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CUENTA Nº 105
Despacho del martes (26) de julio de 2011. Se abrió la sesión Presidida por la Magistrada Jhannett María Madríz Sotillo, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Malaquías Gil Rodríguez, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Oscar J. León Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.
ACTUACIONES EN:
1.- Expediente N° AA70-E-2011-000026: PASTORA COROMOTO MEDINA CARRASCO, titular de la cédula de identidad N° 3.535.999, asistida por el abogado José Cabello Granado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 49.032, interpone recurso contencioso electoral contra Resolución N° 110302-0027 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 02-03-2011, publicada en la Gaceta Electoral Extraordinario N° 8 de fecha 01 de Abril de 2011, que declaró sin lugar el recurso jerárquico, interpuesto contra las Actas de Escrutinio correspondiente a la Circunscripción N° 2 del estado Bolívar, en el proceso electoral celebrado el 26 de septiembre de 2010.
Vencido como se encuentra el lapso de evacuación de pruebas y siendo la oportunidad legal para designar ponente y fijar el acto de informes orales de conformidad con lo establecido en el artículo 191 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, y atendiendo a la apelación ejercida por la ciudadana PASTORA COROMOTO MEDINA CARRRASCO, parte recurrente, contra auto de fecha 06-07- 2011 se difirió la oportunidad para designar ponente y fijar los informes orales, hasta tanto la Sala Electoral se pronuncie respecto a la apelación ejercida.
2.- Expediente N° AA70-E-2011-000018: ALBERTO ARMANDO SALIH, titular de la cédula de identidad N° 10.050.556, asistido por el abogado José Ramón Panza Ostos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.449, interpone recurso contencioso electoral contra Resolución N° 036/2010 dictada en fecha 13 de septiembre de 2010 por el Ministerio del Poder Popular para el Deporte, en la cual se declaró “SIN LUGAR, el RECURSO JERÁRQUICO interpuesto por el ciudadano ALBERTO SALIH MEDINA, (…) contra la decisión contenida en el acto administrativo N° 052/2010, de fecha 20 de abril de 2010, emanada del Directorio del Instituto Nacional de Deportes, donde se decidió declarar Sin Lugar el Recurso de Reconsideración interpuesto por el prenombrado ciudadano, motivado a su desacuerdo con la Providencia Administrativa N° 183/2009, de fecha 18 de noviembre de 2009, que declaró sin lugar las solicitudes de reconocimiento de los miembros que integrarían la Junta Directiva y el Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Fisicoculturismo y Fitness”. (Recurso que fue presentada ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, de conformidad con lo previsto “en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia”). (Remitido mediante Oficio N° 83 de fecha 18 de marzo de 2011, constante de (09) folios, una (1) copia simple de la solicitud y siete (7) anexos).
Se abrió la causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.
3.- Expediente N° AA70-E-2010-000097: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declina la competencia en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por el ciudadano JULIO ALEXANDER GARCÍA CASTILLO, titular de la cédula de identidad N° 14.462.138, asistido por la abogada Enilda Sánchez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 50.351, contra “el Acto emanado de la Comisión Electoral Nacional de la Federación de Colegios de Profesionales de la Enfermería de la República Bolivariana de Venezuela (…) contenido en el Oficio N° 000179/2010, de fecha 30-06-2010” que “anuló la aceptación de la Plancha Uno”, de la cual forma parte y que participaría “en el Proceso Electoral para elegir: Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y Delegados del Colegio de Enfermeras del Estado Carabobo”. Oficio N° 10-0944 de fecha 17-11-2010, remitiendo el expediente N° AA50-T-2010-000735 (nomenclatura de la Sala Constitucional). (1 Pieza).
Se dejó constancia de que en esta oportunidad se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana ROSA BUENO, a los fines de notificarla del fallo dictado en fecha 24-01-2011, así como del auto dictado en fecha 31-01-201, con la advertencia que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.
4.- Expediente N° AA70-X-2011-000006: (CUADERNO SEPARADO) David Plaza, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 72.774, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSE RAFAEL MORENO (parte recurrente) y de los ciudadanos Saúl Álvarez, Franklin López, Benito Olivier, Iván Tapias y Eduardo Naveda, titulares de las cédulas de identidad números 10.111.162, 4.884.594, 5.882.459, 6.860.899 y 6.173.490, respectivamente, solicitó medida cautelar innominada en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por José Rafael Moreno, “a los fines de IMPUGNAR, la conformación de la Comisión Electoral seleccionada en Acta de Asamblea del 14-04-2.011, fijada en el particular séptimo de la Convocatoria Publicada el 09-04-2.011, en el diario Ultimas Noticias, hecha y realizada por el Presidente y la Secretaria” de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital (C.A.T.J.P.A.M.L.D.C.). (Expediente Principal N° AA70-E-2011-000032).
Vista la Sentencia Nº 86 publicada en esta misma fecha, se acordó notificar al Consejo de Administración y a la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital (C.A.T.J.P.A.M.L.D.C.). Se libraron Oficios N° 11-253 y 11-254.
DILIGENCIA EN:
5.- Expediente N° AA70-E-2010-000044: PEDRO ROSAS, JHONNY VÁSQUEZ, RAFAEL SILVA, HENRY YÉPEZ y CARYELI PÉREZ, titulares de la cédula de identidad N° 5.931.609, 11.791.505, 2.915.762, 18.137.083 y 18.527.609, respectivamente, asistidos por el abogado Rosalio Montero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 4.136, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral Central de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado” y el Consejo Universitario de la referida Casa de Estudios, por la exclusión de “los miembros de la comunidad universitaria: personal administrativo, personal obrero, Instructores, miembros del personal docente especial, egresados y egresadas, y con la participación de los estudiantes pero en situación de mengua con el reconocimiento de sus votos en sólo un 25% del valor de los votos de los profesores” del proceso electoral para la escogencia de las autoridades de dicha Universidad, período 2010-2014, cuyo acto de votación está fijado para el día 05-05-2010. (Acumulado con Expediente N° 2010-000048 interpuesto por AGABO PALMA, ROBERTO GUEDEZ, PAUSIDES ANTONIO VIRGUEZ GUTIÉRREZ y RAFAEL ANTONIO ARRIECHE, titulares de la cédula de identidad N° 7.985.862, 7.365.735, 4.065.584 y 7.444.842, respectivamente, los dos primeros como Secretario General y Secretario de Reclamos de la Asociación de Trabajadores Administrativos de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado” (ATAUCLA) y los dos últimos invocando su condición de personal obrero de la referida Casa de Estudios, asistidos por la abogada Elayne Sánchez Álvarez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 92.120).
La abogada SANDRA VIRGINIA ARCE CRESPO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 30.711, actuando con el carácter de Consultora Jurídica de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", consignó diligencia mediante la cual solicitó copia certificada de la Sentencia N° 120 dictada por la Sala en fecha 11-08-2010.
6.- Expediente N° AA70-E-2009-000062: MARIEBE DEL CARMEN CALDERÓN RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 10.712.332 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 63.905, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la convocatoria a elección de los Consejeros Parroquiales del Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Libertador del Estado Mérida realizada por el Presidente del Consejo Local del referido Municipio.
El Magistrado FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, consignó diligencia mediante la cual señaló que en virtud de haber manifestado su opinión al fondo de la causa, según Sentencia N° 66 del 26-05-2010, procedió a inhibirse de conformidad con lo establecido en el artículo 54 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con el ordinal 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.
7.- Expediente N° AA70-X-2011-000006: (CUADERNO SEPARADO) David Plaza, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 72.774, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSE RAFAEL MORENO (parte recurrente) y de los ciudadanos Saúl Álvarez, Franklin López, Benito Olivier, Iván Tapias y Eduardo Naveda, titulares de las cédulas de identidad números 10.111.162, 4.884.594, 5.882.459, 6.860.899 y 6.173.490, respectivamente, solicitó medida cautelar innominada en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por José Rafael Moreno, “a los fines de IMPUGNAR, la conformación de la Comisión Electoral seleccionada en Acta de Asamblea del 14-04-2.011, fijada en el particular séptimo de la Convocatoria Publicada el 09-04-2.011, en el diario Ultimas Noticias, hecha y realizada por el Presidente y la Secretaria” de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital (C.A.T.J.P.A.M.L.D.C.). (Expediente Principal N° AA70-E-2011-000032).
El abogado DAVID PLAZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 72.774, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente y de los ciudadanos Saúl Álvarez, Franklin López, Benito Olivier, Iván Tapias y Eduardo Naveda, presentó diligencia mediante la cual se dio por notificado de la Sentencia Nº 86 dictada por la Sala Electoral en fecha 26-07-2011. Asimismo, fijó domicilio de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital (C.A.T.J.P.A.M.L.D.C.) a los fines de su notificación.
8.- Expediente N° AA70-E-2009-000057: CARLOS EDUARDO ZAPATA AGUILERA, titular de la cédula de identidad N° 4.282.812, actuando con el carácter de jubilado de la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela C.A.N.T.V., asistido por el abogado Oslan Rafael Petit, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 60.463, interpone acción mero declarativa referida su condición de miembro del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de la Industria de las Telecomunicaciones, Similares, Afines y Conexos del Distrito Capital (S.T.T.I.T.).
El abogado OSLAN PETIT, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 60.463, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte accionante, consignó diligencia mediante la cual solicitó copia certificada de la Sentencia Nº 72 de fecha 20-03-2011.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS
9.- Expediente N° AA70-E-2011-000047: Jesús Rafael Rodríguez Bermúdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el n° 87.062, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS BELTRAN BASTARDO MUÑOZ, titular de la cédula de identidad n° 8.269.189, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el acto administrativo dictado por el DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE DEPORTES DEL ESTADO ANZOÁTEGUI (IDEA) en fecha 23-02-2011, mediante el cual declaró procedente “(...) Autorizar a la Dirección General del referido Instituto para Revocar el Reconocimiento y Registro de la Junta Directiva de la Asociación de Potencia del Estado Anzoátegui (…)”; y que “(…) sea designada la Comisión Reorganizadora, por considerar que la Junta Directiva se encuentra acéfala en más de la mitad de sus miembros”; así como “autorizar a la Dirección general, la Revocación del Reconocimiento y Registro del Club de Potencia Los Únicos (…)” y “(…) se proceda a designar la Autoridad Provisional, por encontrarse acéfalo el Consejo de Honor (…)”.
El abogado JESÚS RODRÍGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 87.062, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó escrito mediante el cual solicitó pronunciamiento en la causa.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
DESIGNACION DE PONENTE EN:
10.- Expediente N° AA70-E-2011-000041: MANUEL ERNESTO COLMENARES MENDOZA, titular de la cédula de identidad N° 5.763.189, asistido por el abogado Felipe Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 99.340, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros y Previsión Social del Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura (CAPREMINFRA), respecto al proceso electoral para la escogencia de la Directiva de la referida Caja, cuyo acto de votación se fijó para el día 25-05-2011.
Visto el escrito presentado por los ciudadanos Javier Colina, Yunys Rodríguez y José Corrales, actuando con el carácter de miembros de la Comisión Electoral Principal de CAPREMINFRA, asistidos por la abogada Marianella Arévalo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 153.565, mediante el cual exponen aspectos relacionados con la ejecución de la Sentencia N° 63 del 03-07-2011 y formula diversos pedimentos, se designó ponente al Magistrado FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, a los fines de la decisión correspondiente.
ACTUACIONES EN:
11.- Expediente N° AA70-E-2011-000027: JOSÉ MANUEL GUANIPA, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 143.511, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Luis Porfirio Cuevas Paredes, Felipe Simón Pacheco Herrera, Rafael Roberto Vital Colina y Rebeca María Reverón Guevara, titulares de las cédula de identidad números 7.220.788, 9.649.921, 4.555.165 y 5.276.167, interpone acción de amparo constitucional, contra la Junta Directiva Nacional del Colegio de Ingenieros de Venezuela, presidida por el Ingeniero Enzo Rafael Betancourt Mejías, a los fines de que se ordene la convocatoria a la elección de una Comisión Electoral “para renovar las autoridades de las Juntas Directivas Nacional y Regionales” del referido Colegio.
Se dejó constancia que se agregó al expediente, CD contentivo de la audiencia constitucional diferida para esta fecha.
12.- Expediente N° AA70-E-2011-000027: JOSÉ MANUEL GUANIPA, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 143.511, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Luis Porfirio Cuevas Paredes, Felipe Simón Pacheco Herrera, Rafael Roberto Vital Colina y Rebeca María Reverón Guevara, titulares de las cédula de identidad números 7.220.788, 9.649.921, 4.555.165 y 5.276.167, interpone acción de amparo constitucional, contra la Junta Directiva Nacional del Colegio de Ingenieros de Venezuela, presidida por el Ingeniero Enzo Rafael Betancourt Mejías, a los fines de que se ordene la convocatoria a la elección de una Comisión Electoral “para renovar las autoridades de las Juntas Directivas Nacional y Regionales” del referido Colegio.
La Sala Electoral declaro INADMISIBLE la pretensión de amparo constitucional interpuesta. Se participó a las partes que el texto íntegro del fallo será publicado en lapso de cinco días continuos, contados a partir de la presente fecha. Los Magistrados Juan José Núñez Calderón y Fernando Ramón Vegas Torrealba anunciaron Voto Salvado.
DILIGENCIA EN:
13.- Expediente N° AA70-E-2011-000049: Durbin Rondón Duque, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 117.194, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos JOSÉ ORLANDO CARREÑO AVELLA, ELÍAS EDUARDO PERNIA LUNA, JOSÉ OMAR CANELONES, RUBÉN ALEXIS ARAUJO, EDGAR OSWALDO MORA CASTRO, NORMARYS ELENA VERA FARÍAS, LUIS MANUEL RODRÍGUEZ ROMERO y ARSENIO MOYA, titulares de las cédulas de identidad números 5.327.451, 9.123.084, 6.867.745, 10.825.411, 5.685.158, 11.829.614, 15.910.435 y 7.119.059, respectivamente, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros y Previsión Social del Ministerio del Poder Popular para el Transporte y Comunicaciones (CAPREMINFRA), respecto al proceso eleccionario llevado a cabo el 25-05-2011, período 2011-2014.
La abogada Marianella Arévalo, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 153.565, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos JAVIER COLINA, YUNYS RODRÍGUEZ y JOSÉ CORRALES, integrantes de la Comisión Electoral Principal de CAPREMINFRA, consignó diligencia mediante la cual se da por notificada de la Sentencia Nº 87 dictada por la Sala Electoral en fecha 26-07-2011.
14.- Expediente N° AA70-E-2011-000066: JAVIER JOSÉ COLINA HENRÍQUEZ, YUNYS RODRÍGUEZ y JOSÉ ELÍAS CORRALES, titulares de las cédulas de identidad números 7.269.204, 9.097.245 y 6.389.098, Presidente, Vicepresidente y Secretario, respectivamente de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros y Previsión Social del Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura (hoy Ministerio del Poder Popular para Transporte y Comunicaciones) (CAPREMINFRA), asistidos por la abogada Marianella Arévalo Barrese, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 153.565, interponen acción de amparo constitucional contra el Consejo de Administración de la referida Caja de Ahorros.
Los ciudadanos Javier Colina, Yunys Rodríguez y José Corrales, actuando con el carácter de parte accionante, asistidos por la abogada Marianella Arévalo, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 153.565, consignaron diligencia mediante la cual solicitan “la suspensión de la Convocatoria publicada en el diario Últimas Noticias en fecha 26 de julio de 2011" por parte del Consejo de Administración de CAPREMINFRA.
SENTENCIA
15.- Expediente N° AA70-X-2011-000006: (CUADERNO SEPARADO) David Plaza, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 72.774, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSE RAFAEL MORENO (parte recurrente) y de los ciudadanos Saúl Álvarez, Franklin López, Benito Olivier, Iván Tapias y Eduardo Naveda, titulares de las cédulas de identidad números 10.111.162, 4.884.594, 5.882.459, 6.860.899 y 6.173.490, respectivamente, solicitó medida cautelar innominada en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por José Rafael Moreno, “a los fines de IMPUGNAR, la conformación de la Comisión Electoral seleccionada en Acta de Asamblea del 14-04-2.011, fijada en el particular séptimo de la Convocatoria Publicada el 09-04-2.011, en el diario Ultimas Noticias, hecha y realizada por el Presidente y la Secretaria” de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital (C.A.T.J.P.A.M.L.D.C.). (Expediente Principal N° AA70-E-2011-000032). La Sala declaró: 1.- PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innominada, y en consecuencia, ORDENÓ LA SUSPENSIÓN DEL ACTO DE VOTACIÓN para la escogencia de los Miembros Principales y Suplentes de los Consejos de Administración y Vigilancia de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador, cuya realización estaba fijada para el día 27 de julio de 2011, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la causa. 2.- IMPROCEDENTES los demás pedimentos. Ponente: MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ. Sentencia N° 86.
16.- Expediente N° AA70-E-2011-000049: Durbin Rondón Duque, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 117.194, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos JOSÉ ORLANDO CARREÑO AVELLA, ELÍAS EDUARDO PERNIA LUNA, JOSÉ OMAR CANELONES, RUBÉN ALEXIS ARAUJO, EDGAR OSWALDO MORA CASTRO, NORMARYS ELENA VERA FARÍAS, LUIS MANUEL RODRÍGUEZ ROMERO y ARSENIO MOYA, titulares de las cédulas de identidad números 5.327.451, 9.123.084, 6.867.745, 10.825.411, 5.685.158, 11.829.614, 15.910.435 y 7.119.059, respectivamente, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros y Previsión Social del Ministerio del Poder Popular para el Transporte y Comunicaciones (CAPREMINFRA), respecto al proceso eleccionario llevado a cabo el 25-05-2011, período 2011-2014. La Sala declaró: 1.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar. 2.- Queda sin efecto la medida cautelar acordada en la causa mediante decisión número 58 de fecha 9 de junio de 2011. Ponente: FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA. Sentencia N° 87.
La Presidenta,
JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO
La Secretaria,
PATRICIA CORNET GARCÍA
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