![]() | ||
|
CUENTA Nº 45
Despacho del miércoles treinta (30) de marzo de 2011. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Malaquías Gil Rodríguez, con la asistencia del magistrado Vicepresidente Oscar Jesús León Uzcátegui Magistrado Juan José Núñez Calderón y Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.
SECRETARÍA
NUEVO ASUNTO INGRESADO:
1.- Expediente N° AA70-E-2011-000022: OMAR ALVARADO, titular de la cédula de identidad N° 4.992.030, actuando con el carácter de Presidente de la Asociación Sindical de los Empleados del Zulia (ASDELUZ), asistido por la abogada BEATRIZ ARROYO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 130.300, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra el acto administrativo de fecha 27-02-2011 emanado de la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, mediante la cual se convoca a las elecciones decanales periodo 2011-2014.
Se dio cuenta a la Sala.
SECRETARÍA EN:
2.- Expediente N° AA70-E-2010-000083: FABIOLA DEL CARMEN CASTRO RAMOS, MARÍA JOSEFA TERESEN MIJARES, AMARILIS DEL VALLE CABRERA MARTÍNEZ, SULMA BÁRBARA SILVA RODRÍGUEZ, MARCOS JESÚS YÉPEZ LOVERA, LOLIMAR DEL VALLE DESCALLS ALDAZORO, SILIA MARÍA PÉREZ VERA, ERNESTO CHIRINO MARRUFO, DON ITALO MAZZARRI BATTISTONI, JULIO CÉSAR MELEAN BLANCO, MARITZA COLMENARES MALPICA, ORALIA ROSA LEAL GARCÍA, SANDRO RAMÓN GIANTOMASO CONDE, GUSTAVO ANDRÉS SÁNCHEZ, VICENTE ENRIQUE MALPICA CASTILLO y JOSÉ RAFAEL TINOCO MONTENEGRO, titulares de la cédula de identidad N° 3.922.009, 10.302.552, 4.450.481, 8.958.071, 15.608.086, 12.103.366, 4.139.830, 3.544.778, 12.940.973, 12.102.248, 9.445.812, 4.320.564, 4.132.321, 4.867.682, 7.144.528 y 7.044.183, respectivamente, interponen demanda contencioso electoral con amparo cautelar contra el “Acta de Totalización y Proclamación emanada de la Comisión Electoral Central que organizó, vigiló y realizó el proceso electoral de las elecciones de la Asociación Sindical de Trabajadores Administrativos de la Universidad de Carabobo (AEUC), realizado el día 26 de noviembre de 2009”.
Se acordó diferir el lapso para dictar sentencia en la causa por un plazo de quince (15) días de despacho siguientes al de hoy, dentro del cual se procederá a dictar sentencia.
3.- Expediente N° AA70-E-2010-000099: JOSÉ GREGORIO NOROÑO, titular de la cédula de identidad N° 9.519.116, asistido por la abogada Gladys Barradas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 12.353, interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Resolución N° 101013-0430 del 13-10-2010, publicada en Gaceta Electoral N° 545 del 11-11-2010, dictada por el Consejo Nacional Electoral mediante la cual se declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra las actas de escrutinio de la elección celebrada el 26-09-2010, para elegir a las diputadas y diputados a la Asamblea Nacional por la Circunscripción N° 2 del estado Falcón.
Vista la Sentencia N° 10 del 23-03-2011 que declaró Inadmisible el recurso contencioso electoral interpuesto, se acordó notificar a la parte recurrente y al Consejo Nacional Electoral el referido fallo. Se libraron Boleta y Oficio N° 11-073.
4.- Expediente N° AA70-E-2011-000005: Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar interpuesta por el ciudadano RAFAEL ANTONIO ROMERO ALCÁNTARA, titular de la cédula de identidad N° 8.470.682, asistido por la abogada María Luisa Finol Sánchez, inscrita en e Inpreabogado bajo el N° 40.919, contra el Consejo Nacional Electoral en razón de “la denegación del recurso” jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra “Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación de Concejales del Municipio Autónomo Antolín del Campo del Estado Nueva Esparta de fecha 4 de diciembre de 2000”; remisión ésta que se efectúa en virtud de la decisión dictada en fecha 3 de octubre de 2007, conforme a la cual la referida Corte se declaró incompetente para conocer del recurso interpuesto y declinó el conocimiento del asunto en esta Sala Electoral. Oficio N° CSCA-2010-06747 de fecha 13 de diciembre de 2010. Remitiendo Expediente N° AP42-N-2005-000738 (nomenclatura de esa corte). (1 Pieza).
Vista la Sentencia N° 16 publicada el 23-03-2011, se acordó notificar a la parte recurrente. Se libró Boleta. Asimismo, se acordó comisionar al Juzgado del Municipio Arismendi, Antolin del Campo y Gómez de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, a los fines notificar de la referida decisión a la parte recurrente. Se libró Oficio N° 11-074 y Despacho. Igualmente, se acordó librar Oficio a la Jueza Superior (Provisoria) de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, a los fines de remitirle copia certificada del referido fallo. Se libró Oficio N° 11-075.
5.- Expediente Nº AA70-E-2003-000092: GERSON OVALLES CARDENAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.313, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra la conducta de la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Estado Táchira de no convocar a elecciones en el referido Colegio profesional para elegir a los nuevos miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y demás autoridades.
En esta misma fecha se recibió Oficio N° 3190 de fecha 04-03-2011, emanado del Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada por la Sala en fecha 25-01-2011, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
6.- Expediente N° AA70-E-2011-000006: JESÚS MIGUEL SÁNCHEZ OLIVEROS, titular de la cédula de identidad N° 7.202.315, candidato a Alcalde del municipio Miranda del estado Carabobo, asistido por los abogados Jesús Rangel Rachadell y Argenis Flores, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 26.906 y 16.122, respectivamente, interpone demanda contencioso electoral contra la elección para escoger al Alcalde o Alcaldesa del municipio Miranda del estado Carabobo, celebrada en fecha 05 de diciembre de 2010.
Se abrió la causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS
7.- Expediente N° AA70-E-2010-000092: Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo remite expediente contentivo de la demanda contencioso electoral de nulidad interpuesta por la abogada Mónica Torres Meléndez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 60.590, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos EUDO PRIETO y EDGAR GONZÁLEZ, titulares de la cédula de identidad N° 7.772.637 y 5.060.861, respectivamente, contra “la designación de los miembros integrantes de la COMISIÓN ELECTORAL CENTRAL DE LA ASOCIACIÓN DE EMPLEADOS DE LA UNIVERSIDAD DEL ZULIA (ASDELUZ), efectuada por la Junta Directiva de ASDELUZ, mediante Acta de Asamblea General de fecha: 25 de Marzo de 2010, y contra EL PROCESO ELECTORAL CONVOCADO EL DÍA: VEINTIOCHO (28) DE JUNIO DE 2010 Y CELEBRADO EL DÍA VEINTIDÓS (22) DE JULIO DE 2010, para la elección de la junta directiva de la Organización Sindical in commento”. Oficio N° CSCA-2010-005533 de fecha 14-10-2010, remitiendo el expediente N° AP42-N-2010-000422 (nomenclatura de esa Corte). (1 Pieza). (Recibido el 05-11-2010).
El ciudadano OMAR ALVARADO, titular de la cédula de identidad N° 4.992.030, actuando con el carácter de Presidente de la Asociación Sindical de los Empleados de la Universidad del Zulia (ASDELUZ), asistido por la abogada Beatriz Arroyo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 130.300, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con la demanda contencioso electoral, se acordó agregar al expediente el referido escrito y formar una (01) pieza separada con los restantes recaudos que acompañaron al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.
OFICIO RECIBIDO:
8.- Expediente N° AA70-E-2010-000092: Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo remite expediente contentivo de la demanda contencioso electoral de nulidad interpuesta por la abogada Mónica Torres Meléndez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 60.590, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos EUDO PRIETO y EDGAR GONZÁLEZ, titulares de la cédula de identidad N° 7.772.637 y 5.060.861, respectivamente, contra “la designación de los miembros integrantes de la COMISIÓN ELECTORAL CENTRAL DE LA ASOCIACIÓN DE EMPLEADOS DE LA UNIVERSIDAD DEL ZULIA (ASDELUZ), efectuada por la Junta Directiva de ASDELUZ, mediante Acta de Asamblea General de fecha: 25 de Marzo de 2010, y contra EL PROCESO ELECTORAL CONVOCADO EL DÍA: VEINTIOCHO (28) DE JUNIO DE 2010 Y CELEBRADO EL DÍA VEINTIDÓS (22) DE JULIO DE 2010, para la elección de la junta directiva de la Organización Sindical in commento”. Oficio N° CSCA-2010-005533 de fecha 14-10-2010, remitiendo el expediente N° AP42-N-2010-000422 (nomenclatura de esa Corte). (1 Pieza). (Recibido el 05-11-2010).
Se recibido Oficio N° 235-11 de fecha 17-02-2011, emanado del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, mediante la cual participó la imposibilidad de cumplir con la comisión encomendada, alegando que no le fue remitida la original de la boleta de notificación.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
NUEVO ASUNTO INGRESADO
9.- Expediente N° AA70-E-2011-000021: JESUS RAFAEL RODRÍGUEZ BERMUDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.062, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS BELTRAN BASTARDO MUÑOZ, titular de la cédula de identidad N° 8.269.189, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra la actuación del Directorio del Instituto del Deporte del estado Anzoátegui IDEA, de fecha 23 de febrero de 2011, mediante el cual el Directorio autorizó “a la Dirección General del referido instituto para Revocar el Reconocimiento y Registro de la Junta Directiva de la Asociación de Potencia del Estado Anzoátegui (…), según la Providencia Administrativa N° PA009-2009, de fecha 05 de marzo de 2009”.
Se dio cuenta a la Sala.
El Presidente (E),
MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
La Secretaria,
PATRICIA CORNET GARCÍA
Recomendar esta página a un amigo(a) |
![]() |