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Sala Electoral
  • Fecha: 26 de abril de 2011





CUENTA Nº  56

 

Despacho del martes veintiséis (26) de abril de 2011. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Malaquías Gil Rodríguez, con la asistencia del magistrado Vicepresidente Oscar Jesús León Uzcátegui,  Magistrado Juan José Núñez Calderón y  Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. 

 

SECRETARÍA

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente N° AA70-E-2011-000026: PASTORA COROMOTO MEDINA CARRASCO, titular de la cédula de identidad N° 3.535.999, asistida por el abogado José Cabello Granado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 49.032, interpone recurso contencioso electoral contra Resolución N° 110302-0027 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 02-03-2011,  publicada en la Gaceta Electoral Extraordinario N° 8 de fecha 01 de Abril de 2011, que declaró sin lugar el recurso jerárquico, interpuesto contra las Actas de Escrutinio correspondiente a la Circunscripción N° 2 del estado Bolívar, en el proceso electoral celebrado el 26 de septiembre de 2010.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE:

 

 

2.- Expediente N° AA70-E-2011-000025: Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital remite expediente contentivo de la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con medidas cautelares por  el abogado Pedro Antonio Valera, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 70.096, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ HIDALGO, titular de la cédula de identidad N° 5.405.803, contra “el acto administrativo de fecha tres (03) de agosto del año 2009”, referido a la elección celebrada en la Caja de Ahorro del Instituto Nacional de Nutrición (CATINN). Oficio N° TSSCA-0526-2011 de fecha 12-04-2011. Remitiendo Expediente N°  2949-11 (nomenclatura de ese Tribunal). (1 Pieza).

 

Se designó ponente al Magistrado MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

3.- Expediente N° AA70-E-2010-000059: JOSÉ ISIDRO PEÑA SILVERA, ELBA PAREDES YÉSPICA y JESÚS RAMÓN DURAN MAGALLANES, titulares de la cédula de identidad N° 3.806.730, 661.049 y 2.655.872, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 77.472, 3.872 y 33.064, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral contra el Referéndum aprobatorio “PROYECTO DE REFORMA PARCIAL DE LOS ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA”, convocado por la Comisión Electoral de la Asociación de Profesores de la Universidad Central de Venezuela (APUCV), cuyo acto fue realizado  en fecha 12 de mayo de 2010.

 

Visto que constan en autos las notificaciones de la Sentencia N° 5 del 23 de febrero de 2011, se designó ponente al Magistrado OSCAR JESÚS LEÓN UZCÁTEGUI, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

4.- Expediente N° AA70-E-2011-000026: PASTORA COROMOTO MEDINA CARRASCO, titular de la cédula de identidad N° 3.535.999, asistida por el abogado José Cabello Granado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 49.032, interpone recurso contencioso electoral contra Resolución N° 110302-0027 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 02-03-2011,  publicada en la Gaceta Electoral Extraordinario N° 8 de fecha 01 de Abril de 2011, que declaró sin lugar el recurso jerárquico, interpuesto contra las Actas de Escrutinio correspondiente a la Circunscripción N° 2 del estado Bolívar, en el proceso electoral celebrado el 26 de septiembre de 2010.

 

El abogado Gerardo Alí Poveda, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.462, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual consignó poder que acredita su representación.

 

 

5.- Expediente N° AA70-E-2011-000026: PASTORA COROMOTO MEDINA CARRASCO, titular de la cédula de identidad N° 3.535.999, asistida por el abogado José Cabello Granado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 49.032, interpone recurso contencioso electoral contra Resolución N° 110302-0027 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 02-03-2011,  publicada en la Gaceta Electoral Extraordinario N° 8 de fecha 01 de Abril de 2011, que declaró sin lugar el recurso jerárquico, interpuesto contra las Actas de Escrutinio correspondiente a la Circunscripción N° 2 del estado Bolívar, en el proceso electoral celebrado el 26 de septiembre de 2010.

 

El abogado Gerardo Alí Poveda, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.462, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual consignó recaudo relacionado con la causa.

 

 

6.- Expediente N° AA70-E-2011-000026: PASTORA COROMOTO MEDINA CARRASCO, titular de la cédula de identidad N° 3.535.999, asistida por el abogado José Cabello Granado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 49.032, interpone recurso contencioso electoral contra Resolución N° 110302-0027 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 02-03-2011,  publicada en la Gaceta Electoral Extraordinario N° 8 de fecha 01 de Abril de 2011, que declaró sin lugar el recurso jerárquico, interpuesto contra las Actas de Escrutinio correspondiente a la Circunscripción N° 2 del estado Bolívar, en el proceso electoral celebrado el 26 de septiembre de 2010.

 

El abogado Gerardo Alí Poveda, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.462, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual fijó domicilio procesal en la causa.

 

 

7.- Expediente N° AA70-E-2011-000011: José  Andrés Rodríguez Galán, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.575, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JULIO CASTILLO SAGARZAZU, EDUARDO ALFREDO PINO SUÁREZ y NOÉ ENOC MUJICA VELIZ, titulares de las Cédula de identidad N° 4.455.155, 7.012.914 y 9.824.200, interpone demanda contencioso electoral mediante la cual pide: 1.- “nulidad de las Actas de Escrutinios, las votaciones y las elecciones impugnadas, así como de los actos de totalización, adjudicación y proclamación de los ciudadanos José Ávila, Saúl Ortega y Asdrúbal Colina, como candidatos a Diputados a la Asamblea Nacional por la Circunscripción 5 del Estado Carabobo”; 2.- “que como consecuencia de las anteriores decisiones (esta) Sala Electoral proceda al examen de los instrumentos de votación que corresponden a las actas de escrutinio impugnadas y declaradas nulas, a los fines de determinar la veracidad de la voluntad del electorado en la mencionada circunscripción”; y 3.- “se ordene la proclamación de los Recurrentes como candidatos a Diputados a la Asamblea Nacional electos por la Circunscripción 5 del Estado Carabobo”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 11-094, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral la Sentencia Nº 19 dictada el 06-04-2011.

 

 

8.- Expediente N° AA70-E-2011-000011: José  Andrés Rodríguez Galán, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.575, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JULIO CASTILLO SAGARZAZU, EDUARDO ALFREDO PINO SUÁREZ y NOÉ ENOC MUJICA VELIZ, titulares de las Cédula de identidad N° 4.455.155, 7.012.914 y 9.824.200, interpone demanda contencioso electoral mediante la cual pide: 1.- “nulidad de las Actas de Escrutinios, las votaciones y las elecciones impugnadas, así como de los actos de totalización, adjudicación y proclamación de los ciudadanos José Ávila, Saúl Ortega y Asdrúbal Colina, como candidatos a Diputados a la Asamblea Nacional por la Circunscripción 5 del Estado Carabobo”; 2.- “que como consecuencia de las anteriores decisiones (esta) Sala Electoral proceda al examen de los instrumentos de votación que corresponden a las actas de escrutinio impugnadas y declaradas nulas, a los fines de determinar la veracidad de la voluntad del electorado en la mencionada circunscripción”; y 3.- “se ordene la proclamación de los Recurrentes como candidatos a Diputados a la Asamblea Nacional electos por la Circunscripción 5 del Estado Carabobo”.

 

El ciudadano Alguacil consignó la boleta original, mediante la cual se notificó a los ciudadanos Julio Castillo Sagarzazu, Eduardo Alfredo Pino Suárez y Noé Enoc Mújica Veliz, la Sentencia Nº 19 dictada el 06-04-2011.

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

9.- Expediente N° AA70-E-2010-000030: Fidel Gutiérrez,  inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.649, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos OSCAR RONDON, ÁNGEL ARTEAGA, JORGE FIGUERA y NÉSTOR FIGUERA, titulares de la cédula de identidad N° 8.301.852, 10.287.584, 5.191.249 y 8.303.527, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 100119-002 emanada del Consejo Nacional Electoral el 19-01-2010 publicada en Gaceta Electoral N° 517 de fecha 04-03-2010 mediante la cual se declaró: 1.- sin lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos OSCAR RONDÓN, ÁNGEL ARETAGA, JORGE FIGUERA, NÉSTOR FIGUERA e IFRAÍN RUIZ, miembros de la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores del Cemento y sus similares del Estado Anzoátegui (SINTRACEA) contra la decisión emitida por la Comisión Electoral del referido Sindicato el 02-04-2009; y 2.- inelegibles a los prenombrados ciudadanos.

 

Por recibido en fecha  25-04-2011 Oficio N°  236-2011 de fecha  08-04-2011, emanado del Juzgado Primero del Municipio Juan Antonio Sotillo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada por la Sala en fecha 10-03-2011, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

10.- Expediente N° AA70-E-2009-000057: CARLOS EDUARDO ZAPATA AGUILERA, titular de la cédula de identidad N° 4.282.812, actuando con el carácter de jubilado de la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela C.A.N.T.V., asistido por el abogado Oslan Rafael Petit, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 60.463, interpone acción mero declarativa referida su condición de miembro del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de la Industria de las Telecomunicaciones, Similares, Afines y Conexos del Distrito Capital (S.T.T.I.T.).

 

El abogado OSLAN PETIT, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 60.463, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte accionante, consignó escrito de pruebas en la causa. 

 

 

11.- Expediente N° AA70-E-2011-000004: MARINO RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad N° 5.416.967, asistido por el abogado Rafael Jacques Indriago Salazar, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 93.571, interpone demanda contencioso electoral contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil “Club Oricao”, respecto a la elección de la Junta Directiva, Comisarios y Tribunal Disciplinario celebrada el 11 de diciembre de 2010 en la referida Asociación.

 

El ciudadano ALEXIS CAPRILES, titular de la cédula de identidad Nº 3.243.606, actuando con el carácter de Presidente de la ASOCIACIÓN CIVIL CLUB TÁCHIRA, asistido por el abogado Hugo Domínguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 13.236, presentó escrito mediante el cual consignó recaudos.

 

 

12.- Expediente N° AA70-E-2011-000018: ALBERTO ARMANDO SALIH, titular de la cédula de identidad N° 10.050.556, asistido por el abogado José Ramón Panza Ostos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.449, interpone recurso contencioso electoral contra Resolución N° 036/2010 dictada en fecha 13 de septiembre de 2010 por el Ministerio del Poder Popular para el Deporte, en la cual se declaró “SIN LUGAR, el RECURSO JERÁRQUICO interpuesto por el ciudadano ALBERTO SALIH MEDINA, (…) contra la decisión contenida en el acto administrativo N° 052/2010, de fecha 20 de abril de 2010, emanada del Directorio del Instituto Nacional de Deportes, donde se decidió declarar Sin Lugar el Recurso de Reconsideración interpuesto por el prenombrado ciudadano, motivado a su desacuerdo con la Providencia Administrativa N° 183/2009, de fecha 18 de noviembre de 2009, que declaró sin lugar las solicitudes de reconocimiento de los miembros que integrarían la Junta Directiva y el Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Fisicoculturismo y Fitness”. (Recurso que fue presentada ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, de conformidad con lo previsto “en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia”). (Remitido mediante Oficio N° 83 de fecha 18 de marzo de 2011, constante de (09) folios, una (1) copia simple de la solicitud y siete (7) anexos).

 

El abogado Antonio Fermín García, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 33.561, actuando con el carácter de apoderado judicial del Ministerio del Poder Popular para el Deporte, consignó escrito mediante el cual solicitó se declare la caducidad del recurso.

 

El Presidente (E),

 

 

 

MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ

 

 

 

                                                                                  La Secretaria,

   

 

 

 

PATRICIA CORNET GARCÍA

 

 

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