judiciales de la Organización Política Patria Para Todos (PPT), se oponen a la medida cautelar acordada en Sentencia Nº 137 de fecha 24 de noviembre de 2011, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar por los ciudadanos LUIS ALEJANDRO TELLERÍA DORANTE y JOSÉ MANUEL LÓPEZ, titulares de la cédula de identidad número 5.836.084 y 13.618.656, respectivamente, asistidos por los abogados Mario Valdez y Pedro Rafael Estévez, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 22.708 y 90.016, respectivamente, actuando en su condición de “…Secretario General Nacional y Secretario Nacional de Organización del partido político PATRIA PARA TODOS (…) con el objeto de impugnar la Asamblea Nacional y la elección de las nuevas autoridades del Partido Político Patria Para Todos (PPT), celebrada el día 15 de octubre de 2011…” (Expediente Principal N° AA70-E-2011-000089).
El abogado JOSÉ SABINO ZAMORA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 22.644, apoderado judicial de la parte recurrida, presentó diligencia mediante la cual promovió pruebas y acompañó recaudos.
8.- Expediente N° AA70-E-2011-000070: Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos HUMBERTO STEVENSON ROMERO FARIÑEZ, NELLYS DOMINGA GONZÁLEZ, CAROLYN YULIP BETHENCOURT CHACÓN, JOSÉ ANTONIO CAMEJO MARCANO, HERMAN ALEXANDER REINA CEDEÑO, ROBERT ENRIQUE DURAND ANZOLA, ISABEL TERESA MARTÍNEZ, EDDY RAÚL NARANJO SÁNCHEZ y JESÚS ALFONSO PÉREZ ACOSTA, titulares de las cédulas de identidad números 15.169.522, 6.189.068, 11.928.331, 16.869.452, 12.062.356, 12.761.807, 5.964.930, 6.122.415 y 6.371.579, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la elección de la Comisión Electoral Nacional y de las Sub Comisiones Electorales Regionales de la Caja de Ahorros del Poder Judicial (CAPOJUD) referido al proceso electoral para elegir a los integrantes del Consejo de Administración, del Consejo de Vigilancia, los Delegados y Suplentes de la referida Caja de Ahorros, período 2011-2014.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 11-423, mediante el cual se notificó a la Comisión Electoral Nacional de la Caja de Ahorros del Poder Judicial (CAPOJUD), la Sentencia Nº 142 de fecha 24-11-2011 y el auto de fecha 28-11-2011.
9.- Expediente N° AA70-E-2011-000070: Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos HUMBERTO STEVENSON ROMERO FARIÑEZ, NELLYS DOMINGA GONZÁLEZ, CAROLYN YULIP BETHENCOURT CHACÓN, JOSÉ ANTONIO CAMEJO MARCANO, HERMAN ALEXANDER REINA CEDEÑO, ROBERT ENRIQUE DURAND ANZOLA, ISABEL TERESA MARTÍNEZ, EDDY RAÚL NARANJO SÁNCHEZ y JESÚS ALFONSO PÉREZ ACOSTA, titulares de las cédulas de identidad números 15.169.522, 6.189.068, 11.928.331, 16.869.452, 12.062.356, 12.761.807, 5.964.930, 6.122.415 y 6.371.579, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la elección de la Comisión Electoral Nacional y de las Sub Comisiones Electorales Regionales de la Caja de Ahorros del Poder Judicial (CAPOJUD) referido al proceso electoral para elegir a los integrantes del Consejo de Administración, del Consejo de Vigilancia, los Delegados y Suplentes de la referida Caja de Ahorros, período 2011-2014.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 11-424, mediante el cual se notificó al Consejo de Administración y Vigilancia de la Caja de Ahorros del Poder Judicial (CAPOJUD), la Sentencia Nº 142 de fecha 24-11-2011 y del auto de fecha 28-11-2011.
10.- Expediente N° AA70-E-2011-000070: Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos HUMBERTO STEVENSON ROMERO FARIÑEZ, NELLYS DOMINGA GONZÁLEZ, CAROLYN YULIP BETHENCOURT CHACÓN, JOSÉ ANTONIO CAMEJO MARCANO, HERMAN ALEXANDER REINA CEDEÑO, ROBERT ENRIQUE DURAND ANZOLA, ISABEL TERESA MARTÍNEZ, EDDY RAÚL NARANJO SÁNCHEZ y JESÚS ALFONSO PÉREZ ACOSTA, titulares de las cédulas de identidad números 15.169.522, 6.189.068, 11.928.331, 16.869.452, 12.062.356, 12.761.807, 5.964.930, 6.122.415 y 6.371.579, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la elección de la Comisión Electoral Nacional y de las Sub Comisiones Electorales Regionales de la Caja de Ahorros del Poder Judicial (CAPOJUD) referido al proceso electoral para elegir a los integrantes del Consejo de Administración, del Consejo de Vigilancia, los Delegados y Suplentes de la referida Caja de Ahorros, período 2011-2014.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 11-425, mediante el cual se notificó al Superintendente de Cajas de Ahorro del Ministerio para el Poder Popular para la Economía y Finanzas de la República Bolivariana de Venezuela, la Sentencia Nº 142 de fecha 24-11-2011 y el auto de fecha 28-11-2011.
11.- Expediente N° AA70-E-2011-000070: Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos HUMBERTO STEVENSON ROMERO FARIÑEZ, NELLYS DOMINGA GONZÁLEZ, CAROLYN YULIP BETHENCOURT CHACÓN, JOSÉ ANTONIO CAMEJO MARCANO, HERMAN ALEXANDER REINA CEDEÑO, ROBERT ENRIQUE DURAND ANZOLA, ISABEL TERESA MARTÍNEZ, EDDY RAÚL NARANJO SÁNCHEZ y JESÚS ALFONSO PÉREZ ACOSTA, titulares de las cédulas de identidad números 15.169.522, 6.189.068, 11.928.331, 16.869.452, 12.062.356, 12.761.807, 5.964.930, 6.122.415 y 6.371.579, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la elección de la Comisión Electoral Nacional y de las Sub Comisiones Electorales Regionales de la Caja de Ahorros del Poder Judicial (CAPOJUD) referido al proceso electoral para elegir a los integrantes del Consejo de Administración, del Consejo de Vigilancia, los Delegados y Suplentes de la referida Caja de Ahorros, período 2011-2014.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 11-426, mediante el cual se notificó a la Fiscal General de la República, la Sentencia Nº 142 de fecha 24-11-2011 y el auto de fecha 28-11-2011.
12.- Expediente N° AA70-E-2011-000070: Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos HUMBERTO STEVENSON ROMERO FARIÑEZ, NELLYS DOMINGA GONZÁLEZ, CAROLYN YULIP BETHENCOURT CHACÓN, JOSÉ ANTONIO CAMEJO MARCANO, HERMAN ALEXANDER REINA CEDEÑO, ROBERT ENRIQUE DURAND ANZOLA, ISABEL TERESA MARTÍNEZ, EDDY RAÚL NARANJO SÁNCHEZ y JESÚS ALFONSO PÉREZ ACOSTA, titulares de las cédulas de identidad números 15.169.522, 6.189.068, 11.928.331, 16.869.452, 12.062.356, 12.761.807, 5.964.930, 6.122.415 y 6.371.579, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la elección de la Comisión Electoral Nacional y de las Sub Comisiones Electorales Regionales de la Caja de Ahorros del Poder Judicial (CAPOJUD) referido al proceso electoral para elegir a los integrantes del Consejo de Administración, del Consejo de Vigilancia, los Delegados y Suplentes de la referida Caja de Ahorros, período 2011-2014.
El ciudadano Alguacil consignó la boleta original mediante la cual se notificó a los ciudadanos Humberto Stevenson Romero Fariñez, Nellys Dominga González, Carolyn Yulip Bethencourt Chacón, José Antonio Camejo Marcano, Herman Alexander Reina Cedeño, Robert Enrique Durand Anzola, Isabel Teresa Martínez, Eddy Raúl Naranjo Sánchez Y Jesús Alfonso Pérez Acosta y/o su apoderada judicial Jordana Campos de Palomo, la Sentencia Nº 142 de fecha 24-11-2011 y el auto de fecha 28-11-2011.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
13.- Expediente N° AA70-E-2010-000005: Teoneira Acosta Gutierrez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 74.840, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Empresa Estatal CENTRO SIMÓN BOLÍVAR, C.A., adscrita al Ministerio del Poder Popular para Obras Públicas y Vivienda, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el acto dictado por la Junta Electoral de la Zona II del Complejo Urbanístico Parque Central que le fuera notificado en fecha 04-12-2009, que declaró sin lugar la impugnación efectuada contra el acto de votación celebrado el día 07-11-2009, así como contra el acto que “designó por consenso” a la Junta Directiva de la Asamblea de Propietarios de la Zona II del aludido Complejo Urbanístico, de fecha 15-11-2009.
El ciudadano CARLOS ZAPATA, titular de la cédula de identidad N° 4.282.812, actuando con el carácter de Vicepresidente de la Junta Electoral de la Zona II del Complejo Urbanístico Parque Central, asistido por el abogado Benigno Buitrago Pineda, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 6.369, presentó escrito mediante el cual solicitó se notifique a la Junta Liquidadora del Centro Simón Bolívar de las elecciones realizadas en fecha 05-11-2011, acompañó recaudos.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
DILIGENCIA EN:
14.- Expediente N° AA70-E-2011-000100: OSCAR LINARES QUINTERO, NELSON ALBERTO VALERO PAREDES, RAFAEL ANTONIO MÉNDEZ GARCÍA, FREDY MONTILLA, MANUEL MANRIQUE SISO, NANCY ALEJANDRINA HURTADO MARTÍNEZ y GEORGE RAMÍREZ CARRERO, titulares de la cédula de identidad números 12.541.784, 11.128.847, 8.031.360, 2.689.565, 339.103, 4.339.423 y 10.178.458 e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 73.562, 64.054, 28.081, 37.328, 4.007, 27.050 y 79.439, respectivamente, actuando en su nombre propio, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra el Consejo Directivo del Instituto de Previsión Social del Abogado (IMPREABOGADO), por “la conducta omisiva (…) para convocar a elecciones libres, universales, directas y secretas que lo renueven”.
El abogado JOSÉ HERRERA, titular de la cédula de identidad N° 3.043.971 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 146.715, actuando en su propio nombre, consignó diligencia mediante la cual expuso "Me adhiero a la presente acción de amparo constitucional de conformidad con lo previsto en el artículo 370 ordinal 1 del Código de Procedimiento Civil".
15.- Expediente N° AA70-E-2011-000100: OSCAR LINARES QUINTERO, NELSON ALBERTO VALERO PAREDES, RAFAEL ANTONIO MÉNDEZ GARCÍA, FREDY MONTILLA, MANUEL MANRIQUE SISO, NANCY ALEJANDRINA HURTADO MARTÍNEZ y GEORGE RAMÍREZ CARRERO, titulares de la cédula de identidad números 12.541.784, 11.128.847, 8.031.360, 2.689.565, 339.103, 4.339.423 y 10.178.458 e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 73.562, 64.054, 28.081, 37.328, 4.007, 27.050 y 79.439, respectivamente, actuando en su nombre propio, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra el Consejo Directivo del Instituto de Previsión Social del Abogado (IMPREABOGADO), por “la conducta omisiva (…) para convocar a elecciones libres, universales, directas y secretas que lo renueven”.
El abogado JOSÉ DE LOS SANTOS PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° 5.249.473 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 119.772, actuando en su propio nombre, consignó diligencia mediante la cual expuso "Me adhiero a la presente acción de amparo constitucional de conformidad con lo previsto en el artículo 370 ordinal 1 del Código de Procedimiento Civil".
16.- Expediente N° AA70-E-2011-000100: OSCAR LINARES QUINTERO, NELSON ALBERTO VALERO PAREDES, RAFAEL ANTONIO MÉNDEZ GARCÍA, FREDY MONTILLA, MANUEL MANRIQUE SISO, NANCY ALEJANDRINA HURTADO MARTÍNEZ y GEORGE RAMÍREZ CARRERO, titulares de la cédula de identidad números 12.541.784, 11.128.847, 8.031.360, 2.689.565, 339.103, 4.339.423 y 10.178.458 e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 73.562, 64.054, 28.081, 37.328, 4.007, 27.050 y 79.439, respectivamente, actuando en su nombre propio, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra el Consejo Directivo del Instituto de Previsión Social del Abogado (IMPREABOGADO), por “la conducta omisiva (…) para convocar a elecciones libres, universales, directas y secretas que lo renueven”.
La ciudadana HILDA MARCHAN, titular de la cédula de identidad Nº 8.960.162, asistida por el abogado José Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 119.772, consignó diligencia mediante la cual expuso "Me adhiero a la presente acción de amparo constitucional de conformidad con lo previsto en el artículo 370 ordinal 1 del Código de Procedimiento Civil".
17.- Expediente N° AA70-E-2011-000100: OSCAR LINARES QUINTERO, NELSON ALBERTO VALERO PAREDES, RAFAEL ANTONIO MÉNDEZ GARCÍA, FREDY MONTILLA, MANUEL MANRIQUE SISO, NANCY ALEJANDRINA HURTADO MARTÍNEZ y GEORGE RAMÍREZ CARRERO, titulares de la cédula de identidad números 12.541.784, 11.128.847, 8.031.360, 2.689.565, 339.103, 4.339.423 y 10.178.458 e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 73.562, 64.054, 28.081, 37.328, 4.007, 27.050 y 79.439, respectivamente, actuando en su nombre propio, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra el Consejo Directivo del Instituto de Previsión Social del Abogado (IMPREABOGADO), por “la conducta omisiva (…) para convocar a elecciones libres, universales, directas y secretas que lo renueven”.
El abogado INES LLOVERA, titular de la cédula de identidad N° 3.692.072 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.896, actuando en su propio nombre, consignó diligencia mediante la cual expuso "Me adhiero a la presente acción de amparo constitucional de conformidad con lo previsto en el artículo 370 ordinal 1 del Código de Procedimiento Civil".
18.- Expediente N° AA70-E-2011-000041: MANUEL ERNESTO COLMENARES MENDOZA, titular de la cédula de identidad N° 5.763.189, asistido por el abogado Felipe Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 99.340, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros y Previsión Social del Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura (CAPREMINFRA), respecto al proceso electoral para la escogencia de la Directiva de la referida Caja, cuyo acto de votación se fijó para el día 25-05-2011.
El abogado GREGORIO PERALTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 68.890, invocando el carácter de Consultor Jurídico de la Caja de Ahorro del Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura (CAPREMINFRA), presentó diligencia mediante la cual consignó informe contentivo de 25 folios útiles.
19.- Expediente N° AA70-E-2011-000062: Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesto por los ciudadanos BERNARDO ARTIGAS MORELLO, MARIO VIGNATI y WILLIAM CARIACO, titulares de las cédula de identidad números 3.541.194, 7.370.913 y 4.172.495, respectivamente, contra la Comisión Electoral del Club Ítalo Venezolano del estado Lara, respecto a las elecciones para renovar a la Junta Directiva del referido Club, periodo 2011-2013. Oficio N° 765 de fecha 15-06-2011. Remitiendo Expediente N° KP02-0-2011-000091 (1 Pieza Principal) y (1 Cuaderno de Medidas) signado con el N° KH02-X-2011-000039 (Nomenclatura de ese Juzgado).
La abogada LIDIA GUERRA, inscrita en el Inpreabogado bajo Nº 149.933, apoderada judicial de los ciudadanos Bernardo Artigas y Mario Vignati Patella, parte accionante, presentó diligencia mediante la cual desiste en nombre de sus poderdantes de la acción de amparo, acompañó recaudos.
20.- Expediente N° AA70-E-2011-000062: Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesto por los ciudadanos BERNARDO ARTIGAS MORELLO, MARIO VIGNATI y WILLIAM CARIACO, titulares de las cédula de identidad números 3.541.194, 7.370.913 y 4.172.495, respectivamente, contra la Comisión Electoral del Club Ítalo Venezolano del estado Lara, respecto a las elecciones para renovar a la Junta Directiva del referido Club, periodo 2011-2013. Oficio N° 765 de fecha 15-06-2011. Remitiendo Expediente N° KP02-0-2011-000091 (1 Pieza Principal) y (1 Cuaderno de Medidas) signado con el N° KH02-X-2011-000039 (Nomenclatura de ese Juzgado).
La abogada LIDIA GUERRA, inscrita en el Inpreabogado bajo Nº 149.933, apoderada judicial de los ciudadanos Bernardo Artigas y Mario Vignati Patella, parte accionante, presentó diligencia mediante la cual se dio por notificada en nombre de sus poderdantes, de la Sentencia Nº 144 dictada en fecha 29-11-2011.
.-OTROS:
La Sala deja constancia que en la Cuenta Nº 141 del día 02-11-2011, por error se dejó de asentar actuación realizada en el expediente N° AA70-E-2011-000044, en tal sentido su contenido es el siguiente:
21.- Expediente N° AA70-E-2011-000044: LUISA ARAGORT y JOSÉ ROJAS, titulares de las cédulas de identidad números 5.485.213 y 8.268.053, respectivamente, asistidos por el abogado Pablo Briceño Zabala, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.765, interponen recurso contencioso electoral contra Resolución n° 110331-0056 emanada del Consejo Nacional Electoral el 31 de marzo de 2011, publicada en Gaceta Electoral n° 566 del 10 de mayo de 2011, que declaró: 1.- Con lugar el recurso jerárquico interpuesto por los ciudadanos Neydo Rodríguez y Alexander Villarroel contra los ciudadanos Luisa Aragort y José Rojas, por encontrarse incursos en causal de inelegibilidad. 2.- Inelegibles a los referidos ciudadanos, ordenándose la desincorporación de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Universidad de Oriente (SINTRAUDO). 3.- Vacantes los cargos de Secretario General y Secretaria de Reclamos, Contrataciones y Conflictos de la Junta Directiva del referido sindicato. 4.- Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las referidas vacantes.
Visto que el 18-10- 2011, se fijó el día 03-11-2011, a las 9:30 a.m., para que tenga lugar el acto de informes oral, la Sala en razón de las ocupaciones inherentes a la Alta Investidura de los Magistrados acordó diferir el referido acto, y fija el día martes 15-11-2011, a las 09:30 a.m., para la realización del mismo.
SENTENCIA
22.- Expediente N° AA70-E-2011-000037: JANITIS DEL CARMEN AROCHA MANZO y CAMELIA GARCÍA SALA, titulares de las cédulas de identidad números 7.079.917 y 9.438.792, respectivamente, asistidas por el abogado Pablo Briceño Zabala, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.765, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la decisión adoptada por la Comisión Electoral Universitaria de la Universidad de Carabobo, al omitir en la publicación del Registro Electoral a los profesores instructores y jubilados en las elecciones de los Representantes de los Profesores ante el Consejo Universitario de la referida Casa de Estudios, cuyo acto de votación se fijó para el día 25 de mayo de 2011. (Acumulado con Expediente N° AA70-E-2011-000038, interpuesto por los ciudadanos AURA JOSEFINA HENRIQUEZ, BLANCA JOSEFINA SÁNCHEZ BLASCO, MADELEN PIÑA RODRÍGUEZ, MIGUEL ÁNGEL PINEDA, MIGUEL ANDRES TELLECHEA Y JOALFRE JOSÉ PERAZA, titulares de la cédula de identidad números: 2.522.310, 2.556.751, 7.013.528, 3.920.442, 11.716.206 y 11.812.808, respectivamente, asistidos por el abogado Antonio José Meneses Díaz, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.181). La Sala declaró: 1.-CON LUGAR los recursos contencioso electorales interpuestos. 2.- ORDENÓ a la Comisión Electoral Nacional de la Universidad de Carabobo, suspender cualquier proceso electoral hasta tanto se dicte el nuevo Reglamento Electoral de conformidad con el fallo. 3.- ORDENÓ a la Rectora de la Universidad de Carabobo, que en un lapso perentorio, que no podrá exceder de quince (15) días hábiles de la Universidad, contados a partir de la notificación del fallo, proceda a convocar al Consejo Universitario para que ese órgano colegiado, dentro del lapso de treinta (30) días hábiles, reforme y publique el Reglamento Electoral de la referida Universidad, a fin de ajustar su contenido a las disposiciones de la vigente Ley Orgánica de Educación y a las consideraciones emitidas por la Sala. 4.- ORDENÓ que una vez sea reformado el Reglamento Electoral de la Universidad de Carabobo, se convoque a los nuevos procesos electorales que fueron suspendidos con ocasión de este juicio, en un lapso perentorio, que no podrá exceder de treinta (30) días hábiles de la Universidad contados a partir de la publicación del mencionado Reglamento. 5.- ORDENÓ a los actuales representantes de ambos gremios, de los profesores y de los estudiantes, ante los órganos de Gobierno y Cogobierno de la Universidad de Carabobo, permanecer en sus cargos de manera transitoria, hasta que sean juramentados los nuevos representantes, limitando sus actuaciones a actos de simple administración. Ponente. JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 154.
23. Expediente N° AA70-E-2011-000024: Ángel Rafael Morales Moronta y Javiel Carvajal Montiel, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 42.936 y 40.951, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Federación Nacional de Sindicatos Regionales, Sectoriales y Conexos de los Trabajadores de la Salud (FENASIRTRASALUD), interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 100325-0068, emanada del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL el 25-03-2010, publicada en Gaceta Electoral N° 525 del 12-05-2010, que declaró: 1.- Con lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Thony Navas Nieves y Judith Robles, contra la Resolución de fecha 22-05-2009 dictada por la Comisión Electoral Permanente de la referida Federación; 2.- Inelegibles a los ciudadanos Octavio Solórzano, Luis Cedeño, Samuel Dugarte, William Ramírez, Mercedes Torrealba, Norelis Alvarado, Luis Miquelena, Freddy Guerrero, Samuel Ugarte, Santos García, Siomara Carmona, Sonia Gallardo, Damas Aular, Luis Ríos, Marlene Rojas, Elita Peña, Teodoro Dovale, Victor Zambrano, José Ramírez, Hernán Maita, Betty Joa, Jesús Berrios, Jesús Gámez y Douglas Scolar. La Sala declaró: 1. COMPETENTE para conocer de la controversia electoral, relacionada con demanda de nulidad de acto administrativo-electoral emanado del Consejo Nacional Electoral. 2. IMPROCEDENTES las solicitudes de declaratoria de inadmisibilidad del recurso contencioso electoral interpuesto por los abogados Ángel Rafael Morales Moronta y Javiel Carvajal Montiel, en atención a lo dispuesto en el ordenamiento jurídico positivo y al criterio jurisprudencial que ha desarrollada la Sala al respecto. 3. NULA la Resolución N° 100325-0068 dictada el 25 de marzo de 2010 por el Consejo Nacional Electoral y publicada en la Gaceta Electoral N° 525 de fecha 12 de mayo de 2010, por contravenir el orden constitucional y la doctrina jurisprudencial de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Por vía de consecuencia, se declaraó igualmente nula la Resolución N° 100722-0279 dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 22 de julio de 2010, y publicada en la Gaceta Electoral N° 537 de fecha 25 de agosto de 2010. 4. ORDENÓ la REPOSICIÓN del procedimiento sustanciado por el Consejo Nacional Electoral al estado de que se proceda a emplazar mediante notificación personal a los ciudadanos Octavio Solórzano, Luis Cedeño, Samuel Dugarte, William Ramírez, Norelis Alvarado, Luis Miquelena, Santos García, Sonia Gallardo, Damas Aular y Luis Ríos, a objeto de que se hagan parte en dicho procedimiento. 5.- A objeto de garantizar la estabilidad y el funcionamiento de la organización sindical y como una consecuencia lógica de la declaratoria de nulidad de las resoluciones antes mencionadas, aunado al hecho de que está pendiente la decisión de la impugnación de las postulaciones ante el Consejo Nacional Electoral, se ACUERDÓ mantener en el ejercicio de los cargos a las personas que resultaron electas en el proceso electoral cuyo acto de votación se realizó en fecha 30 de junio de 2010. 6.- NEGÓ la petición de condenatoria en costas. Ponente. MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ. Sentencia N° 155.
24.-Expediente N° AA70-E-2011-000023. ÁNGEL RICARDO OLIVO, LEY GONZÁLEZ GONZÁLEZ , JOSÉ YGNACIO PÉREZ CEDEÑO, JOSÉ RAFAEL OLIVERA, titulares de las cédulas de identidad Nros.1.567.593, 2.520.201, 7.839.439, 4.340.118, respectivamente, actuando en su carácter de Miembros Principales de la Junta Nacional Electoral de la FEDERACIÓN UNITARIA DEL MAGISTERIO DE VENEZUELA (FETRAMAGISTERIO), asistidos por el abogado RAFAEL ANTONIO URBINA VIVAS, inscrito en el Inpreabogabo Bajo el N°.75.134, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 110331-0047 del 31-03-2011 dictada por el Consejo Nacional Electoral y publicada en la Gaceta Electoral Extraordinaria N° 8 del 1/04/2011, mediante la cual resolvió suspender la realización de las fases N°24 y siguientes del Cronograma Electoral de FETRAMAGISTERIO, hasta que se pronuncie sobre los recursos jerárquicos tramitados en los expedientes número CJ-021-11 y CJ-022-11. La Sala declaró PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto. En consecuencia: 1.- NULA la Resolución N° 110331-0047, de fecha 31-03-2011, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral Extraordinaria N° 8 en fecha 1-04-2011, mediante la cual se resolvió suspender la realización de la fase N° 24 y siguientes del cronograma electoral de la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO), hasta que se pronuncie sobre los recursos jerárquicos tramitados ante el máximo órgano electoral, signados con los números CJ-021-11 y CJ-022-11.2.- DESESTIMÓ la petición de que se declare la cosa juzgada administrativa respecto a los recursos que rielan en los expedientes números CJ-021-11 y CJ-022-11, llevados por la Consultoría Jurídica del Consejo Nacional Electoral (C.N.E.). 3.- DESESTIMÓ la solicitud de que se le ordene al Consejo Nacional Electoral (C.N.E.), que establezca un nuevo y definitivo Cronograma Electoral, partiendo de la fase N° 24, referida a la designación de los miembros de las mesas electorales conforme a lo establecido en el artículo 46 de las Normas para la Elección de Autoridades de las Organizaciones Sindicales. Ponente. MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ. Sentencia N° 156.
25.- Expediente N° AA70-E-2011-000040: Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar con Extensión Territorial Puerto Ordaz, remite expediente contentivo de la solicitud de Convocatoria a Elecciones interpuesta por el abogado Argenis Rondón Fermín, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 25.111, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos LUIS MARTÍNEZ, PABLO GALLARDO, EDGAR VILLANUEVA, CHRISTIAN GARCÍA, RANIE FIGUEROA, CESAR YONIS, WILLIAN SIFONTES, JOSÉ GUERRA, WILFREDO PRADO y RONALD ESPINOZA, titulares de las cédula de identidad números 16.616.773, 12.646.824, 11.175.585, 10.997.432, 17.748.267, 14.120.454, 14.222.387, 12.133.379, 14.222.481 y 18.865.245, respectivamente, referido al SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE SECURITY FORCE y P.B.I.P. Oficio N° 2J/269/2011 de fecha 12-05-2011. Remitiendo Expediente N° FP11-S-2011-000004 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 Pieza). (Recibido el 20-05-2011). La Sala declaró INADMISIBLE la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta. Ponente. MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ. Sentencia N° 157.
26.- Expediente N° AA70-E-2011-000085: GUALBERTO MAS Y RUBI, JOSÉ TEOLINDO JIMÉNEZ PALLEROL, INGRID MERCEDES CASTRO ROJAS y MINERVA JOSEFINA ZAMBRANO, titulares de la cédula de identidad números 4.525.247, 2.149.561, 3.157.403 y 4.453.151, respectivamente, asistidos por los abogados Gerardo Ramírez, Gladys Parra y Wilmer Partidas, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 56.672, 34.959 y 39.279, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral con “solicitud de amparo cautelar por vía subsidiaria” contra la Resolución N° 110915-0169 emanada del Consejo Nacional Electoral del 15 de septiembre de 2011, publicada en Gaceta Electoral N° 583 del 05 de octubre de 2011, mediante la cual declaró: 1.- CON LUGAR el recurso jerárquico ejercido por los ciudadanos Oscar Daniel Henríquez, Rafael González y Alfredo Borsegui, contra la Resolución emanada de la Junta Electoral Nacional de la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO) de fecha 23 de febrero de 2011. 2.- NULA: La referida Resolución. 3.- CON LUGAR la impugnación de las postulaciones de los ciudadanos Gualberto Mas y Rubí, Carlos Augusto Pérez, Teolindo Jiménez, Iraima Pérez, Orlando Herrera, Minerva Zambrano, Baudilio Santiago, Rubén Herrera, Ingrid Castro, Henry Medina, Jesús Malave Carvajal, Rubén Rosario, Gerardo Viloria, José Darío Lima, David Rodríguez y Manuel Mota, para participar en la elección de las autoridades de la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO). 4.- INELEGIBLES los referidos ciudadanos para optar a cargos de dirección en referida Federación. 5.- REPONE el proceso electoral de la mencionada Federación a la Fase N° 16. La Sala declaró: PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar. SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral. TERCERO: PROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar formulada por la parte recurrente en la causa. CUARTO: SUSPENDIÓ LOS EFECTOS de la Resolución N° 110915-0169, de fecha 15 de septiembre de 2011, publicada en Gaceta Electoral N° 583 del 05 de octubre de 2011, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral ordenó, entre otras cosas, reponer el proceso electoral de FETRAMAGISTERIO a la fase N° 16 del cronograma electoral. Asimismo, ORDENÓ la paralización del proceso electoral hasta que se emita un pronunciamiento acerca de la legalidad de la Resolución impugnada. Ponente. MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ. Sentencia N° 158.
27.- Expediente N° AA70-E-2011-000082: WILSON RUDAS, titular de la cédula de identidad N° 10.414.309, asistido por el abogado José Manuel Guanipa, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 143.511, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra “la legitimidad de la Comisión Electoral, conformada en fecha 09 de Julio del 2011, para las elecciones del CONSEJO DEL PODER POPULAR DE TRIUNFADORES Y TRIUNFADORAS de la Aldea Universitaria Francisco José Duarte en la Ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, asimismo, contra sus actuaciones u omisiones; contra los Resultados de las Elecciones y contra la legitimidad del CONSEJO DEL PODER POPULAR DE TRIUNFADORES Y TRIUNFADORAS de la Misión Sucre correspondiente de esta Aldea Universitaria, conformada en fecha 16 de Julio de 2011”. La Sala declaró INADMISIBLE el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada. Ponente. MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ. Sentencia N° 159.
28.- Expediente N° AA70-E-2011-000010: TULIO GONZALEZ SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 1.377.939, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.282, actuando en su propio nombre, interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el proceso electoral celebrado por la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Tenis, respecto al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva de la referida Federación, cuyo acto de votación tuvo lugar el 15 de enero de 2011. La Sala declaró SIN LUGAR el recurso contencioso electoral ejercido. Ponente. JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO. Sentencia N° 160.
29.- Expediente N° AA70-E-2011-000098: Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, remite expediente contentivo de recurso contencioso electoral interpuesto por el ciudadano PASTOR CHIRINOS, titular de la cédula de identidad número 2.786.652, asistido por el abogado Manuel Alcides Rodríguez Jiménez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.176, contra las elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Enseñanza del estado Falcón (SINTRAENSEÑANZA-FALCÓN). Oficio N° CSCA-2011-008562 de fecha 15 de noviembre de 2011. Remitiendo Expediente N° AP42-N-1993-014478 (nomenclatura de esa Corte) (1 Pieza Principal). La Sala declaro: PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto. SEGUNDO: DECAIMIENTO en la causa. Ponente. JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO. Sentencia N° 162.
30.- Expediente Nª AA70-E-2011-000099: JOSÉ RAFAEL MOZO, titular de la cédula de identidad N° 6.479.806, asistido por el abogado Gustavo Besson Bellorín, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.908, interpone solicitud de convocatoria a elecciones respecto al Sindicato de Trabajadores de Hospitales y Clínicas del estado Vargas. La Sala declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta. SEGUNDO: A los fines de pronunciarse sobre la admisión de la solicitud de convocatoria, ORDENÓ a la parte accionante corregir la omisión advertida, dentro del lapso de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la correspondiente notificación, advirtiéndose que la falta de cumplimiento a la orden contenida en el fallo dará lugar a la declaratoria de inadmisibilidad de la solicitud, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Ponente. JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO. Sentencia N° 163.
31.- Expediente N° AA70-E-2011-000088: Juzgado Vigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, remite expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el ciudadano NELSON JOSÉ LIENDO ACOSTA, titular de la cédula de identidad N°10.351.922, asistido por el abogado Iván Raúl Galiano, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 78.336, respecto al Sindicato de Trabajadores del Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SINTRAFONACIT). Oficio N° 18987/011 de fecha 24-10-2011. Remitiendo expediente N° AP21-S-2011-001926 (Nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza Principal). La Sala declaró: PRIMERO: ACEPTÓ LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA formulada por el Tribunal Vigésimo Cuarto (24º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas y, en consecuencia, declaró su COMPETENCIA para conocer la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta. SEGUNDO: A los fines de pronunciarse sobre la admisión de la solicitud de convocatoria, ORDENÓ a la parte accionante corregir la omisión advertida, dentro del lapso de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la correspondiente notificación, advirtiéndose que la falta de cumplimiento a la orden contenida en el fallo dará lugar a la declaratoria de inadmisibilidad de la solicitud, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Ponente. JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO. Sentencia N° 164.
32.- Expediente N° AA70-E-2011-000080: Corte Primera de lo Contencioso Administrativo remite expediente contentivo del recurso de nulidad interpuesto por la ciudadana MARÍA LUISA DÍAZ DE SMITTER, titular de la cédula de identidad N° 3.175.278, asistida por el abogado Nelson Rodríguez García, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 13.310, contra el “acto administrativo del Consejo de Apelaciones de la Universidad Central de Venezuela de fecha 12 de diciembre de 1985”, mediante el cual se ordenó excluir del registro electoral de la Escuela de Ingeniería Civil a la referida ciudadana. Oficio N° 2011-5904 de fecha 5 de octubre de 2011. Remitiendo Expediente N° AP42-N-1986-004917 (Nomenclatura de esa Corte) (1 Pieza Principal y 1 Pieza de Expediente Administrativo). La Sala declaró: PRIMERO: ACEPTÓ LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA formulada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. SEGUNDO: DECAIMIENTO del objeto en la causa. Ponente. JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO. Sentencia N° 165.
33.- Expediente N° AA70-E-2010-000042:Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes declina la competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar por el abogado RICARDO JOSÉ HERNÁNDEZ VIELMA, titular de la cédula de identidad N° 12.516.167 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.792, actuando en su propio nombre y asistiendo al ciudadano JOSÉ ALFREDO CHACÓN MENDOZA, titular de la cédula de identidad N° 11.492.412, contra la Comisión Electoral Nacional y Regional (del Estado Táchira) de COPEI, Partido Popular, respecto a la elección de las autoridades de dicho Partido. Oficio N° 503 de fecha 26-03-2010, remitiendo el expediente N° 8031-10 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza). La Sala declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar. SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta. Ponente. JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO. Sentencia N° 166.
La Presidenta,
JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO
La Secretaria,
PATRICIA CORNET GARCÍA
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