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CUENTA Nº 86
Despacho del jueves dieciséis (16) de junio de 2011. Se abrió la sesión Presidida por la Magistrada Jhannett María Madríz Sotillo, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Malaquías Gil Rodríguez, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Oscar J. León Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.
NUEVO ASUNTO INGRESADO:
1.- Expediente N° AA70-E-2011-000058: Yogry del Valle Castillo Vera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 121.856, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos AXA ROJAS, MAYELA VILCHEZ, DORYS CHIRINOS, ANA FERRER, JAIRO GIRALDO, GUSTAVO LÓPEZ MEDINA, JOSÉ USECHE, AMARELIS ELÍAS VELÁSQUEZ, titulares de la cédula de identidad número 4.524.840, 3.113.852, 9.704.380, 3.277.964, 7.723.313, 9.231.914, 623.000 y 12.949.335, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, respecto al proceso electoral para elegir a los representantes de los profesores al Consejo Universitario de la referida Universidad, cuyo acto de votación se fijó para el día 07-07-2011.
Se dio cuenta a la Sala.
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
2.- Expediente N° AA70-E-2011-000056: ASDRUBAL HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad número 5.484.943, asistido por el abogado Julio César Narváez Safontt, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 44.592, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra la Resolución N° 110512-0074 de fecha 12-05-2011, publicada en Gaceta Electoral N° 569 de fecha 30-05-2011, mediante el cual se declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto por él, contra el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva del Sindicato Nacional de Empleados Públicos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (SINAEPMECD), cuyo acto de votación se efectuó el 26-01-2011.
Se solicitó al Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Se libró Oficio N° 11-200. Teniendo en cuenta que se interpuso el recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar, se designó ponente al Magistrado MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ, a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y la solicitud cautelar.
ACTUACIONES EN:
3.- Expediente N° AA70-E-2009-000035: LUIS BELTRÁN BASTARDO MUÑOZ, titular de la cédula de identidad N° 8.269.189, asistido por el abogado Jesús Rafael Rodríguez Bermúdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.062, interpone recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en la Federación Venezolana de Potencia, para elegir la Junta Directiva y el Consejo de Honor de la referida Federación, período 2009-2013.
Por recibido en fecha 15-06-2011 Oficio N° 614-11 de fecha 26-05-2011, emanado del Juzgado Primero de lo Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada por la Sala en fecha 28-05-2009, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.
4.- Expediente N° AA70-E-2010-000100: PEDRO CASTRO, SYLVIA RONQUILLO y BASILIO CASTRO, titulares de la cédula de identidad N° 6.406.772, 8.992.768 y 6.141.584, respectivamente, actuando con el carácter de Miembros de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la empresa CORPORACIÓN INDUSTRIAL AMERICER C.A. (SINTRA AMERICER), asistidos por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.625, interponen acción mero declarativa a los fines de establecer si el Sindicato de Trabajadores de la Cerámica, Porcelanato, Mármol y Granito, Similares y Conexos del Distrito Capital, Estado Miranda y Estado Vargas (SINTRACPORMARG), ostenta la legitimidad y cualidad para representar los intereses de los trabajadores en la negociación, discusión y suscripción de la Convención Colectiva de Trabajo con la empresa Corporación Industrial Americer, C.A.
Por recibido en fecha 15-06-2011 Oficio N° 2850-00249 de fecha 31-05-2011, emanado del Juzgado del Municipio Urdaneta de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada por la Sala en fecha 29-03-2011, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.
5.- Expediente N° AA70-E-2011-000044: LUISA ARAGORT y JOSÉ ROJAS, titulares de las cédulas de identidad números 5.485.213 y 8.268.053, respectivamente, asistidos por el abogado Pablo Briceño Zabala, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.765, interponen recurso contencioso electoral contra Resolución n° 110331-0056 emanada del Consejo Nacional Electoral el 31 de marzo de 2011, publicada en Gaceta Electoral n° 566 del 10 de mayo de 2011, que declaró: 1.- Con lugar el recurso jerárquico interpuesto por los ciudadanos Neydo Rodríguez y Alexander Villarroel contra los ciudadanos Luisa Aragort y José Rojas, por encontrarse incursos en causal de inelegibilidad. 2.- Inelegibles a los referidos ciudadanos, ordenándose la desincorporación de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Universidad de Oriente (SINTRAUDO). 3.- Vacantes los cargos de Secretario General y Secretaria de Reclamos, Contrataciones y Conflictos de la Junta Directiva del referido sindicato. 4.- Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las referidas vacantes.
Juzgado de Sustanciación admitió el recurso interpuesto. Ordenó notificar al Consejo Nacional Electoral y al Ministerio Público. Se librarón Oficios números 11-201 y 11-202. Igualmente, de conformidad con lo previsto en los artículos 174 del Código de Procedimiento Civil y 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se libraron carteles a la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores Administrativos de la Universidad de Oriente (SINTRAUDO) y a los ciudadanos Neydo Rodríguez y Alexander Villarroel. Finalmente el Juzgado de Sustanciación señaló que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procedería a librar el cartel de emplazamiento a los interesados.
6.- Expediente N° AA70-E-2005-000128: SAÚL CASTELLANO, ENDER MOLINA, ALEXIS BORGES, LUIS BLANCO, WILLIAM SANDOVAL y RAMÓN PALENCIA, titulares de las cédulas de identidad números 3.097.739, 5.049.877, 635.787, 3.249.081, 6.051.238 y 4.252.354, respectivamente, asistidos por el abogado Humberto González, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 19.874, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el proceso electoral celebrado en la Caja de Ahorros del Sector Empleados Públicos del MINFRA, MARN, Jubilados del INOS, INPARQUES, FEA, ICCLAM, FIBV, CONAVI, HIDROVEN y sus filiales, SETRA, IGVSB (CASEP).
Vista la sentencia N° 52 dictada por la Sala Electoral, se acordó notificar a la parte recurrente, a los ciudadanos Efraín Piñerúa, Pedro Colina, Eva Guarate, Juan Ortiz, Alicia Gualdrón, Irving Bermúdez Díaz, Alfredo Carrero y Juan Ramón Mejías, al Consejo Nacional Electoral, a la Superintendencia de Cajas de Ahorro del Ministerio del Poder Popular para las Finanzas, al Ministerio Público y a los ciudadanos Rubén Roca, William Sandoval y María de Lourdes Hernández. Se libraron Boletas y Oficios N° 11-203, 11-204 y 11-205.
7.- Expediente N° AA70-E-2011-000031: Leida Marcela León Molina, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 51.868, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARIBEL DEL VALLE SUÁREZ MANCHA, titular de la cédula de identidad N° 8.716.080, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra Resolución N° 110317-0040 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 17 de marzo de 2011, publicada en Gaceta Electoral N° 563 del 01 de abril de 2011, que declaró primero: CON LUGAR el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Humberto Alí Pernía, contra Resolución N° 2-2010 emanada de la Comisión Electoral del Sindicato Regional de Profesionales Universitario y Técnicos Superiores de la Universidad de Los Andes para los estados Mérida, Táchira y Trujillo (SIPRULA), que declaró sin lugar la impugnación interpuesta contra la postulación de la ciudadana MARIBEL DEL VALLE SUÁREZ MANCHA como candidata al cargo de Secretaria General del referido Sindicato; segundo: INELEGIBLE la referida ciudadana; tercero: Vacante el cargo de Secretaria (o) Secretario General del mencionado Sindicato, período 2010-2013; y cuarto: Se instó a la Comisión Electoral a los fines de realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir el cargo vacante, así como elaborar el Cronograma Electoral bajo la supervisión y orientación de la Dirección General de Asuntos Sindicales y Gremiales del Consejo Nacional Electoral.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala Cartel librado a la Comisión Electoral del Sindicato Regional de Profesionales Universitarios y Técnicos Superiores de la Universidad de Los Andes para los estados Mérida, Táchira y Trujillo (SIPRULA), de conformidad con lo previsto los artículos 174 del Código de Procedimiento Civil y 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual se les notifica de la Sentencia dictada en fecha 02-06-2011.
8.- Expediente N° AA70-E-2011-000031: Leida Marcela León Molina, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 51.868, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARIBEL DEL VALLE SUÁREZ MANCHA, titular de la cédula de identidad N° 8.716.080, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra Resolución N° 110317-0040 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 17 de marzo de 2011, publicada en Gaceta Electoral N° 563 del 01 de abril de 2011, que declaró primero: CON LUGAR el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Humberto Alí Pernía, contra Resolución N° 2-2010 emanada de la Comisión Electoral del Sindicato Regional de Profesionales Universitario y Técnicos Superiores de la Universidad de Los Andes para los estados Mérida, Táchira y Trujillo (SIPRULA), que declaró sin lugar la impugnación interpuesta contra la postulación de la ciudadana MARIBEL DEL VALLE SUÁREZ MANCHA como candidata al cargo de Secretaria General del referido Sindicato; segundo: INELEGIBLE la referida ciudadana; tercero: Vacante el cargo de Secretaria (o) Secretario General del mencionado Sindicato, período 2010-2013; y cuarto: Se instó a la Comisión Electoral a los fines de realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir el cargo vacante, así como elaborar el Cronograma Electoral bajo la supervisión y orientación de la Dirección General de Asuntos Sindicales y Gremiales del Consejo Nacional Electoral.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala Cartel librado al ciudadano HUMBERTO ALÍ PERNÍA, de conformidad con lo previsto los artículos 174 del Código de Procedimiento Civil y 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual se le notifica de la Sentencia dictada en fecha 02-06-2011.
9.- Expediente Nº AA70-E-2003-000092: GERSON OVALLES CARDENAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.313, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra la conducta de la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Estado Táchira de no convocar a elecciones en el referido Colegio profesional para elegir a los nuevos miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y demás autoridades.
Se dejó constancia que retiró de la cartelera de la Sala Cartel librado a la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Táchira, mediante el cual se les notificó de la Sentencia dictada en fecha 11-05-2011.
DILIGENCIA EN:
10.- Expediente N° AA70-E-2011-000036: Pablo Briceño Zabala, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.765, actuando con el carácter de apoderado judicial de EDUARDO ENRIQUE MARTÍNEZ GUILLEN, JOSÉ LEONIDES HERNÁNDEZ PAZ, LILIDO NELSON RAMÍREZ IGLESIA y EDUARDO JOSÉ ZULETA ROSARIO, titulares de las cédula de identidad números 9.397.494, 11.318.905, 2.736.653 y 3.212.954, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra las decisiones adoptadas por la Comisión Electoral de la Universidad de Los Andes, al omitir en la publicación del padrón electoral a los profesores instructores y jubilados en el proceso electoral para la escogencia de los Representantes de los Profesores ante los Consejos de Facultad, Consejos de Núcleos, Consejos de Escuelas y Consejo Universitario, cuyo acto de votación se fijó para el día 25 de mayo de 2011.
El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta, librada a la Comisión Electoral de la Universidad de Los Andes mediante la cual se le notifica, la Sentencia Nº 38 dictada el 24-05-2011.
11.- Expediente N° AA70-E-2011-000036: Pablo Briceño Zabala, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.765, actuando con el carácter de apoderado judicial de EDUARDO ENRIQUE MARTÍNEZ GUILLEN, JOSÉ LEONIDES HERNÁNDEZ PAZ, LILIDO NELSON RAMÍREZ IGLESIA y EDUARDO JOSÉ ZULETA ROSARIO, titulares de las cédula de identidad números 9.397.494, 11.318.905, 2.736.653 y 3.212.954, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra las decisiones adoptadas por la Comisión Electoral de la Universidad de Los Andes, al omitir en la publicación del padrón electoral a los profesores instructores y jubilados en el proceso electoral para la escogencia de los Representantes de los Profesores ante los Consejos de Facultad, Consejos de Núcleos, Consejos de Escuelas y Consejo Universitario, cuyo acto de votación se fijó para el día 25 de mayo de 2011.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 11-140, mediante la cual se notificó a la Fiscal General de la República, la Sentencia Nº 38 dictada el 24-05-2011.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
DESIGNACION DE PONENTE EN:
12.- Expediente N° AA70-E-2011-000057: LUIS JOSÉ NÚÑEZ, titular de la cédula de identidad N° 8.778.114 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 110.381, actuando en nombre propio, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros y Previsión Social del Poder Popular para la Infraestructura (CAPREMINFRA), respecto a la elección de la Junta Directiva de la referida Caja de Ahorros, período 2011-2014 celebradas el 25-05-2011.
Se designó ponente al Magistrado FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, a los fines de que se pronuncie sobre la admisión de la acción de amparo.
AUDIENCIA CONSTITUCIONAL EN:
13.- Expediente N° AA70-E-2011-000041: MANUEL ERNESTO COLMENARES MENDOZA, titular de la cédula de identidad N° 5.763.189, asistido por el abogado Felipe Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 99.340, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros y Previsión Social del Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura (CAPREMINFRA), respecto al proceso electoral para la escogencia de la Directiva de la referida Caja, cuyo acto de votación se fijó para el día 25-05-2011.
Se fijó el día martes 28-06-2011, a las nueve y treinta de la mañana (9:30 a.m.), a los fines que tenga lugar la audiencia oral y pública, oportunidad en la cual podrán exponen sus alegatos y defensas, se designó ponente al Magistrado FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA.
DILIGENCIA EN:
14.- Expediente N° AA70-E-2011-000041: MANUEL ERNESTO COLMENARES MENDOZA, titular de la cédula de identidad N° 5.763.189, asistido por el abogado Felipe Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 99.340, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros y Previsión Social del Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura (CAPREMINFRA), respecto al proceso electoral para la escogencia de la Directiva de la referida Caja, cuyo acto de votación se fijó para el día 25-05-2011.
El ciudadano Alguacil consignó la boleta original, librada a la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros y Previsión Social de los Trabajadores del Ministerio de Infraestructura (CAPREMINFRA), mediante la cual se notificó la Sentencia Nº 40 dictada el 24-05-2011.
15.- Expediente N° AA70-E-2011-000041: MANUEL ERNESTO COLMENARES MENDOZA, titular de la cédula de identidad N° 5.763.189, asistido por el abogado Felipe Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 99.340, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros y Previsión Social del Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura (CAPREMINFRA), respecto al proceso electoral para la escogencia de la Directiva de la referida Caja, cuyo acto de votación se fijó para el día 25-05-2011.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 11-138, mediante el cual se notificó a la Fiscalía General de la República la Sentencia Nº 40 dictada el 24-05-2011.
16.- Expediente N° AA70-E-2011-000027: JOSÉ MANUEL GUANIPA, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 143.511, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Luis Porfirio Cuevas Paredes, Felipe Simón Pacheco Herrera, Rafael Roberto Vital Colina y Rebeca María Reverón Guevara, titulares de las cédula de identidad números 7.220.788, 9.649.921, 4.555.165 y 5.276.167, interpone acción de amparo constitucional, contra la Junta Directiva Nacional del Colegio de Ingenieros de Venezuela, presidida por el Ingeniero Enzo Rafael Betancourt Mejías, a los fines de que se ordene la convocatoria a la elección de una Comisión Electoral “para renovar las autoridades de las Juntas Directivas Nacional y Regionales” del referido Colegio.
El abogado José Manuel Guanipa, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 143.511, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte accionante, consignó diligencia mediante la cual se dio por notificado de la Sentencia N° 55 de fecha 02-06-2011.
La Presidenta,
JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO
La Secretaria,
PATRICIA CORNET GARCÍA
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