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CUENTA Nº 67
Despacho del lunes dieciséis (16) de mayo de 2011. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Oscar León Uzcátegui, con la asistencia del Magistrado Juan José Núñez Calderón y el Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.
NUEVO ASUNTO INGRESADO:
1.- Expediente N° AA70-E-2011-000035: Sala Político Administrativa remite expediente contentivo del recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada por el abogado Tulio Sánchez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.282, actuando con el carácter de apoderado judicial de las Asociaciones de Esgrima de los estados Monagas, Barinas, Mérida y Distrito Metropolitano, contra Resolución N° 042/10 de fecha 14 de octubre de 2010 dictada por el Ministerio del Poder Popular para el Deporte, con la cual se interviene a la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Esgrima, mediante la designación de una Junta Conciliadora. Oficio N° 1659 de fecha 12-05-2011. Remitiendo Expediente N° 2010-1191 y (AA40-X-2011-0014 Cuaderno Separado) (nomenclatura de esa Sala). (1 Pieza Principal, 1 Cuaderno Separado y 1 Expediente Administrativo).
Se dio cuenta a la Sala.
ACTUACIONES EN:
2.- Expediente N° AA70-E-2011-000010: TULIO GONZALEZ SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 1.377.939, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.282, actuando en su propio nombre, interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el proceso electoral celebrado por la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Tenis, respecto al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva de la referida Federación, cuyo acto de votación tuvo lugar el 15 de enero de 2011.
Se abrió la causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.
3.- Expediente N° AA70-E-2011-000034: Roberto Bolívar, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.849, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ALFREDO JOSÉ FLORES GONZÁLEZ, KARINA NAZARETH BRICEÑO RATTIA, NEIDA GONZÁLEZ GRATEROL, TERESA EMILIA BECERRA RODRÍGUEZ, DAIRYS CAROLINA ÁLVAREZ PIÑA, GREIDSER LOEGLIS ACEVEDO SOUBLETTE, ODALY MARÍA CENTENO PORTABARRÍA, CARLOS JAVIER VILLASMIL ÁLVAREZ, JOSÉ ALBERTO LEAL BOLÍVAR y GILBERTO DEL VALLE OSORIO, titulares de las cédulas de identidad números 2.520.332, 15.680.169, 13.576.173, 17.272.337, 17.937.053, 16.363.194, 9.883.347, 17.062.927, 18.231.271 y 8.467.151, respectivamente, interpone “RECURSO DE NULIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD contra el artículo 29 de los Estatutos del Colegio de Economistas del Estado Guárico”, y solicitó medida cautelar innominada, a los fines de que se suspendan las elecciones fijadas para el día 04 de junio de 2011.
Se solicitó a la Junta Directiva del Colegio de Economistas del estado Guárico los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Se libró Oficio N° 11-118. Se comisionó al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, San Juan de Los Morros, a los fines de notificar a la Junta Directiva del Colegio de Economistas del estado Guárico. Asimismo, teniendo en cuenta que se interpuso el recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, se designó ponente al Magistrado OSCAR J. LEÓN UZCATEGUI, a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y la solicitud cautelar. Se Libró Oficio N° 11-117 y Despacho.
4.- Expediente N° AA70-E-2010-000043: FREDDY LEIVA, ANTONIO SOUSA, CRISTÓBAL MARRERO, HERNÁN GARCÍA, HÉCTOR SATOQUE, ELÍAS HERRERA y JOSEFINA ARIAS, titulares de la cédula de identidad N° 3.944.602, 6.919.748, 5.139.616, 6.355.604, 10.894.681, 6.298.757 y 7.949.281, respectivamente, asistidos por el abogado SABINO GARBÁN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.933, quien a su vez actúa en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, respecto al proceso electoral para la escogencia de la Junta Directiva del referido Club período 2010-2012, cuyo acto de votación realizado el 21-03-2010.
Por recibido en fecha 13-05-2011 Oficio N° 0206-2011 de fecha 11-05-2011, emanada del Juzgado Primero de Municipio del Municipio Guaicaipuro de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada por la Sala en fecha 05-04-2011, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.
5.-Expediente N° AA70-E-2009-000083: PRISCILIANO ALFONSO RODRÍGUEZ, CASTO GIL RIVERA, WLADIMIR JOSÉ GENER CARABALLO, LUIS FELIPE GENER CASTRO y CARLOS LUIS FUENMAYOR, titulares de las cédulas de identidad número 3.850.984, 582.445, 8.973.422, 1.309.868 y 142.008, respectivamente, asistidos por el abogado MIGUEL GENER MORANTES, titular de la cédula de identidad N° 2.984.567 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 3.477, quien a su vez actúa en nombre propio, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la convocatoria a Asamblea Nacional fijada para el día 21-11-2009, a los fines de elegir a las autoridades del Movimiento Electoral del Pueblo (MEP), Partido Socialista de Venezuela, período 2009-2013.
Vista la Sentencia N° 33 del 11-05-2011, se acordó notificar a la parte recurrente, y la Dirección Nacional del Movimiento Electoral del Pueblo (MEP), así como a la Comisión Electoral Nacional del referido Partido. Se libraron Boleta y Oficios N° 11-119 y 11-120. Asimismo, se acordó librar carteles de conformidad con lo establecido en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los ciudadanos José Espinoza Prieto y Néstor Martínez Piñate (terceros verdaderas partes), con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del referido cartel, se les tendrá por notificados.
DILIGENCIA EN:
6.- Expediente N° AA70-E-2011-000024: Ángel Rafael Morales Moronta y Javiel Carvajal Montiel, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 42.936 y 40.951, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Federación Nacional de Sindicatos Regionales, Sectoriales y Conexos de los Trabajadores de la Salud (FENASIRTRASALUD), interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 100325-0068, emanada del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL el 25-03-2010, publicada en Gaceta Electoral N° 525 del 12-05-2010, que declaró: 1.- Con lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Thony Navas Nieves y Judith Robles, contra la Resolución de fecha 22-05-2009 dictada por la Comisión Electoral Permanente de la referida Federación; 2.- Inelegibles a los ciudadanos Octavio Solórzano, Luis Cedeño, Samuel Dugarte, William Ramírez, Mercedes Torrealba, Norelis Alvarado, Luis Miquelena, Freddy Guerrero, Samuel Ugarte, Santos García, Siomara Carmona, Sonia Gallardo, Damas Aular, Luis Ríos, Marlene Rojas, Elita Peña, Teodoro Dovale, Victor Zambrano, José Ramírez, Hernán Maita, Betty Joa, Jesús Berrios, Jesús Gámez y Douglas Scolar.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 11-111, mediante el cual se notificó a la Fiscalía General de la República, el auto de admisión dictado el 09-05-2011.
7.- Expediente N° AA70-E-2011-000024: Ángel Rafael Morales Moronta y Javiel Carvajal Montiel, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 42.936 y 40.951, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Federación Nacional de Sindicatos Regionales, Sectoriales y Conexos de los Trabajadores de la Salud (FENASIRTRASALUD), interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 100325-0068, emanada del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL el 25-03-2010, publicada en Gaceta Electoral N° 525 del 12-05-2010, que declaró: 1.- Con lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Thony Navas Nieves y Judith Robles, contra la Resolución de fecha 22-05-2009 dictada por la Comisión Electoral Permanente de la referida Federación; 2.- Inelegibles a los ciudadanos Octavio Solórzano, Luis Cedeño, Samuel Dugarte, William Ramírez, Mercedes Torrealba, Norelis Alvarado, Luis Miquelena, Freddy Guerrero, Samuel Ugarte, Santos García, Siomara Carmona, Sonia Gallardo, Damas Aular, Luis Ríos, Marlene Rojas, Elita Peña, Teodoro Dovale, Victor Zambrano, José Ramírez, Hernán Maita, Betty Joa, Jesús Berrios, Jesús Gámez y Douglas Scolar.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 11-112, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral del auto de admisión dictado el 09-05-2011.
8.- Expediente N° AA70-E-2011-000030: MANUEL HURTADO, OLIVO OJEDA y EMILIO BERMÚDEZ, titulares de las cédulas de identidad números 7.661.985, 6.514.135 y 6.295.513, respectivamente, asistidos por el abogado FRANCISCO POLANCO, titular de la cédula de identidad N° 6.879.666 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N°31.748, quien actúa igualmente en nombre propio, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar, en contra “la decisión dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 17/02/2011 y publicada en la Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela N° 563 de fecha 01/04/2011 que declaró inadmisible el Recurso Jerárquico interpuesto en contra del acto electoral, Totalización, Adjudicación y Proclamación de la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario por votos nominales y votos listas del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas (SINTRAMECA)”.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 11-109, mediante el cual se solicitó al Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
9.- Expediente N° AA70-E-2011-000026: PASTORA COROMOTO MEDINA CARRASCO, titular de la cédula de identidad N° 3.535.999, asistida por el abogado José Cabello Granado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 49.032, interpone recurso contencioso electoral contra Resolución N° 110302-0027 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 02-03-2011, publicada en la Gaceta Electoral Extraordinario N° 8 de fecha 01 de Abril de 2011, que declaró sin lugar el recurso jerárquico, interpuesto contra las Actas de Escrutinio correspondiente a la Circunscripción N° 2 del estado Bolívar, en el proceso electoral celebrado el 26 de septiembre de 2010.
La ciudadana PASTORA MEDINA, parte recurrente, asistida por el abogado Francisco Polanco, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 131.748, presentó escrito de "REFORMA DEL RECURSO CONTENCIOSO ELECTORAL DE NULIDAD".
10.- Expediente N° AA70-E-2010-000043: FREDDY LEIVA, ANTONIO SOUSA, CRISTÓBAL MARRERO, HERNÁN GARCÍA, HÉCTOR SATOQUE, ELÍAS HERRERA y JOSEFINA ARIAS, titulares de la cédula de identidad N° 3.944.602, 6.919.748, 5.139.616, 6.355.604, 10.894.681, 6.298.757 y 7.949.281, respectivamente, asistidos por el abogado SABINO GARBÁN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.933, quien a su vez actúa en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, respecto al proceso electoral para la escogencia de la Junta Directiva del referido Club período 2010-2012, cuyo acto de votación realizado el 21-03-2010.
El ciudadano IBRAIM IGLESIAS, actuando con el carácter de Presidente de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, asistido por el abogado Eduardo Herrera, inscrito en el Inpreabogado bajo Nº 37.708, quien a su vez es consultor jurídico y apoderado judicial de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, presentaron escrito mediante el cual solicitaron se acuerde una reparación pecuniaria en la causa.
11.- Expediente N° AA70-E-2009-000035: LUIS BELTRÁN BASTARDO MUÑOZ, titular de la cédula de identidad N° 8.269.189, asistido por el abogado Jesús Rafael Rodríguez Bermúdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.062, interpone recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en la Federación Venezolana de Potencia, para elegir la Junta Directiva y el Consejo de Honor de la referida Federación, período 2009-2013.
El abogado MIGUEL ÁLVAREZ, actuando en su propio nombre y con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Angélica Ramírez, Carlos Acosta y Leonardo Rosillo, presentó escrito mediante el cual expuso aspectos relacionados con la causa, asimismo, solicitó medida cautelar y requirió se proceda a revisar las Sentencias N° 93 y 137 dictadas por la Sala Electoral.
SENTENCIA
12.- Expediente N° AA70-E-2011-000033: Héctor José Medina Martínez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.689, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAMA AURORA LA ROSA DE CAMURRI, BLADIMIR ORTIZ, MARÍA CONSUELO RADDAIZ GATICA, ADELAIDA CRESPO ARMAS, VENEZUELA AZAVACHE, DAVID JAVIER PÁEZ CORDERO, LUCÍA RUÍZ ARZOLA, JUAN CARLOS RIVERO, ADRIANA MARÍA BRAVO FLORES, WILMAN RODRIGO SUÁREZ VAAMONDE, AUGUSTO GRANADO CHIQUÍN, CARLOS ALBERTO SUÁREZ DURÁN, GUILLERMO JOSÉ GUERRERO MARTÍNEZ, PEDRO ANTONIO DELGADO PÉREZ y EDUARDO SAMÁN NAMEL, titulares de las cédula de identidad números 6.148.509, 3.029.502, 15.179.508, 3.625.060, 3.608.692, 17.273.283, 20.413.195, 17.532.484, 7.921.431, 11.689.994, 5.144.012, 10.523.465, 14.199.486, 5.961.020 y 6.431.696, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con medida cautelar innominada contra “Acto Administrativo de Naturaleza Electoral de Efectos Generales contenido en el Boletín Electoral N° 011/2011 dictado por la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela (UCV), (…) al negar la inclusión de los miembros de la Comunidad Universitaria en la condición de profesores instructores, jubilados y contratados, empleados administrativos y obreros al Registro Electoral conformado para la elección de candidatos a Decanos y miembros del Consejo de Apelaciones; así como negar la inclusión en condiciones de participación paritaria de los estudiantes en el mismo proceso electoral”, cuyo acto de votación se fijó para el día 20 de mayo de 2011. La Sala declaró: 1.- COMPETENTE para conocer y decidir el recurso interpuesto por los ciudadanos Irama Aurora La Rosa de Camurri, Bladimir Ortiz, María Consuelo Raddaiz Gatica; en su condición de profesores con escalafón de instructor; Adelaida Crespo Armas y Venezuela Azavache, en su condición de docentes jubiladas; David Javier Páez Cordero, Lucía Ruíz Arzola y Juan Carlos Rivero; en su condición de estudiantes; Adriana María Bravo Flores, Wilman Rodrigo Suarez Vaamonde y Augusto Granado Chiquín; en su condición de empleados administrativos; Carlos Alberto Suarez Duran, Guillermo José Guerrero Martínez y Pedro Antonio Delgado Pérez, en su condición de trabajadores obreros y Eduardo Samán Namel, en su condición de profesor contratado, todos pertenecientes a la comunidad de la Universidad Central de Venezuela (UCV). 2.- ADMITIÓ el recurso. 3.- ACORDÓ la suspensión del proceso electoral para la elección de Decanos y candidatos al Consejo de Apelaciones de la Universidad Central de Venezuela, para el período 2011al 2014; cuyo acto de votación estaba fijado para el día 20-05-2011. Ponente: FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA. Sentencia N° 36.
El Presidente (E),
OSCAR J. LEÓN UZCÁTEGUI
La Secretaria,
PATRICIA CORNET GARCÍA
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