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CUENTA Nº 74
Despacho del jueves veintiséis (26) de mayo de 2011. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Malaquías Gil Rodríguez, con la asistencia del Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Oscar León Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.
NUEVO ASUNTO INGRESADO:
1.- Expediente N° AA70-E-2011-000043: PAUL ECHENIQUE PAZ, titular de la Cédula de Identidad número 3.507.617, asistido por el abogado Julio César Molina Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 13.566, interpone recurso contencioso electoral contra Resolución N° 1103170035 dictada por el Consejo Nacional Electoral de fecha 17 de marzo de 2011 publicada en Gaceta Electoral N° 565 de fecha 02 de mayo de 2011, mediante la cual declaró ¡la inadmisibilidad del recurso interpuesto por extemporáneo”, respecto a la elección de la Comisión Electoral del Colegio de Médicos Veterinarios del estado Zulia.
Se dio cuenta a la Sala.
ACTUACIONES EN:
2.- Expediente N° AA70-E-2011-000037: JANITIS DEL CARMEN AROCHA MANZO y CAMELIA GARCÍA SALA, titulares de las cédulas de identidad números 7.079.917 y 9.438.792, respectivamente, asistidas por el abogado Pablo Briceño Zabala, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.765, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la decisión adoptada por la Comisión Electoral Universitaria de la Universidad de Carabobo, al omitir en la publicación del Registro Electoral a los profesores instructores y jubilados en las elecciones de los Representantes de los Profesores ante el Consejo Universitario de la referida Casa de Estudios, cuyo acto de votación se fijó para el día 25 de mayo de 2011. (Acumulado con Expediente N° AA70-E-2011-000038, interpuesto por los ciudadanos AURA JOSEFINA HENRIQUEZ, BLANCA JOSEFINA SÁNCHEZ BLASCO, MADELEN PIÑA RODRÍGUEZ, MIGUEL ÁNGEL PINEDA, MIGUEL ANDRES TELLECHEA Y JOALFRE JOSÉ PERAZA, titulares de las cédula de identidad números: 2.522.310, 2.556.751, 7.013.528, 3.920.442, 11.716.206 y 11.812.808, respectivamente, asistidos por el abogado Antonio José Meneses Díaz, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.181).
Se agregó el Expediente N° AA70-E-2011-000038 a la causa, en cumplimiento a la acumulación de oficio ordenada por la Sala Electoral en Sentencia N° 39 del 24-05-2011.
3.- Expediente N° AA70-E-2011-000006: JESÚS MIGUEL SÁNCHEZ OLIVEROS, titular de la cédula de identidad N° 7.202.315, candidato a Alcalde del municipio Miranda del estado Carabobo, asistido por los abogados Jesús Rangel Rachadell y Argenis Flores, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 26.906 y 16.122, respectivamente, interpone demanda contencioso electoral contra la elección para escoger al Alcalde o Alcaldesa del municipio Miranda del estado Carabobo, celebrada en fecha 05 de diciembre de 2010.
Se dejó constancia que se agregó al expediente, CD contentivo de los informes orales celebrados en esta misma fecha.
4.- Expediente Nº AA70-E-2003-000092: GERSON OVALLES CARDENAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.313, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra la conducta de la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Estado Táchira de no convocar a elecciones en el referido Colegio profesional para elegir a los nuevos miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y demás autoridades.
Vista la Sentencia N° 29 del 11-05-2011, se acordó librar boletas a la Junta Directiva del Colegio de Abogados del estado Táchira y al ciudadano GERSON OVALLES CÁRDENAS, mediante las cuales se les notifique la aludida decisión. Se libraron boletas. Asimismo, se acordó comisionar al Juzgado de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira (Distribuidor) a los fines de notificar a la Junta Directiva del Colegio de Abogados del estado Táchira y al recurrente. Se libraron Oficio N° 11-145 y Despacho. Igualmente, de conformidad con lo previsto en los artículos 174 del Código de Procedimiento Civil y 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia se acordó librar cartel a la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del estado Táchira, a los fines de notificarle el fallo, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado. Se libró Cartel.
INFORMES ORALES EN:
5.- Expediente N° AA70-E-2011-000006: JESÚS MIGUEL SÁNCHEZ OLIVEROS, titular de la cédula de identidad N° 7.202.315, candidato a Alcalde del municipio Miranda del estado Carabobo, asistido por los abogados Jesús Rangel Rachadell y Argenis Flores, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 26.906 y 16.122, respectivamente, interpone demanda contencioso electoral contra la elección para escoger al Alcalde o Alcaldesa del municipio Miranda del estado Carabobo, celebrada en fecha 05 de diciembre de 2010.
Abierto el acto, se dejó constancia de la asistencia del abogado Jesús Rangel Rachadell, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JESÚS MIGUEL SÁNCHEZ OLIVEROS, parte recurrente. Asimismo, se dejó constancia de la asistencia de los abogados Julouana Soto Peña y Miguel Ángel Méndez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 116.367 y 67.909, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, parte demandada. Del mismo modo, se dejó constancia de la asistencia de la abogada Eira Torres, Inpreabogado N° 39.288, Fiscal Provisoria de la Fiscalía Primera del Ministerio Público, designada para actuar ante esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. Seguidamente, el Presidente Encargado de la Sala comunicó a las partes, del tiempo que disponían para efectuar sus intervenciones, concediéndoles el derecho de palabra, tras lo cual expusieron sus informes orales. Culminadas las exposiciones, se ordenó agregar a los autos el CD contentivo del acto de informes orales.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
6.- Expediente N° AA70-E-2011-000006: JESÚS MIGUEL SÁNCHEZ OLIVEROS, titular de la cédula de identidad N° 7.202.315, candidato a Alcalde del municipio Miranda del estado Carabobo, asistido por los abogados Jesús Rangel Rachadell y Argenis Flores, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 26.906 y 16.122, respectivamente, interpone demanda contencioso electoral contra la elección para escoger al Alcalde o Alcaldesa del municipio Miranda del estado Carabobo, celebrada en fecha 05 de diciembre de 2010.
Los abogados JULOUANA SOTO y MIGUEL MENDEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 116.367 y 67.909, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del Consejo Nacional Electoral, presentaron escrito mediante el cual consignaron CD y solicitaron se declare sin lugar la demanda.
7.- Expediente N° AA70-E-2011-000006: JESÚS MIGUEL SÁNCHEZ OLIVEROS, titular de la cédula de identidad N° 7.202.315, candidato a Alcalde del municipio Miranda del estado Carabobo, asistido por los abogados Jesús Rangel Rachadell y Argenis Flores, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 26.906 y 16.122, respectivamente, interpone demanda contencioso electoral contra la elección para escoger al Alcalde o Alcaldesa del municipio Miranda del estado Carabobo, celebrada en fecha 05 de diciembre de 2010.
El abogado JESÚS RANGEL RACHADELL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.906, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, consignó escrito de informes. (acompañó anexos).
8.- Expediente N° AA70-E-2011-000006: JESÚS MIGUEL SÁNCHEZ OLIVEROS, titular de la cédula de identidad N° 7.202.315, candidato a Alcalde del municipio Miranda del estado Carabobo, asistido por los abogados Jesús Rangel Rachadell y Argenis Flores, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 26.906 y 16.122, respectivamente, interpone demanda contencioso electoral contra la elección para escoger al Alcalde o Alcaldesa del municipio Miranda del estado Carabobo, celebrada en fecha 05 de diciembre de 2010.
La abogada EIRA MARÍA TORRES CASTRO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 39.288, actuando con el carácter de Fiscal Provisorio de la Fiscalía Primera del Ministerio Público, consignó escrito de informes.
DILIGENCIA EN:
9.- Expediente N° AA70-E-2011-000006: JESÚS MIGUEL SÁNCHEZ OLIVEROS, titular de la cédula de identidad N° 7.202.315, candidato a Alcalde del municipio Miranda del estado Carabobo, asistido por los abogados Jesús Rangel Rachadell y Argenis Flores, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 26.906 y 16.122, respectivamente, interpone demanda contencioso electoral contra la elección para escoger al Alcalde o Alcaldesa del municipio Miranda del estado Carabobo, celebrada en fecha 05 de diciembre de 2010.
El abogado JESÚS RANGEL RACHADELL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 26.906, consignó diligencia mediante la cual expuso: "El día de hoy se consignó un escrito y la última página no corresponde al mismo, por los que solicito que no sea parte integrante del mismo.
SENTENCIA
10.- Expediente N° AA70-E-2011-000042: Sergio Marcano Ojeda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 103.066, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ANTONIO CICERO, LEDY BALZAN DE PORTILLO, LUIS BARRIOS MANUCCI, GUSTAVO GARCIA, SANTO DI DOMENICO, DOMENICA DE SALVO, CAROLINA DEL VALLE QUINTERO, LUIS VALBUENA, EDIXON SÁNCHEZ, VICENZO TESTINO SISTO, EDGAR PORTILLO, EMILIO BREGLIA, FRANCO ROVERSI, HUMBERTO BOJANA y SEBASTIANO VASILE, titulares de la cédula de identidad números 11.298.749, 4.992.502, 5.843.044, 5.840.653, 282.439, 7.797.774, 7.888.293, 4.155.773, 4.533.462, 7.961.008, 13.372.331, 7.816.701, 5.061.973, 4.529.826 y 8.318.181, respectivamente, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra “las actuaciones o actos desarrollados el ciudadano PAOLO DI TURO, subrogándose la presidencia del Comité Electoral de la Asociación Civil (Club) CASA D´ITALIA DE MARACAIBO, en ocasión del proceso comicial celebrado los días 8 y 9 de abril de 2001, para la elección de los integrantes de la Junta Directiva y Suplente, Comisario Principal y suplente, Comité Disciplinario y suplente” (sic). La Sala declaró: 1.- Su COMPETENCIA para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada. 2.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional. Ponente MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ. Sentencia N° 41.
El Presidente (E),
MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
La Secretaria,
PATRICIA CORNET GARCÍA
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