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Sala Electoral
  • Fecha: 27 de enero de 2011





CUENTA Nº  12

 

Despacho del jueves veintisiete (27) de enero de 2011. Se abrió la sesión Presidida por la Magistrada Jhannett María Madríz Sotillo, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Malaquías Gil Rodríguez, Magistrado Juan José Núñez Calderón,  Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Oscar Jesús León Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. 

 

SECRETARÍA

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

1.- Expediente N° AA70-E-2010-000090: WILMER RAFAEL RAMÍREZ SANCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 5.055.887 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.433, actuando en su propio nombre, interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el Consejo Nacional Electoral respecto al “Acto de Convocatoria de Elecciones en el Municipio Maracaibo del estado Zulia, de fecha trece de Octubre de 2010, resolución número 101013/0424, publicada en Gaceta electoral número 543, del día veinte de Octubre de Dos Mil Diez”.

 

Se agregó al expediente el original del cartel de emplazamiento.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

2.- Expediente N° AA70-E-2011-000007: ARTURO CASTILLO MACHEZ, y POMPEYO TORREALBA, titulares de las cédulas de identidad números 1.428.641 y 3.319.508, respectivamente, asistidos por el abogado Luis Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.412, interponen demanda contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar innominada contra  el Acta de Totalización y Proclamación dictada por la Comisión Electoral Nacional de la Sociedad  Bolivariana de Venezuela de fecha 8 de diciembre de 2010, respecto  a las elecciones de los integrantes de la Junta Directiva Nacional de la referida Sociedad, para el período 2010-2014.

 

Los abogados Mireya Leal, Marianela Olivieri, Johny Márquez y  Marcela Millán, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº  19.832, 9.599, 3.267 y 129.693, respectivamente, actuando en sus propios nombres y asistiendo al ciudadano Marcos Fuenmayor, titular de la cédula de identidad Nº 5.566.037, presentaron diligencia mediante la cual solicitaron adherirse a la demanda contencioso electoral interpuesta conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar innominada.

 

 

 

3.- Expediente N° AA70-E-2009-000076: YULISSA CECILIA GONZÁLEZ FLORES, FERMÍN DEL VALLE GUTIÉRREZ CORREDOR y MARTA SALCEDO DE CALZADILLA, titulares de las cédulas de identidad  número 8.679.172, 10.531.375 y 5.614.753 respectivamente, asistidos por el abogado Wilmer Partidas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, interponen recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar contra el proceso electoral celebrado el 21-09-2009, para la elección del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia y Delegados de la Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados Públicos de la Gobernación del Estado de Miranda (CAPEM), período 2009-2012.

 

El ciudadano Alguacil consignó la boleta original, mediante la cual se notificó a los ciudadanos Yulissa Cecilia González Flores, Fermín del Valle Gutiérrez Corredor y Marta Salcedo de Calzadilla  la Sentencia Nº 177 del 06-12-2010.

 

 

4.- Expediente N° AA70-E-2009-000076: YULISSA CECILIA GONZÁLEZ FLORES, FERMÍN DEL VALLE GUTIÉRREZ CORREDOR y MARTA SALCEDO DE CALZADILLA, titulares de las cédulas de identidad  número 8.679.172, 10.531.375 y 5.614.753 respectivamente, asistidos por el abogado Wilmer Partidas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, interponen recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar contra el proceso electoral celebrado el 21-09-2009, para la elección del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia y Delegados de la Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados Públicos de la Gobernación del Estado de Miranda (CAPEM), período 2009-2012.

 

El ciudadano Alguacil consignó la boleta original, mediante la cual se  notificó a la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados Públicos de la Gobernación del Estado de Miranda (CAPEM) la Sentencia Nº 177 del 06-12-2010.

 

 

5.- Expediente N° AA70-E-2009-000076: YULISSA CECILIA GONZÁLEZ FLORES, FERMÍN DEL VALLE GUTIÉRREZ CORREDOR y MARTA SALCEDO DE CALZADILLA, titulares de las cédulas de identidad  número 8.679.172, 10.531.375 y 5.614.753 respectivamente, asistidos por el abogado Wilmer Partidas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, interponen recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar contra el proceso electoral celebrado el 21-09-2009, para la elección del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia y Delegados de la Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados Públicos de la Gobernación del Estado de Miranda (CAPEM), período 2009-2012.

 

El ciudadano Alguacil consignó la boleta original, mediante la cual se notificó al ciudadano José Javier Lecuna Hernández la Sentencia Nº 177 del 06-12-2010.

 

 

6.- Expediente N° AA70-E-2011-000003: ALFREDO ANTONIO BORGES, titular de la cédula de identidad N° 12.380.049, asistido por el abogado Ángel Yrigoyen López, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.133, interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra “LA DECISIÓN DE INADMISIBILIDAD DE FECHA Jueves dos (02) de Diciembre de 2010”, emanada del Consejo Nacional Electoral, referida al  “RECURSO JERARQUICO DE IMPUGNACIÓN Y DEL RECURSO DE IMPUGNACIÓN DE LOS RESULTADOS EMITIDOS POR EL CONCEJO NACIONAL ELECTORAL DEL PROCESO DEL 26 DE SEPTIEMBRE DEL 2010, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NOMINAL NUMERO NUEVE  (09) CORRESPONDIENTE A EL MUNICIPIO SAN FRANCISCO DEL ESTADO ZULIA PARA LA ELECCIÓN Y ESCOGENCIA DE DIPUTADO O DIPUTADA A LA ASAMBLEA NACIONAL Y CONTRA LA INADMISIBILIDAD DEL RECURSO JERARQUICO DE IMPUGNACIÓN DE LA MISMA FECHA, CONTRA LOS RESULTADOS EMITIDOS POR EL CONCEJO NACIONAL ELECTORAL PARA LA ESCOGENCIA O ELECCION DE DIPUTADO O DIPUTADA LISTA EN EL ESTADO ZULIA” (sic).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 11-022, mediante el cual se solicitó al Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con la demanda contencioso electoral interpuesta conjuntamente con amparo cautelar.

 

 

7.- Expediente N° AA70-E-2011-000004: MARINO RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad N° 5.416.967, asistido por el abogado Rafael Jacques Indriago Salazar, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 93.571, interpone demanda contencioso electoral contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil “Club Oricao”, respecto a la elección de la Junta Directiva, Comisarios y Tribunal Disciplinario celebrada el 11 de diciembre de 2010 en la referida Asociación.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 11-023, mediante el cual se solicitó a la Comisión Electoral de la Asociación Civil "Club Oricao", los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con la demanda contencioso electoral interpuesta.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

8.- Expediente N° AA70-E-2009-000076: YULISSA CECILIA GONZÁLEZ FLORES, FERMÍN DEL VALLE GUTIÉRREZ CORREDOR y MARTA SALCEDO DE CALZADILLA, titulares de las cédulas de identidad  número 8.679.172, 10.531.375 y 5.614.753 respectivamente, asistidos por el abogado Wilmer Partidas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, interponen recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar contra el proceso electoral celebrado el 21-09-2009, para la elección del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia y Delegados de la Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados Públicos de la Gobernación del Estado de Miranda (CAPEM), período 2009-2012.

 

Los abogados LEONEL FERRER e ISABEL ESTÉ, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 65.719 y 56.467, respectivamente, actuando como apoderados judiciales de la Comisión Electoral Temporal de la Caja de Ahorro y Prestamos de los Empleados Públicos de la Gobernación del estado Bolivariano de Miranda (CAPEM), presentaron escrito señalando dar cumplimiento a la Sentencia Nº 119 de fecha 11-08-2010, acompañaron recaudos.

 

 

9.- Expediente N° AA70-E-2010-000044: PEDRO ROSAS, JHONNY VÁSQUEZ, RAFAEL SILVA, HENRY YÉPEZ y CARYELI PÉREZ, titulares de la cédula de identidad N° 5.931.609, 11.791.505, 2.915.762, 18.137.083 y 18.527.609, respectivamente, asistidos por el abogado Rosalio Montero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 4.136, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral Central de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado” y el Consejo Universitario de la referida Casa de Estudios, por la exclusión de “los miembros de la comunidad universitaria: personal administrativo, personal obrero, Instructores, miembros del personal docente especial, egresados y egresadas, y con la participación de los estudiantes pero en situación de mengua con el reconocimiento de sus votos en sólo un 25% del valor de los votos de los profesores” del proceso electoral para la escogencia de las autoridades de dicha Universidad, período 2010-2014, cuyo acto de votación está fijado para el día 05-05-2010. (Acumulado con Expediente N° 2010-000048 interpuesto por AGABO PALMA, ROBERTO GUEDEZ, PAUSIDES ANTONIO VIRGUEZ GUTIÉRREZ y RAFAEL ANTONIO ARRIECHE, titulares de la cédula de identidad N° 7.985.862, 7.365.735, 4.065.584 y 7.444.842, respectivamente, los dos primeros como Secretario General y Secretario de Reclamos de la Asociación de Trabajadores Administrativos de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado” (ATAUCLA) y los dos últimos invocando su condición de personal obrero de la referida Casa de Estudios, asistidos por la abogada Elayne Sánchez Álvarez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 92.120).

 

Los ciudadanos AGABO PALMA, ROBERTO GUEDEZ, PAUSIDES VIRGUEZ y RAFAEL ARRIECHE, titulares de las cédulas de identidad números 7.985.862, 7.365.735,  4.065.584 y  12.704.669, respectivamente, asistidos por la abogada Mirian Peraza, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 138.677, consignaron escrito mediante el cual se dieron por notificados de la Sentencia Nº 120 de fecha 11-08-2010.

 

 

 

10.- Expediente N° AA70-E-2010-000044: PEDRO ROSAS, JHONNY VÁSQUEZ, RAFAEL SILVA, HENRY YÉPEZ y CARYELI PÉREZ, titulares de la cédula de identidad N° 5.931.609, 11.791.505, 2.915.762, 18.137.083 y 18.527.609, respectivamente, asistidos por el abogado Rosalio Montero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 4.136, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral Central de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado” y el Consejo Universitario de la referida Casa de Estudios, por la exclusión de “los miembros de la comunidad universitaria: personal administrativo, personal obrero, Instructores, miembros del personal docente especial, egresados y egresadas, y con la participación de los estudiantes pero en situación de mengua con el reconocimiento de sus votos en sólo un 25% del valor de los votos de los profesores” del proceso electoral para la escogencia de las autoridades de dicha Universidad, período 2010-2014, cuyo acto de votación está fijado para el día 05-05-2010. (Acumulado con Expediente N° 2010-000048 interpuesto por AGABO PALMA, ROBERTO GUEDEZ, PAUSIDES ANTONIO VIRGUEZ GUTIÉRREZ y RAFAEL ANTONIO ARRIECHE, titulares de la cédula de identidad N° 7.985.862, 7.365.735, 4.065.584 y 7.444.842, respectivamente, los dos primeros como Secretario General y Secretario de Reclamos de la Asociación de Trabajadores Administrativos de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado” (ATAUCLA) y los dos últimos invocando su condición de personal obrero de la referida Casa de Estudios, asistidos por la abogada Elayne Sánchez Álvarez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 92.120).

 

Los ciudadanos AGABO PALMA, ROBERTO GUEDEZ, PAUSIDES VIRGUEZ y RAFAEL ARRIECHE, titulares de las cédulas de identidad números 7.985.862, 7.365.735,  4.065.584 y  12.704.669, respectivamente, asistidos por la abogada Mirian Peraza, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 138.677, consignaron escrito mediante el cual solicitaron aclaratoria de la Sentencia Nº 120 de fecha 11-08-2010.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

11.- Expediente N° AA70-E-2008-000079: Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad número 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Electoral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta Directiva.

 

El abogado JOSÉ SANTIAGO DE LOS RIOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 16.553, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico (IMPRES), presentó diligencia mediante la cual solicitó copia certificada de la Sentencia Nº  185 de fecha 06-12-2010.

 

 

 

COMUNICACIÓN RECIBIDA EN:

 

 

12.- Expediente N° AA70-E-2008-000079: Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad número 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Electoral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta Directiva.

 

Por recibida comunicación suscrita por  el ciudadano Argimiro  Calderón,  Gerente de Auditoría de la Entidad Financiera Activo Banco Universal de fecha 26-01-2011, mediante la cual señalaron que la persona jurídica señalada en comunicación enviada por la Sala Electoral bajo el N° 11-006 de fecha 12-01-2011, no posee ni ha mantenido cuentas bancarias, colocaciones, instrumentos financieros, así como tampoco ha mantenido cualquier otra relación de índole comercial con esa Institución.

 

La Presidenta,                                                            

  

 

 

JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO

                                                               

                                                                             

                                             La Secretaria,

   

 

 

PATRICIA CORNET GARCÍA

 

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