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Sala Electoral
  • Fecha: 16 de marzo de 2011





CUENTA Nº  37

 

Despacho del miércoles dieciséis (16) de marzo de 2011. Se abrió la sesión Presidida por la Magistrada Jhannett María Madríz Sotillo, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Malaquías Gil Rodríguez, Magistrado Juan José Núñez Calderón,  Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Oscar Jesús León Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. 

 

SECRETARÍA

 

OFICIO RECIBIDO EN:

 

 

1.- Expediente N° AA70-E-2010-000020: Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui declinó la competencia en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por la abogada María Virginia Valllejo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 87.075, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos LEONARDO JOSÉ YDROGO, ÁLVARO BEJARANO, JOSÉ GREGORIO BARRIOS, ORLANDO DEL VALLE IDROGO, RAMÓN RAFAEL SOLÓRZANO, DANIEL JOSÉ LÓPEZ, DELIO FERNÁNDEZ y JAMES DÍAZ, titulares de la cédula de identidad N° V-14.081.680, V-24.610.185, V-10.996.394, V-4.011.370, V-4.914.875, V-4.508.113, V-8.456.400 y E-81.164.865, respectivamente, referida a la escogencia de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores Profesionales de la Soldadura y sus Similares del Estado Anzoátegui (SINTRAPSOL). Oficio N° 2010-0078 de fecha 18-01-2010, remitiendo el expediente N° BP12-S-2009-003344 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Por recibido el 15-03-2011 Oficio N° 91-11 de fecha 14-02-2011, emanado del Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Anaco de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada por la Sala en fecha 10-08-2010, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

2.- Expediente N° AA70-E-2010-000017: Glen Mirabal Alvarado y Nabor Jesús Lanz Calderón, inscritos en el Inpreabogado bajo los número  59.343 y 79.342, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del  ciudadano BOFIL TORRES, titular de la cédula de identidad N° 4.669.980, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el acto administrativo signado con el N° SCA-DL-7250 proferido por la Superintendencia de Cajas de Ahorro, adscrita al Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas, en fecha 08-01-2010, referida a la  escogencia de las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, cuyo acto de votación se fijó para el día 05-02-2010.

Por recibido  el 15-03-2011 Oficio N° 11-17 de fecha 12-01-2011, emanado del Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del estado Apure, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada por la Sala en fecha 04-11-2010, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

RECONSTITUCIÓN DE LA SALA:

 

3.- Expediente N° AA70-E-2010-000017: Glen Mirabal Alvarado y Nabor Jesús Lanz Calderón, inscritos en el Inpreabogado bajo los número  59.343 y 79.342, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del  ciudadano BOFIL TORRES, titular de la cédula de identidad N° 4.669.980, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el acto administrativo signado con el N° SCA-DL-7250 proferido por la Superintendencia de Cajas de Ahorro, adscrita al Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas, en fecha 08-01-2010, referida a la  escogencia de las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, cuyo acto de votación se fijó para el día 05-02-2010.

Se dejó constancia que el 09-12-2010 se reconstituyó de la Sala Electoral debido a la incorporación de los nuevos Magistrados designados por la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela en Sesión celebrada el 7-12-2010, publicada en Gaceta Oficial N° 39.569 de la República Bolivariana de Venezuela.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

4.- Expediente N° AA70-E-2009-000080: ZULY DEL VALLE MILLÁN  BOADAS, JOSÉ LUIS MORALES, OSWALDO  RAMOS, GUSTAVO SOSA, RAMÓN LA CRUZ, DELVIS JIMÉNEZ  y JULIO CASTILLO, titulares de las cédulas de identidad número 5.887.102, 5.978.031, 6.029.008, 6.001.120, 5.432.802, 20.664.509 y 18.819.237, respectivamente, asistidos por el abogado Pablo Briceño Zabala, titular de la cédula de identidad N° 640.972 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el N° 77.765, quien a su vez actúa en su propio nombre, interponen recurso contencioso de nulidad conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra la Comisión Electoral Central de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador y la Comisión Electoral Institucional del Instituto Pedagógico de Caracas, por omitir al personal administrativo, obreros y profesores instructores en el padrón electoral publicado para el proceso comicial para elegir a la Directiva del referido Instituto Pedagógico y la vacante absoluta de la Dirección del Instituto Pedagógico de Maracay, cuya primera vuelta está fijada para los días 26, 27 y 28 de noviembre de 2009.

 

El ciudadano JOSÉ RAFAEL PALERMO, actuando con el carácter de Presidente de la Comisión Electoral Central de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador, asistido por el abogado Carlos Campos Reina, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 13.827, quien a su vez actúa con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrida, consignaron diligencia mediante la cual solicitaron pronunciamiento en la causa.

 

 

5.- Expediente N° AA70-E-2005-000128: SAÚL CASTELLANO, ENDER MOLINA, ALEXIS BORGES, LUIS BLANCO, WILLIAM SANDOVAL y RAMÓN PALENCIA, titulares de las cédulas de identidad números 3.097.739, 5.049.877, 635.787, 3.249.081, 6.051.238 y 4.252.354, respectivamente, asistidos por el abogado Humberto González, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 19.874, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el proceso electoral celebrado en la Caja de Ahorros del Sector Empleados Públicos del MINFRA, MARN, Jubilados del INOS, INPARQUES, FEA, ICCLAM, FIBV, CONAVI, HIDROVEN y sus filiales, SETRA, IGVSB (CASEP).

 

El ciudadano José Carrero González, asistido por el abogado Héctor Serrada, inscrito en el Inpreabogado bajeo el N° 123.582, consignó diligencia mediante la cual solicitó se libre Oficio especificando el monto exacto en bolívares de la multa impuesta mediante Sentencia Nº  129 de fecha 02-08-2007.

 

 

6.- Expediente N° AA70-E-2010-000099: JOSÉ GREGORIO NOROÑO, titular de la cédula de identidad N° 9.519.116, asistido por la abogada Gladys Barradas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 12.353, interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Resolución N° 101013-0430 del 13-10-2010, publicada en Gaceta Electoral N° 545 del 11-11-2010, dictada por el Consejo Nacional Electoral mediante la cual se declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra las actas de escrutinio de la elección celebrada el 26-09-2010, para elegir a las diputadas y diputados a la Asamblea Nacional por la Circunscripción N° 2 del estado Falcón.

 

El ciudadano José Noroño, titular de la cédula de identidad Nº 9.519.116, asistido por el abogado Alí Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 850, consignó diligencia mediante la cual solicitó "se provea sobre la citación del demandado licenciado JESÚS MONTILLA APONTE…" Asimismo, solicitó dos (02) copias certificadas de "la demanda y su auto de admisión".

 

 

7.- Expediente N° AA70-E-2010-000059: JOSÉ ISIDRO PEÑA SILVERA, ELBA PAREDES YÉSPICA y JESÚS RAMÓN DURAN MAGALLANES, titulares de la cédula de identidad N° 3.806.730, 661.049 y 2.655.872, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 77.472, 3.872 y 33.064, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral contra el Referéndum aprobatorio “PROYECTO DE REFORMA PARCIAL DE LOS ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA”, convocado por la Comisión Electoral de la Asociación de Profesores de la Universidad Central de Venezuela (APUCV), cuyo acto fue realizado  en fecha 12 de mayo de 2010.

 

El ciudadano Alguacil consignó la boleta original y el anexo que la acompaña, dirigida a los ciudadanos José Isidro Peña Silvera, Elba Paredes Yéspica y Jesús Ramón Duran Magallanes parte accionante, por cuanto no se pudo practicar la notificación en el domicilio procesal señalado en autos.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

8.- Expediente N° AA70-E-2011-000011: José  Andrés Rodríguez Galán, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.575, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JULIO CASTILLO SAGARZAZU, EDUARDO ALFREDO PINO SUÁREZ y NOÉ ENOC MUJICA VELIZ, titulares de las Cédula de identidad N° 4.455.155, 7.012.914 y 9.824.200, interpone demanda contencioso electoral mediante la cual pide: 1.- “nulidad de las Actas de Escrutinios, las votaciones y las elecciones impugnadas, así como de los actos de totalización, adjudicación y proclamación de los ciudadanos José Ávila, Saúl Ortega y Asdrúbal Colina, como candidatos a Diputados a la Asamblea Nacional por la Circunscripción 5 del Estado Carabobo”; 2.- “que como consecuencia de las anteriores decisiones (esta) Sala Electoral proceda al examen de los instrumentos de votación que corresponden a las actas de escrutinio impugnadas y declaradas nulas, a los fines de determinar la veracidad de la voluntad del electorado en la mencionada circunscripción”; y 3.- “se ordene la proclamación de los Recurrentes como candidatos a Diputados a la Asamblea Nacional electos por la Circunscripción 5 del Estado Carabobo”.

 

Juzgado de Sustanciación declaró Inadmisible la demanda de nulidad interpuesta. Se ordenó notificar al Consejo Nacional Electoral, así como a la parte demandante. Se libraron  Oficio N° 11-058 y boleta. 

 

 

9.- Expediente N° AA70-E-2010-000086: MARTIRE GERONIMO BETANCOURT PAEZ, titular de la cédula de identidad N° 11.237.312,  asistido por la abogada Raquel Ruth Laya Solorzano, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 129.132, interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos contra la Resolución N° CEP-00309-10 emanada de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro del Personal del Ejecutivo del estado Apure,  contentiva del cronograma electoral para la escogencia de las autoridades de la referida Caja de Ahorros, cuyo acto de votación se  fijó para el día 22 de octubre de 2010.

 

Se otorgó a las partes un lapso de tres (3) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, a  los fines legales previstos en el primer aparte del artículo 90 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS

 

 

10.- Expediente N° AA70-E-2010-000081: Mónica Andrea Rodríguez Flores, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 47.565, Defensora Pública con competencia para actuar  ante la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, actuando en representación del ciudadano BULMARO ELIAS RODRÍGUEZ SOSA, titular de la cédula de identidad N° 3.899.996, interpone demanda contencioso electoral contra la Resolución N° 100623-0194 de fecha 23-06-2010 dictada por el Consejo Nacional Electoral que declaró inadmisible el recurso de impugnación de postulación intentado por el referido ciudadano contra las postulaciones de candidatas y candidatos a la Asamblea Nacional en el proceso convocado para el 26-09-2010.

 

La abogada JULOUANA CLAIRE SOTO PEÑA, inscrita en el Inpreabogado Nº 116.367, actuando con el carácter de apoderada judicial del Consejo Nacional Electoral, consignó escrito de oposición a la pruebas presentadas por el ciudadano Bulmaro Rodríguez, parte demandante.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

11.- Expediente N° AA70-E-2008-000079: Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad número 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Electoral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta Directiva.

 

El abogado JOSÉ SANTIAGO DE LOS RIOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 16.553, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico (IMPRES), presentó diligencia mediante la cual solicitó la devolución del documento que riela a los folios (74) al (91) del expediente.

La Presidenta,

 

 

 

JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO

                                                                

 

                                                                                                                                    La Secretaria,

   

 

 

PATRICIA CORNET GARCÍA

 

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